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CENTRO DE CAPACITACIÓN
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“RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN MUNICIPAL”
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Introducción
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Introducción Para cumplir su función de satisfacer las necesidades de los ciudadanos, el Estado requiere acudir al mercado para que le provean de bienes y servicios. El estado busca proveedores para la provisión, prestación de servicios y construcción, a través del mercado de las contrataciones estatales.
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Introducción Los organismos del gobierno –centrales o descentralizados– implementan sus políticas y estrategias públicas utilizando como medio las contrataciones públicas. El Estado Paraguayo cuenta con un marco jurídico para la implementación del sistema de adquisición de bienes y/o servicios que se encuentra dispuesto en la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas, sus modificaciones y reglamentaciones.
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CONTRATOS INCLUIDOS EN LA LEY 2051/03
ADQUISICIONES DE BIENES ALQUILERES SERVICIOS EN GENERAL CONSULTORÍAS OBRAS PÚBLICAS
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Fases del Proceso de Contratación
Planeamiento Programación Presupuesto Contratación Ejecución Erogación Control
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UNIDADES OPERATIVAS DE CONTRATACIÓN
Son las unidades administrativas que en cada municipalidad se encargan de ejecutar los procedimientos de planeamiento, programación, presupuesto y contratación. Cada vez que se designe a un responsable de la UOC, esto debe informarse a la DNCP con el nombre y dirección electrónica del mismo, utilizando para el efecto el formulario correspondiente, para el acceso al Sistema de Información de Contrataciones Públicas.
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Programa Anual de Contrataciones
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Programa Anual de Contrataciones (PAC)
Las municipalidades elaborarán el PAC a más tardar el 28 de febrero de cada año, de acuerdo con el Presupuesto Municipal vigente, sujetándose a las previsiones establecidas en la Ley de Administración Financiera. Es obligatorio contar con el citado programa para la ejecución del presupuesto de cada año, pudiendo realizarse modificaciones por razones fundadas.
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Las dependencias Administrativas deben remitir a las UOC sus necesidades y prioridades
Las UOCs consolidan las necesidades elaboran el PAC en función al presupuesto El ejecutivo municipal o el funcionario delegado aprueba con un acto Administrativo La UOC remite en forma remota a la DNCP su PAC aprobado para su difusión, previa carga en el SICP de las líneas presupuestarias La DNCP publica el PAC remitido por la institución para que sea de conocimiento público
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300 Bienes de consumo e insumos 200 Servicios No Personales
848 Alimentación Escolar 500 Inversión Física 510 Inmuebles 520 Construcciones 530 Maquinarias y Herramientas 540 Equipos de Oficina y Computación 550 Equipos Militares y de Seguridad 560 Semovientes 570 Activos Intangibles 580 Estudios y Proyectos de Inversión 590 Otros Gastos de Inversión 300 Bienes de consumo e insumos 310 Productos Alimenticios 320 Textiles y Vestuarios 330 Papel, Cartón e impresos 340 Bienes de Consumo de Oficina e insumos 350 Químicos y Medicinales 360 Combustibles y Lubricantes 390 Otros Bienes de Consumo 200 Servicios No Personales 220 Transporte y Almacenaje 230 Pasajes (a excepción del ) 240 Aseo, Mantenimiento y Reparaciones 250 Alquileres 260 Servicios Técnicos y Profesionales 270 Servicio Social 280 Otros Servicios
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Plazos a considerar Comunicación a la DNCP Verificación en la DNCP
Aprobación hasta el 28 de febrero Comunicación a la DNCP 10 días corridos posteriores a la aprobación Verificación en la DNCP 3 días hábiles luego de la comunicación Verificación de las Modificaciones 1 día hábil posterior a la comunicación
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DATOS DEL PAC DATOS MÍNIMOS
Tipo de bien, servicio u obra por contratar. Cantidad estimada del bien a adquirir, servicio u obra a contratar. Estimación de costos global por procedimiento de contratación, según programa de inversiones y gastos del Presupuesto aprobado. Periodo estimado del inicio de los procedimientos de contratación. Proyecto o programa dentro del cual se realizará la contratación, conforme a la estructura presupuestaria. Fuentes de financiamiento.
