RAMON VICENTE NICASTRO MEDIDAS CAUTELARES EN LOS CONCURSOS
RAMON VICENTE NICASTRO INHIBICION GENERAL DE BIENES CONCURSO PREVENTIVO QUIEBRA EMPRESAS CON BIENES DE CAMBIO REGISTRABLES
RAMON VICENTE NICASTRO CONCEPTO DE INHIBICION GENERAL DE BIENES TEORIA RESTRICTIVA: Fassi, Yañes, Botos, Palacios, Alvarado Velloso TEORIA AMPLIA: Serantes Peña y Palma
RAMON VICENTE NICASTRO DEFINICION: Inhibición general de bienes, la limitación que tiene una persona para disponer de algunos o todos los bienes que integran su patrimonio, pero que tiene plena efectividad cuando esos bienes son registrables y solo por un tiempo determinado
RAMON VICENTE NICASTRO CONCURSO PREVENTIVO Artículo 14 – Inciso 7 LCyQ - Ordena al juez que dicta una resolución de apertura de concurso preventivo, a decretar: “La inhibición general para disponer y gravar bienes registrables del deudor y, en su caso, los de los socios ilimitadamente responsables, debiendo ser anotadas en los registros pertinentes”.
RAMON VICENTE NICASTRO SITUACIONES A RESOLVER: A - ¿Qué actividad le corresponde al síndico?. B - ¿Qué bienes están alcanzados cuando el deudor comercializa bienes registrables y considerando que esta inhibición tiene vigencia, por lo menos, hasta el acto de homologación de un acuerdo preventivo, acorde las disposiciones del artículo 59 LCyQ?. C - ¿Es aplicable la disposición legal sobre duración de la registración de esta medida.?
RAMON VICENTE NICASTRO ANOTACION EN REGISTROS RESPONSABILIDAD DEL SINDICO INEFICACIA-SEPARACION ADMINISTRACION DURACION DE LA REGISTRACION: Registro inmobiliario Mendoza: “la inhibición declarada en concurso, dura lo que dura el concurso”
RAMON VICENTE NICASTRO BIENES ALCANZADOS: ACTIVO = APLICACIÓN DE RECURSOS A - EN TRANSFORMACION (*) 1 - De disponibilidad inmediata Caja Bancos 2 - Realizables a corto Plazo: Inversiones Créditos Bienes de Cambio (*) Pablo van Nieuwenhove
RAMON VICENTE NICASTRO B - ESTABLES 1 -Realizables a largo o mediano plazo Bienes de Uso Inversiones
RAMON VICENTE NICASTRO DOCTRINA (*): Actos: de administración: “aquellos que normalmente influirán sobre la composición de los activos en transformación y de los recursos transitorios de terceros” por lo que en un proceso concursal “sólo excepcionalmente autorizarán la variación de los rubros estables del activo (*) Pablo van Nieuwenhove
RAMON VICENTE NICASTRO DOCTRINA (*): “El acto de administración tiende a mantener la integridad del patrimonio, o a aumentarlo por medio de la explotación normal de los bienes que lo componen, mientras que el de disposición implica el egreso anormal de bienes” (*) Belluscio – Zannoni
RAMON VICENTE NICASTRO DOCTRINA (*): Acto de administración: aquel “que tiende, por procedimientos normales, a la conservación y explotación del patrimonio”. Acto de disposición, como el que “introduce una modificación substancial en el patrimonio, ya por que causa el desplazamiento de un valor integrante de la masa ( ) o que reportan algún riesgo para el mantenimiento del capital”. (*) Llambias, Jorge
RAMON VICENTE NICASTRO TRAMITE AUTORIZACION VENTA PEDIDO EXPRESO DEL DEUDOR VISTA AL SINDICO-CONTESTACION COMITÉ DE ACREEDORES RESOLUCION JUDICIAL -DURACION
RAMON VICENTE NICASTRO PROPUESTA: Alternativa N° 1: Ab initio: declarar inhibición Gral. solamente s/bienes de uso. El deudor “dispone” de sus bienes de cambio registrable Control de sindicatura: informes de origen y aplicación de fondos permanente Control del Comité de Acreedores
RAMON VICENTE NICASTRO Alternativa N° 2: Solicitud de autorizacion por cada venta. Audiencia en 48 hs con el síndico y Comité Resolución Judicial en el mismo acto. Informe de sindicatura sobre origen y aplicación de fondos
RAMON VICENTE NICASTRO QUIEBRA: Artículo 88 – Inciso 2 - LCyQ, dispone que: “la sentencia que declare la quiebra debe contener: Orden de anotar la quiebra y la inhibición general de bienes en los registros correspondientes”.
RAMON VICENTE NICASTRO FACULTADES DEL SINDICO: Artículos 185 y 186, (LCyQ), regulan facultades que tiene el síndico en relación a los bienes desapoderados, sobre los cuales “puede realizar los contratos que resulten necesarios” tendientes a la conservación y administración de los mismos o aquellos “tendientes a obtener frutos..... siempre que no importen su disposición total o parcial, ni excedan los plazos previstos en el artículo 205” ( 4 meses desde la fecha de quiebra o desde que ella quede firme)
RAMON VICENTE NICASTRO OBLIGACIONES SINDICATURA: REGISTRAR INHIBICION GRAL BIENES CONTROLAR DURACION REGISTRACION SANCIONES: LEY CONCURSAL – ACCIONES DE RESPONSABILIDAD
RAMON VICENTE NICASTRO CONTINUACION EXPLOTACION: SINDICO COOPERATIVA DE TRABAJO
RAMON VICENTE NICASTRO CONTINUACION EXPLOTACION SINDICO: POR TIEMPO DETERMINADO UNICO FIN: VENTA COMO EMPRESA EN MARCHA PROCEDIMIENTO VENTA BIENES DE CAMBIO REGISTRABLE: ART. 203 Y SSGTES LEY 24522
RAMON VICENTE NICASTRO CONTINUACION - COOPERATIVAS POSIBILIDAD EXTENDER PLAZOS EXPLOTACION REALIDAD SOCIAL – DISPOSICION LEGAL SOLUCION PROPUESTA: IDENTICA QUE PARA CONCURSO PREVENTIVO
RAMON VICENTE NICASTRO FINAL