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SUBDIRECCIÓN DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y CAPACITACIÓN DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ D IRECCIÓN DE A TENCIÓN M ÉDICA.
Transcripción de la presentación:

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CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- Son de observancia obligatoria principalmente para: Titular de la Secretaría de Salud Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud Comité de Capacitación y Desarrollo Comité Nacional Mixta de Capacitación Comisión Central Mixta de Capacitación Comisión Auxiliar Mixta de Capacitación Servidores públicos y todo trabajador sujeto de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art. 3.- Definiciones más relevantes: Capacitación : proceso permanente cuyo propósito es desarrollar los conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes del personal para que éste se desempeñe adecuadamente en su puesto de trabajo; Capacitación para el desempeño: todas aquellas acciones tendientes a incrementar la capacidad de los servidores públicos para la realización de las actividades y funciones que desempeñan en su ámbito de trabajo.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Capacitación para el Desarrollo : todas aquellas acciones que permiten la conformación de un perfil académico y/o laboral que favorezca la incorporación del trabajador a un proceso escalafonario conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Escalafón. Capacitación basada en Competencias : aquella que tiene por objetivo la adquisición de habilidades, prácticas, destrezas y actitudes necesarias en las funciones desempeñadas en el lugar de trabajo y que son definidas por la Secretaría.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Educación Continua: forma educativa que permite a un trabajador desarrollarse profesionalmente, actualizándose periódicamente en el campo de sus conocimientos. Crédito: unidad de medida que se determina por el número de horas de duración del evento de capacitación al que asiste un trabajador (1 crédito= 8 h. teóricas y/o 16 h. prácticas). Beca : es la concesión dictaminada por el Comisión Mixta competente para que los trabajadores participen en eventos de capacitación, de acuerdo a las autorizaciones que señale el Reglamento de Capacitación.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Inducción : a la orientación impartida al trabajador de nuevo ingreso, reingreso, cambio de adscripción o de promoción escalafonaria, mediante la cual se le da a conocer los objetivos y funciones genéricas y específicas de la Secretaría de Salud, de la Unidad donde prestará sus servicios y las que desarrollará en su puesto; Constancia: documento con el cual el trabajador comprueba haber realizado y aprobado su capacitación.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art. 4.- Las disposiciones del reglamento no son aplicables a: I. Trabajadores que tengan menos de seis meses en el servicio II. Trabajadores que cubran una vacante interina III. Trabajadores designados por tiempo fijo y obra determinada IV. Personal contratado por el régimen de honorarios

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art. 6.- El Grupo Afín Administrativo comprende los siguientes grupos: I. Administrativo II. Comunicaciones III. Educación IV. Servicios V. Técnico

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art. 7.- El Área Médica integra personal de las siguientes ramas: a. Médica b. Paramédica c. Afín

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical CAPITULO II. DERECHO DE LOS TRABAJADORES PARA SU CAPACITACIÓN Art. 8.- DERECHOS: a. Acceder a la capacitación para el desempeño y para el desarrollo. b. Recibir la constancia correspondiente (Capítulo V). c. Presentar constancia que acreditación para participar en concursos escalafonarios. d. Recibir capacitación necesaria para el desempeño de su puesto.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art. 9.- OBLIGACIONES a. Ajustarse a la calendarización de capacitación. b. Contar con antecedentes académicos o laborales para el perfil del evento de capacitación. c. Asistir a los eventos de capacitación. d. Presentar exámenes de evaluación. e. Aplicar los conocimientos adquiridos y difundirlos en el ámbito laboral. f. Entregar copias de Constancia para anexar a su expediente. g. Obedecer los demás lineamientos que se establezcan.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical CAPÍTULO III. DE LAS COMISIONES MIXTAS DE CAPACITACIÓN Se establecen tres instancias que coordinan el derecho a la capacitación del personal de la Secretaría de Salud:  Comisión Nacional  Comisión Central  Comisión Auxiliar SECCIÓN PRIMERA DE SU OBJETO Y FUNCIONAMIENTO:

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical a. La Comisión Nacional: tendrá competencia en todo el territorio nacional y residirá en el Distrito Federal. b. La Comisión Central: tendrá competencia en cada uno de los entes donde se instale y residirá en la misma sede del Titular correspondiente. c. La Comisión Auxiliar tendrá competencia en cada Jurisdicción Sanitaria o establecimiento de Atención Médica en donde se instale, la que residirá en el domicilio del centro de trabajo correspondiente. Art Las comisiones mixtas tienen por objeto promover, evaluar y vigilar el cumplimiento de los programas de capacitación para los trabajadores de base de la Secretaría.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art Las comisiones contarán con un Secretario Técnico que tendrá derecho a voz y no a voto y será designado o removido de común acuerdo por los integrantes de la Comisión.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art Atribuciones del Secretario Técnico I.Elaborar las actas de las reuniones, registrar y dar seguimiento a sus acuerdos. II.Presentar el orden del día y la documentación correspondiente de los puntos a tratar. III.Instrumentar las propuestas generadas en las reuniones del pleno. IV.Agilizar el trámite de las solicitudes planteadas de la comisión correspondiente.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical V. Elaborar los informes acerca de la aplicación y avance de los programas de capacitación. VI.Atender la correspondencia que reciba la comisión. VII.Resguardar todos los documentos e información de la comisión, en el ejercicio de su atribución.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical SECCIÓN TERCERA DE LA INTEGRACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LAS COMISIONES CENTRALES MIXTAS DE CAPACITACIÓN INTEGRACIÓN Art Representantes Propietarios* Autoridad del ente 2 del área de Enseñanza en Salud 2 del área de Recursos Humanos CCMC 4 Representantes Propietarios* Sindicato En caso de existir dos o más secciones sindicales, se integrará una sola Comisión Central con los secretarios generales seccionales correspondientes e igual número de representantes de la institución. *Por cada representante propietario se designará un suplente (Art.12, Frac. VII

