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Publicada porMartín Ramírez Navarro Modificado hace 7 años
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Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas
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Artículo 6 Constitucional
I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes.
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Artículo 6 Constitucional
En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información.
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SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA
El 23 de junio del 2015, se instaló el Sistema Nacional de Transparencia –SNT- que está integrado por el INAI, los 32 organismos garantes de las entidades federativas, Auditoria Superior de la Federación, Archivo General de la Nación y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Estos tienen entre otras funciones, establecer lineamientos tendientes a cumplir con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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SUJETOS OBLIGADOS POR LA
LEY DE TRANSPARENCIA CONFORMARÁN UN COMITÉ DE TRANSPARENCIA INSTANCIA COLEGIADA INTEGRADA POR NÚMERO IMPAR (MÍNIMO 3) CONTARÁN CON UNA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.
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FUNCIONES DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA
DECLARACIÓN DE INCOMPETENCIA. RESERVA DE LA INFORMACIÓN. INEXISTENCIA DE INFORMACIÓN. PROTEGER ACCESO A INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Y SENSIBLE. PRÓRROGA (AMPLIACIÓN PLAZO LEGAL 10 DÍAS +).
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EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA
1 SOLICITUD DE INFORMACIÓN ESCRITA, VERBAL MEDIOS ELECTRÓNICOS. (SISAI-PNT) PLAZOS LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA ES QUIEN DA ATENCIÓN A LAS SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y COORDINA CUMPLIMIENTO EL DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA. 20 DÍAS HÁBILES PLAZO ORDINARIO. 3 DÍAS INCOMPETENCIA. 5 DÍAS INFORMACIÓN DISPONIBLE (LINK). 2 OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA ARTÍCULO 67 Y ESPECÍFICAS. (SIPOT-PNT) 10 DÍAS PRÓRROGA.
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PROCESO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
1 2 USUARIO DEL DERECHO SOLICITUD DE INFORMACIÓN. UNIDAD DE TRANSPARENCIA GESTIONA RESPUESTA. E N V Í A ÉNVÍA RESPUESTA CONFIRMA, MODIFICA, REVOCA INCOMPETENCIA. CONFIDENCIAL Y SENSIBLE. INEXISTENCIA. RESERVA. PRÓRROGA. U.T. PLANTEA RESPESTA 3 COMITÉ DE TRANSPARENCIA CONFIRMA, MODIFICA o REVOCA.
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PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA
Instrumento tecnológico mediante el cual los particulares pueden presentar solicitudes de información, interponer recursos de revisión y consultar Obligaciones de Transparencia, desarrollado para facilitar y potencializar el derecho de acceso a la información en el país.
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Requerimientos para operar PNT Lineamientos Técnicos Generales
1 3 2 Equipo de cómputo con acceso a Internet Navegador de Internet Usuario y Contraseña Sujetos Obligados: Son otorgados por el ITAIT. Unidades Administrativas: creados y distribuidos por la Unidad de Transparencia del su Sujeto Obligado. 4 5 Conocimiento básico de Excel Lineamientos Técnicos Generales
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SISTEMA DE SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN (SISAI)
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SISTEMA DE PORTALES DE OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA (SIPOT)
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SIPOT Herramienta electrónica para que, los Sujetos Obligados pongan al alcance de los particulares las Obligaciones de Transparencia contenidas en la Ley General y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas.
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Relación Lineamientos - SIPOT
Base de datos estructurada Los Lineamientos Técnicos Generales, aprobados por el Pleno del SNT el 13 de abril de 2016 y publicados en el DOF el 4 de mayo, establecen: políticas, criterios y formatos para cargar información en el SIPOT
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¿Quiénes atenderán el SIPOT?
El titular de la Unidad de Transparencia de cada Sujeto Obligado, es denominado como: “Administrador de Sujeto Obligado”. Los enlaces designados por los titulares de las Unidades Administrativas.
