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Proyecto de Ley de Universidades del Estado Rector Aldo Valle Acevedo

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Presentación del tema: "Proyecto de Ley de Universidades del Estado Rector Aldo Valle Acevedo"— Transcripción de la presentación:

1 Proyecto de Ley de Universidades del Estado Rector Aldo Valle Acevedo
                Observaciones sobre Proyecto de Ley de Universidades del Estado Rector Aldo Valle Acevedo Enero 2018

2 CONSIDERACIONES PREVIAS
El proyecto se elaboró en un ambiente de diálogo entre el Mineduc y el Consorcio de Universidades Estatales, no obstante los explicables desacuerdos que hubo. Este proyecto de ley representa un avance cualititativo en la institucionalidad del sistema de educación superior. Diseña una institucionalidad común para la relación del estado con sus universidades. Fortalece un vínculo necesario y rectifica desequilibrios que constituían restricciones graves para la gestión y desarrollo de estas instituciones. Las universidades estatales no son meros servicios administrativos ni empresas públicas y en cuanto instituciones académicas requieren a la vez autonomía respecto del Estado.

3 CONTENIDOS RELEVANTES DEL PROYECTO
Permitirá una mejor gestión administrativa para la consecución de sus objetivos. En cuanto a su estructura de gobierno, después de las indicaciones que el Gobierno introdujo, concilia bien participación, autonomía y carácter estatal. Genera un sistema de distribución de competencias y control recíproco adecuados para su misión y fines públicos. Mejora el régimen de contratación y gestión financiera. Crea condiciones favorables para una mayor articulación entre la universidades.

4 OPINIONES DESDE EL CONSEJO DE RECTORES
Al interior del Consejo de Rectores existe una valoración del proyecto de universidades estatales con observaciones críticas de carácter específico. Existen miradas distintas respecto de la separación que esta ley pueda generar entre las instituciones estatales y no estatales. En especial la existencia de un Consejo de Coordinación que agrupe sólo a las universidades estatales; La eventual diferenciación en el financiamiento basal. Existe un apoyo unánime del CRUCH para disminuir la carga de control administrativo sobre las universidades estatales.

5 CONSIDERACIONES SOBRE LAS OBSERVACIONES ANTERIORES
Este proyecto de ley da lugar a una relación específica del estado con sus universidades. Ello no es incompatible con el vínculo que ya tiene el estado con las universidades no estatales que componen el Consejo de Rectores ni con otras instituciones. En cuanto al Consejo de Coordinación, el proyecto no lo concibe como alternativa al Consejo de Rectores. El Consejo de Coordinación llevaría a cabo tareas de articulación para objetivos específicos. En materia de financiamiento, para efectos de que no se produzca una condición disminuida, el Consejo de Rectores ha solicitado que el aporte basal por desempeño para las universidades no estatales, se incorpore en el proyecto de ley de Educación Superior.

6 CRÍTICAS AL PROYECTO APROBADO EN LA CÁMARA
El proyecto no contiene un plan de fortalecimiento de las universidades estatales. Sanción económica por no adecuación de los estatutos. Sanción por menor acreditación: Las universidades estatales, en caso de perder el nivel de acreditación que les habilita para la gratuidad, deben contar con los recursos para la continuidad de sus funciones, siempre y cuando se sujeten a un plan de fortalecimiento específico. Necesidad de evitar eventual duplicidad de régimen sancionatorio, tanto de CGR como de la Superintendencia. El proyecto debería derogar el artículo 3º de la Ley , que impide transferir recursos a las universidades del estado, salvo que sea mediante una ley especial.-

7 CONCLUSIONES El proyecto, si bien está lejos de dar un trato preferente a la universidades del estado, las dota de un régimen jurídico propio. El proyecto puede contribuir a una mejor gestión, rectificando en parte la condición desfavorable que representaba su carácter estatal. Reconoce niveles de participación razonables en los órganos colegiados, condición que afirma su carácter y fines de institución pública. Con todo, la posibilidad de aprobar este proyecto en la presente legislatura constituye una oportunidad histórica para las universidades del estado.

8 GRACIAS


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