PRESUPUESTOS DE CULPABILIDAD DE LA PERSONA JURÍDICA: CRITERIOS DE IMPUTACIÓN Jesús Caballero Klink Fiscal Superior Comunidad de Madrid 9.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
La conceptualización tradicional.
Advertisements

Responsabilidad penal de las personas jurídicas
Establece el régimen de Responsabilidad por la Función Pública.
Marco Jurídico de JESSICA
LA RESPONSABILIDAD PENAL Y CIVIL DE LOS ADMINISTRADORES
Curso de Doctorado Chile 2007
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Dr. Jaime Alemañ Cano.
“CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
LA JUSTICIA TERAPÉUTICA Y LA ENFERMEDAD MENTAL
La Sindicatura General de la Nación, en su rol de Órgano Rector del Sistema de Control Interno del Poder Ejecutivo Nacional, normativo, de supervisión.
FUNCIÓN PERSECUTORIA DEL MINISTERIO PÚBLICO
La Sindicatura General de la Nación, en su rol de Órgano Rector del Sistema de Control Interno del Poder Ejecutivo Nacional, normativo, de supervisión.
QUINTO ELEMENTO DEL DELITO: LA CULPABILIDAD
EXPERIENCIA BOLIVIANA EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN “PIA” EXPERIENCIA BOLIVIANA EN LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN “PIA”
Concurso IDEAL – concurso REAL – concurso aparente
LA ACTUACION DE LA INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL EN RELACION A LA LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACION PUNTA UMBRIA, 25 DE SEPTIEMBRE DE
ASPECTOS JURÍDICOS RELACIONADOS CON EL SOCORRISMO
Tema 4 LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA
2 RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES (ámbito mercantil y tributario) Régimen legal Ignasi Costas EBAME & Associats 17 de diciembre de 2002.
LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL
TEMARIO: ANALISIS DE LA RESOLUCION 1093/05 Comisión Técnica de Tributaria del CCEAU DESDE 3 PUNTOS DE VISTA: 1-PRONUNCIAMIENTO N° 12 CCEAU 2-RESPONSABILIDAD.
Corporate Compliance, o ¿Corporate Compliance Penal?
PONENTE Nerys Betancourt Abogado UNIMAR
Evaluación del Control Interno Municipal
 “No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley”.  El artículo VI del título Preliminar.
Por: Dr. Víctor Manuel Peña Briseño
LA EFICACIA, LA EJECUCIÓN E INVALIDACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.
Delitos que afectan la Fe Pública
1 MARCO LEGAL DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA n Ley 454 de 1998 Tit. IV n Ley 795 de 2003 n Decreto 790/03 y Circular 009 de junio 24 de 2003 n CBJ 007/03 n.
La normatividad es un conjunto de criterios o fórmulas, con las que se rige la conducta humana. Pueden ser éstas de carácter voluntario, (del orden moral)
Etapa Intermedia Titulo 2 Etapa Intermedia
Seguridad pública y procedimiento penal..  La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios,
BLINDAJE DE LA EMPRESA ANTE EVENTOS PENALES ADVERSOS
DERECHO PENAL I CÓDIGO:
EN ESTA DÉCIMO TERCERA CLASE PRETENDO EXPLICAR LOS SIGUIENTES TEMAS: EL RESTO DE LAS CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN EXCESO EN LAS CAUSAS DE JUSTIFICA-CION Y –
NORMA BÁSICA DE AUTOPROTECCIÓN
Camilo Ernesto Bernal Sarmiento
LEY DEL PROCEDIMIENTTO ADMINISTRAIVO GENERAL
PARTICIPACION CRIMINAL
CUARTO ELEMENTO DEL DELITO: LA IMPUTABILIDAD
EL CONTROL ESTATAL COLOMBIANO
EL CONCEPTO DE PERSONA JURIDICA
DESOBEDIENCIA A UN SUPERIOR JERÁRQUICO. RÉGIMEN JURÍDICO: LIBRO II, TÍTULO XIX: DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. CAPÍTULO III: DE LA DESOBEDIENCIA.
{ De los delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales.
Alin Moctezuma Alfonso Pulido Efrén del Olmo Iván Mariscal
DERECHO PENAL I CÓDIGO:
Esta presentación es una interpretación normativa actual sobre la Ley de Habeas Data hecha por el Departamento Jurídico de Bancóldex, razón por la cual,
EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA Licda Iliana Arce Umaña.
Culpabilidad en Materia Disciplinaria
FERNANDO GALVÃO Responsabilidad penal ambiental de las personas jurídicas Experiencia brasilera.
LOS ORGANOS DE LA ADMNISTRACION TRIBUTARIA NACIONAL
RESPONSABILIDAD CIVIL DE DIRECTORES Y ADMINISTRADORES (D&O)
Clase: Derecho Penal 1 LA LEY PENAL.
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
LA CULPABILIDAD: EL PUNTO DE PARTIDA La confirmación de que la conducta es típica y antijurídica no asegura todavía la punibilidad. Para ello el sujeto.
DERECHO PENAL I CÓDIGO: PARTE GENERAL Luis Yshií Meza TEMA XIII NÚMERO DE HORAS: 04 NÚMERO DE CRÉDITO: 04.
PRINCIPIOS RECTORES Y GARANTIAS PROCESALES EN EL DERECHO PENAL “LIBERTAD” PRESENTADO POR: GERMAN D. CASTAÑO JARAMILLO.
Responsabilidad disciplinaria de los particulares con ocasión de la actividad contractual con recursos públicos.
Modelo de Prevención de Delitos para Empresas
DERECHO PENAL I CÓDIGO:
LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LA EMPRESA Y LOS PROGRAMAS DE COMPLIANCE Los criterios interpretativos de los programas de compliance Helena Prieto Fiscal.
Eduardo Esparza Paula 16 de febrero de 2016 PROGRAMAS DE CLEMENCIA Y COMPROMISOS DE CESE.
SUBJETIVIDAD EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO Descripción: Proceso Administrativo Sancionatorio Ley 42 de 1993 Artículos 99 al 102, Ley.
SCI Proceso continuo realizado por la Dirección, Gerencia y otros empleados de la Entidad, para proporcionar seguridad razonable, respecto a si están lográndose.
LIBERTAD PERSONAL Y DETENCION PREVENTIVA Abg. Yusvely Mayor C.I. V
Evaluación y Control. ORGANIGRAMA DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN Y CONTROL.
Los Derechos Políticos I. Los derechos de reunión y manifestación ESTAMOS ANTE UN DERECHO CONSTITUCIONAL Artículo Se reconoce el derecho de reunión.
LOS PROGRAMAS DE COMPLIANCE PENAL Y EL SEGURO DE D&O.
Transcripción de la presentación:

