El rol del Defensor Público en la aplicación de la prisión preventiva

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Transcripción de la presentación:

El rol del Defensor Público en la aplicación de la prisión preventiva Dr. Ernesto Pazmiño Granizo ECUADOR .

PRESOS SIN SENTENCIA (Autonomía absoluta) BENEFICIO SOCIAL PRESOS SIN SENTENCIA (Autonomía absoluta) 64% 48% 38% 11% 7% 0%

POLÍTICO-INSTITUCIONAL TEÓRICO-NORMATIVA PRINCIPALES PROPUESTAS TÉCNICO-PROCESAL POLÍTICO-INSTITUCIONAL

POLÍTICO-INSTITUCIONAL TEÓRICO-NORMATIVA PRINCIPALES PROPUESTAS TÉCNICO-PROCESAL POLÍTICO-INSTITUCIONAL

Teórico-normativa Ponderar la “sospechabilidad” ¿por qué? Porque la acreditación por parte de la Fiscalía sobre la “SUFICIENTE” sospechabilidad de los procesados en cuanto a los elementos de convicción NO TIENE NINGÚN PARÁMETRO DE MEDICIÓN, ES SIMPLE RETÓRICA JUDICIAL Porque muchos de nuestros países son condenados ante el Sistema Interamericano por ARBITRARIEDAD JUDICIAL en la aplicación de la Prisión Preventiva Por ejemplo: Caso Suárez Rosero (1997), acápite XII, pp. 21-24 Caso Tibi (2004), acápite XI, pp. 77-86 Caso Acosta Calderón (2005), acápite X, pp. 32-38 Porque los presupuestos o requisitos normativos para ordenar la Prisión Preventiva (siempre son los mismos) son AMBIGUOS, DISCRECIONALES Y ARBITRARIOS Por ejemplo (Art. 167 CPP-Ecuador en los casos 1 y 2) 1.- “Sospechas” de que el procesado sea autor o cómplice 2.- “Sospechas” de que es necesario privar de la libertad para asegurar el juzgamiento ó que las medidas no privativas de la libertad son insuficientes para este efecto 3.- “Sospechas” de obstaculización del procesado al proceso o a la construcción de pruebas 4.- “Sospechas” de peligro de fuga

SOSPECHA SIMPLE PONDERACIÓN NORMATIVA DE LA SOSPECHABILIDAD PARA EXCENCIONAR LA PRISIÓN PREVENTIVA SOSPECHA VEHEMENTE SOSPECHA SUFICIENTE

Contención normativa más allá de los requisitos de aplicabilidad de la Prisión Preventiva Sospecha Simple Menos 50% de Probabilidad de sospecha NO cabe ninguna medida cautelar Sospecha Vehemente Entre 51% y 80% de Probabilidad de sospecha Sólo caben medidas preferentes a la Prisión Preventiva Sospecha Suficiente Más del 80% de Probabilidad de sospecha Sí cabe la Prisión Preventiva (argumentada con “pena en concreto”)

BANCO DE INJUSTICIAS DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA DEL ECUADOR IMPUTADO DELITO FECHA DE DETENCION RESOLUCION RECUPERA SU LIBERTAD OBSERVACIONES VILLAMAR VILLAREAL VICENTE NIXON ROBO 5 DE DICIEMBRE DEL 2005 SENTENCIADO A 2 AÑOS EL 7 DE NOVIEMBRE DEL 2006 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2008 Luego que cumplió la pena impuesta estuvo privado de su libertad un año adicional. MENDOZA CABEZAS GERMANIA ELIZABETH No existe registro de fecha de detención EL 30 DE JULIO DEL 2004 SE ORDENA SU LIBERTAD. 30 DE ENERO DEL 2009 RECUPERA SU LIBERTAD Detenida injustamente 4 años luego que el Juez ordenó su libertad. APOLINARIO VILLAMAR DARWIN GEOVANNY CON SOBRESEMIENTO EL 30/ MAYO/ 2005 DECLARADO INOCENTE 11 DE FEBRERO DEL 2008 Preso 3 años SIENDO INOCENTE. BACULEMA VEGA LUIS ALBERTO MUERTE 15 DE JUNIO DEL 1998 CON SOBRESEIMIENTO EL 10 /ABRIL/2008 DECLARADO INOCENTE 10 DE ABRIL DEL 2008 Preso 10 años SIENDO INOCENTE JORGE REALPE ALAVA DROGA 4 GRAMOS 04 DE NOVIEMBRE DEL 2003 SENTENCIADO A 8 AÑOS AGOSTO DEL 2008 Por indulto "MULAS” recupero su libertad a los 5 AÑOS. LUIS CONCHA SEGURA ROBO 1 DOLAR 15-AG-08 EXTINCION DE LA ACCIÓN 5 agosto DEL 2009 1 AÑO PRESO POR UN DOLAR Maximo Villamar Tenencia armas 5-V-99 Prescripción 21-V-2009 10 años preso injustamente

