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Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Dirección General Policía de Seguridad Vial. Dirección de Prevención de Delitos contra la Propiedad Automotor. Jornada de Orientación de Prevención contra el delito Automotor. Provincia de Buenos Aires
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Expositores Capitán Verón Mártires Jefe Planta Verificadora La Matanza Capitán Hidalgo Damián Jefe Planta Verificadora Quilmes
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Capitán Verón Mártires Jefe Planta Verificadora
Ley Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires Capitán Verón Mártires Jefe Planta Verificadora La Matanza Ingreso a Locales Comerciales del rubro Automotor abiertos al Público Identificación e incautación de autopartes Clausuras
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Artículo 1°. Las Personas físicas o jurídicas o responsables de comercios y locales y quienes realicen actividades de carácter comercial y/o industrial con automotores y embarcaciones tales como...” “...deberán llevar libro foliado y rubricado por el titular de la Comisaría Jurisdiccional, en el que deberán asentarse conforme a la actividades desempeñadas los datos precisados en los artículos 7°, 8°, 9°, 10°, 11° y 12° de la presente Ley. Quedan expresamente exceptuadas las terminales de la industria automotriz.
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Artículo 3°. Los comercios y/o locales citados en el 1° que no cumplan con la exigencias impuestas en la presente ley en el plazo de diez (10) das hábiles contados desde la fecha de su publicación, serán clausurados en forma inmediata, hasta tanto acrediten el cumplimiento de dichas exigencias.
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Artículo 7°: Locales y comercios.
Talleres mecánicos, chapistas, electricistas y/o pintura; establecimientos de reparación, instalación de alarmas, sistemas de audio, gomerías tapicería, cocheras y estacionamientos por mas de 24 hs. Deberán constar en el libro del articulo 1° con: Nombre, apellido, DNI y domicilio del conductor. Cedula de identificación del automotor o embarcación y precisar la totalidad de sus datos. Fecha de entrada y salida del automotor y/o embarcación
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Artículo 8°:Remis y Taxis.
Agencias de Remis y empresas de Taxis. Deberán constar en el libro del articulo 1° con: Nombre, apellido, DNI y domicilio del conductor. Cedula de identificación del automotor o embarcación y precisar la totalidad de sus datos. Nro. de Póliza de seguro de RC y nombre y dirección de la empresa aseguradora. Datos de la Habilitación y matriculación exigidos legalmente por las autoridades competentes para el ejercicio de dicha actividad
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Artículo 9°: Compra y Venta
Establecimientos dedicados a la compra, venta o locación de automotores usados y/o embarcaciones. Deberán constar en el libro del artículo 1° con: Nombre, apellido, DNI y domicilio del comprador o vendedor. Cedula de identificación del automotor o embarcación y precisar la totalidad de sus datos. Fecha y monto de la operación de compraventa. Para los casos de locacion: dirección de empresa aseguradora, modalidades de servicio prestado, monto y fecha de inicio y finalización de cada locación.
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Artículo 10°: Repuesteros y Desarmaderos
Establecimientos dedicados a la comercialización de repuestos, desarmaderos, autopartes, etc. Deberán constar en el libro del artículo 1° con: Nombre, apellido, DNI y domicilio del comprador o vendedor de los bienes. Modalidades de compraventa (descripción y datos registrables). El comprador deberá asentar respecto al vehiculo por el cual se requiere el servicio cedula de identificación del automotor precisando los datos existentes en la misma.
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Artículo 11°: GNC. Establecimientos dedicados a la compraventa e instalación de equipos GNC. Deberán constar en el libro del artículo 1° con: Nombre, apellido, DNI y domicilio del comprador o vendedor del equipo o del titular. Cedula de identificación del automotor donde se instalara el equipo y precisar la totalidad de sus datos. Fecha y monto de la operación realizada. Datos de la Cedula de identificación del equipo para GNC con datos como titular, código numero y fecha de vencimiento.
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Artículo 13°: Deberes y Obligaciones de la Policía
La constatación de las obligaciones de registración fijadas en las disposiciones precedentes se encontraran a cargo de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. El incumplimiento o negligencia de tales procedimientos por parte del personal policial, dará lugar a las responsabilidades penales y administrativas que normativamente pudieren corresponder. El funcionario policial que comprobare el incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente procederá conforme a las facultades establecidas en el artículo 116 del decreto-ley 8031/73...
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Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires
Artículo El funcionario o agente policial que comprobare la comisión de una falta, deberá proceder a la detención del imputado y al secuestro de los efectos en infracción, si los hubiere, conduciéndolo inmediatamente a la dependencia competente para la instrucción del sumario contravencional. En el mismo acto procurará tomar los nombres y domicilios de los testigos, emplazándolos a concurrir ante el instructor dentro de las veinticuatro horas, bajo apercibimiento de sanción por incomparecencia.
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Capitán Hidalgo Damián Jefe Planta Verificadora Quilmes
Conceptos Básicos para identificación de Automotores Capitán Hidalgo Damián Jefe Planta Verificadora Quilmes Concepto básico sobre Dominio – Nro. De motor y numero de chasis. Autopiezas que posee identificación. Stickers de seguridad y grabado de cristales. Códigos RPA y RPM. Detección de maniobras ilícitas. Documentación de automotores. Titulo de propiedad y cedula de identificación del automotor. Medidas de seguridad y características del papel soporte. Placas de patentes y sus medidas de seguridad.
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Número de Chasis Original en FIAT.
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Número Original de Motor PEUGEOT.
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Número original de Chasis FORD .
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Ventana de FORD.
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Número de Chasis Original de LANCER.
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Número de Motor Original de LANCER.
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Número de Chasis original de PEUGEOT.
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Número de Motor original de PEUGEOT.
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Número de Chasis Original de FIAT DUNA.
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Número de Chasis de VW Gol.
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Número original en parante de FORD FALCON.
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Motor – Debajo del Asiento – Parante.
Stickers de Seguridad. Motor – Debajo del Asiento – Parante.
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Código BIN
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Cristal Renault 11.
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RPA.
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Número de Chasis Adulterado de FIAT.
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Número de Motor Adulterado de FORD FALCON.
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Número de Chasis Adulterado de FORD FALCON.
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Número de Motor Adulterado de FIAT.
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Número de Motor Adulterado de PEUGEOT.
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Número de Chasis Adulterado de RENAULT.
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Número de Motor Adulterado de RENAULT.
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Número de Motor de Falcon Adulterado.
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Número de Motor Suprimido.
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Titulo de Propiedad Original.
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Titulo de Propiedad: Medidas de Seguridad:
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Control de Cedula Verde.
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Cedula Verde Adulterada.
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Medidas de Seguridad de Cedula Verde.
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Medidas de Seguridad de Cedula Verde.
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Cedula Verde Adulterada.
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Cedula Verde Original.
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Chapa Patente NO original.
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Medidas de Seguridad de Chapa Patente.
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Medidas de Seguridad.
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Medidas de Seguridad.
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Medidas de Seguridad.
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Dirección de Prevención de Delitos contra la Propiedad Automotor.
Teléfonos: Gracias por su tiempo...
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Dirección de Prevención de Delitos contra la Propiedad Automotor.
Daniel Fernández Inspector Director Dccion. Prevención del Delito contra la Propiedad Automotor. José Luis Luquet Capitán Subdirector Dccion. Prevención del Delito contra la Propiedad Automotor. Mártires Verón Capitán Jefe Planta Verificadora La Matanza Damián Hidalgo Capitán Jefe Planta Verificadora Quilmes
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