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Como constituir legalmente un emprendimiento. Forma de ejecución:  Estas actividades económicas pueden ser realizadas de manera individual o colectiva,

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Presentación del tema: "Como constituir legalmente un emprendimiento. Forma de ejecución:  Estas actividades económicas pueden ser realizadas de manera individual o colectiva,"— Transcripción de la presentación:

1 Como constituir legalmente un emprendimiento

2 Forma de ejecución:  Estas actividades económicas pueden ser realizadas de manera individual o colectiva, a través de la asociación de varias personas; y, organizarse, para la consecución de sus objetivos, de distintas maneras.  “ Art. 319.- Se reconocen diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras las comunitarias, cooperativas, empresariales públicas o privadas, asociativas, familiares, domésticas, autónomas y mixtas.”

3 Formas comunes de hacer empresa  A.- EMPRENDIMIENTOS INDIVIDUALES:  Un emprendimiento o empresa individual puede comenzar sus actividades de manera legal, de dos maneras:  1.- Con la obtención de un Registro Único de Contribuyentes (R.U.C.) ante el Servicio de Rentas Internas, por parte del individuo, en el cual constará la actividad a ser realizada y si gusta, inclusive, un nombre comercial: Esta es la manera más común de hacer empresas individuales en el Ecuador.  VENTAJAS:  Simplicidad del trámite.  Tiempo: Permite realizar cualquier actividad de inmediato.  Economía: La obtención de un R.U.C. es gratuita.  Impuesto a la renta: La persona natural paga su impuesto a la renta de manera progresiva, conforme a sus ganancias (ingresos menos gastos), conforme a la tabla señalada en el Art. 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno:

4 Formas comunes de hacer empresa  DESVENTAJAS:  En todos los actos y contratos realizados por la persona con R.U.C., el individuo responde con su propio patrimonio.  2.- C on la formación de una empresa unipersonal de responsabilidad limitada: Estas empresas fueron creadas a partir de la promulgación de la Ley respectiva, en el Registro Oficial No. 196 de 26 de enero de 2006. Su objetivo es que el dueño y representante legal, denominado gerente-propietario, separe su propio patrimonio de la empresa. Estas empresas se constituyen por escritura pública, la cual debe ser aprobada por un juez de lo civil y luego inscrita en el Registro Mercantil.  VENTAJAS:  La empresa unipersonal de responsabilidad limitada se constituye en un ente jurídico distinto de su gerente- propietario, y por tanto, sus patrimonios son autónomos. El dueño solamente responde hasta por el monto del capital destinado para el negocio.  DESVENTAJAS:  Principalmente el tiempo de constitución, que puede tardar meses.

5 Formas comunes de hacer empresa  B.-EMPRENDIMIENTOS COLECTIVOS:  De acuerdo al Art. 1957 del Código Civil, “Sociedad o compañía es un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo en común, con el fin de dividir entre sí los beneficios que de ello provengan.”  Toda sociedad, independientemente de la forma bajo la cual sea creada, tributa una tarifa única de impuesto a la renta del 22%.  Existen varias maneras de asociación en el Ecuador, de las cuales destacamos las más comunes:  Sociedades de hecho.  Sociedades civiles.  Sociedades mercantiles.

6 Formas comunes de hacer empresa  Sociedades de hecho:  O sociedades en cuentas por participación. Se caracterizan por:  Varias personas participan en las utilidades de una o más operaciones de un comercio.  No se constituye una persona jurídica distinta de los socios.  Los participantes tienen derechos limitados a obtener cuentas de los fondos que han aportado y de las pérdidas o ganancias habidas.  Se constituye por escritura pública y se obtiene un R.U.C.

7 Formas comunes de hacer empresa  Sociedades civiles:  Son aquellas que se rigen por el Código Civil y la Ley de Compañías. Se constituyen ante un juez de lo civil y se caracterizan por que no están bajo el control de un organismo estatal, como lo es la Superintendencia de Compañías, aunque su fin sea comercial.  Entre estas tenemos:  Compañías en nombre colectivo,  compañías en comandita simple,  compañías en comandita por acciones,  sociedades anónimas civiles.

8 Formas comunes de hacer empresa  Sociedades Mercantiles:  Se constituyen por escritura pública que se inscribe en el Registro Mercantil. A partir de esta fecha tendrán existencia jurídica. Están sometidas al control de la Superintendencia de Compañías. Son:  las sociedades anónimas y  Las compañías de responsabilidad limitada.