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PUBLICIDAD El contenido íntegro del Programa Anual de Contrataciones, debe ser divulgado a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP).
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DATOS DEL PAC Nivel de Entidad: Corresponde a la Clasificación por Entidades del Estado, y constituye el ordenamiento estructural realizado por la Ley Nº 1.535/99, la cual tiene como objetivo identificar los ingresos y créditos presupuestarios asignados a los organismos y entidades del estado en sus diversos niveles institucionales, según sus funciones y finalidades. Entidad: El campo corresponde a la denominación específica de los organismos, entidades y municipalidades detallados en el Art. 1 de la Ley Nº 2.051/03. Ej. Ministerio del Interior. UOC/UEP: Corresponde al nombre de la unidad de compras dentro de cada institución, considerando que de conformidad a lo establecido en el Art. 6 de la Ley Nº 2.051/03, cada entidad podrá contar con más de una Unidad Operativa de Contrataciones, y en el caso de los Proyectos financiados por Organismos Internacionales, deberá consignarse el nombre del proyecto en ejecución. Ej.: Entidad: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social — UOC Dirección Operativa de Contrataciones (D.O.C) - Nivel Central. Entidad: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social — UEP: Desarrollo Para El Suministro De Agua En La Zona Rural. Sub-UOC: Atendiendo a la facultad de la entidad de determinar Sub Unidades Operativas de Contratación se deberá indicar si corresponde a una de ellas. Ej.: Entidad: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social — UOC Dirección Operativa de Contrataciones (D.O.C) - Nivel Central — SUBUOC: Centro Antirrábico Nacional. Unidad Jerárquica: Es el identificador que representa a cada unidad que tiene su propia administración, sea ésta una UAF o una SUB UAF, dentro de cada entidad. A los efectos del PAC es un dato exigido para entidades conectadas al SIAF Código SICP: Número otorgado por la DNCP a cada unidad Compradora del Estado, sea esta, UOC, UEP, o SUB UOC, con el fin de identificarlas específicamente sin equívocos.
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DATOS DEL PAC Número de PAC: corresponde al ID del PAC/llamado, este número es único e irrepetible y acompaña al llamado desde su programación en el PAC, el mismo es asignado automáticamente por el sistema a partir de que la entidad grabe el PAC objeto de carga, y servirá igualmente para identificar la previsión/compromiso/obligación en el SIAF. Año: En ese campo se determinará el año de inicio del llamado (el cual generalmente coincide con el año de la carga, en el SICP estará predeterminado el año actual. En caso de cargar PAC’s con años posteriores se debe desplegar el botón para el elegir el año. Descripción del PAC: Campo en el cual se carga la denominación del llamado, nombre que llevará el llamado, el cual refleja la necesidad de la convocante en forma sintetizada. Ej: Adquisición de Impresoras. Fecha estimada del llamado: Fecha estimativa en la cual la unidad compradora iniciará el proceso de convocatoria, deberá reflejar fechas lo más cercanas posibles a la comunicación del llamado a la DNCP. No debe confundirse con fecha en la cual se requerirá el bien/servicio/obra. Categoría: La Categoría corresponde a una agrupación que se ha realizado en 25 grupos, donde se le ha asignado un número de orden en relación al objeto del llamado, naturaleza de los bienes o servicios y sub grupos de objeto de gasto. La categoría tiene por finalidad ser un criterio de búsqueda con el cual se facilite a los usuarios, y preferentemente a los proveedores, hallar la información de su interés de acuerdo al rubro o actividad comercial. La carga a través del sistema se hará seleccionando las categorías que ya se encuentran cargadas en el SICP; ésta selección se realiza por única vez en el PAC.
