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Código de Ética Profesional

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Presentación del tema: "Código de Ética Profesional"— Transcripción de la presentación:

1 Código de Ética Profesional
Análisis del Código de Ética Profesional Expositores: C.P.C. Miguel Ángel Calderón Sánchez C.P.C. y Dr. Miguel Ángel Calderón Arreola Morelia, Michoacán Septiembre de 2015

2 A G E N D A 1.-Ética Profesional en la Práctica Independiente
2.-Sanciones aplicables 3.-Reactivos Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

3 Ética Profesional en la Práctica Independiente.
-1- Ética Profesional en la Práctica Independiente. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

4 SECCIÓN 200 200.2 El Contador Público en la práctica independiente no deberá, a sabiendas, participar en ningún negocio, ocupación o actividad que deteriore, o pueda deteriorar, la integridad, objetividad o la buena reputación de la profesión y que, por lo tanto, sería incompatible con los principios fundamentales. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

5 SECCIÓN 200 200.4 Los ejemplos de circunstancias que crean amenazas de interés personal para el Contador Público en la práctica independiente incluyen: • Que un miembro del equipo de aseguramiento tenga un interés financiero directo en el cliente del trabajo de aseguramiento. • Que una firma dependa de manera desproporcionada de los honorarios totales de un cliente. • Que un miembro del equipo de aseguramiento tenga una relación cercana de negocios, que sea importante, con el cliente de un trabajo de aseguramiento. • Que una firma se preocupe por la posibilidad de perder a un cliente importante. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

6 SECCIÓN 200 200.4 Los ejemplos de circunstancias que crean amenazas de interés personal para el Contador Público en la práctica independiente incluyen: • Que un miembro del equipo de auditoría esté participando en negociaciones de empleo con el cliente de auditoría. • Que una firma esté participando en un convenio de honorarios contingentes, relativo a un trabajo de aseguramiento. • Que el Contador Público descubra un error importante al evaluar los resultados de un servicio profesional previo, desempeñado por un miembro de la firma a la que pertenece. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

7 Los siguientes son ejemplos de salvaguardas:
SECCIÓN 200 y Los siguientes son ejemplos de salvaguardas: Utilización de distintos socios o equipos con líneas de mando diferenciadas para la prestación de servicios diferentes a los de aseguramiento para un cliente de aseguramiento. Comunicación en tiempo oportuno de las políticas y procedimientos de la firma Consultar a un tercero independiente, como un comité de consejeros independientes, un organismo regulador de la profesión u otro Contador Público. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

8 Los siguientes son ejemplos de salvaguardas:
SECCIÓN 200 y Los siguientes son ejemplos de salvaguardas: Comentar las cuestiones de ética con los encargados del gobierno corporativo del cliente. Recurrir a otra firma para que participe en la realización de una parte del trabajo o en repetir parte del mismo. Rotación de los ejecutivos del equipo de trabajo que proporcionan el servicio de aseguramiento. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

9 SECCIÓN 210 Nombramiento Profesional
Aceptación del cliente Antes de aceptar una relación con un nuevo cliente, el Contador Público en la práctica independiente deberá determinar si su aceptación pudiera crear alguna amenaza al cumplimiento de los principios fundamentales. Asuntos del cliente que, si son conocidos, pudieran amenazar el cumplimiento de los principios fundamentales incluyen, por ejemplo, la participación del cliente en actividades ilegales (como la- vado de dinero), falta de honradez o prácticas de información financiera cuestionables. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

10 ¡Y DOCUMENTARLO! SECCIÓN 210 Nombramiento Profesional
Aceptación del cliente 210.3 El CP (…) deberá obtener conocimiento y entendimiento del cliente, de sus dueños, administradores y de los responsables de su gobierno corporativo y actividades de negocios; (…) ¡Y DOCUMENTARLO! Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

11 SECCIÓN 210 Nombramiento Profesional
Aceptación del cliente Antes de aceptar un trabajo, el CP debe: 210.7 Adquirir un entendimiento apropiado de la naturaleza del negocio del cliente, la complejidad de sus operaciones, los requisitos específicos del trabajo y el propósito, naturaleza y alcance del trabajo por realizar. • Adquirir conocimiento de las industrias o asuntos relevantes. • Poseer u obtener experiencia sobre los requerimientos importantes, reglamentarios o de reporte. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