PRESUPUESTOS DE CULPABILIDAD DE LA PERSONA JURÍDICA: CRITERIOS DE IMPUTACIÓN Jesús Caballero Klink Fiscal Superior Comunidad de Madrid 9 de diciembre de 2015

Desde la Ley Orgánica 5/2010 que reformó el Código Penal las empresas pueden ser imputadas por delitos. Las empresas habrán de prever e institucionalizar por imperativo legal algunas de las cuestiones de las que se viene ocupando la Ética empresarial en tanto pueden ser imputadas como personas jurídicas por hechos delictivos que se cometan por las personas que la integran, en beneficio y provecho de aquélla

Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo de reforma del Código Penal, que entró en vigor en julio de 2015, modificó el régimen de responsabilidad penal de las empresas incluyendo las líneas a tener en cuenta a la hora de adoptar e implementar programas de prevención de delitos, punto de partida de los criterios básicos sobre la forma y efectos de la compliance penal

Por mandato del principio de legalidad, el Derecho Penal no tiene otra fuente que la propia ley. La Circular 1/2011 dictada por la Fiscalía General del Estado que interpretaba los dictados de la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica número 5/2010, el punto de vista interpretativo de referencia

EL CÓDIGO PENAL VIGENTE Nuevo artículo 31 bis del CP: dispone un modelo de responsabilidad autónoma de la empresa, independiente de la responsabilidad de las personas físicas por los delitos que cometan. Modelo de Compliance penal o programa de prevención de actividades ilícitas y de control a posteriori.