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Actividades de la Unidad de Transparencia (ASO)
Crear Unidades Administrativas del Sujeto Obligado en la Plataforma. Crear Usuarios y Contraseñas para las Unidades Administrativas. Apoyar y coordinar la carga de información en el SIPOT. Asignar los formatos a las Unidades Administrativas.
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Actividades de las Unidades Administrativas
Capturar información en los formatos conforme a los Lineamientos Técnicos. Preparar la información acorde a sus funciones y atribuciones. Cargar la información al SIPOT en la PNT Coordinarse con otras Unidades administrativas.
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SOPORTE TÉCNICO Y APOYO
Primer nivel de atención: Unidades de Transparencia de los sujetos obligados, darán asistencia y soporte en los sistemas de la Plataforma Nacional, para ello se requiere estén debidamente capacitados. Segundo nivel de atención: Unidad de Informática del ITAIT, quien dará asistencia y soporte en la gestión de solicitudes de información y sustanciación en recursos de revisión, así como en la administración, revisión y validación de los documentos y archivos a incorporar en la Plataforma Nacional. Tercer nivel de atención: será brindado por el área de tecnologías del INAI, que dará asistencia y soporte para las mejoras y funcionalidad en la operación de la Plataforma Nacional, así como en la resolución de problemas que se presenten en la configuración general.
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Consideraciones en llenado de formatos
FECHAS DD/MM/AAAA Ejemplo: 07/12/2016 EJERCICIO AÑO Ejemplo: 2016 PERIODO TRIMESTRAL, SEMESTRAL, ANUAL Ejemplo: PRIMER TRIMESTRE
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Consideraciones en llenado de formatos
CANTIDADES PESOS COLOCAR NÚMEROS CON PUNTO, SIN SIGNOS Y SIN COMAS, Ejemplo: NO COLOCAR DATOS DISTINTOS AL SOLICITADO No usar: NA / ND PARA DATOS NO DISPONIBLES O DATOS QUE NO APLICAN EN TODOS LOS FORMATOS SE CUENTA CON LA COLUMNA DE NOTAS PARA FUNDAR Y MOTIVAR LAS RAZONES POR LAS QUE NO SE CUENTA O NO SE DISPONE LA INFORMACIÓN.
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IMPLICACIONES Mayor coordinación hacia el interior de las áreas administrativas de los Sujetos Obligados. Estrecha coordinación, colaboración, apoyo y suma de esfuerzos ITAIT-Sujetos Obligados. Creación de Unidades y Comités de Transparencia. Facultad de Verificación de las Obligaciones de Transparencia. Denuncia por Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia.
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Sanciones por Incumplimiento Obligaciones de Transparencia
ARTÍCULO 206 SANCIÓN VI. No actualizar la información correspondiente a las obligaciones de transparencia en los plazos previstos en la presente Ley; Apercibimiento o cincuenta a doscientos cincuenta días. VII. Declarar con dolo o negligencia la inexistencia de información cuando el sujeto obligado deba generarla derivado del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones; Ochocientos a mil quinientos días. VIII. Declarar la inexistencia de la información cuando exista total o parcialmente en sus archivos; XV. No acatar las resoluciones emitidas por los Organismos garantes, en ejercicio de sus funciones.
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Sanciones por Incumplimiento Obligaciones de Transparencia
Artículo 201. … Las medidas de apremio de carácter económico no podrán ser cubiertas con recursos públicos. Artículo 203. Las multas que fijen el Instituto y los Organismos garantes se harán efectivas ante el Servicio de Administración Tributaria o las Secretarías de finanzas de las Entidades Federativas, según corresponda, a través de los procedimientos que las leyes establezcan.
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Lic. Juan Armando Barrón Pérez
¡ GRACIAS ! Datos de contacto: Lic. Juan Armando Barrón Pérez ext. 115 Lunes – Viernes 9:00 a 16:00 hrs.
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