12 SECCIÓN 210 Nombramiento Profesional
Aceptación del cliente Antes de aceptar un trabajo, el CP debe: Asignar suficiente personal con los conocimientos y capacitación adecuados a las circunstancias del trabajo. Usar expertos cuando sea necesario. Convenir en plazos de tiempo, reales y alcanzables para el desempeño del trabajo. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

13 SECCIÓN 210 Nombramiento Profesional
Aceptación del cliente 210.9 El Contador Público en la práctica independiente a quien se pide que reemplace a otro Contador Público en la práctica independiente, deberá dirigirse a él para informárselo antes de presentar la propuesta El Contador Público no deberá ofrecer servicios a clientes de otros Contadores Públicos sin que estos hayan sido requeridos. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

14 SECCIÓN 220 Conflictos de Interés
a) Notificar al cliente del negocio o actividades de la firma que puedan representar un conflicto de interés y obtener su con- sentimiento para actuar en tales circunstancias; o b) Notificar a todas las partes relevantes conocidas de que el Contador Público en la práctica independiente está actuando para dos o más partes, respecto de un asunto cuando sus respectivos intereses están en conflicto, y obtener su consentimiento para actuar así; o c) Notificar al cliente que el Contador Público en la práctica in-dependiente no actúa exclusivamente para ningún cliente en la prestación de los servicios propuestos (por ejemplo, en un sector particular del mercado o con respecto de un servicio específico), y obtener su consentimiento para actuar así. 220.3 Salvaguardas en Conflictos de Interés Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

15 SECCIÓN 240 Honorarios y otros tipos de remuneración
Cuando participa en negociaciones respecto de servicios profesionales, el Contador Público en la práctica independiente puede cotizar cualquier honorario que considere apropiado. El hecho de que el Contador Público en la práctica independiente pueda cotizar un honorario menor que otro, no es en sí mismo no ético. Sin embargo, pueden originarse amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales por el nivel de honorarios cotizados. Por ejemplo, se crea una amenaza de interés personal a la diligencia y competencia profesional, si el honorario cotizado es tan bajo que pueda ser difícil desempeñar por ese precio el trabajo, de acuerdo con las técnicas y normas profesionales aplicables. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

16 SECCIÓN 250 Conflictos de Interés
250.2 El Contador Público en la práctica independiente no deberá traer descrédito a la profesión con la mercadotecnia de sus servicios profesionales. El Contador Público en la práctica independiente deberá ser honrado y veraz, y no: a) Hacer afirmaciones exageradas sobre los servicios ofrecidos, las calificaciones que posee o la experiencia que ha obtenido; o b) Hacer referencias denigratorias o comparaciones sin fundamento al trabajo de otro. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

17 y no podrá usar denominaciones sociales ni expresiones de autoelogio.
SECCIÓN 250 Conflictos de Interés 250.3 Una firma de Contadores Públicos deberá contener en su razón social el nombre de, al menos, un Contador Público que sea o haya sido socio, y no podrá usar denominaciones sociales ni expresiones de autoelogio. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

18 SECCIÓN 260 Obsequios e invitaciones
260.1 Un cliente puede ofrecer obsequios e invitaciones al Contador Público en la práctica independiente, o a un familiar inmediato o cercano a este. Dicho ofrecimiento puede crear amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales. Por ejemplo, puede crearse una amenaza de interés personal o de familiaridad a la objetividad si se acepta un obsequio de un cliente; o también puede resultar una amenaza de intimidación a la objetividad por la posibilidad de que estos ofrecimientos se hagan públicos. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

19 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
En esta sección, el(los) término(s): a) “Auditoría”, “equipo de auditoría”, “trabajo de auditoría”, “cliente de auditoría” y “dictamen de auditoría”, incluyen revisión, equipo de revisión, trabajo de revisión, cliente de revisión e informe de revisión; y b) “Firma”, incluye la firma de la red, excepto cuando se mencione de otra forma. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

20 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
Un préstamo o una garantía de un préstamo, a un miembro del equipo de auditoría o a un familiar inmediato de ese miembro, o a la firma, por parte de un cliente de auditoría que sea un banco o una institución similar, puede crear una amenaza a la independencia.. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

21 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
La compra de bienes y servicios de un cliente de auditoría por la firma, o un miembro del equipo de auditoría, o alguno de sus fa- miliares inmediatos, generalmente no crea una amenaza a la independencia si la transacción es en el curso normal de los negocios y es de libre competencia. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

