LA AUTONOMÍA DE GESTIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS: EL PRESUPUESTO DEL CENTRO Una visión desde la perspectiva de la Inspección General de Servicios.

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Transcripción de la presentación:

LA AUTONOMÍA DE GESTIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS: EL PRESUPUESTO DEL CENTRO Una visión desde la perspectiva de la Inspección General de Servicios

Para que exista autonomía de gestión de los centros docentes públicos es condición imprescindible que éstos dispongan de los recursos necesarios para financiar sus proyectos SIN RECURSOS NO HAY PROYECTO SIN COMPETENCIAS PARA ELABORAR EL PRESUPUESTO PROPIO NO HAY AUTONOMÍA POSIBLE

MARCO JURÍDICO La autonomía financiera de los centros docentes públicos viene reconocida por: Constitución española Ley 12/1987, sobre gratuidad de la enseñanza Ley 37/1988, de Presupuestos Generales del Estado para 1988 Ley 47/2003, General Presupuestaria LODE LOGSE LOPEGCD LOCE Otras normas estatales y autonómicas de diverso rango

El R.D. 2723/1998, de 18 de noviembre, define la autonomía en la gestión de los recursos económicos como: “LA UTILIZACIÓN RESPONSABLE POR EL PROPIO CENTRO DE TODOS AQUELLOS RECURSOS NECESARIOS PARA SU FUNCIONAMIENTO DE FORMA QUE PUEDA ALCANZAR SUS OBJETIVOS”

El instrumento característico para la planificación a corto y medio plazo se denomina PRESUPUESTO, y se define como: “LA CUANTIFICACIÓN DEL COMPUTO DE GASTOS A REALIZAR POR UNA EMPRESA O ENTIDAD EN UN PERÍODO DETERMINADO, JUNTO CON LA PREVISIÓN DE INGRESOS QUE ES PRECISO OBTENER PARA LA FINANCIACIÓN DE AQUELLOS”

El presupuesto de los centros docentes públicos es: “LA EXPRESIÓN CIFRADA, CONJUNTA Y SISTEMÁTICA DE LAS OBLIGACIONES QUE COMO MÁXIMO PUEDE RECONOCER EL CENTRO PARA SU FUNCIONAMIENTO, ASÍ COMO DE LOS INGRESOS QUE PREVÉ OBTENER PARA FINANCIAR AQUELLAS”

Los ingresos tendrán un carácter estimativo, Por consiguiente: Los ingresos tendrán un carácter estimativo, mientras que los gastos presentan carácter limitativo

Son principios rectores del Presupuesto los siguientes: EL EQUILIBRIO ENTRE INGRESOS Y GASTOS LA EFICACIA EN LA CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS FIJADOS LA EFICIENCIA EN LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DISPONIBLES

La adopción de decisiones económicas en los centros viene condicionada por: -LA PROPIA DISPONIBILIDAD DE LOS RECURSOS- Y limitada por: LAS DISPOSICIONES COMUNES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS REGULADORAS DE PROCEDIMIENTOS ECONÓMICOS EN EL ÁMBITO DE SUS COMPETENCIAS RESPECTIVAS En consonancia con: EL CARÁCTER DE GASTO PÚBLICO QUE TIENE EL SERVICIO EDUCATIVO PRESTADO POR LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS

FUENTES DE FINANCIACIÓN ESTADO LETRA C CUENTA DE GESTIÓN DEL CENTRO CUENTA DE GESTIÓN DE PAGOS “A JUSTIFICAR” “Otros gastos específicos de funcionamiento” CUENTA DE GESTIÓN DE PAGOS “EN FIRME” “Gastos corrientes de funcionamiento” Recursos provenientes de los Presupuestos Generales del Estado Créditos del MEC y sus Organismos Autónomos. Conceptos distintos del 229: Concepto 226 Concepto 480 Concepto 481 Concepto 630 Etc. Recursos provenientes de los Presupuestos Generales del Estado Créditos del MEC y sus Organismos Autónomos Concepto 229 Recursos provenientes de otras Administraciones Públicas. Otros Ministerios y Organismos Públicos de la A.G.E.(*) Comunidades Autónomas Corporaciones Locales Unión Europea Organismos Internacionales (*) Estos recursos se equiparan a los provenientes de otras AA.PP. a los sólos efectos de estructura funcional de la cuenta de los centros. Financiación de las Administraciones Públicas Legados y donaciones Convenios Prestación de servicios Venta de bienes Uso de instalaciones Intereses bancarios Otros ingresos autorizados Otros Recursos ESTADO LETRA A2 ESTADO LETRA A1 ESTADO LETRA B ESTADO LETRA A

