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TARIFAS DE AGUA ALCANTARILLADO ASEO
DE TRIPLE A
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COSTO O VALOR DE REFERENCIA
ESTRATO 4 SECTOR OFICIAL TARIFA PLENA No reciben subsidios Ni pagan contribución RECIBEN SUBSIDIOS ESTRATO 1 ESTRATO 2 ESTRATO 3 HASTA 70% HASTA 40% HASTA 15%
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CARGO POR UNIDAD DE CONSUMO
ACUEDUCTO TARIFA CARGO FIJO CARGO POR UNIDAD DE CONSUMO COSTO DE CONEXIÓN (USUARIOS NUEVOS)
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CARGO FIJO COSTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA ACUEDUCTO
Gastos del personal administrativo Gastos generales administrativos Contratos con terceros Gastos de facturación Gastos de instalaciones y equipos administrativos Seguros e impuestos Servicios públicos Contribuciones especiales a los entes de control y regulación Otros
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CARGO POR UNIDAD DE CONSUMO
Costo medio de operación Costo medio de inversión Costos de operación y mantenimiento del sistema Costos para reponer la infraestructura actual de prestación del servicio. las inversiones necesarias para mejorarlo. Inversiones para llevarlo a personas que aún no cuentan con él Costo medio de tasas ambientales Cargo por uso de fuentes de agua ( ) x = + Costo medio de operación + Costo medio de inversión + Costo medio de tasas ambientales Metros cúbicos consumidos CARGO POR UNIDAD DE CONSUMO
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COMPARACIÓN DE TARIFAS ACUEDUCTO ESTRATO 4
BARRANQUILLA Y 14 MUNICIPIOS (ATL.) CARGO FIJO $8.130 CARGO FIJO VARIABLE $2.093 MEDELLÍN Y VALLE DE ABURRÁ $8.565,91 $1.773,70 POR METRO CÚBICO DE AGUA 18% MAYOR EN BARRANQUILLA QUE MEDELLÍN AUMENTOS ANUALES DEL CARGO DEL CONSUMO BÁSICO RESIDENCIAL TRIPLE A DICIEMBRE DICIEMBRE 2016 $1.586, ,18 Aumento anual 9,30%
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TARIFA ALCANTARILLADO CARGO FIJO CARGO POR UNIDAD DE VERTIMIENTO
CARGO POR CONEXIÓN (USUARIOS NUEVOS)
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CARGO POR UNIDAD DE VERTIMIENTO
OPERACIÓN MANTENIMIENTO INVERSIÓN TASAS AMBIENTALES
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COMPARACIÓN DE TARIFAS ALCANTARILLADO ESTRATO 4
BARRANQUILLA Y 14 MUNICIPIOS (ATL.) CARGO FIJO $6.497,33 CARGO FIJO VARIABLE $1.323,57 TOTAL CARGOS FIJOS $ 7.820 MEDELLÍN Y VALLE DE ABURRÁ $ $1.755,23 $6.353 DIFERENCIA: $1.467, %
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Cuando en Medellín hay un mayor tratamiento de las aguas servidas En Barranquilla el tratamiento solo es del 10% ya que el 90% de las aguas se van al río Magdalena y al mar Caribe (vía ciénaga de Mallorquín) sin ningún tratamiento.
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ASEO LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA, ALCANTARILLADO Y ASEO (CRA) DETERMINÓ UN PRECIO TECHO TARIFA COSTO FIJO MANEJO DE LOS USUARIOS FACTURACIÓN RECAUDO COSTO DE BARRIDO Y LIMPIEZA COSTO VARIABLE COSTO DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE COSTO DE TRANSPORTE EXCEDENTE COSTO DE DISPOSICIÓN Y MANTENIMIENTO COSTO DE APROVECHAMIENTO
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Costo de aprovechamiento
COSTOS VARIABLES Costo de recolección y transporte La metodología establece un costo techo por recoger los residuos sólidos del frente de cada casa, barrio por barrio y llevarlos luego al sitio de disposición final. Este valor esta dado en $ por tonelada, obtenido a partir de la suma del costo por tonelada recogida y transportada hasta una distancia máxima de 20 Km, más el costo de los peajes del trayecto. Costo de transporte excedente Este costo techo se expresa en pesos por tonelada cuando el sitio de disposición final está más de 20 Km Costo de aprovechamiento El aprovechamiento es considerado como un tipo de disposición final de residuos sólidos que comprende las actividades de recuperación y/o utilización de manera que solo sean llevado al relleno sanitario aquellos residuos que definitivamente no se pueden reincorporar a procesos productivos. A los usuarios de este servicio se les cobra un valor mensual con base en una estimación de la producción promedio de residuos por ellos generados. A los usuarios no residenciales se les cobra de acuerdo a la cantidad de residuos producidos.
