ORDEN DE 20 DE AGOSTO POR LA QUE SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
ACTIVIDADES A REALIZAR EN UN CENTRO DE EEMM. DURANTE EL CURSO
Advertisements

1 CEP GRANADA Miércoles, 28 de septiembre de 2011 EL DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN, EVALUACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA (FEI): ORIGEN Y FUNCIONES.
LOS ÓRGANOS DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LOS CENTROS
ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS DEL CENTRO ESCOLAR
TEMA 4: ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS DELCENTRO ESCOLAR
NIVELES DE CONCRECIÓN DEL CURRÍCULUM
DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN
CTIF Collado Villalba Febrero 2011
ORDEN de 28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado.
CONTENIDOS Y ELABORACIÓN
ASESORAMIENTO A LOS EQUIPOS DIRECTIVOS
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE EN LOS IES SERVICIO DE INSPECCIÓN
1 FORMACIÓN PROFESIONAL EN MODALIDAD A DISTANCIA ORDEN DE 20 DE JULIO DE 2006 POR LA QUE SE REGULA LA IMPLANTACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA F.P. ESPECÍFICA.
DEL INGRESO AL REGIMEN DE JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA.
EVALUACIÓN EN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
REUNIÓN INFORMATIVA SOBRE LA JORNADA ESCOLAR
JORNADA SEMANAL DE LOS FUNCIONARIOS DOCENTES Orden de 4 de Sept. De (BOJA del 11) Órdenes de 9 de Sep. De de Org. Y Func. De los Centros de.
Proyecto educativo / Proyecto curricular
PLAN DE ATENCION A LA DIVERSIDAD
DEFINICI Ó N: Documento que sirve para concretar la organizaci ó n y el funcionamiento del centro en relaci ó n con la convivencia DEFINICI Ó N: Documento.
¿Qué es un I.E.S.?.
1 SERVICIO PROVINCIAL DE INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN DE SEVILLA PROCESO DE REVISIÓN, APROBACIÓN Y CUSTODIA DE LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS POR PARTE DE LOS.
PROYECTO EDUCATIVO Curso Algunas aclaraciones LOE, 121. No se dice nada de la periodicidad (lo lógico es que sea plurianual). Es un conjunto.
Colegios de infantil y primaria Institutos de educación secundaria andaluces JORNADA Y CALENDARIO ESCOLAR.
LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS
ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
Grupos de Trabajo 2003/2004 CEP Huelva-Isla Cristina Reunión 22-Enero-2004.
Planes para concretar los Modelos Propios de Funcionamiento en los Centros Docentes (LEA) Planes para concretar los Modelos Propios de Funcionamiento en.
EL PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL EN LOS IES
Formación Profesional Básica A. Reja Córdoba, 19 de Junio de 2014.
PROTOCOLO DE SUPERVISIÓN
REUNIÓN INFORMATIVA PROCEDIMIENTO LEGAL PARA EL CAMBIO DE JORNADA LECTIVA/
LA EVALUACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE, LA PROMOCIÓN Y LA TITULACIÓN EN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO)
INTERVENVIÓN PARA LA RESPUESTA EDUCTIVA (art. 6)
ENCUENTRO TITULARES DE COLEGIOS DIOCESANOS 12/06/08.
DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS
MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
LA EDUCACIÓN BÁSICA EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS DE ANDALUCÍA.
Tiene en cuenta la loe dos/2006, 3 mayo y la 17/2007,10 diciembre
2 SERVICIO DE INSPECCIÓN DE SEVILLA.- ORDEN DE 10/08/2007, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN.
ORGANOS DE GOBIERNO EQUIPO DIRECTIVO Competencias
Consejería de Educación. Dirección Provincial de Educación en Soria Dirección Provincial de Educación de Soria Orden EDU/491/2012, de 27 de junio, por.
INTRODUCCIÓN Las últimas leyes educativas expresan una voluntad manifiesta de mejorar la calidad de la educación y de buscar la convergencia con los países.
R EAL DECRETO PROFESORADO. En el Anexo III de este real decreto se establece, para las diferentes áreas de la Educación primaria, el horario escolar que.
ORDEN DE 25 DE JULIO DE 2008 (BOJA 22 AGOSTO 2008)
Departamento de Oriención del CEPA "Giner de los Ríos"
DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR
Aspectos básicos del Proyecto Educativo y Asistencial  Líneas generales de actuación pedagógica y asistencial.  Coordinación y concreción de los contenidos.
Mª Victoria de la Torre Tavira
INSTRUCCIONES DE 24 DE JULIO DE 2013 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA, SOBRE EL TRATAMIENTO DE LA LECTURA PARA EL DESARROLLO.
ELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO
EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y TITULACIÓN NORMAS PARA EL CURSO EN LA E.S.O.
ORDEN de 17 de febrero de 2005 POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS CALENDARIOS ESCOLARES PROVINCIALES EN LA E.S.O. Jesús.
Orden del 10 de agosto de 2007 por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Primaria en Andalucía.
ENSEÑANZAS COMUNES DE LA EDUCACIÓN INFANTIL
Órganos de Gobierno Unipersonales Director/a Jefe de Estudios
Formación en Centros Es una iniciativa incluida en el Proyecto Educativo del Centro  Responde a demandas de un amplio sector del profesorado fruto de.
MYRIAM ARTIGAS ORDEN 25 DE JULIO DE 2008, REGULA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO QUE CURSA LA EDUCACIÓN BÁSICA.
FUNCIONES DEL PROFESOR DE EDUCACIÓN FÍSICA
DACE Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares.
1 REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ORDEN POR LA QUE SE REGULA SU ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.
ESTRATEGIAS Y RECURSOS PARA LA PARTICIPACIÓN. LA PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES EN LA NORMATIVA CANARIA (Sólo citar la normativa, no leer ni exigir su conocimiento)
DOCUMENTOS PROGRAMÁTICOS
1 CAPÍTULO VI (DEL TÍTULO V: “DE LOS CENTROS DOCENTES”) DE LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR DE LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS.
ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA EN EL
ORDEN de 24 de julio de 2006, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Centros Bilingües (BOJA 11.
 La Educación Primaria es una etapa educativa de carácter obligatorio y gratuito. Comprende seis cursos académicos y se organiza en áreas que tendrán.
Modulo proyecto fin de ciclo en la FP
Juan Antonio Zarco Resa IES Salvador Rueda. Málaga Curso Orientación Educativa: Estrategias de trabajo en EOE e IES. CEP Málaga, octubre-noviembre de 2008.
Transcripción de la presentación:

ORDEN DE 20 DE AGOSTO POR LA QUE SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS IES, ASÍ COMO EL HORARIO DE LOS CENTROS, DEL ALUMNADO Y DEL PROFESORADO (BOJA 30-08-2010) 1

DISPOSICIONES GENERALES JCAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Esta Orden, que desarrolla el Reglamento de organización y funcionamiento de los I.E.S., establece aspectos concretos de su funcionamiento, así como el horario de los centros, el de los alumnos y el del profesorado. Su ámbito de aplicación es el de los Institutos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2

PLAN DE CENTRO Y AUTOEVALUACIÓN CAPÍTULO II PLAN DE CENTRO Y AUTOEVALUACIÓN Los centros de nueva creación dispondrán de un curso académico para elaborar y aprobar su PLAN DE CENTRO. El Plan de Centro será público, facilitándose su conocimiento tanto a la comunidad educativa como a la ciudadanía en general. Para ello se dará copia del mismo a las A.P.A.s y a las asociaciones de alumnos, pudiéndose consultar por cualquier persona que lo solicite. El Plan de Centro se colgará en Séneca y en la página web del centro si la tiene. Las actualizaciones y modificaciones del Plan de Centro se realizarán a iniciativa de la dirección y serán aprobadas, en su caso, e incluidas en Séneca antes del día 15 de noviembre. El proceso de autoevaluación se plasmará en una memoria de autoevaluación que se aprobará e incluirá en Séneca antes del día 15 de julio de cada año. 3

PLAN DE CENTRO Y AUTOEVALUACIÓN CAPÍTULO II PLAN DE CENTRO Y AUTOEVALUACIÓN Para la realización del proceso de autoevaluación se utilizarán los indicadores que establezca la AGAEVE así como los que determine el Departamento de Formación Evaluación e Innovación Educativa del centro. En ellos se incluirán aquellos que midan los elementos analizados en la Evaluación General de Diagnóstico. Los plazos para la realización de la medición de los indicadores y para las aportaciones que haga el Claustro serán fijados por el Director, finalizando en todo caso antes del 25 de junio de cada año. La Inspección supervisará y asesorará todo el proceso de autoevaluación. 4

