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ILICITOS TRIBUTARIOS Sesión Nº 7
ILICITO PENAL TRIBUTARIO Evasión – Elusión – Economía de Opción – Fraude de Ley FIORELLA SAMHAN 1
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Al término de la clase el alumno podrá:
competencias Al término de la clase el alumno podrá: Conocer y distinguir las “opciones marginales” como: La evasión La elusión La economía de opción y Fraude de ley FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA EVASIÓN
EVADIR SIGNIFICA SUSTRAERSE AL PAGO, ESTE INCUMPLIMIENTO PUEDE SER DOLOSO O NO. SE REALIZA EL HECHO IMPONIBLE PERO DEBIDO A UNA CONDUCTA DEL CONTRIBUYENTE NO SE CUMPLE CON EL PAGO DEBIDO EJEMPLO: PROVEEDORES INEXISTENTES – COMPROABNTES FALSOS EVASIÓN FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA CAUSAS Económicas Políticas Técnicas Jurídicas
Otras FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA CAUSAS Económicas
LA CRISIS ECONOMICA : Hace perder la capacidad adquisitiva de los contribuyentes, viéndose tentados a evadir el cumplimiento de sus obligaciones tributarias CARGA TRIBUTARIA EXCESIVA : El contribuyente siente que “regala su dinero” ante tributos abusivos en donde los porcentajes de aportación son demasiado elevados DESIGUAL DISTRIBUCIÓN DE LA CARGA IMPOSITIVA: Se exige una carga similar a contribuyentes que tienen distintos ingresos. FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA CAUSAS Políticas
ERRÓNEA DISTRIBUCIÓN DE LA CARGA IMPOSITIVA: Esta carga solo es soportada por unos pocos “contribuyentes cautivos” FALTA DE ESTIMULOS QUE ALIENTEN EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN : Al contrario existen estímulos negativos como por ejemplo que el estado no atienda los problemas de la sociedad y estos recursos no sean empleados correctamente LA EXCESIVA INTERVENCION DEL ESTADO en la esfera privada, que mal dirigida ocasiona un perjuicio al fisco FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA CAUSAS Técnicas
FORMA EN QUE SE EFECTIVIZA EL PAGO: si se exige el pago total en lugar de fraccionado la tentación a evadir será mayor. OPORTUNIDAD DEL PAGO: cuando la fecha para pagar los tributos coincide con meses o fechas en donde los contribuyentes tienen mayores gastos DEFICIENCIA EN EL SISTEMA TRIBUTARIO: el cual debe ser equitativo y flexible ante las variaciones, debe adecuarse a la realidad FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA CAUSAS Jurídicas
FORMA IMPRECISA EN QUE SE REGULA LA RELACIÓN JURIDICO TRIBUTARIA Y LAS SANCIONES: la relación jurídico-tributaria debe ser clara y las sanciones equilibradas TECNICA LEGISLATIVA CAMBIANTE: genera inestabilidad en el ordenamiento jurídico tributario ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA OTRAS CAUSAS
Causas accidentales: Se presenta una imprevista alteración en las condiciones contributivas, como podría ser la muerte de un familiar Causas psicológicas: Corresponde a la reacción propia de cada contribuyente frente a la obligación tributaria. La corrupción: Si hay funcionarios sobornables se cae en la evasión porque se piensa que se soluciona el problema sobornando al funcionario responsable en caso se fiscalice al contribuyente evasor FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA TIPOS DE EVASORES
.. LOS QUE NO CUMPLEN CON REGISTRARSE : LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA NO TIENE CONOCIMIENTO DE SU EXISTENCIA. “EVASORES INVISIBLES” LOS QUE ESTANDO REGISTRADOS NO DECLARAN NI BRINDAN INFORMACIÓN DE SU SITUACIÓN TRIBUTARIA LOS QUE DECLARAN Y NO PAGAN LOS CONTRIBUYENTES QUE NO DECLARAN CORRECTAMENTE. FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA Ejemplo
.. En UN GRUPO EMPRESARIAL. “A” VENDE INSUMOS Y “B” PRODUCTOS TERMINADOS. LA EMPRESA QUE VENDE INSUMOS VENDE INTENCIONALMENTE A MENOR COSTO LOS INSUMOS A LA EMPRESA DE PRODUCTOS TERMINADOS. AL MANIPULAR LOS PRECIOS SE LOGRA UNA REDUCCIÓN EN LA BASE IMPONIBLE A insumos B productos terminados B logra reducir su base imponible A vende B a menor precio FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA Simulación??..
El art. 109º del Código Civil establece que por la Simulación Absoluta se aparenta celebrar un acto jurídico cuando no hay voluntad para celebrarlo. EJEMPLO: A simula la celebración de un Contrato de compraventa con B con la finalidad de obtener un crédito tributario a su favor. FIORELLA SAMHAN
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EVASIÓN TRIBUTARIA Simulación??..