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DATOS DEL PAC Objeto del Llamado: Campo donde se establece el tipo de adquisición que se haría con el PAC que se está cargando. Se podrán establecer los siguientes objetos del llamado: i. Bienes, Se seleccionará el “Objeto Bienes” cuando el llamado que se pretende realizar se trate de adquisiciones varias. ii. Consultorías, Cuando lo que se pretenda contratar son los servicios de una firma consultora o un profesional independiente en los que predominen las prestaciones de carácter intelectual. iii. Locación Inmuebles, Se refiere al alquiler de los edificios, terrenos, oficinas, casas u otros inmuebles para uso de la institución. iv. Locación Muebles, Aquí nos hallamos ante los “alquileres” de bienes, donde la contratante abonará una suma de dinero por el uso temporal de los mismos, además en este objeto se contemplarán las operaciones de Leasing. v. Obras, En general lo que se refiera a construcciones. vi. Servicios, se seleccionarán los llamados donde se contemplan a los servicios no personales; y vii. Tierras, se seleccionará éste objeto cuando el llamado sea Adquisición de Inmuebles
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DATOS DEL PAC Modalidad: Se establece el tipo de procedimiento y/o las modalidades complementarias definidas en el Art. 16 y 17 de la Ley Nº 2.051/03, las excepciones y otras modalidades previstas en resoluciones reglamentarias de la DNCP. En la carga por sistema las modalidades a ser definidas para cada proceso se seleccionarán de las opciones ya establecidas. Moneda: En este campo se definirá la moneda de la contratación será en Guaraníes, Dólares u otra moneda. Los procesos nacionales utilizarán únicamente moneda local salvo las compras estratégicas. Monto Total: Se establece el monto total estimado para solventar ese proceso, teniendo en cuenta precios unitarios, sub totales, cantidades y otras variables previstas en el Art. 15 de la Ley y 17 del Decreto Nº 21909/03 Plurianual: Se define si será o no un PAC plurianual, es decir si el mismo abarcará a más de un ejercicio fiscal, sea por la vigencia o ejecución contractual o porque la entidad no cuenta con los fondos presupuestarios suficientes para solventar los costos totales del llamado. En caso que sea plurianual se realizará la carga de las previsiones para los siguientes años en los campos Año y Monto. Es decir se deben definir las previsiones en términos monetarios para cada año que se ha previsto durará la ejecución contractual.
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DATOS DEL PAC Ad - referéndum: La calidad de Ad-Referendum se refiere a aquellos llamados cuya partida presupuestaria aun no fue aprobada, sea esta una reprogramación o ampliación presupuestaria durante un ejercicio fiscal o inclusive antes de la sanción de la Ley de Presupuesto de Cada Año. En este caso, la entidad no cargará las líneas presupuestarias para dar inicio al llamado, sí deberá hacerlo antes de remitir la adjudicación una Descripción Bien/Servicio: Campo en el cual se carga una descripción más explicativa del Bien/Servicio que precisa la Entidad. En la carga por sistema, éste por defecto adopta la descripción del catálogo sólo como sugerencia, ya que el mismo puede ser borrado y reemplazado por aquella que más se adecue a lo que se precisa. Cantidad: la cantidad de unidades que se precisará de ese bien y/o servicio, en forma estimativa. Precio Unitario: se carga el precio unitario correspondiente al Bien y/o Servicio. Monto Total: Este es un campo donde el sistema informático calcula automáticamente y con los datos de Cantidad y Precio Unitario. vez que cuente con los fondos debidamente aprobados.
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Procedimientos de Contratación
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Procedimientos Las formas de elegir a proveedores y contratistas y los mecanismos varían conforme a la legislación de cada país. En el Paraguay la Legislación estableció la existencia de procedimientos ordinarios, modalidades complementarias y excepciones a la licitación para que las instituciones públicas lleven adelante sus contrataciones.
