PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS

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Transcripción de la presentación:

PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS

Cuando un usuario plantea un conflicto, es importante la forma en que se le trata. Eso puede fortalecer la relación con el cliente, o darle el impulso final para que decida cambiar de empresa. Lo importante es evitar la confrontación (ya que no importa quién tiene razón), escucharlo y buscar una solución satisfactoria, tanto para él como para la empresa. Así, se logrará SU SATISFACCIÓN.

Los artículos 23 y 74 de la Constitución Política consagran el derecho que tiene toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular, a obtener pronta resolución y a acceder a documentos públicos salvo los casos que establezca la ley;

DEFINICIONES Y ALCANCES Petición. Entiéndase por petición la solicitud mediante la cual toda persona puede acudir ante las autoridades para que dentro de los términos que defina la ley, se expida un pronunciamiento oportuno.

Derecho de petición en interés general. El derecho de petición en interés general podrá ser ejercido por toda persona, en forma verbal o por escrito, en ambos casos en forma respetuosa. Si la petición fue presentada en forma verbal y el solicitante requiere certificado en que conste su presentación, el funcionario competente atenderá tal requerimiento a través de la expedición de la respectiva constancia.  

Derecho de petición en interés particular. Cualquier persona podrá formular peticiones respetuosas ante la E.S.E, Las peticiones que en interés particular se radiquen ante la E.S.E, deberán contener además de la información requerida, una exposición clara de las razones que son fundamento de la petición y los requisitos exigidos para cada caso, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

Solicitud de información. El derecho a la información es la facultad que tienen las personas de solicitar y obtener acceso a la información sobre las actuaciones derivadas del cumplimiento de las funciones atribuidas a la E.S.E y sus distintas dependencias.

Formulación de consultas. Toda persona podrá formular consultas verbales o escritas sobre temas de competencia de la E.S.E. En consideración de la materia específica de la consulta formulada, las consultas verbales serán atendidas por el funcionario de la dependencia competente.

Actuaciones administrativas iniciadas en cumplimiento de una obligación o deber legal. Se entiende por tal, el deber de las personas de presentar solicitudes o iniciar actuaciones administrativas y la obligación de los funcionarios de recibirlas.

Actuaciones administrativas iniciadas de oficio. Son aquellas que las autoridades administrativas adelantan por su propia cuenta, sin que tengan como fundamento la petición de un particular.

Queja o reclamo. Se entiende por queja o reclamo, la manifestación de dar a conocer a las autoridades, un hecho o situación irregular relacionada con el cumplimiento de la misión de la entidad.

Peticiones escritas y verbales Peticiones escritas y verbales. Toda persona podrá hacer peticiones respetuosas ante la E.S.E en forma verbal o escrita, en interés general o en interés particular Peticiones escritas. Son las solicitudes que las personas hacen por medio escrito ante cualquier dependencia de la E.S.E en letra legible y clara. Las peticiones escritas deben contener por lo menos: 1. La designación de la autoridad a la cual se dirigen. 2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su apoderado o representante, si fuera el caso. 3. La indicación del documento de identidad. 4. Dirección y teléfono del peticionario o apoderado, según el caso. 5. Indicación clara del objeto de la petición. 6. Las razones en que se fundamenta su petición. 7. La relación de los documentos que se adjunten. 8. La firma del peticionario.

Peticiones verbales. La petición verbal formulada por cualquier persona ante la E.S.E puede referirse a información general, consultas, copias de documentos, tales como decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, instructivos y similares, se exceptúan las que conforme a este reglamento deban presentarse por escrito.

Oficina de Quejas y Reclamos La E.S.E, a través de los servidores públicos designados para atención al usuario, se encargará de recibir y tramitar las quejas y reclamos que formulen los ciudadanos por el mal funcionamiento o incumplimiento de la misión por parte de la entidad o sus funcionarios.

Funciones - Presentar informes periódicos al Gerente sobre el número de quejas recibidas, servicios sobre los que se presenta mayor número de quejas y reclamos y principales recomendaciones sugeridas por los particulares que tengan por objeto mejorar el servicio que presta la entidad, racionalizar el empleo de los recursos disponibles y hacer más participativa la gestión pública. - Presentar un informe trimestral a la Comisión de Lucha Contra la Corrupción de la Presidencia de la República - Garantizar efectividad en la comunicación con los empleadores para identificar sus necesidades y expectativas relacionadas con los servicios de la E.S.E - Informar a los ciudadanos, sobre los diversos aspectos inherentes a la función, misión y organización de la E.S.E.

Presentación de quejas y reclamos. Las quejas y reclamos se presentarán, en forma verbal o escrita, bien sea personal, telefónicamente, o a través de la página web, o de correo electrónico, en cumplimiento de los requisitos establecidos, además, el interesado deberá expresar el nombre del funcionario o del área contra quien se dirige y los motivos en que se sustenta.   .

Las quejas deberán contener por lo menos: 1 Las quejas deberán contener por lo menos:   1. Designación de la entidad a la que se dirigen. 2. Nombre y apellidos completos del solicitante, con indicación del documento de identidad, dirección teléfono. 3. Indicar el motivo de la queja o reclamo. 4. Las razones en las que se apoya. 5. La relación de los documentos que se acompañan. 6. La firma del solicitante, cuando fuere del caso.