La reconstrucción jurisprudencial del contenido del derecho constitucional de libertad sindical y la protección del fenómeno sindical Wilfredo Sanguineti.

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Transcripción de la presentación:

La reconstrucción jurisprudencial del contenido del derecho constitucional de libertad sindical y la protección del fenómeno sindical Wilfredo Sanguineti Raymond Universidad de Salamanca

Propósito de la sesión Desarrollar los “aspectos constitucionales” del tratamiento normativo de la LS Desarrollar los “aspectos constitucionales” del tratamiento normativo de la LS Y su relación con la representación unitaria de los trabajadoresY su relación con la representación unitaria de los trabajadores Su reconstrucción resulta de especial interés por dos motivos Su reconstrucción resulta de especial interés por dos motivos La marcada originalidad del sistema español de relaciones sindicalesLa marcada originalidad del sistema español de relaciones sindicales Y la especial relevancia que dentro de él se concede al sindicato como sujeto y a la protección de la LSY la especial relevancia que dentro de él se concede al sindicato como sujeto y a la protección de la LS

Caracteres diferenciales del sistema sindical español Sistema de “doble canal” (sindical y electivo) para el desarrollo de la acción sindical en la empresa Sistema de “doble canal” (sindical y electivo) para el desarrollo de la acción sindical en la empresa Las representaciones electivas son el vehículo por el que se lleva a cabo la acción reivindicativa de los sindicatosLas representaciones electivas son el vehículo por el que se lleva a cabo la acción reivindicativa de los sindicatos Sistema basado en una rigurosa selección de sujetos a nivel supraempresarial (SMR) Sistema basado en una rigurosa selección de sujetos a nivel supraempresarial (SMR) Y la atribución a ellos de funciones de impacto generalY la atribución a ellos de funciones de impacto general Lo que ha propiciado el predominio de dos organizaciones y su consideración como entes “semipúblicos”Lo que ha propiciado el predominio de dos organizaciones y su consideración como entes “semipúblicos”

Los soportes del modelo La dualidad de representaciones y el impacto general de la NC tienen su origen en la tradición histórica española La dualidad de representaciones y el impacto general de la NC tienen su origen en la tradición histórica española La institucionalización de los sindicatos emerge en la transición política La institucionalización de los sindicatos emerge en la transición política Como resultado del intercambio entre prerrogativas legales para los sindicatos y consenso social para afrontar la crisis económicaComo resultado del intercambio entre prerrogativas legales para los sindicatos y consenso social para afrontar la crisis económica Este modelo tiene importantes puntos de apoyo en el texto la Constitución Española Este modelo tiene importantes puntos de apoyo en el texto la Constitución Española Como se podrá comprobar a continuaciónComo se podrá comprobar a continuación

Preceptos constitucionales sobre materias sindicales La CE presta especial atención a los sindicatos y sus medios de acción: La CE presta especial atención a los sindicatos y sus medios de acción: No solo consagra la LS (art. 28.1)No solo consagra la LS (art. 28.1) Sino los derechos a la huelga (art. 28.1), a la NC (art. 37.1) y a adoptar medidas de conflicto (art. 37.2)Sino los derechos a la huelga (art. 28.1), a la NC (art. 37.1) y a adoptar medidas de conflicto (art. 37.2) Aunque privilegia la protección de la LS y la huelga Aunque privilegia la protección de la LS y la huelga Además incluye en su TP un precepto que consagra la misión constitucional del sindicato Además incluye en su TP un precepto que consagra la misión constitucional del sindicato De defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadoresDe defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores

Temas clave de la jurisprudencia constitucional sobre LS El TC ha elaborado un rico cuerpo de doctrina El TC ha elaborado un rico cuerpo de doctrina En cuya construcción tiene un papel decisivo el art. 7En cuya construcción tiene un papel decisivo el art. 7 Nos ocuparemos de cuatro aspectos: Nos ocuparemos de cuatro aspectos: El sindicato como “representante institucional”El sindicato como “representante institucional” La priorización de la representación sindical sobre la unitariaLa priorización de la representación sindical sobre la unitaria La inclusión de la actividad sindical en el contenido de la LSLa inclusión de la actividad sindical en el contenido de la LS La protección de los representantes sindicalesLa protección de los representantes sindicales

A. El sindicato como “representante institucional” El sindicato es una “asociación de relevancia constitucional” El sindicato es una “asociación de relevancia constitucional” A la que el art. 7 CE reconoce un doble rol (agente contractual y sujeto político)A la que el art. 7 CE reconoce un doble rol (agente contractual y sujeto político) Los sindicatos no representan sólo a sus afiliados Los sindicatos no representan sólo a sus afiliados Sino que ejerecen la “representación institucional” de los trabajadores como categoríaSino que ejerecen la “representación institucional” de los trabajadores como categoría Esta construcción sirve de fundamento para las peculiaridades del sistema español Esta construcción sirve de fundamento para las peculiaridades del sistema español Como la rígida selección de sujetos (MRS) o la atribución de funciones de impacto general sólo a algunos sindicatosComo la rígida selección de sujetos (MRS) o la atribución de funciones de impacto general sólo a algunos sindicatos