POLÍTICO-INSTITUCIONAL TEÓRICO-NORMATIVA PRINCIPALES PROPUESTAS TÉCNICO-PROCESAL POLÍTICO-INSTITUCIONAL

Operativizar las alternativas a la Prisión Preventiva Técnico-procesal Operativizar las alternativas a la Prisión Preventiva ¿por qué? ¡RECORDEMOS! Las medidas alternativas a la Prisión Preventiva también restringen la libertad (brazalete electrónico) ¡RECORDEMOS! Si no se construye confianza en las medidas alternativas éstas caerán en desuso (no sólo basta que estén en la norma) Porque los medias alternativas o preferentes a la Prisión Preventiva no tienen una estructura de acompañamiento para su real efectividad, lo cual genera: 1.- La “demonización” política y judicial de su aplicación 2.- La “desconfianza” de la agencia fiscal y de la víctima 3.- La “codificación” del debate judicial (Prisión Preventiva ó Medidas Alternativas) reduciendo los espacios de procesamiento en libertad total (sin ninguna medida cautelar) 4.- El “desuso” judicial de las medidas alternativas SENSACIÓN DE IMPUNIDAD

Uso de Medidas Cautelares 1212 Uso de Medidas Cautelares Diagnóstico Dos constantes surgen en los análisis realizados: No existe información sistemática sobre el uso de las salidas alternativas y medidas sustitutivas a la prisión preventiva. La necesidad de comprobar si el objetivo de racionalizar el uso de la prisión preventiva se ha cumplido y en qué medida. Así se consideró relevante comenzar a desarrollar actividades para reflexionar sobre el uso de las salidas alternativas y las medidas sustitutivas a la prisión preventiva, la importancia de generar información y la necesidad de contar con herramientas específicas. LINEA DE TRABAJO I Continuar elaborando y profundizando estudios sobre el uso de las salidas alternativas, los juicios rápidos y la situación de la prisión preventiva en Ecuador. Evaluaciones con estos parámetros.

Uso de Medidas Cautelares 1313 Uso de Medidas Cautelares Diagnóstico - Los mecanismos de supervisión al cumplimiento de condiciones en la suspensión y las medidas sustitutivas a la prisión preventiva tienen un carácter más formal que real (no existen). LINEA DE TRABAJO II Enfocarse en la promoción del uso de salidas alternativas y medidas sustitutivas a la prisión preventiva, a partir de la instalación de mecanismos adecuados de evaluación del peligro procesal y su supervisión. IMPLEMENTAR LOS SERVICIOS PREVIOS AL JUICIO.

Uso de Medidas Cautelares 1414 Uso de Medidas Cautelares Diagnóstico Una constante surge en los estudios: Aquellos sistemas donde la medida cautelar se resuelve a través de audiencias, en términos generales, han alcanzado mejores resultados que aquellos en los que la solicitud aún hoy es tramitada por la vía escrita. A su vez, dentro de los países que cuentan con audiencias, se presentan matices en función a cuán desarrollado se encuentre el sistema en su organización para producir las audiencias. LINEA DE TRABAJO III Continuar remarcando la importancia de la oralidad de la decisión sobre la procedencia de una salida alternativa y de una medida cautelar. Discutir mensualmente en audiencia sobre el mantenimiento de la Prisión Preventiva (calidad de la investigación fiscal).

