Superintendencia de Valores y Seguros

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Transcripción de la presentación:

Superintendencia de Valores y Seguros LA REGULACION Y ORGANIZACION DE LOS MERCADOS DE RENTA FIJA EN CHILE RAUL RAFFO ARANDA Marzo, 2007

MERCADO DE VALORES Gobierno de Chile Banco Central de Chile Ministerio de Hacienda Superintendencia de Bancos E Instituciones Financieras Ministerio del Trabajo Superintendencia de Valores y Seguros Superintendencia de AFP Compañías de Seguros Emisores de Bonos AFP’s Emisores de Efectos de Comercio Fondos Mutuos y Fdos. de Inv.

MARCO REGULATORIO Ley N° 18.840, de 1989, ley orgánica constitucional del Banco Central Banco Central De Chile Organismo autónomo que no forma parte de la Administración del Estado, de carácter técnico y patrimonio propio. Su autonomía se basa en la necesidad de contar con una estabilidad derivada de las políticas monetaria y cambiaria más independiente del ciclo político. Capacidad de establecer sus propios acuerdos y adoptar sus propias decisiones técnicas en el ejercicio de sus atribuciones. No está sujeto a la fiscalización de la Contraloría General de la República ni de la SBIF. Tampoco forma parte de la Administración del estado. SAFP SBIF SVS

MARCO REGULATORIO Objetivos: Banco Central De Chile Velar por la estabilidad del valor de la moneda. Ello implica inflación baja y estable (rango 3+-1%). Velar por el normal funcionamiento de los pagos tanto internos como externos. Para estos efectos, sus atribuciones son regular la cantidad de dinero y crédito en circulación, la ejecución de operaciones de crédito y cambios internacionales, así como, la dictación de normas en materia monetaria, crediticia, financiera y de cambios internacionales. Banco Central De Chile SAFP SBIF SVS

MARCO REGULATORIO Algunas Facultades y Restricciones: Puede otorgar financiamiento a bancos, pero no otorgar garantías. No puede adquirir documentos emitidos por el Estado, sus organismos o empresas, como tampoco otorgarles garantías. Emitir billetes y acuñar monedas. Para regular la liquidez del sistema financiero utiliza varios instrumentos tales como: i) apertura de líneas de créditos a bancos, ii) Recibir y efectuar depósitos en bancos, iii) Efectuar operaciones de mercado abierto. Banco Central De Chile SAFP SBIF SVS

MARCO REGULATORIO Algunas Facultades y Restricciones: Dentro de las operaciones de mercado abierto tenemos la licitación de títulos de deuda tales como: - Pagarés Descontables Banco Central (PDBC) - Bonos Banco Central en $ (BCP). - Bonos Banco Central en UF (BCU). - Bonos Banco Central en US$ (BCD). Banco Central De Chile SAFP SBIF SVS

MERCADO DE VALORES Gobierno de Chile Banco Central De Chile Ministerio de Hacienda Superintendencia de Bancos E Instituciones Financieras Ministerio del Trabajo Superintendencia de Valores y Seguros Superintendencia de AFP Compañías de Seguros Emisores de Bonos AFP’s Emisores de Efectos de Comercio Fondos Mutuos y Fdos. de Inv.

Bancos e Instituciones MARCO REGULATORIO Decreto con Fuerza de Ley N°3 de del Ministerio de Hacienda de 1997 Banco Central En su Título I crea la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. Institución pública, autónoma, se relaciona con el Gobierno a Través del Ministerio de Hacienda Su mandato es supervisar las empresas bancarias y otras instituciones financieras. Sus gastos son financiados por las instituciones fiscalizadas. SAFP Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras SVS

Bancos e Instituciones MARCO REGULATORIO DFL N°3, de los Bancos Banco Central Los Bancos en Chile deben ser sociedades anónimas o sucursales de bancos extranjeros. 26 son los existentes en Chile, de los cuales 20 se consideran como “Bancos establecidos en Chile”, 5 son sucursales de bancos extranjeros y un banco estatal. A través de filiales pueden desarrollar actividades complementarias y de apoyo al giro. SAFP Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras SVS

