Curso Introductorio Los Derechos Humanos de los Migrantes

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Transcripción de la presentación:

Curso Introductorio Los Derechos Humanos de los Migrantes John M. Wilson Departamento de Derecho Internacional Organización de los Estados Americanos

Migración y la Protección de los Derechos Humanos de los Migrantes Migración – OEA Migración y la Protección de los Derechos Humanos de los Migrantes Programa Interamericano para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de los Migrantes, Incluyendo los Trabajadores Migrantes y sus Familias Relator de la CIDH para la Protección de los Derechos Humanos de los Migrantes Comisión Especial del Consejo Permanente sobre Flujos Migratorios Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Organization of American States

Trabajadores Migrantes Programa Interamericano Plan de Trabajo del Sesiones Especiales Secretario General de la CAJP Organization of American States

Programa Interamericano Antecedentes Cumbres de las Américas: Cuarta Cumbre: Mar de Plata (2005), Cumbre Especial: Nuevo León (2004), Tercera Cumbre: Québec (2001), Segunda Cumbre: Santiago (1998), Primer Cumbre: Miami (1994). Resoluciones Asamblea General: AG/RES. 2289 (XXXVII O/07), AG/RES. 2248 (XXXVI-O/06), AG/RES. 2224 (XXXVI-O/06) Grupo de Trabajo: Establecido en Enero 2004 dentro de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente (AG/RES. 1928 (XXXIII-O/03)) para preparar el proyecto de Programa Interamericano para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de los Migrantes, Incluyendo los Trabajadores Migrantes y sus Familias . Organization of American States

Que tipo de Instrumento? Hard-Law Convención Interamericana Tratado Protocolo Ventajas: Vinculante, Implementación (ejecutivo) Desventajas: Negociación (DC), Tiempo, Edos. Parte Soft-Law Ley Modelo Guía Legislativa Resolución – Programa Ventajas: Negociación (no DC), Tiempo, Localidad. Desventajas: No-Vinculante, Implementación (legislativo)

Programa Interamericano Objetivos Generales: Promoción y Protección de los Derechos Humanos de los Migrantes: Desarrollo de Acciones Cooperativas, Actividades, Recomendaciones y Mejores Practicas. Integración de actividades concretas en las actividades de los órganos, organismos y entidades de la Organización de Estados Americanos Actividades y Mejores Prácticas para implementación en los Estados Miembros, Organizaciones Multilaterales y sociedad civil. Organization of American States

Programa Interamericano Actividades para la Secretaria General de la OEA Delega 33 actividades especificas a Secretaria General de la OEA Comisión Interamericana de Derechos Humanos Comisión Interamericana de Mujeres Instituto Interamericano del Niño Departamento de Derecho Internacional Secretaria Ejecutiva para el Desarrollo Integral: Departamento de Educación y Cultura – Departamento de Desarrollo Social y Empleo Secretaria de las Cumbres de las Américas Secretaria de Asuntos Políticos Organización Panamericana de la Salud Organization of American States

Programa Interamericano Actividades a otros Actores del Programa Delega 32 Actividades Especificas a los Estados Miembros Estados Miembros: Estados Miembros de la OEA, Misiones y Agencias Locales Firmar/ratificar/adherir instrumentos universales e interamericanos de loas derechos humanos y derechos de los migrantes Revisar su legislación local para ser congruente con respeto ddhh de los migrantes Capacitar a sus funcionarios públicos que desempeñan funciones relacionadas con la migración Facilitar el acceso a la información publica relacionada a los ddhh de los migrantes Organization of American States

Programa Interamericano Actividades a otros Actores del Programa Actividades a otros Actores del Programa Interamericano Organizaciones Internacionales: OIM; Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y su Relataría Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes; ACNUR; OIT. Foros Regionales: Regional Conference on Migration, South American Conference on Migration; Central-American Commission of Directors of Migration; MERCOSUR; Andean Community; CARICOM; Ibero-American Federation of Ombudsmen. Otros Actores: Migrantes; Organizaciones de la Sociedad Civil; IIDH; Académicos y Expertos. Organization of American States

Programa Interamericano Acciones de Seguimiento Informes anuales de los organos, organismos y entidades, a la Asamblea General de la Organización Informes Anuales de los Estados Miembros de la OEA respecto de las actividades específicas opcionales Sesión Anualmente de CAJP para informar, intercambiar mejores prácticas, información y nuevas propuestas CAJP convocará previo a las Cumbres de las Américas una reunión de expertos amplia para evaluar la marcha del Programa Elevar recomendaciones a las Cumbres de las Américas Organization of American States

Programa Interamericano Plan de Trabajo del Sesiones Especiales Seguimiento Programa Interamericano Plan de Trabajo del Sesiones Especiales Secretario General de la CAJP Organization of American States

