La discriminación laboral en la legislación chilena

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Transcripción de la presentación:

La discriminación laboral en la legislación chilena Luis Lizama Portal

La discriminación laboral Es toda distinción, exclusión o preferencia de trato que, ocurrida con motivo u ocasión de una relación de trabajo, se base en un criterio de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política o cualquier otro que se considere injustificado, y que tenga por objeto alterar o anular, la igualdad de trato en el empleo y la ocupación

Las etapas de la discriminación laboral Durante el desarrollo de la relación laboral Fuera de la relación laboral: Discriminación pre-ocupacional Discriminación post-ocupacional

Las formas de discriminación laboral La admisión en el empleo El acceso a los medios de formación profesional y a las condiciones de trabajo

La prohibición de discriminación laboral en la Constitución chilena El artículo 19 Nº16 de la Constitución chilena prohíbe cualquier discriminación que no se funde en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos

Las categorías de modelos antidiscriminatorios Modelo puro de clasificación razonable: artículo 19 Nº2 de la Constitución Modelo puro de clasificación sospechosa: Convenio 111 de la OIT y el artículo 2 del Código del Trabajo Modelo mixto: se incorpora el principio general de prohibición de distinciones arbitrarias y a la vez se elabora una lista de criterios sospechosos

La eficacia horizontal de los derechos fundamentales Los derechos fundamentales no sólo constituyen un límite frente al poder político. Es la posibilidad de que los particulares esgriman, en contra de otros particulares y en el ámbito de sus relaciones privadas, los derechos fundamentales, tales como, el derecho de propiedad, el derecho a no ser discriminado

La eficacia horizontal y la relación laboral La vigencia de los derechos fundamentales en la relación laboral tiene como elemento particular la existencia del vínculo de dependencia o subordinación La potestad jurídica de mando y el deber de obediencia rompen la relación de coordinación propia de los contratos La existencia de dos ciudadanías: dentro y fuera de la empresa

La discriminación laboral y la libertad de trabajo La discriminación laboral afecta la libertad de trabajo, al condicionar ilegítimamente la contratación de determinadas personas, que quedarían marginadas del mercado laboral y obligadas a contratar empleos mal remunerados y de baja demanda El recurso de protección como vía para amparar a la víctima de actos antidiscriminatorios

Discriminación pre-ocupacional En la etapa previa a la celebración del contrato de trabajo las conductas discriminatorias se producirán a través de: La publicación de ofertas de empleo La exigencia de exámenes exigidos a los candidatos a una posición

Las ofertas de empleo La ley Nº20.005, de 18 de marzo de 2005, modificó el artículo 2º del Código del Trabajo prohibiendo expresamente ofertas de empleo, en las cuales se estableciera como requisito para postular a ellas, alguna de las condiciones previstas en la ley La infracción se sanciona con una multa

Las anotaciones en bancos de datos La ley N°19.812, de 13 de junio de 2002, prohibió a los empleadores condicionar la contratación de trabajadores a la ausencia de obligaciones económicas, financieras, bancarias o comerciales, que puedan ser comunicadas por los responsables de registros de registros o bancos de datos

Problemas con la regulación de las ofertas La inclusión de nuevos criterios sospechosos de discriminación, que son la edad y el sexo La ausencia de medios que permitan a la persona objeto de una discriminación arbitraria obtener una compensación pecuniaria por tal circunstancia.

Los exámenes pre-ocupacionales El artículo 194 del Código del Trabajo prohíbe expresamente que los empleadores exijan certificados o exámenes a las postulantes a un empleo o a las trabajadoras para verificar si se encuentran o no en estado de gravidez La sanción es una multa de 14 a 70 U.T.M.

Los exámenes pre-ocupacionales El artículo 67 de la ley Nº16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales permiten a las empresas incluir en su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, “los procedimientos para exámenes médicos o sicotécnicos del personal, sean pre-ocupacionales o posteriores”.

Los exámenes pre-ocupacionales La confidencialidad del resultado del examen le impone un deber de secreto al empleador El consentimiento del examinado, esto es, la voluntad expresa del postulante de someterse a un examen determinado El no uso discriminatorio de los exámenes sino para establecer la capacidad o idoneidad para el cargo del postulante

Discriminación post-ocupacional En el término de la relación laboral también se pueden producir conductas discriminatorias, como por ejemplo, a raíz de la decisión del empleador de despedir a un trabajador pudo haber estado motivada por un criterio no justificado desde la perspectiva de la igualdad de trato.

La discriminación en el despido La ley Nº19.010, de 1990, pretendió vincular el término de la relación laboral a una causa justificada, eliminando la posibilidad de que el trabajador fuese despedido sin expresión de causa mediante la institución del desahucio: La causal de necesidades de la empresa Los contratos temporales

La discriminación en el despido El despido nulo La teoría del wrongful discharge La reforma laboral

Discriminación durante la relación laboral Las conductas discriminatorias se producen, entre otras: Respecto de la ausencia de igualdad de trato en el pago de remuneración por igual función entre hombres y mujeres, y En ciertas medidas compensadoras de la protección de la maternidad

Igualdad de trato en la remuneración Según la Dirección del Trabajo, las mujeres reciben el 75% de las remuneraciones percibidas por los hombres Según el PET, en el nivel ejecutivo el salario femenino sólo representa el 55% de lo que perciben los hombres

Protección del trabajo femenino En nuestra legislación no existen normas protectoras del trabajo femenino en sí y todas las normas particulares y específicas están referidas a la protección de la maternidad Los permisos para el cuidado de los hijos gravemente enfermos para madres y padres El fuero laboral y el subsidio de maternidad para los padres