Curso básico de capacitación Cooperativa Instituto de Promoción, Cooperativa y Mutualidades de Entre Ríos Gualeguaychú 255 - Paraná - Entre Ríos 3100 Tel.:

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EMPLEADOS Y PENSIONADOS DE INRAVISIÓN "CAJA ACOTV"
Advertisements

Marco Jurídico: Organizaciones sin fines de lucro en Costa Rica
ESTATUTOS Compra & Calla.
ESTATUTOS DE SNACK VG, S. COOP.. CAPITULO I: DENOMINACIÓN, DOMICILIO, ACTIVIDADES Y DURACIÓN Artículo 1. Denominación y régimen legal Con la denominación.
FUNCIONAMIENTO INTERNO
¿De donde nacen los fondos de empleados?
ESTATUTO CAJAS DE CRÉDITO COOPERATIVAS
ASOCIACIONES MUTUALES
Conducción de Cooperativas y Mutuales Conducción de Cooperativas y Mutuales.
ASAMBLEA GENERAL: Máximo órgano de administración de la cooperativa y sus decisiones son obligatorias para todos los asociados . OBJETIVO: Señalar políticas.
2. CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES
CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS
CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
CONSTITUCION DE SOCIEDADES
 es una sociedad mercantil en la que el capital social está dividido en cuotas sociales de distinto o igual valor representada por títulos y en la.
Plan de Asistencia a Clubes PLAN DE ASISTENCIA A CLUBES.
PARTICIPACION Y CONTROL SOCIAL
ORGANIZACION DEL NOTARIADO
DERECHO PARLAMENTARIO
Organización Interna de las Empresas
Ejercer el Derecho voz y un solo voto, en todas las reuniones de asambleas que celebra la Cooperativa. Hacer uso de los servicios y gozar de los beneficios.
La Cooperativa Integrantes: Andrés Betin Rodríguez Jorge Osorio Romero
GOBIERNO ESCOLAR.
 La razón social se forma con el nombre de uno o más socios.  La denominación se forma libremente, pero debe ser distinta a la de cualquiera sociedad.
CONSEJO DE VIGILANCIA Y SINDICATURA
Esta cooperativa se crea dentro del marco del proyecto educativo Empresa Joven Europea con una finalidad eminentemente didáctica que permitirá a sus integrantes:
¿CÓMO SE ORGANIZA UNA COOPERATIVA?
SIMBOLOS DEL COOPERATIVISMO
FUNCIONES DEL GOBIERNO ESCOLAR
QUÉ DEBEN SER Y QUÉ DEBERÍAN HACER LAS JUNTAS O COMITÉS DE VIGILANCIA EN LAS COOPERATIVAS Por Junta Nacional de Vigilancia Coomeva Colombia.
COMITÉ DE AUDITORÍA INTERNA – RELACIÓN EFICAZ
ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO
Ministerio Secretaria General de Gobierno.
Balance Social y Responsabilidad Social Empresarial Diferencias y puntos de encuentro.
XVI Asamblea Anual de ASSAL Factibilidad de establecer ASSAL como persona jurídica en Chile.
Sociedades cooperativas
LA EMPRESA Y LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES ABG. JIMY ALONZO DÍAZ CHÁVEZ Derecho Empresarial.
FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES VENEZOLANAS DE ORIENTADORES.
Las obligaciones de los socios trabajadores. 1.Los socios trabajadores están obligados a cumplir los deberes legales y estatutarios. 2.En especial, los.
Superintendencia de la Economía Solidaria Ministerio de Hacienda y crédito República de Colombia.
No son comerciantes Los que ejercen una profesión liberal.
SEMINARIO DE ASSAL Factibilidad de establecer ASSAL como persona jurídica en Chile.
Derechos y obligaciones de los asociados
Comités de Vigilancia como Garantes de la Rendición de Cuentas y Transparencia ante la Asamblea de Asociados Joel Froylan Salas Navarro Caja Popular Mexicana.
FUNDAMENTOS LEGALES DE LA FUNCION FISCALIZADORA.
Accionistas Definición
ACTUALIZACION DEL MODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO - MECI
Asamblea de socios de Educación por un Mundo Igualitario y Sostenible (75 socios/as mayo 2009) Junta Directiva Sede Albacete Sede Santiago Atitlán (Guatemala)
1.5. Estructura de la asociación. La Asamblea General El Consejo Directivo Otros órganos.
LA LIBERTAD SINDICAL Dr
Manual de funciones y líneas de acción estratégicas de los Consejos de Vigilancia. Marcelino Báez XV Conferencia Regional ACI-Américas Santo Domingo,
INSTITUCION EDUCATIVA JORGE ELIECER GAITAN
ESPECIALIZACION EN EDUCACION, EMPRENDIMIENTO Y ECONOMIA SOLIDARIA LEY 79 DE 1988 Mgs: WILLIAM GERARDO PEÑARANDA ANTUNEZ.
FUSION Y ESCISION Ley art. 82 al 88
ORGANO DE GOBIERNO SOCIEDAD ANONIMA
Clase Derecho de Sociedades - Tipos
CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS
1-Identificación social Domicilio: Avenida de las Regueras, 25 Código postal: La Felguera Objeto Social: intercambio de productos Nº de socios:
PERMANENCIA EN EL SERVICIO Y EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO LABORAL
Ley de asociaciones. Lic. Gabriel Zelaya López  Marco Jurídico  Ley
Contabilidad Financiera V
ART.3.-Ambito Territorial. El ámbito territorial en el que se va a operar la empresa viene determinado por el programa IKASENPRESA. ART.4.-Actividad Económica.
Es una búsqueda teórica y practica de formas alternativas de hacer economía basada en la solidaridad y trabajo. Es una respuesta real y actual a los mas.
Administración DE COOPERATIVAS. Inspección DE PERSONAS Jurídicas Y REGISTRO Público DE COMERCIO DIRECCIÓN: Obligado Nº 130 Resistencia – Chaco ENCARGADO.
LA ADMINISTRACION DE LA COOPERATIVA. Administración / representación Administración (ámbito Interno) Representación (ámbito Externo) Consejo de administración.
 Es una asociación de trabajadores constituida para la defensa y promoción de intereses profesionales, económicos o sociales de sus miembros.
EMPRESAS Y MINERÍA Taller Empresa, Órganos Directivos
24 de junio de m
LA FISCALIZACION PRIVADA LA SINDICATURA. SINDICATURA Órgano permanente y esencial. Desempeñado por uno o varios asociado. Elegido/s por la asamblea. Competencias.
Transcripción de la presentación:

Curso básico de capacitación Cooperativa Instituto de Promoción, Cooperativa y Mutualidades de Entre Ríos Gualeguaychú Paraná - Entre Ríos 3100 Tel.: +54 (0343) /

¿Qué es una Cooperativa? Es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes Es una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada. La Ley Nacional regula las Cooperativas en nuestro país

¿Qué actividades podemos encarar? Cooperativa de Trabajo Trabajar en nuestro oficio formando una Cooperativa de Trabajo Cooperativa de Consumo Comprar calidad y precio justo, formando una Cooperativa de Consumo Cooperativa de Vivienda Tener nuestra casa propia con una Cooperativa de Vivienda Cooperativa de Provision de agua potable Proveernos de agua potable con una Cooperativa de Provision de agua potable Cooperativa electrica Tener electricidad u otros servicios públicos, formando una Cooperativa electrica, etc. Cooperativa Cultural Realizar actividades culturales, formando una Cooperativa Cultural Cooperativa Agrícola Ganadera Lograr mejores precios en la agricultura o ganadería, formando una Cooperativa Agrícola Ganadera Todas las actividades que tengan por fialidad la obtención de bienes o servicios destinados a satisfacer necesidades

¿Qué ventajas tiene integrar una Cooperativa? Podemos, en conjunto, encarar una actividad que nos resultaría my difícil, sino imposible, hacer individualmente. Adquirir bienes a precios más bajos, porque se evita la intermediación Podemos comercializar nuestros productos a precios más justos. Podemos acceder a créditos blandos a bajísimo interés. La Cooperativa está excenta de impuestos provinciales y de algunos nacionales. Al final de cada ejercicio económico se distribuyen entre los asociados los excedentes obtenidos. En definitiva, se logra mejorar el nivel de vida de sus asociados y el beneficio en la zona en las que están funcionando.