Plan de Trabajo del Secretario General Secretario General- Plan de Trabajo: El Programa requiere que el Secretario General prepare, presente, y actualice un Plan de Trabajo. Objetivo: Planificación e implementación de los objetivos y 33 actividades que el Programa encomienda a la Secretaria General Mecanismo de Seguimiento: Proporciona un mecanismo de seguimiento contacte para la implementación del Programa y proporciona un calendario para la manera en la cual los órganos, organismos y entidades de la OEA desempeñan las actividades que se les encomienda. Organization of American States

Organization of American States Plan de Trabajo Actores: Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); Comisión Interamericana de Mujeres (CIM); Instituto Interamericano del Niño, Niña y Adolescentes (IIN); Departamento de Educación, Ciencia y Tecnología (SEDI); Departamento de Desarrollo Social y Empleo (DDSE); Secretaria de Cumbres de las Américas; Secretaría de Asuntos Políticos; Departamento de Derecho Internacional. Rubros: El Plan de Trabajo se divide en cuatro rubros para cada uno de estas entidades: 1) actividades encomendadas por el Programa Interamericano; 2) actividades realizadas a la fecha por cada dependencia; 3) actividades en planificación por cada dependencia; y 4) calendario de cumplimiento. Efecto: El Plan de Trabajo específica el modo en que cada área de la Secretaría General de la OEA se halla implementando las actividades enumeradas en el Programa y el Plan de Trabajo. Organization of American States

Organization of American States Plan de Trabajo Actividades Realizadas: Entre las actividades realizadas a la fecha destacan las siguientes: distribución de materiales informativos respecto el tema y riesgos de la migración; audiencias para discutir problemáticas relativas a los trabajadores migratorios y sus familias; realización de seminarios y eventos sobre la materia; la realización de talleres de migración y derechos laborales; el estudio y difusión de la legislación migratorias nacionales; el intercambio de información y asistencia técnica en materia de derechos humanos con órganos estatales y funcionarios públicos; el desarrollo de programas dirigidos a proteger las mujeres y niños migrantes; el estudio de la participación política de los migrantes; y el intercambio de mejores prácticas entre los distintos actores de este Programa.. Actividades en Planeacion: Entre las actividades mas importantes en planeación se destacan las siguientes: desarrollar políticas y programas destinados a la protección de las mujeres migrantes y sus familias, especialmente las mujeres jefas de hogar, y a combatir la violencia contra la mujer y niños, realizar estudios comparativos e intercambios de experiencias relacionadas con el voto en el exterior en los países de la región, que permitan identificar lecciones aprendidas, desafíos a futuro y prácticas exitosas, entre otras. Organization of American States

Programa Interamericano Plan de Trabajo del Sesiones Especiales Seguimiento Programa Interamericano Plan de Trabajo del Sesiones Especiales Secretario General de la CAJP Organization of American States

Organization of American States Sesiones Especiales Sesiones Anuales: Programa solicita al Consejo Permanente (CAJP) que considere convocar Sesiones Especiales Anuales Participantes: Congregación de las entidades de la OEA, los Estados miembros de la OEA, otras organizaciones internacionales, académicos, expertos, y miembros de la sociedad civil. Propósito: Que los actores presenten las acciones que han efectuado en cumplimiento del Programa; Que los Estados evalúen de la operación del Programa; Que los participantes intercambien mejores prácticas, recomendaciones, conclusiones y nuevas propuestas para inclusión en el Programa. Organization of American States

Organization of American States Sesiones Especiales Evolución: Foro para recibir insumos para el mejoramiento del Programa. Intercambiar mejores prácticas, conclusiones, información y nuevas propuestas que puedan incorporarse al Programa. Cumbres de las Américas: Programa requiere Reuniones de Expertos para elevar recomendaciones sobre el tema de migrantes a las Cumbres de las Américas. Organization of American States

Organization of American States Sesiones Especiales Primer Sesión Especial: Primer Sesión una realizada en marzo de 2006 (para el año laboral 2005-2006) Segunda Sesión Especial: Segunda Sesión en febrero de 2007 (para el año laboral 2006/2007) Tercera Sesión Especial: 7 de marzo de 2008 Organization of American States

Programa y Seguimiento Función: En efecto, esta labor para la protección de los derechos humanos de los migrantes se visualiza como un triangulo viviente, donde los tres puntos del mismo -- (1) el Programa Interamericano, (2) las Sesiones Especiales de la CAJP, y (3) el Plan de Trabajo del Secretario General -- se retroalimentan en una constante evolución de actualización de, y seguimiento a, las actividades concretas destinada a los Estados Miembros, a los órganos organismos y entidades de la OEA, y demás actores del Programa Interamericano. Programa INteramericano Special Sessions of the CAJP Secretary General’s Plan of Action Organization of American States