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE CAPÍTULO III ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Su designación, propuesta y nombramiento, cuando proceda, se realizará en el mes de septiembre. La jefatura de estudios realizará un calendario de reuniones de los órganos de coordinación docente a lo largo del curso, sin perjuicio de las reuniones extraordinarias que éstos precisen. Los tutores serán profesores que imparten docencia en su grupo. Para que un profesor de secundaria pueda ser tutor de un grupo del primer ciclo de la ESO se garantizará que el resto de grupos del centro tengan ya tutores. El profesor que imparta docencia en más de un IES será tutor, preferentemente, en el que tenga más horas. 5

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE CAPÍTULO III ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Horas de tutoría en la ESO: 4 horas, de las que 2 son lectivas (1 para actividades con el grupo y 1 para atención personalizada a los alumnos) y las otras 2 en horario de obligada permanencia (1 para actividades administrativas y 1 para atención a los padres en horario de tarde). Horas de tutoría en post-obligatorias: 3 horas en horario de obligada permanencia (1 para atención personalizada a los alumnos y padres, 1 para atención a los padres en horario de tarde y 1 para actividades administrativas). Horas de tutoría en los programas de diversificación curricular: 3 horas en horario de obligada permanencia (1 para tutoría con el grupo y 2 para tutoría del orientador del centro). Horas de tutoría en los programas de cualificación profesional inicial: 3 horas, 1 lectiva y 2 en horario de obligada permanencia. En el primer curso la tutoría será desempeñada, preferentemente, por el profesorado que dé los módulos de formación general. 6

CAPÍTULO IV HORARIOS El Jefe de Estudios, con la colaboración del resto del equipo directivo, elabora los horarios de los alumnos y profesores. El Secretario, con la colaboración del resto del equipo directivo, elabora los horarios del personal de administración y servicios. El Director aprueba los horarios. El Horario general del Instituto comprende: El horario en que permanecerá abierto el centro, fuera del horario lectivo, a disposición de la comunidad educativa. El horario lectivo de cada grupo de alumnos. El horario en que estará a disposición de los alumnos cada servicio complementario, actividad e instalaciones del centro. Horario lectivo de los alumnos: Se tendrá en cuenta el Decreto que regula el calendario y jornada escolar. El horario lectivo para cada nivel educativo es el señalado en la normativa. Se establecerán las medidas de atención a los alumnos que solamente tengan parte del horario lectivo. En todo caso podrán salir del centro si cuentan con autorización de sus padres cuando sean menores. 7

CAPÍTULO IV HORARIOS Horario del profesorado: La jornada semanal será de 35 horas de lunes a viernes, lo que implica la asistencia diaria al centro. De las 35 horas semanales, 30 son de obligada permanencia. De las 30 de obligada permanencia un mínimo de 25 serán de horario regular con una parte lectiva y otra no lectiva. - Las horas lectivas tendrán un mínimo de 18 horas y un máximo de 21 horas. (clases; tutorías lectivas; refuerzos; actividades complementarias programadas; funciones directivas; coordinación de planes). - Las horas no lectivas (Reuniones de órganos de coordinación docente; tutoría no lectiva; cumplimentación de documentación; programación de actividades; guardias; seguimiento de las medidas de atención a la diversidad; biblioteca etc) - Las horas de horario irregular (Asistencia a órganos colegiados de gobierno; evaluaciones; asistencia a actividades complementarias programadas; activida- des de perfeccionamiento etc.) - Horas de no obligada permanencia en el centro (Preparación de clases; activida- des de perfeccionamiento; atención a la función docente) 8

CAPÍTULO IV HORARIOS Los profesores con reducción de jornada por cualquier circunstancia (guarda legal, actividades sindicales etc.), deberán tener un número de horas de permanencia proporcional al de horas lectivas. Los mayores de 55 años tendrán una reducción de 2 horas lectivas, pero siguen con las 30 horas de permanencia. Reducción horaria del equipo directivo: Hasta 19 unidades……………………….. 24 horas De 20 a 29 unidades……………………. 36 horas De 30 a 39 unidades……………………. 48 horas 40 o más unidades………………………. 55 horas Además se añadirán cuando proceda: Por cada Jefe de Estudios adjunto 6 horas (uno tendrá 10 horas cuando el IES tenga autorizadas enseñanzas de régimen general por la tarde) Para el Jefe de Estudios de adultos 10 horas. 9

