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BASES GENERALES DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL DEL PODER JUDICIAL Y CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA Agosto - Septiembre de 2011.

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1 BASES GENERALES DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL DEL PODER JUDICIAL Y CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA Agosto - Septiembre de 2011

2 CONTEXTO GENERAL  Objetivo: Definir las actividades destinadas al reclutamiento y selección de personal para cargos titulares de la tercera y sexta serie del Escalafón Secundario y Escalafón de Empleados del Poder Judicial, en congruencia al Acuerdo de Pleno de la Excma. Corte Suprema, según lo instruido en Acta N° 37 – 2011, de fecha 9 de Mayo de 2011.  Normar y Formalizar los procesos de reclutamiento y selección correspondientes a la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

3  Bases Generales se fundamentan en el Procedimiento de reclutamiento y selección para tribunales reformados vigente (Procedimiento N° 20) y en la nueva Política de reclutamiento y selección aprobada por el Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema. (Acta N° 37 – 2011)  Bases Generales corresponderán a la estructura en la cual se sustentarán las bases específicas para cada tipo de llamado a concurso, dependiendo el tipo de tribunal, tipo de cargo, tipo de llamado a concurso y tipo de postulante (interno o externo al Poder Judicial), a partir de pautas de ponderaciones que permitirán objetivar de modo cuantitativo el proceso correspondiente, en congruencia con los principios definidos en Acta N° 37 – 2011. CONTEXTO GENERAL

4 PRINCIPIOS ESENCIALES DE LOS CONCURSOS 1. Transparencia: Los llamados a concursos serán transmitidos a través de medios idóneos, los requisitos y el procedimiento de selección estará a disposición de los postulantes, quienes tendrán acceso a información del estado de su postulación y sus resultados.

5 PRINCIPIOS ESENCIALES DE LOS CONCURSOS 2. No discriminación e Igualdad de Oportunidades: No podrán producirse distinciones, exclusiones o preferencias basadas en raza, sexo, edad, estado civil, religión, opinión política, origen social u otras que anulen la igualdad de oportunidades. Aquellas basadas estrictamente en los requisitos o exigencias del cargo no se considerarán discriminación.

6 PRINCIPIOS ESENCIALES DE LOS CONCURSOS 3. Objetividad: Las evaluaciones que se apliquen se estructurarán sobre una base que consideren una evaluación cuantificable y estandarizada, que permita resultados comparables y entregue ubicación relativa de cada uno de ellos.

7 ANTECEDENTES PARA EFECTUAR LLAMADO A CONCURSO 1. Ficha de Requerimiento 2. Resolución de Vacancia del cargo que se quiere proveer 3. Decreto Económico 4. Otros documentos (aplicable a CAPJ: corresponde a todo documento que respalde la vacancia o creación del cargo)  Las solicitudes de llamado a concurso podrán enviarse por correo electrónico al Subdepartamento de Reclutamiento y Selección.

8 TIPOS DE LLAMADOS A CONCURSOS CONCURSOS INTERNOS:  Tribunales: Son aquellos concursos en los cuales se considerarán Opuestas sólo las postulaciones de funcionarios titulares del Poder Judicial, del mismo Escalafón y/o Serie, que puedan conformar terna y se encuentren calificados en Lista Sobresaliente, Muy Buena, Satisfactoria o Regular, de acuerdo al Art. 288 ó 294 del COT, dependiendo el cargo que se quiera proveer. Además, deberán cumplir los requisitos de postulación del cargo que quiera proveer. En Escalafón Secundario corresponden a los Grados VII y VIII (primera y segunda categoría) de la Escala de Sueldos Superior, y Grado IX (primera categoría) de la Escala de Sueldos de Miembros de los Consejos Técnicos. En Escalafón de Empleados corresponden a los Grados XI, XII y XIII de la Escala de Sueldos del personal de Empleados. (primera a cuarta categoría)  En el caso de Grado XIII (Cuarta Categoría) se considerarán igualmente Abogados, Egresados de Derecho y estudiantes de tercero, cuarto y quinto año de Derecho. (Concurso “mixto”)

