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Simplificación Bases de Licitación L1
Webex
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Ciclo de vida de una compra
2.Elaboración de Bases con causal legal 4.Evaluación de ofertas 6.Formalización del contrato 8. Gestión del contrato 3.Llamado y recepción de ofertas 5.Adjudicación de ofertas (Múltiple) 7. Entrega del bien o servicio Definición de requerimiento 9. Pago Oportuno Aplicativos en línea Licitación Simplificada Mis Pagos Micro compra Gestión de Contrato Nuevo escritorio del comprador
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Licitación simplificada
Etapa 1: Licitaciones menores a 100 UTM, desde la generación de bases hasta su publicación Complejidad baja, estandarizables. Cubren el 68% de procesos. ( de Lic.) 58% lo realizan Municipios. ( Lic.) La etapa siguiente, se ha proyectado sea respecto a las licitaciones de mayor cuantía, es decir aquellas que superan las 5000 UTM (LR), y van a Toma de Razón de la Contraloría. En una tercera etapa, se proyecta ampliar a los procesos intermedios (LE, LP, LQ)
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Licitación simplificada
100 hojas de papel blanco (entre originales y pruebas) x cada licitación. Se ahorran de hojas x año resmas (2,3Kg x Resma) 61 toneladas de papel. Si por cada tonelada: Se cortan 17 árboles. Se ocupan 30 mt3 de agua Se requieren 2,3 mt3 de relleno sanitario La Simplificación significa evitar la tala de árboles y el ahorro de litros de agua y 141,8 metros cúbicos de relleno sanitario. La etapa siguiente, se ha proyectado sea respecto a las licitaciones de mayor cuantía, es decir aquellas que superan las 5000 UTM (LR), y van a Toma de Razón de la Contraloría. En una tercera etapa, se proyecta ampliar a los procesos intermedios (LE, LP, LQ)
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¿Para qué Simplificar ? Construcción de bases 100% online Cláusulas revisadas por Contraloría No son bases tipo Revisión online Autorización y firma en MP Incorporación de N° Acto administrativo previo a la publicación de la licitación Para obtener más estandarización No duplicar trabajo Reducción e incluso eliminación del papel Disminuir percepción de inseguridad en los procesos de compras. Reemplazo del formulario, como reflejo de un acto administrativo firmado en papel por la autoridad, a la construcción de un acto administrativo digital, firmado con Firma Electrónica Avanzada. Bases 100% digitales. El nuevo comprador público, debe no sólo preocuparse de realizar procesos de compra ajustados a la norma, sino también de evitar el uso innecesario de recursos. Hoy, el estado genera al año cerca de licitaciones públicas, de ellas (68% aprox.) son por montos menores a 100 UTM. Si para generar cada licitación se invierten aproximadamente $ , el gasto en que incurre el Estado es muy alto, sólo por la generación de bases de licitación. Es habitual que las instituciones incurran en errores en el texto de sus bases, y estos se vayan eternizando. Además, cada comprador escribe de forma distinta y los proveedores terminan sólo ofertando a aquellas instituciones que le generan confianza y que han aprendido a leer sus bases. Desde junio de 2016 se ha trabajado en equipo con CGR, se han revisado cláusulas, criterios de evaluación y otros aspectos del aplicativo. En la actualidad el formulario de licitación refleja un acto administrativo firmado en papel por la autoridad Art. 54. Las Entidades deberán desarrollar todos sus procesos de compra utilizando solamente el Sistema de Información…., incluyendo todos los actos, documentos y resoluciones relacionadas directa o indirectamente con los procesos de compra. Lo anterior se efectuará a través de la utilización de los formularios elaborados por la Dirección y de ingreso oportuno de la información requerida en el Sistema de Información[…]”
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¿Cómo Simplificar? (*) Eliminando etapas que hoy se realizan fuera del sistema de información Fuera del sistema Múltiples iteraciones Resolución firma en papel del jefe de servicio Revisar bases en papel con jurídica 1 Crear bases en papel 2 3 Modificar bases en papel 4 Firmar bases en papel 5 Validación jurídica Múltiples iteraciones Acto administrativo Dentro del sistema 1 2 3 4 5 Publicación automática en mercado público Firmar electrónica avanzada del jefe de servicio Aprobación Crear licitación Revisión y Corrección jurídica Resolución o Decreto (*) Cada institución deberá estudiar sus procesos para la generación de licitaciones < a 100 UTM, identificar a los usuarios que participan o debieran participar.
