COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL

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Transcripción de la presentación:

COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL 2015

OBJETIVO GENERAL Intervenir con elementos alternativos de prevención y solución de las posibles conductas de ACOSO LABORAL del personal que opera al interior de la FUNDACIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR SAN JOSÉ. Objetivos Específicos: Conocer las funciones del Comité de Convivencia Laboral Definir Acoso Laboral Dar a conocer los miembros del comité de convivencia laboral Dar a conocer las funciones de los miembros del comité de convivencia 5. Dar a conocer la normatividad que rige a los comités de convivencia laboral

Promover en todo el personal la vivencia de actitudes y acciones que favorezcan la sana convivencia, cooperación y respeto en todas las relaciones interpersonales de la Fundación De Educación Superior San José.

¿POR QUÉ ES IMPOTANTE QUE USTED PARTICIPE EN LOS COMITES DE CONVIVENCIA? . Es importante que se participe en los Comités De Convivencia Laboral ya que constituye una medida preventiva de acoso laboral, que contribuye a proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo

¿QUÉ ES EL ACOSO LABORAL? El acoso laboral es toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre un empleado, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia; a causar perjuicio laboral; generar desmotivación en el trabajo o inducir a la renuncia del trabajador. .

SON CONDUCTAS DE ACOSO LABORAL NO SON CONDUCTAS DE ACOSO LABORAL ACOSO LABORAL LEY 1010 DEL 2006 SON CONDUCTAS DE ACOSO LABORAL NO SON CONDUCTAS DE ACOSO LABORAL Agresión física Expresiones hostiles Burlas sobre la apariencia Alusión pública a hechos íntimos Exigencias desproporcionadas Trato discriminatorio Horarios excesivos Injustificables amenazas de despido Descalificación humillante en publico Actos para ejercer potestad disciplinaria Exigencias razonables de fidelidad o lealtad laboral Terminar el contrato laboral por justa causa Exigir el cumplimiento de deberes y obligaciones Memorandos solicitando exigencias de eficiencia laboral Exigir el cumplimiento de estipulaciones contenido en el contrato y clausulas de trabajo.

TEMAS DE ACOSO LABORAL EN LOS COMITES DE CONVIVENCIA MALTRATO LABORAL: Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador. PERSECUCIÓN LABORAL: Toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador. DISCRIMINACIÓN LABORAL: Todo trato diferenciado por razones de raza, genero, origen familiar, credo religioso, preferencia política o situación social que carezca de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral ENTORPECIMIENTO LABORAL: toda acción tendiente a obstaculizar el cumplimiento de la labor o hacerla más gravosa o retardarla con perjuicio para el trabajador o empleado. INEQUIDAD LABORAL: Asignación de funciones a menosprecio del trabajador DESPROTECCION LABORAL: Toda conducta tendiente a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador mediante órdenes o asignación de funciones sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.

¿QUÉ SON LOS COMITES DE CONVIVENCIA? …, Son un grupo de empleados, conformados por representantes del empleador y representantes de los empleados, que buscan prevenir el acoso laboral contribuyendo a proteger a los empleados contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo.

CONFORMACIÓN Esta compuesto por dos (2) representantes del empleador, y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, facultando la norma a la empresa privada o entidad publica para designar un mayor numero de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes. Res. 1356 del 2012 Art 1.

FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA . QUEJAS INTERNAS: Recibirlas y darles el respectivo tramite ANALIZAR: Examinar las quejas presentadas ESCUCHAR: Las partes involucradas de manera individual sobre los hechos ESPACIOS DE DIALOGO: Organizarlos para promover compromisos mutuos y poder llegar a una solución de la controversia PLANES DE MEJORA: Formular un plan concertado entre las partes

FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA . SUGERIR: A la alta dirección medidas preventivas y correctivas SEGUIMIENTO: A las recomendaciones dadas por el comité de convivencia COMUNICAR: A la alta dirección en aquellos casos en los que no se logre un acuerdo o no se cumplan las recomendaciones INFORMES: Se harán trimestral mente; estadísticas de quejas y reclamos, elaborar informes anuales sobre los resultados de gestión del comité y los informes requeridos por los organismos de control

RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR . Desarrollar medidas preventivas y correctivas de acoso laboral Promover un excelente ambiente de convivencia laboral Respaldar la dignidad e integridad de las personas en el trabajo RECURSOS: Se debe garantizar un espacio físico para las reuniones y demás actividades del comité. ARL: La ARP llevara a cabo acciones de asesoría y asistencia técnica a sus empresas afiliadas, para el desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral

FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL . Convocar a los miembros del comité a las sesiones ordinarias y extraordinarias Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz Tramitar ante la administración de la entidad publica o empresa privada, las recomendaciones aprobadas en el comité Gestionar ante la alta dirección de la entidad publica o empresa privada , los recursos requeridos para el funcionamiento del comité.

FUNCIONES DEL SECRETARIO (A) DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL Recibir y dar tramite a las quejas presentadas por escrito en las que se describa las situaciones que puedan constituir acoso laboral. Enviar por medio físico o electrónico a los miembros del comité la convocatoria realizada por el presidente a las sesiones. Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en la queja. Llevar el archivo de las quejas presentadas. Elaborar el orden del día y las actas de cada una de las sesiones del comité. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del comité , los cuales serán presentados a la alta dirección de la entidad publica o empresa privada.

PERFIL DE LOS MIEMBROS DE COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL Se recomienda un año de antigüedad en La Fundación de Educación Superior San José de la persona que vaya a ser nombrado como integrante del Comité y que posean competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos. Se recomienda que en el comité de convivencia de la FESSJ exista por lo menos un psicólogo con énfasis en el área de seguridad industrial y salud ocupacional.

¿CUÁNDO SE DEBE ACUDIR AL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL? Cada vez que existan actos o formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública.

¿ EN QUÉ NO DEBE CONVERTIRSE LOS COMITES DE CONVIVENCIA LABORAL? No se debe convertir en reunión de reclamos No es un comité de soluciones en referencia a contratos laborales, salariales, disciplinarios o sindicales No debe ser un comité sin compromiso y sin dar solución a los casos No puede quedarse ningún caso solo en palabras

REUNIONES Se reunirá ordinaria mente cada tres meses y extraordinaria mente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención, y podrán ser convocados por cualquiera de los integrantes del comité. QUÓRUM: Sesionara con la mitad mas uno de sus integrantes.

MARCO LEGAL DE LOS COMITES DE CONVIVENCIA Ley 1010 del 2006 Resolución 2646 del 2008 Resolución 0652 del 30 de Abril del 2012 Resolución 1356 del 18 de Julio del 2012

Te invitamos a que participes y hagas parte del Comité De Convivencia Laboral de La Fundación De Educación Superior San José. Inscripciones: Martes 03 De Noviembre del 2015 Votaciones: Viernes 06 De Noviembre del 2015 Lugar: Sede Bienestar. Dirección: Calle 67 # 14-28 Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 12:30 p.m. y 6:00 p.m. a 8:00 p.m., Sábados de 9:00 a.m. a 12:30 pm.