9 TIPOS DE LLAMADOS A CONCURSOS CONCURSOS INTERNOS:  Corporación Administrativa: Son aquellos concursos en los cuales se considerarán Opuestas sólo las postulaciones de funcionarios titulares, contratados u Honorarios de la CAPJ que cumplan con los requisitos de postulación del cargo que se quiera proveer. En este último caso deberán tener, a lo menos, 2 años ininterrumpidos de antigüedad en la Organización. En cargos Profesionales corresponden a los Grados VI, VII, VIII, IX y X de la Escala de Sueldos del Personal Superior de la CAPJ. En cargos Administrativos y Auxiliares corresponden a los Grados IX, X, XI, XII y XIII de la Escala de Sueldos del Personal de Empleados.

10 TIPOS DE LLAMADOS A CONCURSOS CONCURSOS EXTERNOS:  Tribunales: Son aquellos concursos en los cuales se considerarán Opuestas las postulaciones de personas titulares, contratados o ajenos al Poder Judicial, que cumplan con los requisitos de postulación solicitados por el cargo que se quiera proveer. En Escalafón Secundario corresponden a los Grados IX, X y XI (tercera a quinta categoría) de la Escala de Sueldos Superior, y Grado X (segunda categoría) de la Escala de Sueldos de Miembros de los Consejos Técnicos. En Escalafón de Empleados corresponden a los Grados XIV a XIX de la Escala de Sueldos del personal de Empleados. (quinta a séptima categoría)

11 TIPOS DE LLAMADOS A CONCURSOS CONCURSOS EXTERNOS:  Corporación Administrativa: Son aquellos concursos en los cuales se considerarán Opuestas las postulaciones de funcionarios titulares, contratados o ajenos a la Organización que cumplan con los requisitos de postulación del cargo que se quiera proveer. En cargos Profesionales corresponden al Grado XI de la Escala de Sueldos del Personal Superior de la CAPJ. En cargos Administrativos y Auxiliares corresponden a los Grados XIV al XIX de la Escala de Sueldos del Personal de Empleados.  Los concursos para proveer cargos Directivos (Director, Subdirector, Jefe de Gabinete, Jefes de Departamento y Administradores Zonales) serán siempre de tipo externo.

12 PRÓRROGA Y/O LLAMADO A CONCURSO DESIERTO  En el caso que no se logre un número adecuado de postulantes Opuestos, se realizará una prórroga (sólo en página Web), si luego de ello no se logra obtener un número suficiente, entonces se realizará un llamado de tipo externo.  En el caso de concurso interno se considerarán suficientes 3 postulantes Opuestos. (interno – prórroga – externo)  En el caso de concurso externo se considerarán suficientes 20 postulantes Opuestos. (externo – prórroga – a lo menos 3 Opuestos)

13 RESUMEN CONCURSOS ESCALAFÓN SECUNDARIO: SI OPUESTOS EVALUACION CURRICULAR PUBLICACIÓN DIARIO OFICIAL – PÁGINA WEB RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES DEFINICIÓN DE OPUESTOS – NO OPUESTOS EVALUACION COLECTIVA Y GRUPAL (SOLO A EXTERNOS) 45 Mejores Puntajes Proceso tiene por propósito transformar información de naturaleza cualitativa en antecedentes cuantitativos. Para ello se realiza una valoración asignando puntajes en relación a diferentes criterios tales como Experiencia Laboral, Título Profesional, Cargos desarrollados, entre otras. Evaluación Colectiva consiste en una serie de pruebas de papel y lápiz que se orienta a medir aspectos como capacidad de análisis, comprensión de relaciones de tipo lógico, capacidad cognitiva para resolver problemas de diversa complejidad, y variables individuales de rasgos de personalidad en cuanto comportamiento y actitud para responder ante distintas situaciones. La Evaluación Grupal consistirá en una dinámica o tarea de grupo, utilizando un método activo que promueva la expresión y la reflexión de los candidatos, lo que a su vez, permite contrastar algunas competencias entre un grupo de personas y en un lapso de tiempo breve ENTREVISTA PSICOLABORAL (SOLO A EXTERNOS) 15 Mejores Puntajes CALIFICADOS NO CALIFICADOS Entrevista individual y administración de pruebas proyectivas Fin del Proceso