22 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA
Trabajos de Auditoría y de Revisión bis El Contador Público en la práctica independiente, en ningún caso podrá obtener o pagar comisiones o corretajes por referir o recibir un trabajo profesional, en relación con un cliente de auditoría. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

23 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
Cuando un familiar inmediato de un miembro del equipo de auditoría es: a) Director o funcionario del cliente de auditoría; o b) Empleado en una posición que ejerce influencia importante sobre la preparación de los registros contables o los estados financieros del cliente sobre los que la firma expresará una opinión, o estuvo en una posición tal durante cualquier periodo cubierto por el trabajo o los estados financieros. Las amenazas a la independencia solo se pueden reducir a un nivel aceptable retirando a dicha persona del equipo de auditoría. La cercanía de la relación es tal que ninguna otra salvaguarda podría reducir la amenaza a un nivel aceptable. En consecuencia, ninguna persona que tenga una relación así deberá ser miembro del equipo de auditoría. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

24 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
Se crean amenazas a la independencia cuando un familiar cercano de un miembro del equipo de auditoría es: a) Un director o funcionario del cliente de auditoría; o b) Un empleado en posición de ejercer influencia importante sobre la preparación de los registros contables o los estados financieros del cliente sobre los que la firma expresará una opinión. La importancia de las amenazas dependerá de factores como: • La naturaleza de la relación entre el miembro del equipo de auditoría y el familiar cercano; • La posición ocupada por el familiar cercano; y • La función del profesional en el equipo de auditoría. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

25 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
Asignaciones temporales de personal El préstamo de personal por parte de una firma a un cliente de auditoría puede crear una amenaza de auto revisión. Puede darse esta ayuda, pero solo por un corto periodo, y el personal de la firma no deberá: 1. Prestar servicios diferentes al de aseguramiento que no se permitirían bajo esta sección; o 2. Asumir responsabilidades de administración. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

26 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
Larga asociación del personal ejecutivo (incluyendo rotación de socios)con un cliente de auditoría Disposiciones generales Se crean amenazas de familiaridad y de interés personal, al asignar al mismo personal ejecutivo a un trabajo de auditoría por un largo tiempo. La importancia de la amenaza dependerá de factores como: • Cuánto tiempo ha sido la persona miembro del equipo de auditoría; • La función de la persona en el equipo de auditoría; Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

27 (Amenaza de autorevisión, familiaridad o pérdida de independencia)
SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión Prestar ciertos servicios diferentes al de aseguramiento a un cliente de auditoría puede crear una amenaza tan importante a la independencia que ninguna salvaguarda pudiera reducir la amenaza a un nivel aceptable. (Amenaza de autorevisión, familiaridad o pérdida de independencia) Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

28 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
Preparación de registros contables y de estados financieros La administración es responsable de la preparación y presentación adecuada de los estados financieros, de conformidad con el marco de información financiera aplicable. Dichas responsabilidades incluyen: • Originar o modificar las anotaciones en el libro diario o determinar la clasificación de las cuentas en las que se registran las transacciones, • Preparar o modificar los documentos de soporte o los datos de origen, en formato electrónico u otro, que sirven de evidencia de que una transacción ha tenido lugar. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

29 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
Prestar a un cliente de auditoría servicios de contabilidad y/o teneduría de libros, tales como preparar registros contables o estados financieros, crea una amenaza de auto revisión cuando la firma posteriormente audita los estados financieros. Por lo tanto, una firma no deberá proporcionar servicios de contabilidad y/o teneduría de libros a un cliente de auditoría, incluyendo servicios de nómina, o de preparación de estados financieros o información financiera sobre los que la firma expresará una opinión, ya que la amenaza de auto revisión sería tan importante que ninguna salvaguarda podría eliminarla o reducirla a un nivel aceptable. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

30 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
Planeación de impuestos y otros servicios de asesoría sobre impuestos Puede crearse una amenaza de auto revisión cuando la asesoría afecte asuntos que se van a reflejar en los estados financieros (...) Por ejemplo, generalmente no se crea una amenaza a la independencia por prestar servicios de planeación de impuestos y otros servicios de asesoría fiscal, cuando la asesoría está claramente so- portada por la autoridad fiscal u otro precedente, por práctica establecida o tiene una base en la ley fiscal que es probable que prevalezca. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

