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Proceso de Revisión de Solicitudes de Registro Calificado

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Presentación del tema: "Proceso de Revisión de Solicitudes de Registro Calificado"— Transcripción de la presentación:

1 Proceso de Revisión de Solicitudes de Registro Calificado
Dra. Andrea Milena Silva Cardona Dra. Gloria Stella Melo Rodríguez Subdirección de Aseguramiento de la Calidad para la Educación Superior Abril 20 de 2016

2 Constitución Política de Colombia
MARCO NORMATIVO QUE REGULA LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA EL CONTEXTO NACIONAL DEL ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Marco Regulatorio Constitución Política de Colombia Ley 30 de 1992 Ley 115 de 1994 Ley 749 de 2002 Ley 1188 de 2008 Decreto 1075 de 2015

3 SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
CONTEXTUALIZACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD COMPONENTES DEL SAC FOMENTO EVALUACIÓN Fortalecimiento Registro calificado Apoyo Acreditación SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR INFORMACIÓN SNIES – SPADIES – SACES – Saber PRO - OLE - Colciencias

4 PARES ACADÉMICOS INVESTIGADORES
CONTEXTUALIZACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD PROCESO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA CESU MEN CNA ICFES PARES ACADÉMICOS INVESTIGADORES IES PROGRAMAS CONACES ICETEX COLCIENCIAS SNIES – SPADIES – SACES – Saber PRO - OLE - Colciencias

5 DESARROLLO PARTICIPATIVO DE LA COMUNIDAD ACADÉMICA
TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO ¿QUÉ ES EL REGISTRO CALIFICADO? DESARROLLO PARTICIPATIVO DE LA COMUNIDAD ACADÉMICA Creación del programa por parte de la IES Presentación al MEN Verificación de PARES Evaluar salas de CONACES Acto Administrativo FASES

6 Acreditación en Calidad
TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO Radicación de Solicitudes Asociadas al Registro Calificado Tipología Registro Calificado Renovación Modificación Ampliación Extensión Estado del Programa Nuevo Acreditación en Calidad Funcionamiento

7 Espera de observaciones de la IES. Con informe del par
TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO En radicación Completitud Radicado Selección de pares Espera de observaciones de la IES. Con informe del par En espera informe del par Visita (Pares seleccionados) Traslado de concepto Evaluación sala Concepto sala Resolución

8 Requieren autorización
TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO MODIFICACION DE REGISTRO CALIFICADO (Decreto 1075 de 2015) Denominación Créditos Convenios Requieren autorización expresa del MEN Cupos Énfasis Componente propedéutico Modalidad Centros de tutoría

9 REGISTRO CALIFICADO (Decreto 1075 de 2015)
TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO MODIFICACION DE REGISTRO CALIFICADO (Decreto 1075 de 2015) La solicitud debe contener: Justificación Acto de aprobación Régimen de transición

10 AMPLIACIÓN DE LUGAR DE DESARROLLO
TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO AMPLIACIÓN DE LUGAR DE DESARROLLO Decreto 1075 de 2015) Programa nuevo o renovación Programa en funcionamiento La ampliación del lugar de desarrollo no modifica la vigencia del Registro Calificado.

11 El MEN podrá realizar visita de verificación.
TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO AMPLIACIÓN DE LUGAR DE DESARROLLO (Decreto 1075 de 2015) Sustentar relación vinculante de orden: Hacer explícitos: Geográfico Económico Social Justificación Infraestructura Medios Educativos Personal Docente Recursos Financieros RECUERDE: El MEN podrá realizar visita de verificación.

12 La extensión implica un nuevo registro calificado.
TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO EXTENSIÓN (Decreto 1075 de 2015) Programa no Acreditado Acreditado RECUERDE: La extensión implica un nuevo registro calificado.

13 Elementos esenciales Vigencia Programa Obligaciones
TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO – Convenios Vigencia Programa Obligaciones Elementos esenciales Régimen de autoridad Titulación Titularidad Recuerde: El otorgamiento de títulos es competencia exclusiva de las instituciones de educación superior colombianas titulares del registro calificado.

