Marco de Acción Hyogo - Prioridades de acción

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El Marco de Acción de Hyogo 2005 – 2015:
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Transcripción de la presentación:

Segunda Reunión sobre Plataformas Nacionales para Reducción de Riesgo de Desastres Octubre, 2008

Marco de Acción Hyogo - Prioridades de acción Velar porque la reducción de riesgo de desastres constituya una prioridad nacional y local dotada de una sólida base institucional de aplicación Identificar, evaluar y vigilar los riesgos de desastres y potenciar la alerta temprana Utilizar el conocimiento, la innovación y la educación para crear una cultura de seguridad y de resiliencia a todo nivel Reducir los factores subyacentes del riesgo Fortalecer la preparación en casos de desastres, a fin de asegurar una respuesta eficaz a todo nivel

INSTITUCIONALIDAD 1. Constitución de la República del Ecuador 2008 Título VII, Régimen del Buen Vivir, Capítulo Primero: Inclusión y Equidad Sección Novena.- Gestión del Riesgos, Artículos 389 y 390 2. Ley de Seguridad Nacional: Creación Secretaría Técnica de Gestión de Riesgos: Decreto Ejecutivo No. 1046-A (mayo 2008) 3. Defensa Civil fortalecida como brazo operativo del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos

Art. 389 El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural y antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad.

El Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgo está compuesto por las unidades de gestión de riesgo de todas las instituciones públicas y privadas en los ámbitos local, regional y n acional. El Estado ejercerá la erctoría a través del organismo técnico establecido en la Ley. Tendrá como funciones principales, entre otras:

1. Identificar los riesgos existentes y potenciales, internos y externos que afecten al territorio ecuatoriano. 2. Generar, democratizar el acceso y difundir la información suficiente y oportuna para gestionar adecuadamente el riesgo. 3. Asegurar que todas las instituciones públicas y privadas incorporen obligatoriamente y en forma transversal la gestión de riesgo en su planificación y gestión.

4. Fortalecer en la ciudadanía y en las entidades públicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos ámbitos de acción, informar sobre ellos, e incorporar acciones tendientes a reducirlos. 5. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de prevenir y mitigar los riesgos, así como para enfrentarlos, recuperar y mejorar las condiciones anteriores a la ocurrencia de una emergencia o desastre.

6. Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados de desastres o emergencias en el territorio nacional 7. Garantizar financiamiento suficiente y oportuno para el funcionamiento del Sistema, y coordinar la cooperación internacional dirigida a la gestión de riesgo.

Art. 390 Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito geográfico. Cuando sus capacidades para la gestión de riesgo sean insuficientes, las instancias de mayor ámbito territorial y mayor capacidad técnica y financiera brindarán el apoyo necesario con respeto a su autoridad en el territorio y sin relevarlos de su responsabilidad.

STGR: Principios - Obligatoriedad: Las medidas que se tomen para reducir los riesgos y atender las emergencias y los desastres son de carácter obligatorio con la finalidad de salvaguardar la vida y los procesos de desarrollo del País; - Descentralización y Subsidiariedad: bajo el principio de gestión descentralizada se establece que las capacidades y responsabilidades deben ser asumidas por los gobiernos locales. Pero cuando las capacidades técnicas y de recursos de los autoridades territoriales subnacionales fueren rebasadas deberán generarse mecanismos de apoyo y soporte a nivel provincial, regional y si correspondiere a nivel nacional, respetando la autoridad local o regional; - Interés colectivo: la reducción de riesgos y atención de emergencias y desastres son actividades de interés colectivo, ya que los impactos de una deficiente gestión se hacen sentir en todos los estratos de la sociedad; - Transversalidad e Integralidad: las acciones de reducción de riesgo y atención de emergencias y desastres competen a todos los organismos de la sociedad y deben ser integradas a todas las etapas de la planificación del desarrollo para lograr resultados integrales. La inserción debe hacerse a través de los procesos sociales en curso, en coordinación y respetando las autonomías institucionales;

STGR: Principios Responsabilidad compartida y Participación: según este principio, quienes generen riesgos deberán responde por ellos en todas sus consecuencias y según su grado de responsabilidad. Además, la sociedad en su conjunto debe ser partícipe de las acciones e iniciativas tendientes a reducir los riesgos y manejar las emergencias y desastres; Permanente: las acciones de reducción de riesgos y atención de emergencias y desastres son de carácter permanentes con un énfasis particular en todas aquellas que buscan asegurar una gestión prospectiva del riesgo; Transferencia del riesgo: El riesgo no está repartido de manera uniforme en el territorio nacional, por lo que resulta necesario generar los mecanismos adecuados para transferir riesgos y soportar su carga de manera solidaria. Además, el Estado debe asegurar que sus activos no se vean destruidos sin capacidad real de recuperación. Acceso a información: para una adecuada actuación de las instituciones y de la sociedad, es prioritario que la toma de decisiones tanto colectiva como individual se base en información verificada, validada y de libre acceso.

STGR: Misión MISIÓN: Liderar el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos para garantizar la protección de personas y colectividades de los efectos negativos de desastres de origen natural o antrópico, mediante la generación de políticas, estrategias y normas que promuevan capacidades orientadas a identificar, analizar, prevenir y mitigar riesgos para enfrentar y manejar eventos de desastre, así como para recuperar y reconstruir las condiciones sociales, económicas y ambientales afectadas por eventuales emergencias o desastres.

STGR: Visión VISIÓN: En un lapso de cinco años, ser reconocida en el ámbito nacional e internacional, por la implementación y consolidación del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos en el Ecuador, provisto de un conglomerado humano competente dentro de cada una de las entidades responsables y con recursos suficientes y oportunos para su funcionamiento.

STGR: Líneas Estratégicas de Acción Fortalecer las capacidades del país para enfrentar las emergencias y desastres: Territoriales: Inundaciones Deslizamientos Instrumentos / país Política fiscal Contratación pública Planificación Inversión pública Organizacional COEs Provinciales, cantonales Información Mapas GdR provinciales multiamenaza Construcción vocerías

STGR: Líneas estratégicas de acción 2. Elevar la Gestión de Riesgo a una política de Estado Proceso de construcción Construcción de una cultura de prevención Educación Medios comunicación SNDGR : Bases conceptuales SNDGR, Bases legales Sistema de información Información: Comité técnico científico / generación información Campaña educación contínua