PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EL MATRIMONIO “La Sociedad del hombre y de la mujer, que se unen a efecto de perpetuar la especie; para ayudarse, mediante mutuos auxilios, a sobrellevar.
Advertisements

La conceptualización tradicional.
LA UNION DE HECHO Es una institución social, por la que un hombre y una mujer, con absoluta libertad de estado, se unen maridablemente, sin estar casados.
CONTRATO DE TRABAJO.
CONTRATO DE TRABAJO.
Gestión de Registro de Contribuyentes
TESIS III: DERECHO PRIVADO
Sociedad Mercantil o Comercial
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
Capacidad jurídica Recopilado y adaptado por JAIRO DELGADO CARREÑO.
JUAN JOSE ROSERO M. Abg. Jacqueline Cabanilla
Raquel Rivera Núñez. Derecho Romano. AM 5.
PERSONA FÍSICA Y JURÍDICA
Adopción La palabra adopción tiene su origen en el latín “adoptio ”, se entiende por adopción o filiación adoptiva al acto jurídico mediante el cual.
De las personas Naturales y Jurídicas
DERECHO CIVIL PERSONAS II YADIRA ACOSTA GIL
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
UNIDAD XI LA RELACIÓN JURÍDICA..
CONTRATO DE TRABAJO TITA ARANGUIZ ZUÑIGA. PROFESORA FACULTAD DE DERECHO. UNIVERSIDAD DE CHILE.
INTRODUCCIÓN AL DERECHO DERECHO DE LAS PERSONAS
NACIONALIDAD.
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
Clasificación de Empresas y Personas
Jalapa 35 Interior 2, Col. Roma Sur, Delegación Cuauhtémoc, 06760, México D.F. Tel
“Efectos económicos del matrimonio en el Código Civil y Comercial de la Nación. ********************************** Convenciones matrimoniales. Régimen.
“EL REGISTRO DE ESTADO CIVIL Y LA ACTIVIDAD JURISDICCIONAL”
Conjunto ordenado, sistematizado y unitario de normas de derecho privado. Regulan las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, sean privadas.
ADOPCIÓN LECCIONES 6 y 7.
PERSONAS FISICAS Y MORALES PERSONALIDAD Y SUS ATRIBUTOS
1 Participación en Negocios Conjuntos: RT 14 - Ley de Sociedades art. 367 a 383 : CARACTERISTICAS : Las agrupaciones de sociedades no tienen personería.
AGENTES DE SOCIALIZACIÓN
SUJETOS DEL DERECHO CIVIL
TIPOS DE CONTRATOS REMUNERACION.
PERSONA.
Declaracion de Muerte presunta
Sprek III Marisol Arias IEI/Fackspråk
TEMA 2 LA PERSONA FÍSICA.
ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS
LECCION IV DE LAS PERSONAS: tiene una connotación especial, cuyo alcance es necesario precisar, pues sobre ella descansa toda relación jurídica, como.
LA IMPORTANCIA DEL NOMBRE
Interpretación de normas de interacción social
COLEGIO DE LOS SS.CC PROVIDENCIA SECTOR: HISTORIA, GGEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES NIVEL: IVº E. MEDIA (Plan común) UNIDAD TEMÁTICA: EL ESTADO DE DERECHO.
EL CONCEPTO DE PERSONA JURIDICA
Introducción al Estudio del Derecho JUR1000
PERSONA FÍSICA Y JURÍDICA
UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DE PUERTO RICO RECINTO DE FAJARDO DEPTO EDUCACION Y CS. SOCIALES PROFA. ARLENE PARRILLA.
CIVIL PERSONAS 1 FACULTAD DE DERECHO Y GOBERNABILIDAD TRABAJO FINAL 3ER TRIMESTRE DEL 2012 AUTOR: MA. FERNANDA LLANOS VIERA PROF.: ABG. JACQUELINE CABANILLA.
PPT 1: DERECHO EMPRESARIAL INTRODUCCION AL DERECHO
Sociedad anónima. Fundamentos de TA(3).
Formalización de una Empresa
A Ese Arte De Amar…… Que Llaman Enseñar. 1.REFLEXIÓN. 2. VERIFICACIÓN DE ASISTENCIA 3.LECTURA DEL ACTA ANTERIOR 4.TEMA: PRIMERA UNIDAD: NOCIONES ELEMENTALES.
REGLAS RELATIVAS AL HIJO POSTUMO (ART. 243)
LICDA. VERÓNICA FIGUEROA
LAS SOCIEDADES COMERCIALES
Luis E. Trujillo. 1.Es todo ser humano o individuo que Nace y obtiene la capacidad legal en la sociedad si importar edad, sexo o religión (Sócrates).
Tema 4 El comerciante.
LEY APLICABLE.
Tipo de Persona La persona.
NOTA: Para cambiar la imagen de esta dispositiva, seleccione la imagen y elimínela. A continuación haga clic en el icono Imágenes en el marcador de posición.
CONTITUCION POLITICA DE COLOMBIA
JEAN JACQUES ROUSSEAU.
Atributos de las Personas Físicas
DISTINCION DE LAS PERSONAS
No Jurídico Simple Jurídico Legítimo Difuso o Colectivo
SUJETOS DEL DERECHO PRIVADO. Persona: Concepto, Categorías. Persona y sujeto de derechos. Persona individual. Concepto. Principio de su existencia. Persona.
DIPLOMADO GESTION ADUANERA Profesor Eugenio Maggio EXPORTACION I.
Personas Naturales José A. Díaz L..
LAS PERSONAS NATURALES Y LAS PERSONAS JURÍDICAS
APUNTES DE LEGISLACIÓN COMERCIAL I
Transcripción de la presentación:

PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL Según nuestro Código Civil la Persona Natural es "todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición ". La existencia Legal de la persona natural comienza al nacer y termina con la muerte. PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL PERSONA NATURAL Que haya nacimiento. Es decir ,que la criatura sobreviva al parto. · Que el niño sea separado completamente de su madre. Es decir ,que su cuerpo salga íntegramente del vientre de su madre. · Que la criatura haya sobrevivido de la separación un momento siquiera. · Estos requisitos se tornan significativos en muchas instancias legales como los relativos a la herencia. Requisitos para la Existencia Legal Requisitos para la Existencia Legal Requisitos para la Existencia Legal

1.- NOMBRE 2.- DOMICILIO 3.- ESTADO CIVIL 4.- CAPACIDAD JURIDICA ATRIBUTOS DE PERSONALIDAD (EN LA PERSONA NATURAL ) Atributo de personalidad es la cualidad que poseen los seres y que los diferencian de los demás siendo esenciales e inherentes a cada persona. Sin ellos, la vida del hombre sería confusa. Los atributos de Personalidad de las Personas Físicas o Naturales son: 1.- NOMBRE 2.- DOMICILIO 3.- ESTADO CIVIL 4.- CAPACIDAD JURIDICA 5.- PATRIMONIO 6.- NACIONALIDAD

El Sobrenombre El Pseudónimo El Apodo EL NOMBRE NOMBRE PROPIO NOMBRE PATRONÍMICO O DE FAMILIA (APELLIDO) El Sobrenombre El Pseudónimo El Apodo

2. DOMICILIO Es el lugar de permanencia del individuo. Es de carácter libre y ayuda a completar la identificación de la persona. Existen tres tipos de Domicilio: El voluntario, b) el convencional que lo fijan las personas para determinadas obligaciones y c) el domicilio Legal el cual es determinado por la ley o una persona para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de obligaciones. La Residencia es el lugar de hecho donde una persona habitualmente vive, en tanto que la Habitación es el lugar donde el individuo tiene asiento ocasional y transitorio.

3. CAPACIDAD JURÍDICA Es la actitud que tienen las personas para ser sujetos pasivos o activos de relaciones jurídicas. Esta capacidad puede ser: De Goce , la cual surge en el momento del nacimiento y está indisolublemente ligada a la personalidad y b) la capacidad de Ejercicio la cual la poseen las personas aptas con discernimiento para actuar por sí mismas, ejerciendo sus derechos y obligaciones como también administrar sus bienes.

4. ESTADO CIVIL Situación particular de las personas en relación con la institución del matrimonio ( soltero, casada, viuda etc ) y con el parentesco ( padre, madre, hijo, hermano, abuelo etc ).

5. NACIONALIDAD Es la situación o vínculo de carácter jurídico, que tiene la persona con el Estado, pudiendo ser nacional o extranjero. La nacionalidad puede ser originaria o adquirida. La nacionalidad puede perderse cuando se cometen delitos contra la dignidad de la patria o por cancelación de la carta de nacionalización entre otras.

6. PATRIMONIO Es el conjunto de derechos y obligaciones que son susceptibles de valorarse económicamente.

Persona Jurídica La persona legalmente hablando es todo ser capaz de tener y contraer derechos y obligaciones. Cuando un grupo de individuos se unen con el fin de lograr un objetivo en común, dispuestos a cumplir obligaciones y ejercer derechos, se habla de PERSONA JURIDICA O MORAL, un ente ficticio creado por la ley. Existen dos tipos de personas jurídicas: Personas Jurídicas de Derecho Público : aquellas que representan a la autoridad en sus funciones administrativas (el Estado, las Municipalidades etc.) 2. Personas Jurídicas de Derecho Privado : aquellas que dependen de la iniciativa particular, siendo de dos tipos: a) las que persiguen fines de lucro llamadas Sociedades civiles y comerciales. b) las que no persiguen ganancias, a saber las Corporaciones y las Fundaciones.

FIN DE LA EXISTENCIA LEGAL DE LA PERSONA: LA MUERTE: REAL o BIOLOGICA LEGAL o PRESUNTA

La muerte real. Es la cesación de los fenómenos de la vida, y como tal extingue, desde luego, la personalidad jurídica del individuo humano. Al extinguirse la personalidad, los derechos y obligaciones del difunto quedan privados de titular hasta la aceptación de la herencia por los herederos. Ningún movimiento voluntario observado durante una hora. Apnea luego de tres minutos de desconexión del ventilador. Ausencia de reflejos tronco encefálicos. 1º Estar en coma y sin ventilación espontánea. 2º No presentar reflejos de decorticación, ni descerebración ni convulsiones. 3º No presentar reflejos fotomotores, corneales, oculovestibulares, faríngeos ni traqueales. 4º No presentar movimientos respiratorios espontáneos durante la realización del test de apnea efectuado conforme a la metódica que determina el Ministerio de Salud.

La muerte presunta Esta presunción de fallecimiento se basa en la ausencia de un individuo del lugar de su domicilio, concepto que lleva implícito una falta de noticias de aquél y supone, asimismo, la ruptura de ese individuo con el medio social al cual pertenece o perteneció, de suerte que no se puede asegurar si vive o si ha fallecido. Se parte de dos hechos conocidos, que constituyen la base de la presunción, tales hechos son: a) El desaparecimiento o ausencia, y b) La falta de noticias del desaparecido.