La Simulación Parcial es la alteración de determinados elementos de negocios jurídicos ciertos. EJEMPLO: A vende a B 10 maquinas por un precio menor al precio del mercado (subvaluacion) FIORELLA SAMHAN
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ELUSIÓN TRIBUTARIA En esta figura se esquiva la aplicación de la norma tributaria, impidiendo el nacimiento de la obligación. El fin es obtener una ventaja patrimonial para el contribuyente MEDIO: A través del uso de tipos contractuales (formas jurídicas) complejas y sofisticadas Se funda en la convicción previa de la licitud de los negocios jurídicos que se implementan, los cuales aparecen como IRREPROCHABLES FIORELLA SAMHAN
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ELUSIÓN TRIBUTARIA En la Elusión Tributaria la propia norma
permite el abuso positivo para el contribuyente pero cuando se confrontan dos leyes ya no es elusión sino fraude de ley. FIORELLA SAMHAN
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CASO : FUSIÓN DE EMPRESAS
ELUSION TRIBUTARIA CASO : FUSIÓN DE EMPRESAS Figura de Reorganización de Sociedades: Fusión, en alguna época ciertas Empresas lograban reducir su carga tributaria, eludiendo de esta forma ciertos pagos y obteniendo beneficios especiales al unirse con Empresas pequeñas asumiendo el “activo” y el “pasivo”(generalmente más grande ). La empresa “A” de mayor poder económico Se fusiona con “B” (empresa pequeña con grandes deudas) “A” logra reducir su carga Tributaria al fusionarse Con “B” (en situación Crítica) FIORELLA SAMHAN
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ECONOMÍA DE OPCIÓN ECONOMIA DE OPCION RACIONALIDAD ECONOMICA
de las partes para optar por la alternativa que mas les satisfaga. Situación de los contribuyentes en su máximo beneficio pero SIN ELUSIÓN. Supone crear situaciones de ventaja cuyas alternativas ofrece el ordenamiento jurídico: LAS ALTERNATIVAS SON LICITAS. ECONOMIA DE OPCION FIORELLA SAMHAN
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ECONOMÍA DE OPCIÓN Ejemplo
Si Juan tiene una empresa y debido a su nivel de ingresos puede optar por : Acogerse al Régimen General Optar por el Régimen Único simplificado FIORELLA SAMHAN
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FRAUDE DE LEY Comportamiento tributario por el cual se hace uso de medios legales como normas de cobertura con las cuales el contribuyente logra no tributar o tributa en menor cuantía obteniendo el mismo efecto que si se hubiere incurrido en el hecho imponible, violando así la norma defraudada En el Fraude de Ley hay una norma de cobertura y otra defraudada. En el fraude de ley, no estamos ante una abierta violación a la ley tributaria, sino de un medio para evitarla. FIORELLA SAMHAN
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FRAUDE DE LEY: Características
Abuso de un medio legal (forma o formas jurídicas) eficaz para el contribuyente como norma de cobertura. Producción de un efecto sobre el hecho imponible que afectará el pago del tributo, sea reduciéndolo o eliminándolo 3. Existencia de una norma defraudada. 4. No se requiere de intención de eludir la obligación tributaria, basta la constatación del hecho objetivo. 5. Los resultados de los hechos ejecutados son equivalentes, en términos de efectos jurídicos, a los que prevé la realización del hecho imponible contenido en la ley defraudada. 6. Se diferencia de la Elusión, por cuanto en esta figura existe un vacío legal que permite el abuso positivo para el contribuyente. FIORELLA SAMHAN
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FRAUDE DE LEY Ley 1 Ley 2 RESULTADO No se genera el Norma de
hecho imponible Cobertura Semejantes RESULTADO Si se genera el Norma hecho imponible Defraudada Ley 2 FIORELLA SAMHAN
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FRAUDE DE LEY Norma defraudada
“A” por contrato de compra-venta paga IGV Empresa “A” desea Adquirir automóviles Para uso de sus gerentes Norma De cobertura “A” por contrato de leasing no paga IGV FIORELLA SAMHAN
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CUADRO COMPARATIVO ELUSIÓN EVASIÓN ECONOMIA DE OPCIÓN FRAUDE DE LEY
No se realiza el Hecho imponible Si se realiza el Hecho imponible No se realiza el Hecho imponible No se realiza el hecho imponible La fórmula utilizada permite no cumplir la configuración del hecho imponible Ilícita Con maniobras dolosas se oculta la realización del hecho imponible Lícita: Prescripción o error La forma utilizada (la menos gravosa para el contribuyente) es concordante con la voluntad de las partes y la ley. La realidad jurídica es creada y el negocio querido por las partes. FIORELLA SAMHAN
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CUESTIONARIO 1. ¿Cuál es la diferencia entre la elusión y economía de opción? 2. Explique un ejemplo de evasión. 3. ¿Porqué la evasión puede ser dolosa o no dolosa? 4. María no paga tributos y es una comerciante informal, porque piensa que el gobierno de turno no se preocupa por la gente con menos recursos como ella y si tributa su ingreso seria menor lo que considera injusto. Según lo aprendido en clase: a. ¿Considera usted que María actúa conforme a ley ? b. ¿En qué figura estaría incurriendo María? c. ¿Qué razones o causas la hacen actuar de esta manera? FIORELLA SAMHAN
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Lecturas sugeridas VILLEGAS, HÉCTOR (1997) Derecho Penal tributario. Curso de finanzas, derecho financiero y tributario. Ediciones Depalma, Buenos Aires. LECTURA: “LA ELUSIÓN TRIBUTARIA Y LA INTERPRETACIÓN ECONÓMICA” (pp ) SANABRIA ORTIZ, RUBÉN (2001) Derecho Tributario e Ilícitos Tributarios. 5ta edición. Editorial Gráfica Horizonte. Lima – Perú. 882 p. FIORELLA SAMHAN
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ILICITOS TRIBUTARIOS Sesión Nº 7
ILICITO PENAL TRIBUTARIO Evasión – Elusión – Economía de Opción – Fraude de Ley FIORELLA SAMHAN 26
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