14 El éxito del trámite de registro calificado es la PLANEACIÓN
CONTEXTUALIZACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR. El éxito del trámite de registro calificado es la PLANEACIÓN

15 MARCO NORMATIVO QUE REGULA LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA.
PREGUNTAS IMPORTANTES MARCO NORMATIVO QUE REGULA LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA. . ¿Mis registros calificados están a próximos a vencer? ¿Hay cambios en el número de créditos? ¿Se requiere modificar la duración? ¿El carácter académico de la IES me permite ofrecer el programa? ¿Aún es adecuada la denominación? ¿Se requiere redefinición de la IES? ¿Se va a realizar ampliación del lugar de ofrecimiento? ¿Estos cambios requieren aprobación interna? ¿Aplicamos para Acreditación en Calidad?

16 CONTEXTUALIZACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR.
COMPLETITUD

17 Recuerde: El programa sólo queda radicado al aprobar la completitud
OBJETIVO DE LA COMPLETITUD Radicación Completitud Radicado Visita Evaluación Resolución Garantizar que con la información aportada por las IES, CONACES pueda emitir concepto sobre un proceso; lo que facilita la eficiencia en los trámites. Recuerde: El programa sólo queda radicado al aprobar la completitud

18 La completitud debe superar en general los siguientes puntos:
CONDICIONES PARA QUE LA SOLICITUD SEA CONSIDERADA EN DEBIDA FORMA . La completitud debe superar en general los siguientes puntos: LA CORRECTA Y COMPLETA RADICACIÓN AGILIZA EL TRÁMITE Y GENERA MAYORES OPORTUNIDAD DE ÉXITO Diligenciar todas las pestañas en SACES y los datos relacionados deben coincidir con el documento maestro El documento maestro debe incluir las 15 CONDICIONES desarrolladas Indicar correctamente la DENOMINACION-TITULACION del programa, créditos y duración. Los programas estructurados por CICLOS PROPEDEUTICOS deben radicarse de forma simultánea, en la misma área y estar asociados. Solicitar la renovación con no menos de 10 meses de anticipación Para programas de MAESTRIA deben señalar la modalidad (profundización o investigación o ambas) Realizar el pago ajustado a la Resol 2590 de 2012

19 Finalizar la radicación y CULMINAR el proceso de radicación
CONDICIONES PARA QUE LA SOLICITUD SEA CONSIDERADA EN DEBIDA FORMA Un documento por cada ejercicio de autoevaluación. LA CORRECTA Y COMPLETA RADICACIÓN AGILIZA EL TRÁMITE Y GENERA MAYORES OPORTUNIDAD DE ÉXITO Si el programa requiere centros de tutoría o CREAD, se deben explicitar los Nodos dispuestos para el desarrollo del programa Los programas del área de la salud deben tener convenios y anexos técnicos ajustados al Decreto 2376 de 2010 y Decreto 055 de 2015. Debe indicarse en Pestaña SACES “AMPLIACION DE COBERTURA” los CERES y centros tutoriales Finalizar la radicación y CULMINAR el proceso de radicación Los Programas virtuales deben presentar un 15% de los créditos del programa completamente desarrollados y presentar usuario y contraseña de acceso a la plataforma Las modificaciones deben aportar acto de órgano competente, justificación y plan de transición.

20 CAUSAS COMUNES DE DEVOLUCIÓN .
Documento maestro incompleto o inexistente Convenios que no se ajustan al Decreto 2376 de 2010 y Decreto 055 de 2015. Pestañas sin diligenciar Inconsistencia en la información Información insuficiente o incompleta Tarifa no conforme a la resolución 2590 de 2012. No se adjunta plan de transición cuando realizan modificación de RC. No se adjunta acto de órgano competente que aprueba las modificaciones y su correspondiente plan de transición. Información de los centros de tutoría (programas a distancia tradicional), ampliación del lugar de desarrollo en la pestaña de ampliación de cobertura