Pagos “en firme”: Pagos “a justificar”: Fondos para los gastos corrientes de funcionamiento librados por el MEC o sus Organismos Autónomos. Se libran todos los años y constituyen la principal fuente de financiación de los centros. Son créditos que permiten incorporar los saldos o remanentes de un ejercicio a otro siguiente. Pagos “a justificar”: Créditos extraordinarios que se libran para atender gastos específicos, con la obligación de gastarlos dentro del ejercicio en que se conceden y el imperativo de justificarlos dentro de los plazos establecidos (3 m. y 6 m.). Los remanentes o saldos no gastados deben ingresarse en el Tesoro Público

Responde a tres clasificaciones de los gastos: ESTRUCTURA DE LOS GASTOS EN LOS P.G.E. Responde a tres clasificaciones de los gastos: ORGÁNICA POR PROGRAMAS ECONÓMICA

Por ejemplo, la expresión numérica: 18.02 CLASIFICACIÓN ORGÁNICA DE LOS GASTOS EN LOS P.G.E. Nos informa de quién gasta, es decir, agrupa los créditos por servicios Se identifica a las secciones y direcciones generales por dos grupos de dos dígitos Por ejemplo, la expresión numérica: 18.02 identifica al Ministerio de Educación y Ciencia (sección 18) y a su Secretaría General Técnica (dígitos 02)

CLASIFICACIÓN POR PROGRAMAS DE GASTO EN LOS P.G.E. Permite la identificación precisa de las metas estatales. Cada Departamento u Organismo Autónomo establece el grupo de objetivos que sirve de marco a su gestión presupuestaria Esta clasificación consta de tres cifras y una letra Por ejemplo, en el MEC está previsto el programa 322F para financiar los gastos de la Educación en el exterior

321M Dirección y Servicios Generales de la Educación PROGRAMAS ECONÓMICOS DEL MEC PARA GASTOS DE CENTROS 321M Dirección y Servicios Generales de la Educación 321N Formación permanente del profesorado de Educación 322A Educación infantil y primaria 322B Educación Secundaria, F.P. y EE.OO.II. 322D Educación especial 322E Enseñanzas artísticas 322F Educación en el exterior 322G Educación compensatoria 322H Educación permanente y a distancia no universitaria 322J Nuevas tecnologías aplicadas a la educación 324M Servicios complementarios-Comedores escolares 466A Investigación y evaluación educativa

Estructura el gasto según la naturaleza económica del mismo CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DE LOS GASTOS EN LOS P.G.E. Estructura el gasto según la naturaleza económica del mismo CAPÍTULO 1: Gastos de Personal CAPÍTULO 2 : Gastos corrientes en Bienes y Servicios CAPÍTULO 3 : Gastos Financieros CAPÍTULO 4 :Transferencias Corrientes CAPÍTULO 5 : Fondo de Contingencia CAPÍTULO 6 : Inversiones Reales CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital CAPÍTULO 8: Activos Financieros CAPÍTULO 9 : Pasivos Financieros

CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DE LOS GASTOS EN LOS P.G.E. II Los capítulos se dividen en artículos (designados con dos cifras), y éstos, a su vez, en conceptos (tres cifras), que están integrados por subconceptos (dos cifras)

De modo que, p.e., en la anotación : 222.00 CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DE LOS GASTOS EN LOS P.G.E. III De modo que, p.e., en la anotación : 222.00 el primer dígito indica el capítulo 2 “gastos en bienes corrientes y servicios”, los dos siguientes el artículo 22 “material, suministros y otros”, los tres primeros el concepto 222 “comunicaciones”, y por último, 00 indica el subconcepto 00 “telefónicas”

El concepto presupuestario 229 “gastos de funcionamiento de centros docentes públicos no universitarios” fue creado específicamente para atender los gastos citados. _______________ (Además, estos recursos tienen la condición singular de “pagos en firme”, por lo que sus remanentes se incorporan de un ejercicio al siguiente)