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12,28% 12,76% PRIMER SEGMENTO SEGUNDO SEGMENTO
TASA DE DESCUENTO APLICABLE A LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICLIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO Resolución 688 CRA de 2014 Artículo 20 La tasa de descuento aplicable a los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado (WACC rentabilidad) antes de impuestos será: PRIMER SEGMENTO MÁS DE SUSCRIPTORES SEGUNDO SEGMENTO ENTRE Y SUSCRIPTORES 12,28% 12,76%
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APLICACIÓN DE TARIFAS EN MERCADOS REGIONALES
Este concepto fue introducido por el artículo 50 de la resolución CRA 735 de 2015 que modificó el artículo 121 de la resolución CRA 688 de 2014 que quedó así: a) El costo de prestación unificado de acueducto y alcantarillado se obtendrá de acuerdo con lo establecido en el artículo primero de la resolución CRA 628 de 2013, b) El mercado regional quedará clasificado en el primer segmento (más de suscriptores).
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RESOLUCIÓN 628 DE 2013 Artículo 1°. La presente resolución aplica a aquellos mercados regionales con sistemas de acueducto y/o alcantarillado no interconectados, atendidos por un mismo prestador, que haya cumplido con los requisitos y condiciones acá establecidas. Artículo 7°. Costos de prestación unificados o integrados. Parágrafo 6°. El costo medio de inversión será determinado por cada servicio y para cada municipio… con el descuento de aquellos proyectos que sean financiados con fuentes diferentes a las tarifas, con base en lo dispuesto por el numeral 87.9 del artículo 87 de la ley 142 de 1994, o la norma que la sustituya.
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Resolución CRA N° 701 de 2014 Resuelve solicitud de Triple A de mercado regional Suficiencia financiera “la empresa puede asumir el reto de sacar adelante los sistemas de acueducto de estos pequeños municipios sin perder la suficiencia financiera, gracias a que logra la rentabilización de la operación” “Las economías de escala y de aglomeración surgen como una alternativa eficiente”.
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Resolución CRA N° 701 de 2014 Resuelve solicitud de Triple A de mercado regional “Esquema de solidaridad y redistribución de ingresos” para los subsidios. ¿Quiénes los paga en los pequeños municipios?” no hay estratos 5 y 6 ni empresas industriales y comerciales. Los paga Barranquilla. La financiación y ejecución de recursos de inversión por parte del Estado para que los suscriptores no vean reflejados los verdaderos costos de capital en la tarifa que pagan. El esquema de mercado regional con apoyo de inversiones públicas, garantizan el servicio en municipios cuyas condiciones lo hacen inviable. El ejemplo es Grecia.
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CONCLUSIONES TARIFAS DE MERCADO REGIONALES Las tarifas de un mercado regional que aplica Triple A en Barranquilla y 14 municipios del Atlántico hace que sean las más caras del país cobrándole a los usuarios mayores cargos. SURGEN POR: La no existencia en los municipios menores de los estratos 5 y 6 y la ausencia de sectores industriales y comerciales que son los que pagan la contribución del 20% que ordena la ley 142 de 1994 para subsidiar los estratos 1,2,3. SE SUPLEN CON: Inversiones directamente del Estado que no afecten las tarifas pero que provienen de los impuestos. Los usuarios barranquilleros que acaban pagando la expansión de Triple A, obteniendo Inassa-TripleA grandes utilidades
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CONCLUSIONES ASEO Como la concesión del Aseo a la empresa Aseo Técnico se vence en noviembre de 2018 Impulsar la creación de un Comité de Reversión del Aseo al distrito de Barranquilla para que el monopolio privado devuelva todos los activos, vehículos, edificios al distrito, el cual, manteniendo los trabajadores y el equipo de empleados, maneje la empresa y las utilidades de más de millones anuales a favor de la ciudadanía
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CONCLUSIONES PROPIEDAD DE LA EMPRESA ACTIVOS INTANGIBLES
Alentar un movimiento por la restitución de las acciones mal habidas de la Triple A en manos de los españoles y privados para que el distrito vuelva a tener la mayoría accionaria ordenada por el Acuerdo 023 de 1991 del concejo municipal. ACTIVOS INTANGIBLES Que se esclarezca el manejo irregular de los llamados activos intangibles a favor de Inassa-Canal de Isabel II de Madrid, España, que adquiere grandes deudas para distribuir dividendos a favor del concesionario y operador y aumentar los intangibles a favor de los mismos, en detrimento del patrimonio de los barranquilleros.
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CONCLUSIONES Impulsar la creación de un movimiento en defensa del patrimonio público de Barranquilla y el Atlántico que unifique a todos los sectores de la población, realice foros y seminarios para crear una conciencia crítica que haga posible la restitución de los bienes públicos, tanto de las acciones como de los activos totales, entre ellos los intangibles.
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RESPALDO A LOS TRABAJADORES
Ante cualquier cambio en la naturaleza de la empresa Triple A es indispensable conservar la fuerza laboral que se viene desempeñando, a través de la estabilidad laboral y que se tenga en cuenta la figura de la sustitución patronal contemplada en el Código Laboral Igual con los Trabajadores de Aseo Técnico y el equipo de empleados, altos y medios, con la figura de reversión de la concesión al distrito Ponencia de Norman Alarcón en el conversatorio sobre despojos en Triple A del 1 de junio 2017
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