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Firma Electrónica Avanzada,
¿Qué se requiere? Un nuevo comprador público Disposición al cambio como una constante dentro del quehacer y toma de decisiones Rediseñar algunos procesos internos para promover mayor eficiencia, eficacia y transparencia de las compras públicas Asumir que el contenido estratégico de las compras públicas, involucra a todos los funcionarios de la institución. Firma Electrónica Avanzada, del jefe de Servicio o de aquel funcionario al que se ha delegado la facultad de firma. (Requisito obligatorio)
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¿Qué pasos hemos dado? PILOTAJE
Agosto 2016 Abril 2017 Mayo 2017 Julio 2017 Septiembre 2017 Noviembre 2017 Febrero 2018 Abril 2018 Obligatoriedad FEMER 2017 Inicio reuniones CGR-CHC Producción Masiva Comunica Obligatoriedad Ratifica Obligatoriedad PILOTAJE Usuarios Capacitados A contar del 1 de abril de 2018, sólo se podrán realizar licitaciones L1, si la institución cuenta con Firma Electrónica Avanzada (F.E.A.)
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Firma Electrónica Avanzada
Gratuita y operada a través de un aplicativo a descargar en el Smartphone del Firmante, al cual cuando lo requiera llegará una clave 3.0 (similar app para transacciones bancarias). MINSEGPRES Empresas Certificadoras E-Cert Chile; Acepta.com; E-Sign S.A.;Certinet S.A. ; E-Partners S.A.; TOC
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Contexto Legal LEY 19.799 Artículos 6° inciso primero y 7°:
Los órganos del Estado podrán ejecutar o realizar actos, celebrar contratos o expedir cualquier documento, dentro de su ámbito de competencia, suscribiéndolos por medio de firma electrónica. Estos documentos serán válidos de la misma manera y producirán los mismos efectos que los expedidos por escrito y en soporte de papel. Sin embargo, para que posean la calidad de instrumento público o surtan los efectos propios de éste, deberán ser suscritos por medio de firma electrónica avanzada. Artículo 9º, establece la forma en que las firmas electrónicas avanzadas deben certificarse al interior del Estado, señalando que la certificación de las firmas electrónicas avanzadas de las autoridades o funcionarios de los órganos del Estado se realizará por los respectivos ministros de fe. Esto se reitera en el artículo 40 del Decreto Supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el reglamento de la ley Nº , en adelante el “Reglamento”
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”Plataforma” que facilita el uso de firmas electrónicas avanzadas
Contexto Legal MINSEGPRES ”Plataforma” que facilita el uso de firmas electrónicas avanzadas Pone a disposición la herramienta necesaria para que se desarrolle una atribución que el propio ordenamiento reconoce a cada ente público, lo que se enmarca dentro de dos principios básicos que rigen a la Administración del Estado: La eficiente y eficaz gestión de los recursos públicos, y El deber de coordinación que pesa sobre toda la organización administrativa. (
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Operador Ministro de Fe Autoridad o Funcionario Firmante
¿Quiénes intervienen en Firma Electrónica Avanzada Segpres? Operador Pre-registro de usuarios Gestión del listado e información de usuarios Gestión de certificados Revocación de certificado emitido Cancelación de solicitud Ministro de Fe Auto-certificación Certificación de autoridades o funcionarios Autoridad o Funcionario Firmante Solicitud Activación Uso Revocación
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Firma Electrónica Avanzada Segpres
Instalación de Autenticador GobCl Disponible para teléfonos móviles. Es publicada por la Unidad de Modernización y Gobierno Digital Android ingrese a Google Play iPhone ingrese a AppStore Solicitud y creación de usuario: Primera Autenticación
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Firma Electrónica Avanzada Segpres
Uso de la Firma Electrónica Avanzada: Segunda Autenticación
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¿Quiénes intervienen en L1?
2 3 4 5 Publicación automática en mercado público Firmar electrónica avanzada del jefe de servicio Crear licitación Revisión y Corrección jurídica Aprobación Resolución o Decreto Operador o Supervisor Autorizador (Requirente, abogado, otro) Firmante (Autoridad Competente o quien tenga delegada la facultad de firma) Supervisor Toma la solicitud del requirente o la planificación de compra, construye el acto el acto administrativo que incluye las bases. Debe tener su Acreditación vigente. Interacción entre quien crea el proceso y quien autoriza. El autorizador, es un símil de quien hoy “mosquea” la resolución o decreto que autoriza la publicación de una licitación. No requiere Firma Electrónica Avanzada (FEA) No requiere acreditación Puede ser creado en MP como “Observador” Jefe de Servicio, Alcalde o quien tenga la delegación de facultad de firmar. En muchos Instituciones en función del monto de la contratación. Requiere obligatoriamente Firma Electrónica Avanzada (FEA) No requiere acreditación. Puede ser creado en MP como “Observador” Publica la Licitación L1. Debe tener su Acreditación vigente.