21 Revisar la observación de devolución
Completitudes Radicación Completitud Radicado Visita Evaluación Resolución No olvidar: Revisar la observación de devolución Recuerde: Se aprueba la completitud cuando el programa queda radicado en debida forma

22 GRACIAS

23 A tener en cuenta para Maestrías y Doctorados 2015

24 Es necesario verificar
INVESTIGACIÓN. El decreto promueve Es necesario verificar Políticas, estrategias y recursos para la investigación. Ambientes de investigación en la institución y el programa. Articulación de la institución con las capacidades y competencias del sector productivo para la innovación. Grupos de investigación en la institución y referentes al programa. Producción. Articulación de la docencia y la investigación y Profesores investigadores. Plan de Desarrollo de la Investigación del Programa. Estímulos e Incentivos. Investigación Formativa. Espacios de Apoyo a Formación Investigativa. Productos de Investigación. Formación de Docentes. Dedicación Docentes a Investigación y su categoría en el sistema de Ciencia y Tecnología vigente.

25 Es necesario verificar
PERSONAL DOCENTE. El decreto promueve Es necesario verificar Dedicación docente al programa. Docentes Investigadores en las áreas propias del programa. Docentes con vínculos activos con el sector externo. Dedicación docente a asesorías académicas. Dedicación del Docente a la formación directa. Estatuto docente, Escalafón docente. Participación docente en decisiones administrativas y académicas. Titulación del docente frente a su actividad del programa. Profesores en Programas virtuales y a distancia, y su respectiva formación (cuando aplique). Políticas y normas de regulación de los docentes. Perfiles de la planta de docentes, actual o futura, que soportara el programa. Actividades y dedicación en la docencia, investigación y proyección social. Evidenciar formas de contratación. Estrategias y actividades para la formación y cualificación docente

26 Es necesario verificar
PROGRAMA DE EGRESADOS/GRADUADOS El decreto promueve Es necesario verificar Desempeño de los egresados. Coherencia entre desempeño laboral y formación del programa. Reconocimientos o innovaciones de egresados. Asociaciones u otras formas organizativas a través de las cuales se vinculen los egresados. Participación en órganos colegiados. Egresados vinculados a procesos institucionales Políticas, estrategias y acciones de seguimiento al desempeño de los egresados en la sociedad. Cualificación a los egresados. Participación de los egresados en la institución.

27 PROGRAMAS DE SALUD

28 Ley 100 de 1993 art. 247 Ley 30 de 1992 Decreto 2376 de 2010
CONTEXTUALIZACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR. Decreto 1075 de 2015 Ley 1188 de 2008 Ley 30 de 1992 Registro calificado para el funcionamiento de Programas de pregrado y posgrado en Salud Ley 100 de 1993 art. 247 Decreto 2376 de 2010 Ley 1438 de 2011 Resolución 1786 de 2014 Decreto 055 de 2015 Pregrado: Técnico profesional, Tecnológico, Universitario Posgrado: (Especializaciones, Maestrías y Doctorados)

29 Convenios docencia servicio Decreto 2376 de 1 de julio de 2010 / Afiliación a ARL: Decreto 055 de 2015 Radicación Completitud Radicado Visita Evaluación Resolución Cupos Elementos Instancias, mecanismos y procesos de coordinación. Garantías para usuarios, estudiantes y docentes y responsabilidades de las partes intervinientes frente a las mismas. Constitución de pólizas Mecanismos de supervisión, criterios y procedimientos de evaluación de las obligaciones. Anexo técnico por programa académico que establezca el plan de formación, el número de estudiantes y docentes por programa, los planes de delegación, horarios, turnos y rotaciones. El Decreto 2376 de 2010 en su art. 15 estableció la obligación de afiliar al SGRL a los estudiantes del nivel de posgrado, entonces se debe extender, según el Decreto 055 de 2015, a todos los estudiantes de educación superior y de ETDH, cuando se trate de programas de formación laboral Recuerde: Los programas del área de la Salud requieren concepto respecto de la relación docencia servicio y concepto de pertinencia para programas nuevos.