9 Formas comunes de hacer empresa  Compañías, Sociedades Anónimas:  Son sociedades cuyo capital, dividido en acciones negociables, está formado por la aportación de los accionistas que responden únicamente por el monto de sus acciones.  Se administra por mandatarios amovibles, socios o no.  Su denominación deberá contener la indicación de "sociedad anónima", o las correspondientes siglas. Su nombre debe contener una expresión peculiar y una descripción que evoque su fin: “constructora”, “industrial”, “distribuidora”, etc.  Se caracterizan porque lo importante no son las personas que la integra sino el capital que aportan, por eso las acciones de cada uno son de libre negociación en el mercado.  Se constituyen y subsisten con un mínimo de dos personas.  El capital mínimo exigido por la ley para su creación es de USD $ 800,oo. Este capital social se representa a través de acciones, las cuales pueden ser transferidas por endoso.  Obligatoriamente deben tener un ente fiscalizador o comisario.

10 Formas comunes de hacer empresa  Compañías de Responsabilidad Limitada:  Los socios solamente responden por las obligaciones sociales hasta el monto - de sus aportaciones individuales.  La razón social o denominación objetiva deberá contener las palabras "Compañía Limitada" o su correspondiente abreviatura. Su nombre debe contener una expresión peculiar y una descripción que evoque su fin: “constructora”, “industrial”, “distribuidora”, etc.  Se caracterizan porque lo importante son las personas que la integran. Se constituyen con un mínimo de dos personas y pueden tener hasta un máximo de 15 socios (superado este número será obligatorio transformarlas en Sociedades Anónimas).  El capital mínimo exigido por la ley para su creación es de USD $ 400,oo. Este capital social se representa a través de participaciones, las cuales solamente pueden ser transferidas por escritura pública, debidamente inscrita en el Registro Mercantil pertinente, previa la aceptación de los otros socios, precisamente porque lo que importa son las personas. La responsabilidad de los socios se limita a la cantidad de participaciones que cada uno tiene.

11 Formas comunes de hacer empresa  Requisitos básicos para la constitución en ambos casos:  Denominación Social de la Compañía, la cual se presentará a la Superintendencia de Compañías para que sea aprobada.  Documentos de identificación de los accionistas que actúen como personas naturales; o poder o nombramiento del representante legal de las personas jurídicas.  Determinación del capital social.  Determinación del Objeto Social que debe ser único.  Determinación de quiénes van a ser los representantes legales de la empresa y cuanto tiempo van a durar en sus funciones (mínimo un año y máximo 5).

12 Formas comunes de hacer empresa  OBLIGACIONES ADICIONALES PARA TODA EMPRESA:  Declaración, pago y retención, según corresponda, de impuestos fiscales: renta, impuesto al valor agregado, impuesto a los consumos especiales.  Llevar contabilidad, según corresponda. Al respecto, el Art. 19 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno señala que están obligadas a llevar contabilidad y declarar el impuesto en base a los resultados que arroje la misma todas las sociedades. También lo estarán las personas naturales y sucesiones indivisas que al primero de enero operen con un capital o cuyos ingresos brutos o gastos anuales del ejercicio inmediato anterior, sean superiores a los límites que en cada caso se establezcan en el Reglamento (9 fracciones básicas desgravadas del impuesto a la renta o cuyos ingresos brutos anuales de esas actividades, del ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores a 15 fracciones básicas desgravadas o cuyos costos y gastos anuales, imputables a la actividad empresarial, del ejercicio fiscal inmediato anterior hayan sido superiores a 12 fracciones básicas desgravadas.

13 Formas comunes de hacer empresa  Las personas naturales que realicen actividades empresariales y que operen con un capital u obtengan ingresos inferiores a los previstos en el inciso anterior, así como los profesionales, comisionistas, artesanos, agentes, representantes y demás trabajadores autónomos no están obligados a llevar contabilidad, pero deberán llevar una cuenta de ingresos y egresos para determinar su renta imponible.  Obtención de permisos específicos por parte de las entidades gubernamentales reguladoras de la actividad a ser realizada.  Obtención de permisos municipales, pago de patente municipal y en caso de sociedades, pago del 1.5 por mil al patrimonio.  Obligaciones laborales y sociales (seguridad social).  Participación de empleados en utilidades (inclusive para personas naturales obligadas a llevar contabilidad).


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