LAS SOCIEDADES COMERCIALES

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
LA SOCIEDAD MERCANTIL Es una agrupación de personas, que organizadas mediante un contrato, en una de las formas establecidas en la ley, dotada de personalidad.
Advertisements

La conceptualización tradicional.
Sociedades Mercantiles más usadas en Venezuela
SOCIEDADES MERCANTILES
Sociedad Colectiva “Es la sociedad que existe bajo una razón social, y en la cual todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente.
LINO – SANDY & ASOCIADOS A B O G A D O S
SOCIEDADES COMERCIALES
Facultad Regional Multidisciplinaria
Sociedad Mercantil o Comercial
LAS EMPRESAS Y LAS SOCIEDADES
CONTRATOS ASOCIATIVOS
Primera sesión: Derecho Societario.
DERECHO MERCANTIL GUATEMALTECO
Sociedad colectiva Sociedad mercantil en la que todos los socios, en nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar de las obligaciones.
“ACTIVIDAD PROFESIONAL EN LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES”
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
BARBARA PORTUGAL GUZMAN
COMO CREAR UNA EMPRESA Juan José Acevedo Gabriel González Diego Maecha
SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS (S.A.S)
Sociedad En Comandita Por Acciones (S.C.A)
Sociedades Mercantiles
Clasificación de Las Sociedades
EMPRESA UNIPERSONAL CINDY PACHECO ALVAREZ ALEJANDRA RIOS RODRIGUEZ
SOCIEDADES MERCANTILES
Sociedades Mercantiles
INSTITUTO DE CAPACITACIÓN JURÍDICA
REQUISITOS DE CONSTITUCION DE UNA S O C I E D A D ANONIMA
SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA S.A.S.
Instituto Nacional de Soyapango
Sociedad anónima Capital social Títulos Acciones Sociedad mercantil
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
Formación de empresas en Chile
E.P.E.T. N° 1 MARCO JURÍDICO 2005 INTEGRANTES: TTTTorres Matías DDDDueñas Emiliano GGGGonzález Antonio.
Danielle Gallamini Valeria Garrido Tomás Chang Alessandra Chumaceiro
SOCIEDADES MERCANTILES
LEY GENERAL DE SOCIEDADES COMERCIALES Y EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Norma General Sobre Registro Nacional de Contribuyentes e Implementación.
Sociedad simple.
SOCIEDADES DE PERSONAS
DERECHO EMPRESARIAL PROFESOR DEL CURSO: CÉSAR A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ; PhD.
SOCIEDADES LEY
Sprek III Marisol Arias IEI/Fackspråk
LA QUIEBRA (PROCESOS CONCURSALES) Artículos Código de Comercio
TEMA 1 LA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL TÁCHIRA
No son comerciantes Los que ejercen una profesión liberal.
Sociedades Mercantiles
Lina Arias Erika castro Nathaly Murillo Jean Carlos Ruiz
Empresa Familiar: Dirección y Gestión
R. Javier Gonzáles Concepción
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.
Derecho de las Sociedades
 La personas naturales tienen existencia real y visible. Son reconocidas como sujetos de derecho, lo cual les permite ejercer derechos y asumir obligaciones,
SOCIEDAD COMANDITARIA SIMPLE
Las sociedades mercantiles
Formalización de una Empresa
EMPRESAS.
TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización.
Sociedad de Responsabilidad Limitada comercial
CONSTITUCION DE SOCIEDADES
SOCIEDAD EN COMANDITA (S.C)
UNIVERSIDAD SANTO TOMAS V U A D
CONTRATOS ASOCIATIVOS
Clase Derecho de Sociedades - Tipos
SOCIEDAD DE COMANDITA SIMPLE
PERSONAS JURÍDICAS Libro I- Sección I Tít. I: De las Personas Jurídicas Art Personas de existencia ideal y personas jurídicas- ¿sinónimos? (art.
Tema 3: El empresario mercantil.
Formas de Organización Jurídica. Sociedad Definición (artículo Código Civil)
El contrato de sociedad y la sociedad civil ( ).Naturaleza contractual.(1665 y 1254 CC). Art CC.CONSTITUCIÓN FONDO COMÚN: propia e impropia.OBTENCIÓN.
INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS JURÍDICAS TEMA: SOCIEDADES COMERCIALES CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL Inspección General de Personas Jurídicas. Departamento de.
Transcripción de la presentación:

LAS SOCIEDADES COMERCIALES Tema 9 LAS SOCIEDADES COMERCIALES

Concepto "Sociedad cuando varias personas se juntan para llevar a cabo una empresa de la cual todas van a soportar riesgos y gozar del provecho El Código Mercantil venezolano define las sociedades indicando que es un "contrato por el cual dos o más personas convienen en contribuir cada una con la propiedad o el uso de las cosas, o con su propia industria, a la realización de un fin económico común

Concepto El Código de Comercio argentino define a la Sociedad en los siguientes términos: "La compañía; o Sociedad Mercantil es un contrato por el cual 2 o más personas se unen, poniendo en común sus bienes e industria, o alguna de estas cosas para practicar actos de comercio con ánimo de partir el lucro que pueda resultar".

Concepto Nuestro Código de Comercio en su artículo 125 dice: "por el contrato de sociedad comercial dos o más personas se obligan a efectuar aportes para aplicarlos al logro del fin común y repartirse entre si los beneficios o soportar las pérdidas".

