DERECHO URBANÍSTICO Y JURISPRUDENCIA REGISTRAL

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Prescripción Adquisitiva
Advertisements

REGLAS ESPECIALES DE CALIFICACIÓN Mariella Aldana Vocal
ASPECTOS REGISTRALES DE LA DECLARATORIA DE FÁBRICA
INDEPENDIZACIÓN Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común (I parte) Elmer Jaimes Jaimes.
PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA
Fredy Luis Silva Villajuán
Titulo de Crédito Hipotecario Negociable
LAS GARANTIAS REALES Y SU PROBLEMÁTICA REGISTRAL
PROCEDIMIENTO REGISTRAL
“EL REGISTRO DE ESTADO CIVIL Y LA ACTIVIDAD JURISDICCIONAL”
Derechos registrales.
Interrelación Registro Catastro
ASPECTOS REGISTRALES DE LA DECLARATORIA DE FÁBRICA
ASPECTOS REGISTRALES DE LA DECLARATORIA DE FÁBRICA
Ing. María Reyes Amenero Consultora de la Secretaría Técnica del SNCP
SANEAMIENTO CATASTRAL REGISTRAL
RÉGIMEN DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y PROPIEDAD COMÚN
C ALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS QUE NO REÚNEN LA FORMALIDAD PARA SU INSCRIPCIÓN Dra. Andrea Gotuzzo Vásquez.
PRECEDENTES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA APROBADOS POR EL TRIBUNAL REGISTRAL GLORIA AMPARO SALVATIERRA VALDIVIA Vocal del Tribunal Registral.
INDEPENDIZACIÓN Régimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común (II parte) Elmer Jaimes Jaimes.
Diplomado de Derecho Inmobiliario
ASPECTOS REGISTRALES DE LA DECLARATORIA DE FÁBRICA
LA CADUCIDAD DE LA HIPOTECA
UNIDAD V CODIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LEY N° 3559 ACTO ADMINISTRATIVO.
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA NOTARIAL, TITULOS SUPLETORIOS Y RECTIFICACIÓN DE AREAS, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS Fernando Tarazona Alvarado Notario de.
REGULARIZACION DE EDIFICACIONES
Fredy Luis Silva Villajuán
Jurisdicción, nomenclatura y numeración
SANEAMIENTO DEL PREDIO GUNTHER GONZALES BARRÓN
Independización y acumulación de predios
EL PRINCIPIO DE TRACTO SUCESIVO
REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO MOBILIARIO DE CONTRATOS Y SU VINCULACIÓN CON LOS REGISTROS JURÍDICOS DE BIENES.
SANEAMIENTO CATASTRAL Y REGISTRAL
La inexactitud registral y su rectificación
Rosario del Carmen Guerra Macedo Vocal del Tribunal Registral EL CÓDIGO ÚNICO CATASTRAL INSCRIPCIÓN REGISTRAL.
LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA NOTARIAL
PROCEDIMIENTO REGISTRAL - INSTANCIAS
Fredy Luis Silva Villajuán
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA Diplomado en Derecho Registral, Predial e Inmobiliario “LOS DERECHOS REALES EN EL REGISTRO DE PREDIOS” Marleny Karina Llajaruna.
ROSARIO GUERRA MACEDO VOCAL DEL TRIBUNAL REGISTRAL.
EL REGISTRO DE MANDATOS Y PODERES
RONDAS CAMPESINAS y ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE
ACTOS INSCRIBIBLES EN FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD RURAL Abogado Oswaldo Rojas Alvarado Profesor de la UPSJB 1.
Mónica Pardo Esquerre Abogada
“LOS PRINCIPIOS REGISTRALES: LEGITIMACIÓN Y RECTIFICACIÓN DE ASIENTOS” Luis Alberto Aliaga Huaripata Vocal del Tribunal Registral - SUNARP.
Prescripción adquisitiva de dominio y título supletorio (Aspectos Registrales) Dr. Elmer Arnaldo Jaimes Jaimes.
DIPLOMADO EN DERECHO REGISTRAL - CLASE 7
RECTIFICACIÓN DE ÁREAS, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS
PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN SEGUNDA INSTANCIA MIRTHA RIVERA BEDREGAL.
INDEPENDIZACIÓN DE PREDIOS Martha del Carmen Silva Díaz
JORGE LUIS GONZALES LOLI NOTARIO DE LIMA
Calificación Registral: Marco y Procedimiento Marco y Procedimiento Ivan Casiano Lossio.
CONSTITUCION DE SOCIEDADES
1 1.
Jorge Luis Gonzales Notario de Lima. Representación de las P. Jurídicas. a). Naturaleza jurídica. Teoría del mandato: los miembros de los órganos son.
PROYECTO DEL REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS Elena Rosa Vásquez Torres Vocal del Tribunal Registral.
REGULARIZACIÓN DE INMUEBLES (Parte final)
NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONCESIÓN MINERA
PUBLICIDAD REGISTRAL Esbén Luna Escalante
Anotaciones Preventivas
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Y TÍTULOS SUPLETORIOS
Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas no societarias BALANCE Mariella Aldana Vocal.
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
D I P L O M A D O Docente: GILMER MARRUFO AGUILAR
JORGE LUIS GONZALES LOLI NOTARIO DE LIMA
COLEGIO DE NOTARIOS PÚBLICOS DE NUEVO LEÓN, A.C.
¿QUÉ ES EL RÉGIMEN DE BUENOS CONTRIBUYENTES? El Régimen de Buenos Contribuyentes (En adelante Régimen), fue creado para los contribuyentes y/o responsables.
TÍTULOS DEL BANCO CENTRAL TBC
Resolución DGI Nº 890/012 Montevideo, 22 de mayo de 2012 VISTO: el artículo 68 literal E) del Código Tributario. RESULTANDO: I) que la Administración.
PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERÚ. Sistema de Contratación Pública ENTIDADES OSCE POSTORES.
Transcripción de la presentación:

DERECHO URBANÍSTICO Y JURISPRUDENCIA REGISTRAL JORGE LUIS GONZALES LOLI Notario de Lima

Precedente: XCIII Pleno CALIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS “En la calificación de actos administrativos, el Registrador verificará la competencia del funcionario, la formalidad de la decisión administrativa, el carácter inscribible del acto o derecho y la adecuación del título con los antecedentes registrales. No podrá evaluar los fundamentos de hecho o de derecho que ha tenido la Administración para emitir el acto administrativo y la regularidad interna del procedimiento administrativo en el cual se ha dictado”.

Antecedente en la jurisprudencia registral: antes de la Ley 29090 La zonificación no constituye un acto inscribible La zonificación a la que está sujeta un predio, no constituye un acto inscribible en el Registro, por tratarse de una limitación al uso del suelo que es aprobada mediante ordenanza municipal, bastando para ser conocida por todos, la publicación de la norma correspondiente, es decir, la publicidad legal. Res. Nº 670-2006-SUNARP-TR-L

Anotación preventiva de documentos previos El Certificado de Zonificación y Vías y los certificados de Factibilidad de Servicios se anotarán preventivamente a solicitud del propietario, en el rubro b) de la partida registral del predio, en forma previa a la inscripción de la habilitación urbana y siempre que se encuentren vigentes. El plazo de vigencia del asiento será el del certificado. Art. 31A del RIRP

Jurisprudencia Registral Tema de Sumilla : INFORME EMITIDO POR EL ÁREA DE CATASTRO "El informe del Área de Catastro es vinculante para el Registrador en lo referente a los aspectos técnicos, siendo función del Registrador el pronunciarse sobre los aspectos jurídicos que sean consecuencia de este informe emitido." HABILITACIÓN URBANA "Las licencias de las habilitaciones urbanas reguladas por la Ley 29090, tienen como fecha de inicio de su vigencia, la del ingreso del expediente a la municipalidad respectiva. Vencido dicho plazo y al no haber sido renovada, no procede inscribir la licencia por cuanto el asiento de anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana caduca de pleno derecho al vencimiento del plazo de vigencia de la citada licencia”. Resolución Nº 077-2013-SUNARP-TR-L del 16/1/2013.

JURISPRUDENCIA Tema: Naturaleza de un predio Resolución Nº 230-2013-SUNARP-TR-L del 8/2/2013 DETERMINACION DE LA NATURALEZA URBANA DE UN PREDIO: Cuando del Certificado de Zonificación se desprenda que el predio (que forma parte de una Parcelación Semirústica) se encuentra dentro de zona urbana y en la partida consta registrada la recepción de obras de habilitación, debe concluirse que la condición del predio es urbana y no rústica.

JURISPRUDENCIA Tema: Naturaleza de un predio Resolución Nº 353-2010-SUNARP-TR-L del 12/3/2010 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA NOTARIAL. La constancia de Zonificación emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de una Municipalidad Distrital constituye documento idóneo para acreditar que el predio materia de prescripción adquisitiva se encuentra ubicado en zona urbana.

JURISPRUDENCIA Tema: Naturaleza de un predio Resolución Nº 085-2010-SUNARP-TR-L del 15/1/2010 FUNCIÓN DEL VERIFICADOR El verificador responsable de la declaración de fábrica al amparo de la Ley 27157, no tiene facultad para determinar la zonificación del predio declarado, salvo en el supuesto previsto en la última parte del literal f) del artículo 25 del Reglamento de la referida Ley. Dicha zonificación, debe estar acorde con el Certificado de Parámetros Urbanísticos cuando éste se hubiese expedido.

JURISPRUDENCIA Tema: Cancelación de carga Resolución Nº 1769-2011-SUNARP-TR-L del 16/9/2011 CANCELACIÓN DE CARGA REFERIDA A UN CAMBIO DE ZONIFICACIÓN No procede la cancelación por caducidad de la carga referida a un Cambio de Zonificación impuesta por una entidad municipal.