31 Asesoría fiscal Planeación Fiscal Elusión Fiscal Evasión Fiscal
SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión Asesoría fiscal Planeación Fiscal Elusión Fiscal Evasión Fiscal Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

32 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Trabajos de Auditoría y de Revisión
Asistencia en la resolución de litigios fiscales Puede crearse una amenaza de interceder por el cliente o de auto revisión cuando la firma represente a un cliente de auditoría en la resolución de un litigio fiscal, una vez que las autoridades fiscales hayan notificado al cliente que han rechazado los argumentos del cliente sobre un asunto particular y ya sea que la autoridad fiscal o el cliente estén refiriendo el asunto para determinación en un procedimiento formal, por ejemplo, ante un tribunal o juzgado. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

33 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Honorarios-Tamaño relativo
Cuando los honorarios totales de un cliente de auditoría represen- tan una gran proporción de los honorarios totales de la firma que expresa la opinión de auditoría, la dependencia de ese cliente y la preocupación de perder al cliente crea una amenaza de interés personal o de intimidación. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

34 SECCIÓN 290 INDEPENDENCIA Honorarios- Vencidos
Puede crearse una amenaza de interés personal si los honorarios que debe un cliente de auditoría siguen pendientes de pago por largo tiempo, en especial, si una parte importante no se paga antes de la emisión del dictamen de auditoría por el año siguiente. Generalmente se espera que la firma requiera el pago de esos honorarios antes de que se emita dicho dictamen de auditoría Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

35 Otras consideraciones Art. 60 RCFF
Artículo 60.- Para los efectos del artículo 52, fracción II del Código, el contador público inscrito deberá cumplir con las normas de auditoría vigentes a la fecha de presentación del dictamen y estará impedido para formular dictámenes sobre los estados financieros de los contribuyentes, dictámenes de operaciones de enajenación de acciones, o cualquier otro dictamen que tenga repercusión fiscal, por afectar su independencia e imparcialidad, en los siguientes casos: I. Sea cónyuge, pariente civil, por consanguinidad en línea recta sin limitación de grado y en línea transversal hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo grado, del propietario o socio principal de la persona moral de que se trate o de algún director, administrador o empleado que tenga intervención importante en la administración de la misma; Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

36 Otras consideraciones Art. 60 RCFF
II. Sea o haya sido en el ejercicio fiscal que dictamina, director, miembro del consejo de administración, administrador o empleado del contribuyente o de una empresa afiliada, subsidiaria o que esté vinculado económica o administrativamente al contribuyente, cualquiera que sea la forma como se le designe y se le retribuyan sus servicios. El comisario de la persona moral no se considerará impedido para dictaminar, salvo que concurra otra causal de las que se mencionan en este artículo; III. Tenga o haya tenido en el ejercicio fiscal que dictamine, alguna injerencia o vinculación económica en los negocios del contribuyente que le impida mantener su independencia e imparcialidad; Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

37 Otras consideraciones Art. 60 RCFF
IV. Reciba, por cualquier circunstancia o motivo, participación directa en función de los resultados de su auditoría o emita su dictamen en circunstancias en las que su emolumento dependa del resultado del mismo; Sea agente o corredor de bolsa de valores en ejercicio; VI. Sea funcionario o empleado del Gobierno Federal, de las entidades federativas coordinadas en materia de contribuciones federales o de un organismo descentralizado competente para determinar contribuciones; Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

38 Otras consideraciones Art. 60 RCFF
VII. Reciba de cualquiera de los contribuyentes o de sus partes relacionadas, a los que les proporcione servicios de auditoría externa, bienes que se consideren inversiones y terrenos en propiedad para su explotación por parte del contador público inscrito, de la sociedad o de la asociación civil que conforme el despacho en el que dicho contador público preste sus servicios, o inversiones de capital, financiamientos u otros beneficios económicos. Excepto si los bienes o beneficios se reciben como contraprestación por la prestación de sus servicios; Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