Elementos del concepto a) Reunión de dos o más personas, AFECTIO SOCIETATIS, de los romanos mediante un contrato. b) Aportes para el logro del fin común. c) Repartición de los beneficios obtenidos; y d) Compartir las pérdidas que pudieran resultar.

Naturaleza jurídica de las sociedades comerciales Es un ente, que permite reunir capitales para la realización de emprendimientos económicos, creando un patrimonio separado del de sus miembros, al que la ley reconoce facultad suficiente de adquirir derechos y contraer obligaciones.

Personalidad jurídica El Contrato social le da “vida” a la persona, que según Carlos Villegas, es más que una persona un sujeto de derechos.

Diferencias entre Soc. Comercial y Soc. Civil Desde el punto de vista formal, las que se constituyen con arreglo a una de las formas establecidas en el código de comercio, son sociedades comerciales, las civiles no adoptan ninguna de estas formas. Desde el punto de vista del criterio objetivo, las que realicen actos de comercio (Art. 6), son comerciales el resto no.

Diferencias entre Soc. Comercial y Soc. Civil Por su publicidad y registro- Las sociedades civiles no requieren publicidad las comerciales si. Por su carácter formal intrínseco.- Las sociedades civiles pueden formarse mediante doc. Privado, las comerciales no. Por su control público.- Las sociedades civiles no están obligadas a llevar libros, las comerciales si.

Diferencias entre Soc. Comercial y Soc. Civil Por su responsabilidad.- En las civiles, la responsabilidad de los socios es ilimitada y mancomunada, con prestación divisible, en las comerciales, es ilimitada y solidaria (Soc. Colectivas) o limitada al límite del aporte realizada por los socios (S.R.L., S.A.)

Diferencias entre Soc. Comercial y Soc. Civil Por su disolución, las civiles se extinguen por la muerte, interdicción o insolvencia de cualquiera de sus socios, las mercantiles no. Por su prórroga, las comerciales deben realizarse con documento y formalidades de constitución, (Art. 379 c.com.), las civiles, se da solo por consentimiento expreso o tácito de sus socios.

De Diferencias entre Soc. Comercial y Soc. Civil pendientes Por su procedimiento en caso de insolvencia, El las civiles, las insolvencia se resuelve con un concurso de acreedores, en las comerciales por suspensión de pagos o la quiebra. Por su procedimiento de liquidación.- En las civiles se aplican las reglas de división de la herencia, en las comerciales una reglamentación propia (Art. 384 c.com.)

Clasificación de S. Comerc. S. Regulares e irregulares S. por cuotas y por acciones S. constituidas con responsabilidad limitada e ilimitada

Tipos de S. Comerciales Sociedad Colectiva Sociedad en comandita simple Sociedad con comandita por acciones Sociedad de responsabilidad Limitada Sociedad Anónima Asociación accidental o de cuentas en participación

El contrato social El Contrato social se constituye el marco jurídico que normará las relaciones entre socios de una sociedad comercial, al mismo tiempo del tipo de sociedad que se cree, dependerá las particulares relaciones jurídica que venga a tener la sociedad para con los terceros que contraten con ella, dependerán además las obligaciones de la sociedad con los órganos administrativos del estado.

Características del contrato social Es Solemne Es Consensual Es Oneroso Es Conmutativo Es Aleatorio De Tracto Sucesivo o ejecución continuada

Requisitos del contrato social Artículo 127 c.com. Requisitos personales Socios (Nombre nacionalidad y domicilio Sociedad Razón Social o denominación y domicilio Requisitos de cumplimiento o reales Capital Aportes reservas

Corredor Requisitos del contrato social es Requisitos funcionales: Objeto, duración, obligaciones de los socios Distribución de utilidades y pérdidas Sistemas de administración y nombramiento de administrador Casos de disolución, sistemas de liquidación y nombramiento de liquidador Funcionamiento de sus órganos Compromiso arbitral

varios Estipulaciones nulas Art. 141 c.com. Publicidad (Art. 132) Sociedades irregulares o de hecho (Art 134,135 y 136) Sociedades Atípicas (137) Objeto y actividad ilícitas (139 y 140)

Capital Social Es el fondo común susceptible de avaluación económica que se forma con las aportaciones, debe fijarse en moneda nacional Las aportaciones son la contribución de los socios para el capital social consiste en bienes, valores o servicios determinados.

Capital Social Reservas, Determinadas sumas de valores patrimoniales o activos, excluidos de la distribución, que representan un aumento del patrimonio social y aseguran una mayor solvencia económica, parte del patrimonio de la sociedad que no integra el capital pero que no ha de ser distribuida entre los socios.

Trámite de constitución de sociedades Instrumento de constitución Publicidad (el instrumento de constitución se publica una sola vez en un periódico de circulación nacional Documentos adicionales (NIT, balance inicial o de apertura con factura del profesional y registro al colegio de contadores, testimonio de la escritura pública del contrato de constitución social y ejemplar de la publicación.

Trámite de constitución de sociedades Solicitud de inscripción en FUDAEMPRESA Resolución administrativa de aprobación y otorgamiento de matrícula Extensión de la matricula.

Casos especiales Sociedad entre esposos (Art. 144) Menores de edad (145) Participación en otras sociedades (146, 147)