14 RESUMEN CONCURSOS ESCALAFÓN EMPLEADOS: SI OPUESTOS PUBLICACIÓN DIARIO OFICIAL – PÁGINA WEB RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES DEFINICIÓN DE OPUESTOS – NO OPUESTOS EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EVALUACION COLECTIVA (SOLO EXTERNOS) ENTREVISTA PSICOLABORAL (SOLO EXTERNOS) 30 Mejores Puntajes CALIFICADOS NO CALIFICADOS 15 Mejores Puntajes LOS FUNCIONARIOS, EN CALIDAD JURIDICA DE TITULAR, Y QUE SE ENCUENTRAN ENTRE LOS 30 MEJORES CONTINUAN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN CORRESPONDIENTE Evaluación Colectiva consiste en una serie de pruebas de papel y lápiz que se orienta a medir aspectos como capacidad de análisis, comprensión relaciones de tipo lógico, capacidad cognitiv de a para resolver problemas de diversa complejidad, y variables individuales de rasgos de personalidad en cuanto comportamiento y actitud para responder ante distintas situaciones. Fin del Proceso

15 SOBRE EL PROCESO DE CONVALIDACIÓN  Proceso a partir del cual se homologan resultados de aquellas pruebas o entrevistas psicolaborales que no impliquen estudio o aprendizaje, aplicable a postulantes externos (los internos no son evaluados psicolaboralmente) en procesos de selección correspondientes a Tribunales, dependiendo de cada etapa del proceso de selección.  En el caso de procesos correspondientes a CAPJ, la convalidación quedará a criterio del Subdepartamento de Reclutamiento y Selección, considerando los distintos perfiles de cargos existentes.  Las evaluaciones realizadas por Empresas Consultoras no son homologables con ningún proceso que sea coordinado por la CAPJ.

16 PRINCIPALES MODIFICACIONES 1. El proceso de reclutamiento y selección será aplicable a todos los Tribunales del país, independiente sean reformados o no reformados. (anteriormente se aplicaba sólo a Tribunales Reformados) 2. El proceso de reclutamiento, incluyendo la recepción de antecedentes, definición de oposiciones, proceso de citaciones y todas las labores administrativas involucradas serán desarrolladas íntegramente por la Corporación Administrativa del Poder Judicial. (anteriormente dicha tarea era realizada por los respectivos tribunales)

17 3. Según el cargo vacante, se considerarán Opuestas sólo aquellas personas que tengan la posibilidad de conformar terna, en conformidad a lo indicado al respecto en el Código Orgánico de Tribunales, definiéndose bases específicas según las características del cargo a proveer. (anteriormente no se definía la Oposición de esa forma) 4. No se aplicarán evaluaciones Psicolaborales a postulantes internos, salvo que su postulación corresponda a un Escalafón distinto al cual pertenece. (anteriormente si se aplicaban) PRINCIPALES MODIFICACIONES

18 5. Resultados de los Concursos serán cuantificables: ponderación cuantitativa para cada factor a evaluar => lista ordenada con el puntaje obtenido por cada candidato. (anteriormente se remitían sólo los informes psicolaborales de las personas evaluadas). 6. Modificación de formatos y creación de pautas cuantificables asociadas a todas las etapas de los concursos. PRINCIPALES MODIFICACIONES

19 FACTORES A EVALUAR EN POSTULANTES INTERNOS En postulantes internos se evaluarán, los siguientes factores, los cuales se expresarán numéricamente, según pauta de ponderación correspondiente, todo lo cual se encontrará debidamente explicitado en las bases específicas del respectivo llamado a concurso: 1. Calificaciones: Se considerarán los 3 últimos periodos calificatorios o los que tenga, en el caso que sean menos, lo cual será puntuado de acuerdo a la pauta de ponderaciones correspondiente.

