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UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES Y POSTGRADO ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANO CURSO DE INICIACIÓN EN DERECHOS HUMANO S CARACAS,

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Presentación del tema: "UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES Y POSTGRADO ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANO CURSO DE INICIACIÓN EN DERECHOS HUMANO S CARACAS,"— Transcripción de la presentación:

1 UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES Y POSTGRADO ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANO CURSO DE INICIACIÓN EN DERECHOS HUMANO S CARACAS, NOVIEMBRE 2014 ELABORADO POR: TAMANACO FERNANDEZ CI: 11.566.780 INSTRUMENTOS JUDICIALES ESPECIALES PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS

2 CONTENIDO Amparo Constitucional Noción Naturaleza Jurídica Basamento Jurídico Propósito Procedimiento Requisitos Habeas Data Noción Naturaleza Jurídica Basamento Jurídico Propósito Procedimiento

3 NOCION: Procedimiento de carácter jurisdiccional, extraordinario para la protección o restablecimiento de los derechos consagrados constitucionalmente de una manera efectiva e inmediata.

4 NATURALEZA JURIDICA: Fajardo (2007): “Amparo es una garantía de los derechos, pero que siendo el amparo una garantía de los derechos, podría decirse que es un derecho de garantía”. Fajardo (2007): “Amparo es una garantía de los derechos, pero que siendo el amparo una garantía de los derechos, podría decirse que es un derecho de garantía”. Hildegard Rondón de Sansó: ”no se ubica como un derecho, sino como una garantía” y cubre la totalidad de “los derechos inherentes a la persona humana, aun cuando no figuren en ella o en los instrumentos internacionales sobre la materia” Hildegard Rondón de Sansó: ”no se ubica como un derecho, sino como una garantía” y cubre la totalidad de “los derechos inherentes a la persona humana, aun cuando no figuren en ella o en los instrumentos internacionales sobre la materia” Fajardo (2007): “Amparo es una garantía de los derechos, pero que siendo el amparo una garantía de los derechos, podría decirse que es un derecho de garantía”. Fajardo (2007): “Amparo es una garantía de los derechos, pero que siendo el amparo una garantía de los derechos, podría decirse que es un derecho de garantía”. Hildegard Rondón de Sansó: ”No se ubica como un derecho, sino como una garantía” y cubre la totalidad de “los derechos inherentes a la persona humana, aun cuando no figuren en ella o en los instrumentos internacionales sobre la materia” Hildegard Rondón de Sansó: ”No se ubica como un derecho, sino como una garantía” y cubre la totalidad de “los derechos inherentes a la persona humana, aun cuando no figuren en ella o en los instrumentos internacionales sobre la materia”

5 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales BASAMENTO JURÍDICO:

6 PROPOSITO: E l amparo constitucional es un mecanismo jurisdiccional “destinado a la protección exclusiva de los derechos y garantías constitucionales, cuya finalidad es restituir al ciudadano en el disfrute de sus derechos fundamentales o evitar o prevenir una amenaza contra los mismos, por lo que ante la existencia de una situación jurídica infringida, los efectos del amparo constitucional no pueden ser constitutivos, sino solamente restitutorios o restablecedores de esa situación que fue infringida en forma idéntica o en aquella que más se asemeje” Criterio de la Sala Constitucional

7 CARACTERISTICAS DEL PROCEDIMIENTO SEGÚN SCTSJ: NO SUJETO A FORMALIDAD TODO TIEMPO SERÁ HÁBIL ORAL O ESCRITO PÚBLICO BREVE RESTABLECIMIENTO INMEDIATO DEL DERECHO PREFERENCIA CUALQUIER OTRO ASUNTO INTERPUESTA POR CUALQUIER PERSONA

8 REQUISITOS DE PROCEDENCIA: El hecho lesivo Actualidad de la lesión constitucional La lesión constitucional debe ser reparable La lesión de un derecho o garantía constitucional

9 Habeas Data El Habeas data es una acción constitucional que puede ejercer cualquier persona que estuviera incluida en un registro o banco de datos, para acceder a tal registro y que le sea suministrada la información existente sobre su persona, y de solicitar la eliminación o corrección si fuera falsa o estuviera desactualizada. NOCION:

10 NATURALEZA JURIDICA: Cafferata (2000), la naturaleza jurídica como esencia, propiedad y característica en virtud del orden y disposiciones que atañen al derecho en cuanto a la protección de datos, de los derechos de la personalidad y el reconocimiento del derecho que se fundamente en la necesidad de tutelar los bienes jurídicos a través de un tratamiento que regule la protección de la misma. Por tal motivo, se trata de un derecho y garantía, que tiene como finalidad la protección de la información y acceso a datos personales, inscritos en bancos de datos, tanto públicos como privados de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).”. Cafferata (2000), la naturaleza jurídica como esencia, propiedad y característica en virtud del orden y disposiciones que atañen al derecho en cuanto a la protección de datos, de los derechos de la personalidad y el reconocimiento del derecho que se fundamente en la necesidad de tutelar los bienes jurídicos a través de un tratamiento que regule la protección de la misma. Por tal motivo, se trata de un derecho y garantía, que tiene como finalidad la protección de la información y acceso a datos personales, inscritos en bancos de datos, tanto públicos como privados de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).”.

11 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela BASAMENTO JURÍDICO:

12 PROPOSITO: Carbonel (2005), el Hábeas Data consiste en proteger al individuo contra la invasión de su intimidad, ampliamente, su privacidad y honor, a conocer, rectificar, suprimir y prohibir la divulgación de determinados datos, especialmente los sensibles, evitando, pues, calificaciones discriminatorias o erróneas que puedan perjudicarlo. La garantía de tercera generación, es una garantía específica que no excluye la existencia necesaria de determinadas bases de datos que contengan determinada información.

13 CARACTERISTICAS DEL PROCEDIMIENTO SEGÚN SCTSJ: ESCRITO AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA COMPETENCIA SCTSJ INTERPUESTA POR CUALQUIER PERSONA


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