CAPÍTULO IV HORARIOS Horario de reducción de los órganos de coordinación docente: El proyecto educativo recogerá los criterios pedagógicos para determinar la asig-nación de las horas de reducción. * IES que tengan solamente ESO……………………… 39 horas * IES que tengas ESO y Bachillerato…………………. 48 horas * IES que tengan ESO, Bachillerato y FP……….…… 51 horas De estas horas un mínimo de 2 se asignarán al Jefe del Departamento de Formación evaluación e innovación educativa y a los responsables de las Áreas de competencias. Profesores que comparten centros: Sus horarios se harán de acuerdo entre ambos Jefes de Estudio. El horario de permanencia en cada centro será proporcional al número de horas lectivas que tenga en ellos. Se agrupará en jornadas completas en cada IES o, si no es posible, en mañanas/tardes. Quedarán exentos de realizar guardias de recreo. 10

CAPÍTULO V OTRAS DISPOSICIONES Competencias de los maestros de PT: La docencia directa del alumnado que lo precise. La realización, junto con el Departamento de Orientación, de las adaptaciones curriculares significativas. Elaboración y adaptación del material didáctico. La tutoría del alumnado con necesidades educativas específicas. La coordinación con los profesionales de orientación y de atención educativa complementaria. La atención al alumnado de integración se realizará preferentemente en su aula. Los profesores podrán tener destino en más de un centro. Obligaciones de los profesores de guardia: * Velar por el normal desarrollo de las actividades docentes. Velar por el normal desarrollo de los recreos. Atender a los alumnos cuyo profesorado esté ausente. Anotar en el parte las incidencias, así como las ausencias y retrasos de los profesores. Auxiliar a los alumnos que sufran algún accidente. Atender la Biblioteca en caso de ausencia del profesor encargado de ello. Atender el Aula de Convivencia según determine el plan de convivencia del centro. 11

CAPÍTULO V OTRAS DISPOSICIONES Criterios para la asignación de enseñanzas: * Se procurará el acuerdo de los miembros de cada Departamento en la atribución de enseñanzas a sus miembros, respetando la asignación de tutorías y las directri- ces del equipo directivo. * Caso de no alcanzar el acuerdo el Director asignará las enseñanzas oído el Jefe del Departamento. * Para que el profesorado de enseñanza secundaria pueda dar clase en el primer ci- clo de la ESO deberá garantizarse que la totalidad de las enseñanzas de su materia en el resto de las enseñanzas está cubierto. * El Director designará al profesorado que imparta más de una materia al mismo gru- po de alumnos (en el caso que se opte por agrupar en ámbitos las materias de 1º y 2º de la ESO). * El Director designará al profesorado responsable de la aplicación de las medidas de atención a la diversidad. * El Director designará al profesorado que impartirá las materias optativas. La designación de enseñanzas se llevará a cabo antes del día 8 de septiembre. 12

ADICIONALES, TRANSITORIA, DEROGATORIA Y FINALES Adicional primera: En los IES de nueva creación, hasta que no tengan elaborado el Plan de Centro, los órganos de coordinación docente serán nombrados por un año con arreglo al Decre- to 327/2010 de 13 de julio. Adicional segunda: Las secciones de los IES contarán con un Jefe de Estudios delegado, y si tienen 4 o más unidades un Secretario delegado. Contarán ambos con 6 y con 3 horas de re- ducción respectivamente. El Claustro de la sección formulará propuestas al equipo directivo del IES para la ela- boración del Plan de Centro. El profesorado de la sección podrá incorporarse al claustro del IES cuando: * Cuando hagan propuestas para la elaboración o modificación del Plan de Centro. * Cuando se aprueben y evalúen los aspectos educativos del Plan de Centro. * Cuando se aprueben las programaciones didácticas. * Cuando se conozcan las candidaturas a la dirección y sus proyectos. * Cuando se designen los representantes del profesorado en la comisión de selec- ción de los candidatos a la dirección. El profesorado de la sección quedará integrado en los Departamentos del IES. 13

ADICIONALES, TRANSITORIA, DEROGATORIA Y FINALES Adicional tercera: El Director convocará sesión extraordinaria del Claustro antes del 31 de octubre para la presentación del Decreto y de la Orden, así como para iniciar los trabajos de elabo- ración del Plan de Centro. Transitoria única: Los Proyectos de Centro de los IES actuales seguirán vigentes hasta que no se aprue- ben los nuevos Planes de Centro, salvo en aquello que se oponga tanto al Decreto co- mo a la Orden. Derogatoria única: Queda derogado el artículo 2 de la Orden de 5 de septiembre de 2006 (ampliación de las horas de función directiva), así como la normativa de igual o inferior rango que se oponga a lo previsto en esta Orden. Final primera: La Inspección velará por el cumplimiento de la Orden y asesorará sobre la misma. Final segunda: La presente Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación. 14