20 FACTORES A EVALUAR EN POSTULANTES INTERNOS 2. Capacitación Pertinente: Se considerará la capacitación interna y externa al Poder Judicial, las cuales deberán ser debidamente certificadas, de acuerdo a la pauta de ponderaciones correspondiente. 3. Experiencia Laboral: Se aplicará una pauta de evaluación a la jefatura directa del postulante, de acuerdo a pauta de ponderaciones correspondientes. (Referencia de Movilidad)

21 FACTORES A EVALUAR EN POSTULANTES INTERNOS 4. Aptitud para el cargo: Será evaluada mediante Entrevista a realizar por la jefatura directa del cargo que se quiere proveer, pudiendo, si lo estima conveniente, realizar alguna prueba de tipo técnico, todo lo cual deberá ser puntuado, de acuerdo a pauta de ponderaciones correspondiente. 5. Prueba de Conocimientos: Se podrán aplicar pruebas que permitan medir objetivamente los conocimientos de los postulantes, lo cual debe ser debidamente estipulado en las bases específicas del respectivo llamado a concurso.

22 FACTORES A EVALUAR EN POSTULANTES INTERNOS 6. Antigüedad y Promoción: Se puntuará la antigüedad en la Institución, periodo de desempeño en el cargo y proporcionalmente según secuencialidad de la promoción.

23 FACTORES A EVALUAR EN POSTULANTES EXTERNOS En postulantes externos se evaluarán, los siguientes factores, los cuales se expresarán numéricamente, según pauta de ponderación correspondiente, todo lo cual se encontrará debidamente explicitado en las bases específicas del respectivo llamado a concurso: 1. Estudios y cursos de especialización: Se considerará la formación requerida como requisito de postulación y todas aquellas formaciones complementarias exigidas para el cargo.

24 FACTORES A EVALUAR EN POSTULANTES EXTERNOS 2. Capacitación Pertinente: Se considerará la capacitación interna y externa al Poder Judicial, las cuales deberán ser debidamente certificadas, de acuerdo a la pauta de ponderaciones correspondiente. 3. Experiencia Laboral: Se aplicará una pauta de evaluación curricular que permita puntuar la experiencia, de acuerdo a lo requerido para el cargo. Se incluye a lo menos 1 referencia laboral.

25 FACTORES A EVALUAR EN POSTULANTES EXTERNOS 4. Aptitud para el cargo: Será evaluada mediante la aplicación de pruebas, test y/o entrevistas psicolaborales. 5. Prueba de Conocimientos: Se podrán aplicar pruebas que permitan medir objetivamente los conocimientos de los postulantes, lo cual debe ser debidamente estipulado en las bases específicas del respectivo llamado a concurso.

26 RESPECTO A ENTREVISTA CON JEFATURA DIRECTA  Corresponde a una reunión presencial entre la jefatura directa del cargo y aquellas personas que lleguen a instancias finales del proceso de selección, de acuerdo a lo informado por el Subdepartamento de Reclutamiento y Selección.  Lo anterior con el fin de conocer determinadas características y percepciones de la propia jefatura, lo cual será puntuado, en congruencia con pautas y formatos que serán remitidos por la CAPJ.  En el caso que una persona se encuentre a más de 200 km. De distancia, la entrevista podrá ser realizada por videoconferencia o telefónicamente, lo cual debe ser debidamente certificado.  La jefatura deberá entrevistar a lo menos a los 10 mejores puntajes informados. En caso que el número sea menor deberá entrevistar a la totalidad.

27 ENVÍO DE INFORME Y ANTECEDENTES DEL PROCESO DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN  La Corporación Administrativa remitirá al respectivo Tribunal, Corporación o Departamento requirente, según corresponda, un informe del proceso con información relativa a éste, respecto a ponderaciones de cada una de las etapas antes descritas y antecedentes de los postulantes, según sean funcionarios del Poder Judicial o ajenos a éste, de acuerdo a pauta dispuesta para ello.  En el caso de procesos de selección correspondientes a Tribunales, el informe remitido por la Corporación Administrativa si bien será ordenado por determinado criterio, la posterior conformación de terna se deberá realizar de acuerdo a lo establecido en los Artículos N°s 288, 289 bis, 293 ó 294 del Código Orgánico de Tribunales, según corresponda.