MERCADO DE VALORES Gobierno de Chile Banco Central De Chile Ministerio de Hacienda Superintendencia de Bancos E Instituciones Financieras Ministerio del Trabajo Superintendencia de Valores y Seguros Superintendencia de AFP Compañías de Seguros Emisores de Bonos AFP’s Emisores de Efectos de Comercio Fondos Mutuos y Fdos. de Inv.

la Superintendencia de MARCO REGULATORIO Banco Central Decreto Ley N°3.538 de la Superintendencia de Valores y Seguros SAFP SBIF Ley N°18.045 de Mercado de Valores Superintendencia de Valores y Seguros

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS Decreto Ley N°3.538, de 1980, de la SVS Superintendencia de Valores y Seguros Institución autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Hacienda. Su objeto es la fiscalización de las actividades y entidades que participan de los mercados de valores y de seguros en Chile. Cumple funciones de i) supervisión, ii) normativas, iii) sancionadoras y iv) de desarrollo y promoción de mercados. Mercado de Valores

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS Ley N°18.045 de 1981, de Mercado de Valores Superintendencia de Valores y Seguros A esta ley queda sometida la oferta pública de valores y sus respectivos mercados e intermediarios, los emisores e instrumentos de oferta pública y los mercados secundarios de dichos valores. Se entiende por oferta pública de valores la dirigida al público en general o a ciertos sectores o a grupos específicos de éste. Sólo podrá hacerse oferta pública de valores cuando éstos y sus emisores, hayan sido inscritos en el Registro de Valores, salvo los valores extranjeros que requieren sólo inscripción del valor. Mercado de Valores

LEY DE MERCADO DE VALORES EMISORES DE VALORES INTERMEDIARIOS Corredores de Bolsa Emisiones de Bonos Agente de Valores Emisiones de Efectos Com. Soc. Securitizadoras Bolsas de Valores SOCIEDADES DE APOYO Depósito Central de Valores Clasificadores de Riesgo

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS Ley Nº 18.045, de los de Valores Superintendencia de Valores y Seguros Esta ley no se aplica a valores del Estado o Banco Central Exige clasificación de riesgo para los títulos de deuda. Los Emisores deben cumplir con normas de las sociedades anónimas abiertas. Divulgar hechos esenciales. Mercado de Valores

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS Ley Nº 18.045, del Mercado Secundario, sus Intermediarios y Bolsas de Valores Superintendencia de Valores y Seguros Los títulos de deuda pueden ser intermediados por cualquier corredor de bolsa o agente de valores, o por los bancos o sociedades financieras. Son intermediarios de valores las personas naturales o jurídicas que se dedican a las operaciones de corretaje de valores. Los que actúan como miembro de una bolsa de valores, se denominan corredores de bolsa y aquellos que operan fuera de bolsa, agentes de valores. Las bolsas de valores se constituyen como sociedad anónima y sus accionistas son los corredores de bolsa. Mercado de Valores

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS Ley N°18.045, de las Clasificadoras de Riesgo Superintendencia de Valores y Seguros Son sociedades fiscalizadas por la SVS. Su objeto exclusivo es clasificar los valores de oferta pública. Los emisores de títulos de deuda, deben contratar la clasificación continua e ininterrumpida de dichos valores. Mercado de Valores

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS Ley Nº 18.045, de la Emisión de Títulos de Deuda de Largo Plazo Superintendencia de Valores y Seguros La oferta pública de valores representativos de deuda cuyo plazo sea superior a un año, sólo puede efectuarse mediante bonos. Escritura pública firmada entre el Emisor y el Representante de los Tenedores de Bonos, la que contiene todas las características y modalidades de la emisión. Representante y Junta de tenedores de bonos. Emisión por monto fijo o por línea. Mercado de Valores

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS Ley N°18.045, de la Emisión de Títulos de Deuda de Corto Plazo Superintendencia de Valores y Seguros La oferta pública de valores representativos de deuda cuyo plazo no sea superior a 36 meses, puede efectuarse mediante la emisión de pagarés u otros títulos de crédito, cumpliendo esta ley y los requisitos que establezca la SVS. Emisión por monto fijo o por línea. Plazo máximo de línea de títulos 10 años. Mercado de Valores