Líneas de trabajo en Justicia Penal En otros países aproximadamente el 50% de las causas que ingresan al sistema terminan con salidas alternativas y procedimientos rápidos. En el Ecuador lamentablemente este porcentaje hoy no supera el 5%. A partir de la experiencia adquirida, se hace necesario focalizar el trabajo en líneas de acción específicas en base a los problemas que el sistema presenta: Priorizar el uso de salidas alternativas y medidas sustitutivas a la prisión preventiva. Uso adecuado de medidas cautelares Persecución penal estratégica (delitos complejos) Defensa Pública autónoma y fuerte. Implementación de la oralidad Tipificar el delito de persecución de inocentes 17-06-11 15

RESOLUCIONES POR MOTIVO DE CIERRE CADUCIDAD DE LA PRISION PREVENTIVA 44,3 % SENTENCIA CONDENATORIA 12,3 % AUTOS DE SOBRESEIMIENTO 18,8 % CAUCION 3,9 % REVOCATORIA DE PRISION PREVENTIVA 4,3 % AUTO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION 2,4 % SENTENCIA ABSOLUTORIA 2,3 % AUTO DE EXTINCION DE LA ACCION 1,1 % SUSTITUCION DE PRISION PREVENTIVA 2,1 % SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO 1,7 % AUTO DE CONVERSION DE LA ACCION 0,9 % HABEAS CORPUS 0,9 % AUTO DE RESOLUCION DE NULIDAD 0,9 % INHIBICION DE CONOCIMIENTO 0,6 % CADUCIDAD DEL INTERNANMIENTO PREVENTIVO 0,5 % DICTAMEN ABSTENTIVO DEL FISCAL 0,4 % INICIO DE INSTRUCCION FISCAL SIN PRISION 0,3 % MUERTE DEL IMPUTADO 0,2 % TOTAL 100 %

Evaluación y sugerencia técnica para la consideración del ARRAIGO SOCIAL de las personas procesadas (construcción de información) Servicios Previos al Juicio Seguimiento y asesoría para un efectivo cumplimiento de las medidas alternativas a la Prisión Preventiva

auxiliares de supervisión Operadores de Justicia Órganos gubernamentales que ejecutan acciones de inclusión social. ONG´s Organizaciones de la sociedad civil y comunitarias (territoriales) Recursos comunitarios y actividades de seguimiento. Manejo de herramientas de seguimiento. Relación con operadores de justicia Sociedad Civil Red de instituciones auxiliares de supervisión Plan de capacitación PROPUESTA: Se requiere generar Comité de medidas cautelares Protocolos y manuales de procedimiento Plan de capacitación Operadores de Justicia Judicatura, Fiscalía y Defensoría. Procedimientos y operación interna. - Formatos: entrevistas, compromisos procesado; y, evaluación y seguimiento. Defensoría Pública / Consejo de la Judicatura

POLÍTICO-INSTITUCIONAL TEÓRICO-NORMATIVA PRINCIPALES PROPUESTAS TÉCNICO-PROCESAL POLÍTICO-INSTITUCIONAL

Político-institucional Más sagacidad de la Política Criminal Garantista ¿por qué? ¡RECORDEMOS! Que la fase ex ante a la decisión judicial de privar de la libertad a una persona es la MÁS VULNERABLE Por ejemplo: Avergonzamiento público ante los medios de comunicación ESTO ATENTA A LA INDEPENDENCIA JUDICIAL ¡RECORDEMOS! Que existe una RELACIÓN FATAL entre delitos flagrantes y Prisión Preventiva (La tendencia judicial en Ecuador es dictar Prisión Preventiva a la mayoría de SUPUESTOS delitos flagrantes por actividad policial) El documento de trabajo del presente encuentro Propone (página 2), como hipótesis, que: Se defina como Prisión Preventiva a todo el período de encierro por sospecha de un delito dispuesto por autoridad; b) Que este período de encierro se extienda incluso después de la sentencia condenatoria mientras no esté en firme una resolución impugnable; y, c) Que no se impute como Prisión Preventiva a la detención Policial, administrativa o gubernativa con fines de interrogación

Presentación pública de los detenidos ante los medios de comunicación

Evitar la vulneración del estatus jurídico de inocencia en la Anticipar a la fase PRE PROCESAL (detención policial, interrogatorios, delitos flagrantes, etc.) los estándares y estrategias que garantizan el debido proceso de la Prisión Preventiva PROPUESTA Evitar la vulneración del estatus jurídico de inocencia en la presentación ante los medios de comunicación las personas detenidas (Esto también es tortura)

¿por qué sorprendernos cuando reparte palos de ciego?” “Si nos obstinamos en representar a la Justicia con los ojos vendados... ¿por qué sorprendernos cuando reparte palos de ciego?” Elias Neumann

¡Muchas Gracias!