MARCO JURÍDICO Prof. Carmen Demárquez Bibliografía: Prats, Martín, presentación curso de Formación Docente. Blengio, Mariana, Código de los Derechos Humanos.

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Transcripción de la presentación:

MARCO JURÍDICO Prof. Carmen Demárquez Bibliografía: Prats, Martín, presentación curso de Formación Docente. Blengio, Mariana, Código de los Derechos Humanos.

 SEN distingue tres vías para avanzar en el respeto y la protección de los Derechos Humanos  1 – la LEGISLACIÓN que junto con su institucionalización ha sido la vía privilegiada.  2 – RECONOCIMIENTO SOCIAL  3 – AGITACION, vía por la que efectiviza la “presión social” que refuerza tanto los derechos instituidos como los que carecen de fuerza legal. DENUNCIAS y MONITOREO de su cumplimiento.

Los DDHH a partir del reconocimiento normativo brindado por los Estados en textos legales específicos logran:  Definición y precisión conceptual  Traducción de los consensos alcanzados tanto sea por la sociedad nacional como por la comunidad internacional en instrumentos, acciones e instituciones jurídicas que permiten su exigibilidad y justiciabilidad.

 El efectivo ejercicio de los Derechos Humanos requiere de la existencia de instrumentos y mecanismos para la denuncia y sanción de la violación de los mismos y la adopción de medidas reparatorias y antidiscriminatorias.  Estos mecanismos deben ser vinculantes para los Estados respecto a su aplicación, así como la denuncia y sanción de cualquier acto u omisión que impidan u obstruyan la realización de los mismos.

La incorporación jurídica de los derechos humanos tanto a nivel nacional como internacional establece para todas las personas la obligación de respetarlos pero además impone para los Estados las obligaciones de respetar, proteger, promover y garantizar. Obligaciones que requieren el diseño de cuatro tipo de políticas distintas pero complementarias:

 No cometer ninguna acción u omisión tendiente a desconocer, violar o poner en riesgo alguno de los derechos humanos. Traduce la existencia de ciertos atributos inviolables de la persona humana que no pueden ser legítimamente menoscabados por el ejercicio del Poder del Estado e implica restricciones al ejercicio del poder estatal

 Tomar todas las medidas necesarias para proteger a las personas en cuanto al ejercicio de sus derechos, evitando injerencias arbitrarias que impidan el goce de los mismos

 Desarrollar políticas públicas que constituyan un conjunto coherente y sistemático de acciones dirigidas a promover los derechos humanos de todas las personas. Puede incluir acciones de discriminación positiva (o medidas especiales frente a situaciones especialmente opresivas)

 Implica el deber del Estado de organizar todo el aparato gubernamental y todas las estructuras a través de la cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre ejercicio de los derechos humanos. Incluye medidas de carácter jurídico, político, administrativo y cultural.

 Deber de prevención  Deber de investigación  Deber de adoptar medidas contra los autores de las violaciones  Deber de reparación a las víctimas  Deber de no discriminar.