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Procedimientos Licitación Pública Concurso de Ofertas
> JM Licitación Pública > < JM Concurso de Ofertas < JM Contratación Directa < 20 JM Fondo Fijo En razón de la imposibilidad de competencia Por Urgencia, Emergencia o Fuerza Mayor Seguridad Nacional Excepciones a la Licitación Subastas Inversas Convenios Marco Precalificaciones Con Financiamiento del Proveedor Modalidades Complementarias
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Ciclo de Adjudicaciones
Apertura de Ofertas Acto Público en la fecha marcada en el PBC Evaluación de Ofertas Resolución de Adjudicación 20 DC prorrogables por un plazo igual Notificación a los oferentes 5 DC posteriores a la Adjudicación Suscripción del contrato Entre 10 y 20 DH posteriores a la notificación
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¿Quiénes evalúan las ofertas?
En los casos de Licitaciones Públicas y Licitaciones por Concurso de Ofertas, debe existir un Comité de Evaluación (Art. 27 de la Ley) conformado por los funcionarios que se requieran y con la asistencia técnica profesional externa que se llegare a estimar conveniente. En estos casos la UOC revisa y refrenda el informe (Art. 10 Dto /03) Los comités se conforman por acto administrativo de la máxima autoridad de la convocante. En los demás casos, la evaluación de ofertas puede ser desarrollada por la Unidad Operativa de Contrataciones, sin perjuicio que la Convocante opte igualmente por realizar la evaluación de ofertas a través de un Comité conformado para el efecto.
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Oferta Adjudicada Cumplir condiciones legales y técnicas
Tener calificaciones y la capacidad precio evaluado como más bajo MEJOR OFERTA
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Declaración Desierta Cancelación No se cuentan con ofertas
Ninguna oferta cumple con los requerimientos Las ofertas se apartan de la estimación o superan la disponibilidad Cancelación Fuerza mayor o caso fortuito Extinción de la necesidad Potencial perjuicio a la institución
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Disposiciones de la Ley Orgánica Municipal
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¿Quién ejecuta las contrataciones?
Cada institución del Estado es responsable de planificar y ejecutar sus licitaciones, de acuerdo a sus funciones, prioridades y presupuesto disponible. Para ello cuentan con las Unidades Operativas de Contratación (UOC) que son las encargadas de llevar adelante los procedimientos. La intendencia municipal aprueba la programación anual, tienen que iniciar y adjudicar los procesos de contratación, así como la suscripción de los contratos.
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Otros actores involucrados en la contratación municipal
La Junta Municipal tiene a su cargo la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones correspondiente, así como la autorización para realizar llamados a Licitación Pública o Licitación por concurso de ofertas aprobar la adjudicación de las licitaciones públicas y de las licitaciones por concurso de ofertas El Director Jurídico Dictamen antes de aceptar, suscribir o rescindir cualquier contrato
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Plazos para la JM 30 días para aprobar, modificar o rechazar el Pliego de Bases y Condiciones. 20 días para aprobar la adjudicación, computados desde la recepción de los antecedentes del caso. El silencio de la Junta Municipal será considerado como aprobación automática, luego de los mencionados plazos.
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Alcance de la Ley Las contrataciones públicas, que realicen las municipalidades, se regirán por las disposiciones de la Ley N° 2.051/03 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” (Art. 209 LOM). Las contrataciones de las municipalidades no están alcanzadas por la obligación de retener la contribución sobre contratos suscriptos prevista en el Artículo 41 de la Ley N° 2.051/03 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”.
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Publicidad y transparencia.
Las informaciones que suministren las municipalidades al Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), serán realizadas al solo efecto de garantizar la transparencia y el acceso del público a la información y no implicarán la sujeción de las contrataciones municipales a autorizaciones o aprobaciones de la DNCP. A tal efecto la DNCP NO realiza la retención de los expedientes sujetos a su revisión (Res. 588/16) pero publica las observaciones que realiza.
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Función de la DNCP La DNCP, tiene competencia en lo que respecta a la tramitación de las protestas e investigaciones de oficio. Igualmente, realiza las verificaciones sobre la ejecución de los contratos suscritos. Si la DNCP detectare alguna irregularidad en el procedimiento de contratación municipal, deberá comunicar dicha circunstancia a la Contraloría General de la República y a la respectiva Junta Municipal.
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Preguntas varias
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