30 Registro calificado Radicación Completitud Radicado Visita Evaluación Resolución Recuerde: En los programas que requieran de formación en el campo asistencial Relación docencia servicio / pertinencia REGISTRO CALIFICADO Condiciones de calidad

31 PRINCIPALES DIFICULTADES EN EL TRÁMITE DE REGISTRO CALIFICADO Y DE LA RELACIÓN DOCENCIA - SERVICIO

32 CONVENIO DOCENCIA-SERVICIO:
CONVENIOS DOCENCIA - SERVICIO CONVENIO DOCENCIA-SERVICIO: Es el acuerdo de voluntades suscrito entre las Instituciones participantes de la relación docencia-servicio, en donde se establecen las condiciones, compromisos y responsabilidades de cada una de las partes. PRINCIPALES INCONSISTENCIAS EN LOS CONVENIOS: No se establecen los compromisos de cada una de las partes. La cláusula de duración es a término indefinido o prórroga automática y no a 10 años. No se establecen la conformación y operación del CODA ni se presentan Actas que lo soporten.

33 CONVENIOS DOCENCIA - SERVICIO.
No se establece la afiliación de los estudiantes al SGSSS, ni al Sistema de Riesgos Laborales ni la constitución de las Pólizas de Responsabilidad Civil Extracontractual. Los turnos de las prácticas formativas excede en horas de duración semanal, lo establecido en el literal c. del artículo 15 del Decreto 2376 de 2010. Los costos de las pólizas son cargadas a los estudiantes y no asumidas por las instituciones que participan en la relación docencia servicio. No se efectúa el reconocimiento por alimentación, hotelería, ropa de trabajo y elementos de protección gratuitos, de acuerdo con las jornadas, turnos y servicios que cumplan los estudiantes en el marco de la práctica formativa, cuando requieran de residencia o entrenamiento que implique la prestación de servicios de salud por parte de ellos.

34 Cuando exista integración de propiedad entre el escenario de práctica y la Institución de Educación Superior, deberá existir un documento de lineamientos de la relación docencia-servicio, el cual reemplazará al convenio. Este documento de lineamientos debe cumplir los requisitos establecidos en el Decreto 2376 de 2010, para los convenios docencia-servicio. Factor a tener en cuenta en el documento de lineamientos: Establecer las condiciones, compromisos y obligaciones que regirán la relación docencia-servicio.

35 Sobre los Anexos Técnicos:
CONVENIOS DOCENCIA - SERVICIO. Sobre los Anexos Técnicos: No se adjuntan los anexos técnicos por escenario de práctica. No se especifican las sedes de los escenarios de práctica (cuando aplique) ni el número de estudiantes que rotarán en dicha sede. Los Anexos Técnicos se envían sin firma de los representantes legales de las instituciones que hacen parte de la relación docencia servicio (IPS-IES). No se diligencian los Anexos Técnicos de manera clara que permita establecer el número de estudiantes en práctica simultánea que rotarán en cada escenario y/o sede.

36 SOBRE LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SALUD.
No se encuentran establecidas las obligaciones del personal docente asistencial en sus respectivos contratos de vinculación. El convenio no precisa las condiciones bajo las cuales el personal del escenario de práctica, puede realizar actividades de docencia y aquellas en las cuales los docentes de la institución educativa pueden prestar servicios asistenciales. El escenario no reúne condiciones adecuadas de infraestructura física y medios educativos (Salones para estudio y análisis de casos, Lockers, Áreas de descanso para estudiantes, Acceso a internet, Equipos audiovisuales, material bibliográfico suficiente, entre otros), para que los estudiantes adquieran las competencias necesarias.

37 No se evidencia en la IPS lo siguiente:
RECURSOS FINANCIEROS No se evidencia en la IPS lo siguiente: Establecimiento de un Ítem de costos en el presupuesto general de la IPS, con destinación específica para el registro de los recursos de los convenios de relación docencia – servicio. Estrategias presupuestales que posibiliten la viabilidad de la relación docencia servicio.

38 ESPACIO PARA PREGUNTAS E INQUIETUDES

39 GRACIAS POR SU ATENCION


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