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Dirección General de Fondos Comunitarios S.G de Inspección y Control

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Presentación del tema: "Dirección General de Fondos Comunitarios S.G de Inspección y Control"— Transcripción de la presentación:

1 Dirección General de Fondos Comunitarios S.G de Inspección y Control
Funciones y procedimientos de los OOII. Novedades en los sistemas de gestión y control para el marco : Autorización y declaración de gestión. Dirección General de Fondos Comunitarios S.G de Inspección y Control

2 Autorización de organismo intermedios

3 Organismos intermedios
Artículo 123 (6) del RDC, prevé la posibilidad de delegar en Organismos intermedios: Concepto: Reglamento: organismo público o privado que actúe bajo la responsabilidad de una autoridad de gestión o de certificación, o que desempeñe funciones en nombre de tal autoridad en relación con las operaciones de ejecución de los beneficiarios; serán organismos o entidades públicas, de cualquiera de los ámbitos de la Administración pública, Estatal, Autonómica o Local, cuya responsabilidad sea la definición, programación o gestión de las políticas públicas cofinanciadas a través de los Programas Operativos o Ejes Prioritarios en los que actúan.

4 Invitación Invitación por parte de la AG. Acompañada de:
Borrador de acuerdo de delegación de funciones Documento “Directrices a los Organismos Intermedios para la Gestión y el Control de las actuaciones cofinanciadas por el FEDER en España“, Dirección habilitada para resolución de consultas. Además consltas presenciales o por teléfono

5 Evalución El Organismo invitado deberá elaborar y presentar su documento de descripción de sistemas siguiendo las directrices dadas por la AG. Podrá acompañarse de dictamen de organismo independiente. La SGIC, verificará que se cumplen los criterios para la designación (podrá basarse en informes del marco siya venía funcionando para valora su capacidad de gestión). Borrador de informe Alegaciones y subsanaciones Informe de validación definitivo

6 Elementos a verificar Se verifica el cumplimiento de los criterios para la designación y se asegura lo siguiente: Existencia de manuales de procedimientos para uso por el personal del OI Que estos se basan en las instrucciones de AG Evaluación de si son adecuados Existencia de procedimiento formal de control de cambios, nuevos contenidos o contenidos suprimidos.

7 Contenido de la lista de comprobación:
Organización interna y descripción del sistema de gestión y control Selección y puesta en marcha de operaciones Verificación de operaciones Sistema informático Sistema de contabilidad separada Pista de auditoría adecuada. Información y publicidad.

8 Acuerdo de atribución de funciones
Firma de acuerdo de atribución de funciones por el DG de Fondos Comunitarios y responsable del OI El Acuerdo de Atribución de Funciones, cuyo modelo se incluye como Anexo al presente documento , recogerá en detalle, además de las funciones que la AG delega a dicho organismo, con referencia a las respectivas disposiciones reglamentarias, las obligaciones que el mismo asume frente a la AG, así como los compromisos de la AG dirigidos a facilitar al OI el desarrollo de las funciones encomendadas.

9 Acuerdo de delegación de Funciones
Invitación Autoridad de Gestión Borrador de acuerdo Directrices a OIs Organismo Intermedio Evaluación SGIC Descripción Sistemas Dictamen independiente Check list P. contradictorio Informe de Validación Designación Acuerdo de delegación de Funciones

10 Intercambio de información y supervisión de tareas delegadas
Una vez nombrados los OO.II., la AG empleará el Canal Informativo del sistema informático «Fondos 2020» Subdirección General de Inspección y Control (SGIC), llevará a cabo un Plan de Control con carácter anual para supervisar la correcta ejecución de las tareas que se deleguen en base a los requisitos clave contenidos en el Anexo IV del Reglamento 480/2014, cada uno de los cuales se desagrega en una serie de criterios de evaluación.

11 Novedades relacionadas con la declaración de fiabilidad que acompaña la cuenta anual

12 Declaración de fiabilidad
Base: artículo 59 del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, Los organismos designado por los EEMM presentan anualmente sus cuentas acompañadas de una declaración de fiabilidad en la que se confirme: los datos están presentados correctamente y son completos y exactos, los gastos se efectuaron conforme a los fines previstos,, los sistemas de control establecidos ofrecen las garantías necesarias en lo que respecta a la legalidad y la regularidad de las operaciones correspondientes; También deberán presentar un resumen anual de los informes de auditoría finales y de los controles realizados, incluido un análisis de la naturaleza y el alcance de los errores y deficiencias detectadas en los sistemas, así como de las medidas correctivas.

13 Sujetos participantes
La AG, en cuanto conforme al artículo 125 (4), letra e) del RDC, es la responsable de redactar la declaración de fiabilidad y el resumen anual La AC, en la medida en que según el artículo 126 (1) del RDC deberá elaborar las cuentas Los OO.II. que sin perjuicio de las responsabilidades de la AG deben de garantizar que los gastos certificados se efectuaron conforme a los fines previstos y de establecer sistemas de control que ofrezcan garantías necesarias sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones La AA, que emite informe anual y dictamen y evalúa el proceso para emitir la declaración de fiabilidad

14 Documentación a aportar por los OOII
Un documento resumen de los controles: de gestión desarrollados por el propio OI y sus resultados, (in-situ del periodo; verificaciones retrospectivas del gasto; otros controles) los controles efectuados por la AG para supervisar las tareas delegadas y resultados de las auditorías de sistemas y de operaciones llevados a cabo por la AA sobre el PO. Y controles desarrollados por otras autoridades nacionales o comunitarias de las que se tenga conocimiento. Una declaración de gestión en la que se pronuncie acerca de si los gastos certificados por el organismo en el ejercicio contable anterior, a la luz de la información disponible reflejada en el informe resumen, se efectuaron conforme a los fines previstos, tal como se definen en las normas sectoriales, y si los sistemas de control establecidos ofrecen las garantías necesarias en lo que respecta a la legalidad y la regularidad de las operaciones correspondientes

15 Importancia de la declaración
En caso de que existan gastos que pudieran no cumplir con los requisitos establecidos deberán identificarse y, si fuese necesario el OI podrá proponer a la AG que procedan a excluirse preventivamente de las cuentas a presentar. Si la AG lo detectara podrá directamente proceder a su exclusión En caso de que se haya excluido con anterioridad ciertos gastos no procederá a incluirlos de nuevo en la cuenta en tanto no se hayan concluido las verificaciones y estas confirmen la legalidad y regularidad de las operaciones o en tanto no se hayan puesto en práctica las medidas correctoras o se hayan concluido los planes de acción


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