LINEAMIENTOS DE LA REFORMA PROCESAL PENAL. Situación del Proceso Penal La crisis es un fenómeno latinoamericano  Sistema inquisitivo, concentración de.

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Transcripción de la presentación:

LINEAMIENTOS DE LA REFORMA PROCESAL PENAL

Situación del Proceso Penal La crisis es un fenómeno latinoamericano  Sistema inquisitivo, concentración de roles en el juez.  Administración inadecuada.  Procedimiento escrito, lento, sin inmediación, labor judicial en manos de los funcionarios judiciales.  Defensa escasa o inexistente: violación del debido proceso.  Escaso nivel probatorio: relevancia del atestado policial.  Recarga judicial: retraso y alto número de procesados internos.  Falta de planificación legislativa para descartar y organizar los diversos tipos de delitos.

Efectos del Sistema Inquisitivo  Vulneración de derechos de las personas procesadas.  Ineficiencia en la administración de justicia.  Incremento de la inseguridad ciudadana.  Incremento constante de la carga judicial.  Desprotección de la víctima.  Desconfianza y descrédito ante la ciudadanía en los mecanismos legales de resolución de conflictos.

Necesidad de la Reforma  No es el simple seguimiento de la reforma de América Latina  Adecuar la justicia penal a los criterios establecidos por la Constitución y los Instrumentos Internacionales sobre Derechos Humanos.  Justicia efectiva y eficaz, que sea parte de una política criminal efectiva y componente de la seguridad ciudadana.  Eliminar la situación de “limbo jurídico” de una gran cantidad de personas involucradas en el proceso penal.  Disminución de violaciones de derechos, por la necesidad de una investigación eficiente y ganable en un proceso penal

Lineamientos del Modelo Procesal  Clara separación organizacional y funcional de investigación y juzgamiento  Disminución de la actividad de oficio del juez.  Principios de contradicción, igualdad y oralidad.  Revisión de los criterios de detención y limitación a la libertad.  Búsqueda de salidas extra e intra procesales.  Proceso de selección para llevar al juicio sólo los casos necesarios.  Disminución de los procesos e disminución de la duración de los proceso.  Rol de la Corte Suprema como orientadora jurisprudencial.  Limitación de la justicia ordinaria frente a la comunal (art. 18 inc. 3)

Salidas al Proceso (Modelo Chileno)

Esquema del Proceso  Investigación preparatoria.- Fiscal (dirige) - Juez de la Investigación Preparatoria – Defensa.  Etapa intermedia.- Fiscal - Juez de la Investigación Preparatoria – Defensa.  Juzgamiento.- Juez de Juzgamiento- Ministerio Público– Defensa.  JJ Colegiado.- Pena mínima mayor a 6 años (art. 28.2)  JJ Unipersonal.- Pena mínima menor a 6 años

Ministerio Público  Director de la investigación, con la asistencia de la policía – Responsable del éxito de la acusación  Forma un equipo con la policía, siendo el director de la estrategia jurídica de la investigación.  Uso de mecanismos de investigación: remesa controlada (art. 340) – Agente encubierto (art. 341) – Protección de testigos y peritos.  Sistema e coordinación con la PNP para combatir la delincuencia (art. 333)  Necesidad de reestructuración organizacional y de capacitación en técnicas de litigación.

Ministerio Público – Policía  Artículo 159º Corresponde al Ministerio Público: 4. Conducir desde su inicio la investigación del delito. Con tal propósito, la Policía Nacional está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función.  Artículo 166º La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras

Policía Nacional del Perú  Listado de atribuciones, no taxativas (Art. 68)  Prohibición de informar sobre la identidad de los involucrados en el proceso penal (que no sea el imputado) – Art. 70.  Mecanismos de control: control de identidad policial y retención y registros de personas.  Prohibición de realizar algún tipo de calificación jurídica de los hechos.  Necesidad de modificar sus métodos de actuación para garantizar el éxito de la investigación y la acusación.  Eliminación del valor probatorio de la investigación policial.

Imputado - Defensa  Toda medida restrictiva a la libertad se realiza previa audiencia (art. 71.2)  La defensa participa en toda diligencia, salvo la declaración prestada durante la investigación por otro imputado.  Mecanismos de control para la defensa:  Si no concurre a una diligencia inaplazable es reemplazado por otro de elección del imputado o uno de oficio - retención y registros de personas.  La inasistencia injustificada a 2 diligencias origina que se solicite al imputado su reemplazo.

Defensa  Necesidad de reestructura la Defensa de Oficio.  Modificación de la estructura de la Defensa de Oficio  Elemento esencial del proceso acusatorio.  Necesidad de garantizar el principio de igualdad formal y material.

Victima - Agraviado  Definición de agraviado (art. 94.1).  Inclusión de los socios, accionistas, asociados o miembros de las personas jurídicas cuando el delito la afecte (art. 94.3)  Inclusión de personas jurídicas que defienden intereses difusos o colectivos, con idénticos derechos – defensa del medio ambiente y de los derechos humanos (art. 94.4).  Debe ser escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal (art. 95.b).  En caso de delito masa puede nombrarse un apoderado común.

Parte civil  Se le dan mayores facultades tanto para el ofrecimiento de pruebas para esclarecer el delito y para las medidas coercitivas al imputado.  Orden sucesorio en caso de concurrencia de solicitudes (art. 99)  Se establece un procedimiento para su constitución, previo escrito ante el Juez de Investigación (art 100.1)  Debe establecerse un contenido exacto de la petición (art )  Debe realizarse antes de culminada la investigación preparatoria.

Personas Jurídicas  Inclusión en el proceso cuando exista la posibilidad de que se le impongan consecuencias necesarias (art. 90)  Se les puede imponer algunas medidas preventivas (art. 313)

Necesidades para la Implementación  Decisión política para la reforma legal.  Procesos paulatino y con capacidad de monitorear los avances y corregir los problemas.  Labor de capacitación en técnicas de litigio oral.

LINEAMIENTOS DE LA REFORMA PROCESAL PENAL