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Tributación Municipal
Curso: Tributación Municipal Ambo, Octubre de 2015
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Responsabilidad de los funcionarios de la Administración Tributaria
Curso: Tributación Municipal Tema: Responsabilidad de los funcionarios de la Administración Tributaria Docente: Armando Mendoza Ugarte Ambo, Octubre de 2015
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El principio de legalidad
En el Derecho administrativo, los funcionarios deben hacer lo que la ley ordena que debe hacerse en cada caso concreto, sin posibilidad de utilizar su criterio individual. Potestades regladas y discrecionales.
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Marco de actuación Los funcionarios y servidores públicos se subordinan al ordenamiento jurídico: Constitución Leyes Reglamentos Ordenanzas Instrumentos de gestión Directivas
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Responsabilidad de los funcionarios y servidores
La responsabilidad de los servidores públicos puede ser administrativa, civil o penal. La responsabilidad se configura por acción y también por omisión. El deber de vigilancia de los órganos inferiores.
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Responsabilidad por entrega de cargo
Existe una obligación legal de entregar el cargo al cesar y de recepcionar dicho cargo. La entrega de cargo comprende la entrega de bienes y los documentos (incluido el soporte informático y el archivo digital). Es facultad del funcionario verificar la conformidad de la entrega del cargo. Posteriormente, es conveniente emitir un informe de inicio de gestión con el diagnostico y acciones a seguir.
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Responsabilidad por actos de gestión
Por la indebida determinación de la deuda. Caso: arbitrios. Producidas las sentencias del Tribunal Constitucional, las municipalidades se encuentran obligadas a determinar el costo de los servicios en forma real así como es una obligación distribuir el costo del servicio conforme los parámetros del Tribunal Constitucional.
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Responsabilidad por actos de gestión
Asimismo, existe la obligación legal de solicitar la ratificación de las ordenanzas a la municipalidad provincial. Si los costos del servicio no son reales, la municipalidad provincial no ratifica la ordenanza o el Tribunal Constitucional o el Tribunal Fiscal determinan que la ordenanza analizada no cumple con los parámetros constitucionales, se configura la responsabilidad del funcionario.
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Responsabilidad por actos de gestión
Por omitir acciones de cobranza. a) Surge la responsabilidad del funcionario competente si no se generan valores tributarios. b) Surge la responsabilidad del funcionario competente si no se notifican o se notifican indebidamente los valores tributarios. No transferir a coactiva No cautelar la deuda No fiscalizar
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Responsabilidad por actos de gestión
Surge la responsabilidad de los funcionarios si no se transfiere la deuda para su cobranza coactiva.
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Responsabilidad por actos de gestión
* Surge responsabilidad si se permite la prescripción de la deuda en forma no razonable. Por la prescripción la Administración se encuentra impedida de exigir el pago de la deuda tributaria. La prescripción no extingue la deuda solo impide la acción de cobro. La prescripción se puede oponer en cualquier estado del procedimiento tributario.
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Caso práctico Tributo: Impuesto Predial (con DJ presentada).
Período: 2006. ¿Cuándo es exigible?= Febrero del 2006. ¿Cuándo se inicia el cómputo?= Computo: 01/01/07 al 1/01/08= 1 año. 01/01/08 al 1/01/09= 2 años. 01/01/09 al 01/01/10= 3 años. 01/01/10 al 01/01/11= 4 años. ¿Cuándo prescribe la deuda?= 02/01/2011.
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Responsabilidad por actos de gestión
Surge responsabilidad por contravenir en forma expresa las disposiciones legales: a) Quiebre o anulación de deuda. b) Inexistencia de registros o de controles. c) No cumplir con el procedimiento establecido
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