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Publicada porEmilio Franco Caballero Modificado hace 6 años
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INGRESO AL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO
La Reforma Integral de la Educación Media Superior INGRESO AL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO JUNIO 2009
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Atender los retos que enfrenta la EMS mediante la integración de un
INGRESO AL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO Atender los retos que enfrenta la EMS mediante la integración de un Sistema Nacional de Bachillerato (SNB) El SNB se estructura mediante la definición de un perfil del egresado, organizado a partir de competencias que conforman un Marco Curricular Común.
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Acuerdo 480 por el que se establecen los lineamientos para el ingreso de instituciones educativas al Sistema Nacional del Bachillerato.
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Sistema Nacional de Bachillerato.
LINEAMIENTOS PARA EL INGRESO AL SNB. Formación de un Comité que tendrá entre sus propósitos la responsabilidad de establecer los criterios, parámetros, metodologías, indicadores y en general las reglas que se aplicarán a los planteles para su ingreso, permanencia y, en su caso, salida del Sistema Nacional de Bachillerato.
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Los planteles deberán acreditar: I. La adopción del marco curricular común. MCC Competencias genéricas Competencias disciplinares Competencias profesionales El plantel deberá contar con las bibliotecas, laboratorios, talleres y en general con las instalaciones y equipamiento necesario para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje, así como el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, acordes a la modalidad.
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Los planteles deberán acreditar: II. La existencia de una planta docente suficiente y que cumpla con las competencias que marca el perfil de la EMS. El plantel público será responsable del desarrollo, capacitación y certificación de su personal docente conforme a lo previsto en el Programa de Formación Docente de la Educación Media Superior(PROFORDEMS)
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Los planteles deberán acreditar: III. Las instalaciones que satisfagan las condiciones de higiene, de seguridad y pedagógicas adecuadas para los servicios que se ofrezcan. IV. Los requisitos aplicables en función de la modalidad educativa en la que se imparta el servicio.
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I. Compatibles con la naturaleza de los estudios de que se trate. IV. Factibles en cuanto al logro de las competencias El plantel deberá acreditar que la o las modalidades en las que se encuentre operando sean: II. Operables en cuanto al desarrollo del plan y programas de estudio III. Funcionales con el material y equipamiento que para tal efecto cuente
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Implementación de acciones preventivas y remediales.
V. La generación de espacios de orientación y tutoría para la atención de las necesidades de los alumnos. Apoyo psicosocial para el desarrollo de actitudes, comportamientos y habilidades favorables para el autoconocimiento, la autoestima y la comunicación. Orientación vocacional para que los alumnos identifiquen y elijan con mayor certeza las opciones educativas, profesionales y laborales Apoyo y seguimiento individual o grupal de alumnos en relación con los procesos de aprendizaje y su trabajo académico. Es necesario que el MMC se acompañe de esquemas de orientación y tutoría para la atención de las necesidades de los alumnos Desarrollo de estrategias para fortalecer hábitos y técnicas de estudio que contribuyan a elevar el aprovechamiento académico. Apoyo pedagógico para atender problemáticas particulares, mediante atención individual o grupal. Implementación de acciones preventivas y remediales.
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VI. La participación en los procesos de evaluación que determine la Secretaría .
La evaluación integral comprende: Evaluación del aprendizaje. Evaluación de planes y programas de estudio. Evaluación de apoyo a estudiantes. Evaluación docente. Evaluación de las instalaciones y equipamiento. Evaluación de la gestión. Evaluación institucional.
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VII. La operación de la gestión escolar con base en el establecimiento de metas, objetivos, priorización, transparencia y planes de mejora continua del SNB. VIII. La adopción del sistema de control escolar del Sistema Nacional de Bachillerato. IX. El facilitar el tránsito de alumnos de tal manera que sólo esté condicionado a la disponibilidad de espacios en los planteles. X. La expedición de una certificación complementaria a la conclusión de los estudios en el Sistema Nacional de Bachillerato.
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LINEAMIENTOS PARA EL INGRESO AL SNB
El plantel que cumpla con lo establecido en la Ley, el Acuerdo 480 y demás disposiciones legales y administrativas aplicables, pasará a formar parte del SNB. La Subsecretaría difundirá, mantendrá actualizado y tendrá a disposición del público en general el registro pormenorizado de los planteles pertenecientes al SNB.
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Del procedimiento de ingreso y registro en el Sistema Nacional de Bachillerato..
Los planteles deberán solicitar su ingreso al Sistema Nacional del Bachillerato a través del Sistema de Registro que para tales efectos la Subsecretaría ponga a su disposición.
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Reforma Integral de la Educación Media Superior www.sems.gob.mx
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