Organization of American States Jurisprudencia Corte Interamericano de Derechos Humanos Opinión Consultiva 16: Opinión Consultiva 16/99: El derecho a la información sobre la asistencia consular en el marco de las garantías del debido proceso legal -- 1 de octubre de 1999. Opinión Consultiva 18: Opinión Consultiva OC-18/03: Condición Jurídica Y Derechos de los Migrantes Indocumentados -- 17 de septiembre de 2003 Claude Reyes v. Chile: Caso Claude Reyes y otros vs. Chile, Acceso a la Información -- 19 de septiembre de 2006 Organization of American States

Solicitud del gobierno de México: 9 de diciembre de 1997 Opinión Consultiva 16 Solicitud del gobierno de México: 9 de diciembre de 1997 Determinar: Las obligaciones del derecho internacional respecto el derecho a la asistencia consular -- casos de extranjeros detenidos por autoridades de un Estado receptor. Solicitud: Surge con respecto a la operación de la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y las garantías judiciales mínimas y el debido proceso legal Marco: Pena de muerte impuesta a extranjeros a quienes el Estado condenante no informó a los condenados de su derecho a comunicarse y a solicitar la asistencia de las autoridades consulares del Estado de su nacionalidad. Organization of American States

Organization of American States Opinión Consultiva 16 La Corte concluyo (1 de octubre de 1999) que: El artículo 36 de la Convención de Viena reconoce al detenido extranjero derechos individuales Entre estos derecho incluyo la información sobre la asistencia consular El al Estado receptor de migrantes le corresponden hacer valer los deberes correlativos a la Convención El artículo 36 concierne a la protección de los derechos del nacional de otro Estado y está integrado a la normativa internacional de los derechos humanos. Organization of American States

Organization of American States Opinión Consultiva 16 IMPACTO Corte Internacional de Justicia: Los elementos mencionados por la OC-16, sirvieron como una de las bases para los argumentos de México en el fallo de la Corte Internacional de Justicia de 31 de marzo de 2004 en el caso Avena y otros nacionales mexicanos. Asamblea General: Reafirmo el deber de los Estados Parte en la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares de cumplir dicha convención, incluida la obligación de los Estados Parte en cuyo territorio ocurre la detención de nacionales extranjeros de informar a éstos sobre su derecho a comunicarse con sus oficiales consulares y, en ese sentido, llamar a la atención de los Estados la Opinión Consultiva OC-16/99 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como el fallo de la Corte Internacional de Justicia en el caso Avena relativos a la obligatoriedad del cumplimiento del artículo 36 de la Convención de Viena (AG/Res. 2224) Organization of American States

Solicitud del gobierno de México: 10 de mayo de 2002 Opinión Consultiva 18 Solicitud del gobierno de México: 10 de mayo de 2002 Determinar: los lineamientos para la relación de los Estados con los migrantes, en cumplimiento con las obligaciones fijadas en las normas internacionales de derechos humanos. Solicitud: surge con respecto a la Preocupación de México a que se otorgue un trato justo sus migrantes (documentados o indocumentados) Marco: Solicitud a la Corte IDH de opinión consultiva para establecer los lineamientos para la relación de los Estados con los migrantes, Organization of American States

Organization of American States Opinión Consultiva 18 La Corte concluyo (17 de septiembre de 2003 ) que: Los Estados tienen el derecho de decidir en que condiciones admiten la entrada en su territorio a un extranjero Los migrantes deberán ser respetados en sus derechos humanos, independientemente de su condición migratoria legal o ilegal La calidad migratoria de una persona no puede constituir una justificación para privarla del goce y ejercicio de sus derechos humanos, entre ellos los de carácter laboral. Una vez que un trabajador se incorpora a una relación laboral en el mismo, el trabajador adquiere derechos que deben ser respetados y garantizados sin importar su situación de migración. Organization of American States

Organization of American States Opinión Consultiva 18 Concluyo además que… Con independencia total a la calidad migratoria, un trabajador tiene derecho al seguro social proporciando por un país a los trabajadores dentro de su territorio. Cualquier programa de empleo de migrantes garanticé que los trabajadores tengan este acceso al sistema de seguro social Proporcione los mecanismos necesarios para que los migrantes tengan acceso a los beneficios sociales que hayan adquirido o pagado durante su desempeño laboral. Organization of American States

Organization of American States Opinión Consultiva 18 IMPACTO Estados Miembros: Varios Estados apoyan la política migratoria de la OC-18 respecto el tratamiento de trabajadores migrantes ilegales (o no autorizados), sosteniendo que los principios internacionales de Derechos Humanos prohíben la discriminación en base a la calidad migratoria. Asamblea General: Presenta un antecedente importante que fue recogido por órganos del sistema interamericano incluyendo en el Informe Anual de la CIDH aprobado en la AG y en la Comisión de Derechos Humanos. Naciones Unidas: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos reconoció la OC 18 en su resolución 2005/47 y señalo que la conclusión más importante que se extrae de la misma es que los estados deben cuidar que los derechos humanos de todos los trabajadores migrantes estén protegidos en sus políticas de migración sin importar como o cuando una persona ingresó al país Organization of American States

Gracias!!!