Créditos más frecuentes de Pagos “a justificar” librados para atender gastos específicos de centros docentes Del capítulo 2 : 226 “Gastos diversos” Del capítulo 4 : 480 “actividades de cooperación e intercambio cultural y educativo”, 481 “para hacer efectiva la gratuidad..”, 487 “servicios complementarios” Del capítulo 6 : 630 “inversión de reposición asociada al funcionamiento de los servicios

En consecuencia, un libramiento identificado con el código siguiente: Nos está informando de que los recursos proceden del Ministerio de Educación y Ciencia, Secretaría General Técnica, pertenecen al programa para atender gastos de la “educación en el exterior” en el concepto de “gastos de funcionamiento de centros docentes públicos no universitarios”

FUENTES DE FINANCIACIÓN ESTADO LETRA C CUENTA DE GESTIÓN DEL CENTRO CUENTA DE GESTIÓN DE PAGOS “A JUSTIFICAR” “Otros gastos específicos de funcionamiento” CUENTA DE GESTIÓN DE PAGOS “EN FIRME” “Gastos corrientes de funcionamiento” Recursos provenientes de los Presupuestos Generales del Estado Créditos del MEC y sus Organismos Autónomos. Conceptos distintos del 229: Concepto 226 Concepto 480 Concepto 481 Concepto 630 Etc. Recursos provenientes de los Presupuestos Generales del Estado Créditos del MEC y sus Organismos Autónomos Concepto 229 Recursos provenientes de otras Administraciones Públicas. Otros Ministerios y Organismos Públicos de la A.G.E.(*) Comunidades Autónomas Corporaciones Locales Unión Europea Organismos Internacionales (*) Estos recursos se equiparan a los provenientes de otras AA.PP. a los sólos efectos de estructura funcional de la cuenta de los centros. Financiación de las Administraciones Públicas Legados y donaciones Convenios Prestación de servicios Venta de bienes Uso de instalaciones Intereses bancarios Otros ingresos autorizados Otros Recursos ESTADO LETRA A2 ESTADO LETRA A1 ESTADO LETRA B ESTADO LETRA A

CICLO PRESUPUESTARIO El ciclo presupuestario de los centros docentes públicos coincidirá con el curso escolar, y su periodo de vigencia alcanza desde el 1 de septiembre de cada año al 31 de agosto del año siguiente.

ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO El proyecto de presupuesto será elaborado por el Equipo Directivo del Centro al inicio de cada curso. Sin perjuicio de las funciones preparatorias atribuidas a los órganos unipersonales de gobierno en los Reglamentos Orgánicos de los centros _________ Los distintos sectores de la comunidad escolar podrán presentar sus propuestas al proyecto de presupuesto anual

APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO POR EL CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO Una vez analizadas las sugerencias formuladas dentro del plazo previsto, el Director presentará el proyecto de presupuesto al Consejo Escolar del Centro para su estudio y aprobación

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO Una vez aprobado el proyecto de presupuesto por el Consejo Escolar del Centro se remitirá un ejemplar a la Dirección Provincial (o Unidad equivalente) para su examen. Transcurrido un mes, de no existir reparos, el presupuesto se entenderá automáticamente aprobado

DOCUMENTOS DEL PRESUPUESTO Estado de ingresos Estado de gastos Cuantificación de los gastos por objetivos Resumen de la cuantificación de los gastos por objetivos

LIMITACIONES A INGRESOS Cualquiera que conculque el principio de gratuidad de la enseñanza (salvo en el exterior) Intereses de cuentas extratipo Los legados que comporten obligaciones si no están autorizados por el Órgano competente de los Servicios Centrales Los procedentes de convenios para el desarrollo de actividades extraescolares con asociaciones y entidades si éstas tiene fines de lucro Cualquier otro ingreso no contemplado en las normas que no cuente con autorización expresa

LIMITACIONES A GASTOS gastos de personal contratos de obras superiores a 30.050,61 € y de suministros,servicios o asistencia técnica de más de 12.020,24 € Gastos de representación (hostelería y otros) Dietas y locomoción para el personal del centro, salvo competencia atribuida. Cualquiera que se aparte de la finalidad del gasto para la que se conceden los créditos

PRESUPUESTACIÓN POR OBJETIVOS Nº 1: Mantenimiento operativo del Centro Nº 2 y Nº 3: Reservados a los Órganos Directivos del Departamento El resto: A disposición del Centro

2005 JMBS Madrid, 16 de diciembre de 2005