39 Otras consideraciones Art. 60 RCFF
VIII. Proporcione directamente, o por medio de un socio o empleado de la sociedad o asociación civil que conforme el despacho en el que el contador público preste sus servicios, adicionalmente al de dictaminar, los servicios de: a) Preparación de manera permanente de la contabilidad del contribuyente; Implementación, operación y supervisión de los sistemas del contribuyente que generen información significativa para la elaboración de los estados financieros a dictaminar. En la implementación de sistemas, se permitirá la participación del contador público inscrito o de la sociedad o asociación civil que conforme el despacho en el que funja como socio, o bien, en el que preste sus servicios, siempre que el contribuyente conserve la responsabilidad del proyecto y asigne la dirección del mismo a un empleado con la competencia y nivel adecuado para tomar decisiones de planeación, coordinación y supervisión; Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

40 Otras consideraciones Art. 60 RCFF
VIII. Proporcione directamente, o por medio de un socio o empleado de la sociedad o asociación civil que conforme el despacho en el que el contador público preste sus servicios, adicionalmente al de dictaminar, los servicios de: a) Preparación de manera permanente de la contabilidad del contribuyente; Implementación, operación y supervisión de los sistemas del contribuyente que generen información significativa para la elaboración de los estados financieros a dictaminar. En la implementación de sistemas, se permitirá la participación del contador público inscrito o de la sociedad o asociación civil que conforme el despacho en el que funja como socio, o bien, en el que preste sus servicios, siempre que el contribuyente conserve la responsabilidad del proyecto y asigne la dirección del mismo a un empleado con la competencia y nivel adecuado para tomar decisiones de planeación, coordinación y supervisión; Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

41 Otras consideraciones Art. 60 RCFF
VIII. Proporcione directamente, o por medio de un socio o empleado de la sociedad o asociación civil que conforme el despacho en el que el contador público preste sus servicios, adicionalmente al de dictaminar, los servicios de: a) Preparación de manera permanente de la contabilidad del contribuyente; Implementación, operación y supervisión de los sistemas del contribuyente que generen información significativa para la elaboración de los estados financieros a dictaminar. En la implementación de sistemas, se permitirá la participación del contador público inscrito o de la sociedad o asociación civil que conforme el despacho en el que funja como socio, o bien, en el que preste sus servicios, siempre que el contribuyente conserve la responsabilidad del proyecto y asigne la dirección del mismo a un empleado con la competencia y nivel adecuado para tomar decisiones de planeación, coordinación y supervisión; Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

42 Otras consideraciones Art. 60 RCFF
Auditoría interna relativa a estados financieros y controles contables, cuando el contador público inscrito toma la responsabilidad de dicha función, excepto si el personal del contribuyente con competencia y nivel adecuado para planear, supervisar y coordinar las funciones, emite los informes correspondientes, y Preparación de avalúos o estimaciones de valor que tengan efectos en registros contables y sean relevantes, en relación a los activos, pasivos o ventas totales del contribuyente a dictaminar; Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

43 Otras consideraciones Art. 60 RCFF
IX. Asesore fiscalmente al contribuyente que dictamine en forma directa o a través de un socio o empleado de la sociedad o asociación civil que conforme el despacho en el que el contador público preste sus servicios, excepto si la prestación de servicios no incluye la participación o responsabilidad del contador público inscrito, o de la sociedad o asociación civil que conforme el despacho en el que funja como socio o en el que preste sus servicios, en la toma de decisiones administrativas o financieras del contribuyente, y X. Se encuentre vinculado con el contribuyente de forma tal que le impida independencia e imparcialidad de criterio. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

44 -2- Sanciones aplicables
Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

45 SECCIÓN SANCIONES 500.1 El Contador Público que viole este Código se hará acreedor a las sanciones que le imponga la asociación afiliada a que pertenezca o el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, que intervendrá tanto en caso de que no lo haga la asociación afiliada como para las ratificaciones que requieran sus estatutos. 500.2 Para la imposición de sanciones se tomará en cuenta la gravedad de la violación cometida, evaluando dicha gravedad de acuerdo con la trascendencia que la falta tenga para el prestigio y estabilidad de la profesión de Contador Público y la responsabilidad que pueda corresponderle. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría

46 SECCIÓN SANCIONES Según la gravedad de la falta, la sanción podrá consistir en: Amonestación privada. Amonestación pública Suspensión temporal de sus derechos como socio Expulsión e) Denuncia ante las autoridades competentes, las violaciones a las leyes que rijan el ejercicio profesional. 500.4 El procedimiento para la imposición de sanciones, será el que se establece en los estatutos del IMCP. Colegio de Contadores Públicos de Michoacán A.C. Comisión de Auditoría


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