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PENSIONARSE ES UN DERECHO

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Presentación del tema: "PENSIONARSE ES UN DERECHO"— Transcripción de la presentación:

1 PENSIONARSE ES UN DERECHO
EL ISSSTE TE ORIENTA Como parte del Plan Maestro 2007 – 2012 de las Estancias para el Bienestar y Desarrollo Infantil, se tiene el Programa No. 9 Obras, Mantenimiento, Mobiliario y Equipo, y en este se encuentra el subprograma relativo a: “Construcción, Ampliación o Remozamiento de Inmuebles”. Esta presentación está dividida en dos partes, en la primera hablaré del tema de conservación y mantenimiento de las Estancias Infantiles y en la segunda la construcción y ampliación de Estancias. SEPTIEMBRE 2009

2 LO QUE NO CAMBIÓ: BENEFICIOS
Están en el régimen del Art. Décimo Transitorio los trabajadores que así lo eligieron o quienes no hayan ejercido su derecho de elección. El régimen del Artículo Décimo Transitorio es casi EL MISMO que el que establecía el Capítulo V de la ley del ISSSTE abrogada. Pago de gratificación anual Servicios sociales y culturales Actualización de pensión anual (Art. 57) Pago mensual de la pensión Indemnización Global Pensión sobre el promedio del sueldo básico del último año Gastos de Funeral Requisitos de cotización 28M/30H para jubilación, 15 años para pensión por edad y tiempo de servicios o 10 años para cesantía. Reglas de compatibilidad Servicio médico vitalicio y gratuito Pensiones por viudez, orfandad o ascendentes. La aportación del 2% bimestral del SAR para el retiro y 5% para vivienda Derecho a préstamos personales y créditos hipotecarios. Es decir, en el régimen del Décimo Transitorio* se mantienen SIN CAMBIOS: * Reglamento publicado en el DOF 21 de julio de 2009

3 LO QUE SÍ CAMBIÓ: REQUISITOS DE EDAD
JUBILACIÓN (Trabajadoras/res con 28/30 años de cotización) A partir del 1º de enero del 2010 hay nuevos requisitos de edad para jubilarse (49M/51H), que se incrementarán gradualmente en 1 año de edad por cada dos años calendario: Años Edad Mínima de Jubilación Trabajadores Edad Mínima de Jubilación Trabajadoras 2010 y 2011 51 49 2012 y 2013 52 50 2014 y 2015 53 2016 y 2017 54 2018 y 2019 55 2020 y 2021 56 2022 y 2023 57 2024 y 2025 58 2026 y 2027 59 2028 + 60

4 LO QUE SÍ CAMBIÓ: REQUISITOS DE EDAD
EDAD Y TIEMPO DE SERVICIOS (Trabajadores con al menos 15 años de servicio) A partir del 1º de enero del 2010 hay nuevos requisitos de edad para pensionarse, que se incrementarán gradualmente en 1 año de edad adicional por cada dos años calendario: Años de cotización Porcentaje de pensión sobre sueldo básico 15 50% 16 52.5% 17 55% 18 57.5% 19 60% 20 62.5% 21 65% 22 67.5% 23 70% 24 72.5% 25 75% 26 80% 27 85% 28 90% 29 95% Años Edad para pensión 2010 y 2011 56 2012 y 2013 57 2014 y 2015 58 2016 y 2017 59 2018 en adelante 60

5 LO QUE SÍ CAMBIÓ: REQUISITOS DE EDAD
CESANTÍA EN EDAD AVANZADA (Trabajadores con 60 años y al menos 10 años de servicio) A partir del 1º de enero del 2010 hay nuevos requisitos de edad para pensionarse por cesantía en edad avanzada, que se incrementarán gradualmente en 1 año de edad adicional por cada dos años calendario: Al menos 10 años de servicio Años de edad Porcentaje de pensión sobre sueldo básico 60 40% 61 42% 62 44% 63 46% 64 48% 65 o más 50% Años Edad para pensión 2010 y 2011 61 2012 y 2013 62 2014 y 2015 63 2016 y 2017 64 2018 en adelante 65

6 ¡ El resultado será el monto mensual aproximado de tu pensión !
¿CON CUÁNTO ME JUBILARÍA? Para saber el monto aproximado de tu jubilación mensual (2009): Identifica en tu talón de pago la retención quincenal que te hace tu dependencia para servicios sociales y culturales del ISSSTE. Divide esa cantidad entre * Multiplica el resultado por 2 (quincenas) Si es por edad y tiempo de servicios, la pensión corresponderá a un porcentaje de esa cantidad. 1 2 3 ¡ El resultado será el monto mensual aproximado de tu pensión ! * Contribución del trabajador al fondo de servicios sociales y culturales

7 CONCEPTOS DEL SUELDO QUE SE TOMAN EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LA PENSIÓN
Aquí deben insertarse los conceptos y retenciones que en cada dependencia integran el sueldo básico al ISSSTE

8 SI DECIDES PENSIONARTE
Sólo para trabajadores que A) cumplen con 15 años de cotización y 55 años de edad para Edad y Tiempo de Servicio, 10 años de cotización y 60 de edad para Cesantía y 28/30 años de cotización para jubilación, B) con edad inferior al requisito del décimo transitorio (jubilación) y C) que no quieran cotizar más tiempo. Revisa oportunamente que tu información este correcta. Entra a la oficina virtual en la página electrónica del ISSSTE ( o acude a la delegación del ISSSTE que te corresponde. En caso de requerir correcciones en sus documentos oficiales ,deberás regularizar tu situación acudiendo a RENAPO (CURP), registro civil (Acta de nacimiento), SAT (RFC) o a tu dependencia (Hojas Únicas de Servicio) según corresponda. Efectúa tus trámites administrativos (con o sin licencias pre jubilatorias) de tal manera que causes baja el 15 de diciembre del Así adquieres el derecho a la pensión a partir del 16 de diciembre del 2009 y antes de que entre en vigor el nuevo requisito de edad el 1º de enero de 2010. Una vez teniendo la baja, podrás realizar el trámite de pensión ante el ISSSTE en cualquier momento

9 SI DECIDES PENSIONARTE
No importa cuándo tramites tu pensión, tu primer pago SIEMPRE será RETROACTIVO al día siguiente de que causaste baja El ISSSTE está obligado a pagarte tu primera pensión en máximo 20 días a partir de recibida la solicitud. Si no has cumplido 28/30 años de servicio y tienes 55 años o más de edad, tu pensión será del porcentaje correspondiente al tiempo cotizado.

10 PENSIONARSE ES UNA DECISIÓN QUE…
Es exclusiva del trabajador Debe meditarse con cuidado Involucra a la familia Requiere modificar el estilo de vida Obliga a prever cómo compensar ingresos y prestaciones del trabajador en activo. Infórmate: lee la Ley y los reglamentos de pensiones vigentes ( Acude ante tu representante sindical, tu dependencia o con las autoridades del ISSSTE ISSSTEtel:


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