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN ¿Cuáles son las personas jurídicas penalmente responsables? Toda clase de entidades, sociedades mercantiles privadas y públicas, asociaciones, fundaciones, partidos políticos o sindicatos, legalmente constituidas, que realicen una mínima actividad lícita, quedando excluidas las meras sociedades pantalla o ficticias ( art 66 bis 2 ). Se excluyen: entidades que ejerzan potestades públicas de soberanía o administrativas ( art 31 quinquies.1)

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN ¿Qué conductas son penalmente relevantes? 1.- Delitos cometidos en nombre de la entidad y en beneficio directo o indirecto de la misma por representantes legales de la empresa o autorizados para tomar decisiones en el nombre de la misma o con facultades de organización y control dentro de la misma.

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN 2.- Delitos cometidos en nombre de la entidad y en beneficio directo o indirecto de la misma por empleados, sometidos a la autoridad de los ejecutivos que “han podido realizar los hechos por haberse incumplido gravemente por aquéllos los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad”

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN La conducta ha de ser típica ( solo cabe imputación entre los delitos previstos en las disposiciones del Libro II del Código Penal) y antijurídica ( no concurra causa de exención de la responsabilidad penal)

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN Exención de la responsabilidad penal o atenuación si hay acreditación parcial implantando un modelo de compliance, que contenga medidas que objetivamente apropiadas para evitar o reducir el riesgo de que se produzcan delitos como el que se haya cometido. Dos supuestos:

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN Cuando son autores de la conducta delictiva directivos o responsables de la organización (art 31 bis 2) : el programa de compliance tiene que contener medidas idóneas para prevenir delitos, con supervisión se confiada a un órgano específico con poderes autónomos de control, que no haya efectuado dejación de funciones, concurriendo una actuación fraudulenta de la persona física, dolosa y dirigida a burlar los controles establecidos.

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN Cuando son autores de la conducta delictiva los subordinados o empleados (art 31 bis 4) , operará la exención cuando quienes ostentan facultades de organización y control se hayan ajustado a las medidas idóneas, si no han fallado el modelo de cumplimiento mismo ni los responsables

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN Medidas idóneas para prevenir y reducir delitos en los modelos de compliance(art 31 bis 5) El Código Penal establece requisitos mínimos, condiciones necesarias no suficientes. La norma no contempla la infalibilidad del modelo sino que sea capaz de prevenir delitos o reducir el riesgo de que se cometan

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN 1º No será suficiente con un mero protocolo o declaración de principios sino un plan dotado de presupuesto, estructura, medidas concretas y supervisión, y 2º la empresa debe poder probar que realmente se ejecuta La producción del ilícito penal no significa en todo caso prueba de que el programa no se considere efectivo en la prevención y detección de la conducta criminal.

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN En el caso de PYMES, (a 1 de enero del año 2014 en España son el 99,8% del tejido empresarial, DIRCE) , se prevé la exención del art. 31 bis 3, las funciones de supervisión (...) podrán ser asumidas directamente por el órgano de administración. La persona jurídica responderá siempre si el delito lo comete un miembro del órgano de administración

CRITERIOS DE IMPUTACIÓN En supuestos de responsabilidad simultánea de personas físicas y jurídicas art 31 ter: la persona jurídica responde de modo autónomo, aunque la persona física no haya sido identificada, no haya sido posible dirigir el procedimiento contra ella, sea inimputable, haya fallecido o sustraído a la acción de la justicia. A la persona jurídica no le incumben las circunstancias atenuantes o agravantes concurrentes en la persona física. Condenas simultáneas con penas de multa, compensaciones.

GRACIAS POR SU ATENCIÓN