28 EJEMPLOS DE PAUTAS DE PONDERACIÓN EN PROCESOS DE SELECCIÓN

29 OTRAS CONSIDERACIONES 1. Las personas que posean algún tipo de discapacidad, si bien deberán someterse a la totalidad del proceso de selección, la CAPJ dispondrá de las condiciones necesarias para otorgar igualdad de condiciones en cumplimiento a lo señalado en el inciso 3° del Art. 45 de la ley N° 20.422 que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. 2. Toda información solicitada por los postulantes respecto al estado de su postulación o resultados de la misma deberá ser derivado al Subdepartamento de Reclutamiento y Selección de la CAPJ. Sin perjuicio de lo anterior, ello debe realizarse antes de la conformación de la terna respectiva.

30 OTRAS CONSIDERACIONES 3. En el caso que un llamado a concurso interno, por falta de oponentes, se declare externo, sin embargo, al definir las oposiciones exista un número igual a 3 personas internos opuestos, entonces automáticamente se considerará el concurso con interno nuevamente, en concordancia con el artículo 288, 293 ó 294 del Código Orgánico de Tribunales, según corresponda. Lo anterior será oportunamente informado a los postulantes que, a raíz de lo anterior, sean excluidos del proceso de selección.

31 OTRAS CONSIDERACIONES 4. Respecto a aquellas personas que pertenezcan a la nómina vigente de Personal Transitorio Habilitado deberán participar de la totalidad del proceso de reclutamiento y selección cuando se trate de proveer un cargo en calidad de titular, debido a que el proceso de Habilitación corresponde a un proceso distinto basado en perfiles generales. 5. A criterio de la Corporación Administrativa se podrán aplicar dos etapas de manera simultánea o bien cambiar el orden de aplicación de las diferentes etapas del proceso de selección que dependan de dicha Institución.

32 OTRAS CONSIDERACIONES 6. Considerando que existen personas que postulan a distintos concursos en paralelo (multipostulación) y que poseen convalidación vigente en alguna de las etapas del proceso, la Corporación Administrativa, bajo ese contexto, podrá adicionar postulantes por sobre el número de personas que acceden a la siguiente etapa, según se define. No obstante, dicho número no podrá ser superior a 20 personas extras en el caso del paso a la etapa de Evaluación Colectiva y/o Grupal y de 10 personas en el caso del paso a la etapa de Entrevista Psicolaboral.

33 OTRAS CONSIDERACIONES 7. Cada una de las etapas del proceso de selección tendrá una ponderación mínima que permitirá clasificar a una siguiente etapa. En el caso que no se alcance el puntaje mínimo definido será motivo de exclusión del proceso de selección, independiente el número de postulantes que se encuentren participando del mismo. Asimismo, en el caso que una persona no asista a alguna de las instancias de evaluación definidas, será excluido del correspondiente proceso de selección. 8. No se podrá nombrar a una persona que tenga relación laboral vigente (en cualquier calidad contractual) con otra Institución Pública. Para ser nombrado, la persona deberá renunciar a la Institución Pública a la cual pertenezca.

34 Las presentes bases entrarán en vigencia a partir de los llamados a concursos publicados 30 días corridos después de su aprobación por el H. Consejo Superior. Considerando que lo anterior, fue aprobado en sesión del H. Consejo Superior del día 03/08/2011, las bases generales y especificas correspondientes comenzarán a regir a partir de los llamados a concursos publicados el día 02/09/2011. Todo llamado a concurso publicado con anterioridad a esa fecha, se regirá por la política que se ha aplicado regularmente (Procedimiento N° 20) Las bases generales se encuentran disponibles en www.poderjudicial.cl / sección concursos. ENTRADA EN VIGENCIA

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