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical PRINCIPALES ATRIBUCIONES DE LAS CCMC (Art. 22):  Sesionar en forma ordinaria el tercer martes de cada mes y en forma extraordinaria cuando así se requiera.  Participar en la formulación del PEC, así como en la difusión y ejecución de eventos.  Vigilar y supervisar el cumplimiento de los programas específicos de capacitación y sugerir las medidas tendientes a mejorarlos.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical  Recibir y analizar las solicitudes de beca de los trabajadores de base del Ente que le corresponda.  Resolver las solicitudes, inconformidades y controversias recibidas por escrito, comunicando la resolución a las comisiones auxiliares y al trabajador.  Promover la participación de los trabajadores en las actividades de capacitación.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical SECCIÓN CUARTA DE LA INTEGRACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LAS COMISIONES AUXILIARES MIXTAS DE CAPACITACIÓN INTEGRACIÓN Art Representantes Propietarios Institución 1 del área de Enseñanza 1 del área de Recursos Humanos 2 Representantes Propietarios Sindicato Art Las comisiones centrales integrarán e instalarán las CAM por Jurisdicción Sanitaria o establecimiento de Atención Médica.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical PRINCIPALES ATRIBUCIONES DE LAS CAMC (Art. 25) :  Sesionar de forma ordinaría el segundo martes de cada mes y, extraordinariamente, cuando así se requiera.  Participar en la formulación del Programa Específico de Capacitación que le corresponda, así como en su difusión.  Recibir y analizar las solicitudes de beca de los trabajadores de base y dictaminar aquellas por un periodo mayor a 30 días y menor a 6 meses.  Informar trimestralmente a la Comisión Central de que dependan, los resultados obtenidos en la ejecución de los programas en su área.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical BECA Concesión de tiempo dictaminada por las Comisiones Mixtas de Capacitación.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical CAPÍTULO VI. DE LOS TIPOS DE BECAS Y AUTORIZACIONES Art Los requisitos para autorización de una beca son: I.Ser trabajador con nombramiento de base definitivo y en servicio activo de la Secretaría. II.Presentar la solicitud ante la Comisión Mixta que corresponda dentro del plazo establecido. III.Presentar constancia de aceptación expedida por la institución donde recibirá el programa de enseñanza, especificando fecha de inicio y conclusión, lugar y horario del curso. IV.Contar con la opinión técnica justificada del evento por el Jefe Inmediato, recabada por la Comisión Mixta correspondiente.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art Las becas que se autoricen a los trabajadores de base de la secretaria serán conforme las siguientes modalidades: I. Con Jornada Especial de Trabajo, sin menoscabo de sus percepciones. II. Con Comisión Oficial. III. Con Licencia sin Goce de Sueldo.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art El sistema de becas de la secretaria comprende los siguientes tipos de becas: I. Beca para el Internado de Pregrado. a. Comisión Oficial b. Licencia sin goce de sueldo. II. Becas para el Servicio Social de Pasantes. a. Comisión Oficial b. Licencia sin goce de sueldo.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical III. Beca para especialidades. a. Licencia sin goce de sueldo. IV. Beca para estudios de posgrado. a. Comisión Oficial. b. Jornada Especial de Trabajo.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical V. Becas para Cursos Postécnicos a. Comisión Oficial. b. Jornada Especial de Trabajo. VI. Para estudios de Licenciatura a. Comisión Oficial. b. Jornada Especial de Trabajo.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical VII. Para estudios de Educación Continua a. Comisión Oficial. b. Jornada Especial de Trabajo.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Consideraciones:  Art Los tipos de beca mencionados podrán otorgarse o autorizarse para que se disfruten en territorio nacional o fuera de este (excepto el referido en el Art. 51, Frac. VI del Reglamento de Capacitación).  Art Para su prorroga las becas mayores de 12 meses, deberán ser ratificadas por el becario a través de la CCMC con 30 días de anticipación.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical  Art De los casos en los cuales la Secretaría podrá revocar y suspender las autorizaciones otorgadas. Si el becario emplea el tiempo ocupando una plaza remunerada en otra área de la Secretaría, otra adscripción, en otra dependencia o empresa privada. Si se comprueba que no existen motivos del otorgamiento de beca. Cuando el becario abandone el evento de capacitación. Si el trabajador presenta documentos o declaraciones falsas.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical  Art De la incorporación de los trabajadores a su puesto y lugar de adscripción: Durante los 3 días siguientes si el evento fue en la ciudad de su adscripción. 7 días si fue en otra entidad federativa del territorio nacional. 15 días siguientes si fue en el extranjero.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Art El trabajador a quien se le autorice una beca a que se refiere este Reglamento, firmará ante la Secretaría carta compromiso, obligándose a: I. Cumplir estrictamente con las disposiciones de este Reglamento. II. Informar trimestralmente a la Comisión correspondiente, marcando copia al ente de su adscripción, de las actividades que desarrolla como becario y comprobar haber sido aprobado al término de sus estudios con la constancia que deberá remitir.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical III. Internos de pregrado, pasantes de servicio social y residentes de especialidades, deberán comprobar ante la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, haber sido aprobados al término del año de estudios. IV. Prestar sus servicios a la Secretaría, al concluir la beca, por el tiempo equivalente al de su duración. De no hacerlo, la Secretaría, procederá al financiamiento de responsabilidades en su contra. V. Difundir los conocimientos adquiridos, en su ámbito y horario laboral.

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Resumen del Reglamento de Capacitación 1.- ¿Quienes conforman una Comisión Auxiliar Mixta de Capacitación? 2.- ¿Cuáles son las principales responsabilidades de un Secretario Técnico? 3.- ¿Qué tipo de becas dictamina la CAMC? 4.- ¿Cuáles son los requisitos para obtener una Beca Tiempo? 5.- ¿Qué trabajadores tienen derecho a una Beca-Tiempo? 6.- ¿Quién autoriza los siguiente periodos de Becas? 1 a 30 días 31 a 180 días 180 días o más

S INDICATO N ACIONAL DE T RABAJADORES LA S ECRETARÍA DE S ALUD Secretaría de Capacitación Política Sindical Servicios de Salud de Veracruz Dirección de Atención Médica Subdirección de Enseñanza, Investigación y Capacitación Departamento de Capacitación Programa Estatal de Becas Avénida Américas N° 426, Col. Dos de Abril C.P Xalapa, Ver. Tel. (228) ext y 3210