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Uso del aplicativo
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¿Cómo simplificar? Nuevo aplicativo: Simplificación de Licitaciones
Cláusulas revisadas por Contraloría. Reemplazo del formulario por bases 100% digitales. No son bases tipo. En el menú Licitaciones y hasta 29 de marzo, se permitirá seleccionar entre el actual mecanismo y el simplificado. A contar de 1 de Abril de 2018 el uso del aplicativo para procesos L1 será obligatorio.
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Antecedentes Vienen previamente marcadas las opciones más habituales que deben darse en estos procesos de compra. La selección que haga incidirá en la sección “Otras cláusulas”
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Antecedentes Luego de ingresar los antecedentes generales deberá ingresar el producto o servicio a comprar, las especificaciones técnicas. Puede ingresar una fotografía que permita describir de mejor forma lo que requiere. Podría considerarse que en esta sección esta construyendo sus bases técnicas.
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Cronograma de la licitación
A contar del paso 2, podrá ver el listado de productos incorporados. Es posible editar, borrar o agregar ítems. Además, es posible pre visualizar las bases de licitación en formato PDF
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Cronograma de la licitación
Al modificar las fechas, o entre día hábil o corrido, se actualizan las fechas aplicables al proceso. Cada hito esta asociado al hito anterior.
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Es posible incluir nuevas fechas adicionales
Cronograma de la licitación Es posible incluir nuevas fechas adicionales
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Criterios de evaluación
Incorpora una serie de criterios de evaluación, en colores distintos, si se trata de económicos, técnicos, administrativos o sustentables.
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Criterios de evaluación
Es posible agregar nuevos criterios, o considerar otros previamente utilizados. Al ingresar el % correspondiente a cada criterio, se cargan en la parte inferior, representándose por intermedio de un gráfico de torta el % ya considerado
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Utilizando los criterios de evaluación, el sistema propone una cláusula de desempate.
Además, en bases de licitación se incorpora un texto de desempate adicional
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El formulario contiene cláusulas con texto propuesto y espacios a completar, otras sólo permiten editar algún punto de ellas, incorporarlas o no
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Requisitos
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Cláusulas por defecto Incorpora cláusulas que por defecto y opcionales. Aquellas por defecto, y de acuerdo a la normativa, deben estar incorporadas en el texto de unas bases de licitación. La cantidad de cláusulas por defecto, dependerá si se requiere o no la firma de un contrato o éste se formalizará a través del envío de la OC
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Incorpora cláusulas que por defecto deben estar incorporadas en el texto de unas bases de licitación. La cantidad de cláusulas por defecto, dependerá si se requiere o no la firma de un contrato o éste se formalizará a través del envío de la OC
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Cláusulas Recuerde: El texto de las cláusulas está validado.
En algunos casos debiera sólo completar el texto faltante En otros casos deberá ingresar el texto completo
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Cláusulas Recuerde: Plazos para el pago (Artículo 79 bis)
Obligatoriedad de pagar en 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura. Excepciones legales que establezcan un plazo distinto. Regulación en las bases de un plazo mayor, por motivos fundados. Previo al pago, debe certificarse la recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos.
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Cláusulas opcionales
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Cláusulas opcionales
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Cláusulas opcionales
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Cláusulas
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Cláusulas
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Autorizar y Firmar Debe incorporar el N° del acto administrativo (resolución o decreto), hasta el momento de la firma de la autoridad. El sistema considera un texto base de vistos, considerandos y resuelvo que tiene que ser editado conforme las necesidades de la Entidad
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Autorizar
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Autorizar
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Autorizar
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¿Qué hace el autorizador?
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Observaciones
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Autorizar
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FIRMAR
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Sólo pueden firmar quienes posean la Firma Electrónica Avanzada
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FIRMAR
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Flujo de firma Con F.E.A SEGPRES
Con el Smartphone se digitaliza código QR Autenticador entrega clave de 6 dígitos Ingresar clave de 6 dígitos en MP Se confirma la firma realizada Con F.E.A Privada Poner Token en puerto USB Validar y generar firma Ingresar clave de autenticación Se confirma la firma realizada
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¿Cómo se ve la licitación?
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¿Cómo se ve la licitación?
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Consultas
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Simplificación Bases de Licitación L1
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