B. La prioridad de la representación sindical sobre la unitaria Sólo la representación sindical está amparada por Constitución a través de la LS Sólo la representación sindical está amparada por Constitución a través de la LS Mientras que la RU es una creación de la leyMientras que la RU es una creación de la ley Si bien cualquier obstáculo a la actividad de un sindicato supone violación de la LS Si bien cualquier obstáculo a la actividad de un sindicato supone violación de la LS No ocurre lo mismo cuando se trata de un Comité de EmpresaNo ocurre lo mismo cuando se trata de un Comité de Empresa El sindicato se legitima, así, como la vía privilegiada para el desarrollo de la acción sindical en la empresa El sindicato se legitima, así, como la vía privilegiada para el desarrollo de la acción sindical en la empresa

C. La inclusión de la actividad sindical en el contenido de la LS C. La inclusión de la actividad sindical en el contenido de la LS El artículo 28.1 solo alude a los componentes orgánicos o asociativos de la LS El artículo 28.1 solo alude a los componentes orgánicos o asociativos de la LS Sin hacer mención al derecho a desarrollar actividades sindicalesSin hacer mención al derecho a desarrollar actividades sindicales Pese a ello, la LS ampara también ese derecho Pese a ello, la LS ampara también ese derecho Por la garantía que de él hace el art. 7 CEPor la garantía que de él hace el art. 7 CE El derecho a la actividad sindicial tiene un contenido amplio: El derecho a la actividad sindicial tiene un contenido amplio: Incluye todos los medios de acción que contribuyen a que el sindicato desarrolle su función constitucionalIncluye todos los medios de acción que contribuyen a que el sindicato desarrolle su función constitucional

El triple contenido del derecho a la actividad sindical El triple contenido del derecho a la actividad sindical El derecho a la actividad sindical tiene un tripe contenido: El derecho a la actividad sindical tiene un tripe contenido: A. Esencial: facultades indispensables para el cumplimiento de la función del sindicato · Incluye, entre otras, la NC, y el derecho de huelga B. Adicional: otras facultades atribuidas por normas legales o convenios colectivos C. Más pleno: derechos concedidos sólo a los SMR El DF garantiza todos estos contenidos El DF garantiza todos estos contenidos Aunque no las facilidades concedidas unilateralmente por el empleadorAunque no las facilidades concedidas unilateralmente por el empleador

D. La protección especial de los representantes sindicales Se lleva a cabo a través de la denominada “garantía de indemnidad” Se lleva a cabo a través de la denominada “garantía de indemnidad” Entendida como el derecho a no sufrir perjuicios económicos o profesionales por la actividad representativaEntendida como el derecho a no sufrir perjuicios económicos o profesionales por la actividad representativa Ello incluye los perjuicios que pudieran derivarse de la no prestación de servicios (liberados sindicales) Ello incluye los perjuicios que pudieran derivarse de la no prestación de servicios (liberados sindicales) Estos perjuicios no sólo afectan a quien los padece Estos perjuicios no sólo afectan a quien los padece Sino a la función atribuida al sindicato por la ConstituciónSino a la función atribuida al sindicato por la Constitución Dado su efecto disuasorio o desalentador sobre el ejercicio de la función sindicalDado su efecto disuasorio o desalentador sobre el ejercicio de la función sindical

La doctrina sobre la carga de la prueba como complemento Busca aliviar la especial dificultad de prueba de la vulneración Busca aliviar la especial dificultad de prueba de la vulneración Particularmente cuando se trata de actos encubiertosParticularmente cuando se trata de actos encubiertos Al trabajador no se le exige la prueba de la lesión Al trabajador no se le exige la prueba de la lesión Sino indicios que generen la razonable sospecha del carácter antisindical de la conductaSino indicios que generen la razonable sospecha del carácter antisindical de la conducta Bien mediante hechos claramente indicativos de la probabilidad de la lesión u otros que permitan inferirlaBien mediante hechos claramente indicativos de la probabilidad de la lesión u otros que permitan inferirla Entonces se traslada el empleador la carga de aportar una justificación causal de su actuación Entonces se traslada el empleador la carga de aportar una justificación causal de su actuación Incluso cuando se trata de decisiones discrecionalesIncluso cuando se trata de decisiones discrecionales

CASOS PRÁCTICOS 1. Garantía de indemindad de los representantes (STC 90/2008) No cómputo como mérito profesional para concurso del tiempo que se actuó como liberado sindicalNo cómputo como mérito profesional para concurso del tiempo que se actuó como liberado sindical 2. Discriminación antisindical (STC 29/2002) No conversión en indefinido de contrato en prácticasNo conversión en indefinido de contrato en prácticas 3. Uso de la libertad de expresión como herramienta de lucha sindical (STC 108/2008) Reparto de pasquines con descalificaciones a la empresaReparto de pasquines con descalificaciones a la empresa 4. Vulneración del derecho a la NC (STC 238/2005) Acuerdos individuales “en masa” que desconocen lo acordado en un convenio colectivoAcuerdos individuales “en masa” que desconocen lo acordado en un convenio colectivo