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS Ley Nº 18.045, de las Sociedades Securitizadoras Superintendencia de Valores y Seguros Sociedades de giro exclusivo inscritas en la SVS. Para cada emisión de bonos forma un patrimonio separado distinto del patrimonio común. Los bonos securitizados se inscriben bajo la forma y disposiciones de los títulos de deuda de largo plazo. Mercado de Valores

STOCK DE DEUDA

INVERSIONISTAS INSTITUCIONALES Los Inversionistas Institucionales han tenido un rol de gran importancia en la generación de una demanda de instrumentos financieros de corto y largo plazo.

MERCADO DE VALORES Gobierno de Chile Banco Central De Chile Ministerio de Hacienda Superintendencia de Bancos E Instituciones Financieras Ministerio del Trabajo Superintendencia de Valores y Seguros Superintendencia de AFP Compañías de Seguros Emisores de Bonos AFP’s Emisores de Efectos de Comercio Fondos Mutuos y Fdos. de Inv.

INVERSIONISTAS INSTITUCIONALES Fuente: SAFP y SVS Rta. fija cías. seg. a dic. 2005   Total activos Inv. En instrumentos de renta fija de Chile % del total de activos AFPs 88.632 41.898 47% Cías de Seguros 22.097 16.014 72% FM y FI 29.306 15.131 52%

INVERSIONISTAS INSTITUCIONALES Fuente: SAFP y SVS   AFPs (dic. 06) % Cías de Seg. (dic. 05) FM y FI (dic. 06) Sector Estatal 11.599 28% 3.339 21% 778 5% Sector Financiero 23.302 56% 5.069 32% 12.340 82% Sector Empresas 6.998 17% 7.606 47% 2.013 13% Totales 41.898 16.014 15.131 Cifras en Millones de USD

MARCO REGULATORIO Decreto Ley N°3.500, de 1980, Establece Nuevo Sistema de Pensiones Banco Central Crea un Sistema de Pensiones de Vejez, de Invalidez y Sobrevivencia derivado de la capitalización individual. La capitalización se efectúa en organismos denominados Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Superintendencia De AFP SBIF SVS

MARCO REGULATORIO DL N°3.500, De la Superintendencia de AFP Banco Central La Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones (SAFP) es una entidad autónoma que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio del Trabajo. Su objeto principal es la fiscalización de las AFP y de la Administradora de Fondos de Cesantía. Superintendencia De AFP SBIF SVS

MARCO REGULATORIO Las Administradoras son sociedades anónimas (AFP). DL N°3.500, De las Administradoras de Fondos de Pensiones Banco Central Las Administradoras son sociedades anónimas (AFP). Su objeto exclusivo es administrar Fondos de Pensiones y otorgar y administrar las prestaciones y beneficios que establece la ley. Superintendencia De AFP SBIF SVS

MARCO REGULATORIO DL N°3.500, de los Fondos de Pensiones Banco Central Las Administradoras tienen 5 tipos de fondos, los que se diferencian por el riesgo de la cartera. Fondo A desde 40% hasta 80% en renta variable, Fondo B desde 25% hasta 60%, Fondo C desde 15% hasta 40%, Fondo D desde 5% hasta 20% y Fondo E 0%. A su vez, el limite máximo de inversiones en títulos extranjeros es de un 30%. Superintendencia De AFP SBIF SVS

MARCO REGULATORIO DL N°3.500, de las Inversiones de los Fondos de Pensiones Banco Central Los recursos deberán ser invertidos en títulos emitidos o garantizados por el Estado, títulos de emisores fiscalizados por la SVS o la SBIF; valores extranjeros y otros. Sólo podrán adquirir instrumentos una vez aprobados por la Comisión Clasificadora de Riesgo (CCR) La CCR tiene como función principal aprobar o rechazar los instrumentos que pueden ser adquiridos por las AFP. Transacciones en Mercado Secundario Formal. Superintendencia De AFP SBIF SVS