CARACTERÍSTICAS DE LA COOPERATIVA

ORGANOS DE LA COOPERATIVA

El Consejo de Administración ● Es el encargado de administrar la Cooperativa, lo elige la Asamblea. ● Está compuesto por asociados cuyo número establece el Estatuto Social y llevan el nombre de Consejeros. ● Ejerce la representación de la Cooperativa. ● Tiene a sy cargo la dirección de las operaciones sociales dentro de los límites que fije el Estatuto. ● Debe reunirse al menos una vez al mes y cuando lo requieran sus miembros Las resoluciones del Consejo de Administración son válidas habiendo estado presentes en la reunión más de la mitad de los Consejeros. El trabajo personal realizado por los Consejeros en cumplimiento de la actividad institucional puede ser retribuido previa resolución de la Asamblea

La Asamblea Es la reunión de los asociados que deliberan, expresan su opinión y toman decisiones en referencia a los puntos incluidos en el orden del día. Aja.. ¿y qué clases de Asambleas existen? Constitutiva Ordinaria Extraordinaria

 La Asamblea Constitutiva es la que da inicio a la Cooperativa y en la que se encuentran presentes los socios fundadores.  Las Asambleas Ordinarias deben realizarse dentro de los cuatro meses posteriores a la fecha de cierre del ejercicio económico. El orden del día consiste en: -Memoria -Balance General -Informe del Síndico -Informe del Auditor -Elección de Consejeros y Síndicos (cuando correspondiere) -Demás asuntos que se decidan incluir  Las Asambleas Extraordinarias tienen lugar cuando: lo disponga el Consejo de Administración la convoque el Síndico, en caso de ser necesario lo solicite el 10% de los asociados, por lo menos.

La Sindicatura ATRIBUCIONES: Fiscalizar (controlar) la administración de la Cooperativa Examinar los libros y la documentación Convocar a Asamblea Extraordinaria Convocar a Asamblea Ordinaria cuando omitiera hacerlo el Consejo de Administración Informar a la Asamblea sobre la documentación presentada por el Consejo de Administración Designar consejeros en caso de Acefalía Hacer que el Consejo de Administración cumpla con la ley, el Estatuto, el Reglamento y las decisiones de la Asamblea Tiene la función de velar por los intereses de los asociados y facilitar el ejercicio de sus derechos

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS

Derechos DE CONTENIDO PATRIMONIAL Al uso del servicio Excedentes. Es la diferencia entre el precio y el costo del servicio. Reembolso de cuotas sociales en caso de liquidación o retiro, previa deducción por deudas. DE CONTENIDO POLÍTICO A votar. Permite al asociado participar en el gobierno de la cooperativa. A ser elegido para los cargos. De información: del libro registro de asociados o a través de la sindicatura pedir constancia de los demás libros. En la Asamblea Ordinaria sobre toda la gestión desarrollada en el ejercicio que se somete a aprobación. De petición: de adoptar medidas, iniciativas o efectuar sugerencias para el mejor funcionamiento de la entidad. De impugnación: de las decisiones contrarias a la ley o estatuto: vía interna o judicial.

Deberes 1. Aporte: Debe integrar la cuota social suscripta. De lo contrario: –debe resarcir daños y perjuicios e intereses –queda suspendido en el goce de sus derechos sociales o caducidad en caso de que el estatuto lo establezca. 2. Abonar los servicios que utiliza. 3. Responsabilidad por quebrantos 4. Cumplir las obligaciones contraídas con la Cooperativa: –Ej.: entregar la producción, prestar su actividad, etc. Su incumplimiento da lugar a sanciones disciplinarias. 5. Sometimiento al derecho cooperativo: –Acatar las normas emanadas de la Ley, Estatuto, decisiones asamblearias, del Consejo de Administración y del Reglamento.

Disolución y liquidación Las Cooperativas pueden disolverse por diferentes causas Una vez disuelta se procede a la liquidación de la entidad, salvo que se fusione o incorpore a otra El sobrante patrimonial se destina al Estado provincial para promoción del Cooperativismo Una vez liquidada la entidad se procede a la cancelación de la matrícula