JURISPRUDENCIA Tema: Acto no inscribible Resolución Nº 1539-2009-SUNARP-TR-L del 14/10/2009 VÍAS. La condición de área reservada para vías respecto de un bien, no es un acto inscribible en el Registro. El certificado de zonificación y vías puede anotarse preventivamente.

JURISPRUDENCIA Tema: La reserva de vías como limitación en el derecho de propiedad. Resolución Nº 327-2006-SUNARP-TR-L del 31/5/2006 Reserva de área para vías: La condición de área reservada para vías respecto de un bien inscrito a favor de la Municipalidad, es un acto inscribible en el Registro por tratarse de una limitación a la propiedad, siendo título suficiente para ello el Certificado de Zonificación y Vías en el que se determine el bien y se precise la limitación.

JURISPRUDENCIA Tema: Limitaciones en el derecho de propiedad Resolución Nº 246-2005-SUNARP-TR-L del 29/4/2005 LIMITACIONES AL DERECHO DE PROPIEDAD. Los principales límites al ejercicio del derecho de propiedad están vinculados a la propiedad predial. Según el artículo 957 del Código Civil, la propiedad predial queda sujeta a la zonificación, a los procesos de habilitación y subdivisión y a los requisitos y limitaciones que establecen las disposiciones respectivas.

Jurisprudencia registral Intervención de copropietarios en habilitación urbana “Siendo que la aprobación de la habilitación urbana importa la modificación de la apariencia física de un inmueble, se requiere la intervención de todos los copropietarios conforme al inciso 1 del artículo 971 del Código Civil que exige unanimidad para introducir modificaciones en el bien común. No se requiere la intervención de todos los copropietarios de un predio cuando los copropietarios no intervinientes adquirieron sus cuotas alícuotas referidas a un área específica de la habilitación urbana no inscrita”. Resolución Nº 787-2010-SUNARP-TR-L.

Acuerdo: XCIII PLENO INSCRIPCIÓN DE TRANSFERENCIA DE DOMINIO DE LOTES EN URBANIZACIONES POPULARES “Es procedente la inscripción de manera definitiva de la independización, adjudicación y posteriores actos de disposición de un lote que forma parte de una urbanización popular que cuenta con aprobación de habilitación urbana conforme a lo previsto por el literal b) del artículo 9 del derogado reglamento de la Ley 26878”. Criterio adoptado en las Resoluciones Nº 337-2007-SUNARP-TR-L del 29.05.2007, Nº 104-2009-SUNARP-TR-L del 23.01.2009 y Nº 851-2012-SUNARP-TR-L del 07.06.2012.

Jurisprudencia Registral CONVERSIÓN DE INDEPENDIZACIÓN PROVISIONAL A DEFINITIVA "Para la conversión de una independización provisional a una definitiva, resulta necesaria la inscripción de la recepción de obras de la habilitación urbana que integra el lote independizado.“ Resoluciones Nº 092-2013-SUNARP-TR-L del 18.01.2013.

Regularización de habilitaciones urbanas ejecutadas: ampliación de plazo DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA de la Ley 29898. Regularización de habilitaciones urbanas y de edificaciones ejecutadas entre julio de 1999 y setiembre de 2008 Las habilitaciones urbanas ejecutadas con anterioridad a la vigencia de la Ley 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones, y las edificaciones que hayan sido ejecutadas sin licencia o que no tengan conformidad de obra después de julio de 1999 hasta el 27 de setiembre de 2008, podrán ser regularizadas dentro del plazo que vence el 31 de diciembre de 2013, conforme al procedimiento que establece el reglamento de la Ley 29090, modificada por la presente Ley.

Jurisprudencia registral Inaplicación del silencio administrativo positivo a una habilitación urbana de oficio “A las habilitaciones urbanas de oficio a que se refiere el artículo 24 de la Ley 29090, por tratarse de una declaración de la administración que nace de oficio y no como consecuencia de una solicitud de parte, no le es de aplicación el silencio administrativo positivo”. Resolución Nº 174-2010-SUNARP-TR-A

Jurisprudencia Registral Res 310-2010-L LIMITACIONES AL DERECHO DE PROPIEDAD “ Cuando en el anticipo de legítima se ha establecido limitaciones al derecho de propiedad y éstas no se hubieran registrado junto con la transferencia de dominio, corresponde su inscripción, vía rectificación. La muerte es un hecho cierto, por lo que restringir la facultad de disposición a este hecho importa que la restricción no es absoluta sino temporal y por consiguiente no contraviene el artículo 882 del Código Civil.”

Jurisprudencia Registral RESTRICCIONES O LIMITACIONES DE LOS ATRIBUTOS DEL DERECHO DE PROPIEDAD Pueden pactarse restricciones o limitaciones convencionales a las facultades de uso y disfrute del derecho de propiedad, siempre que no impliquen violación de normas legales imperativas o de orden público, constituyendo actos inscribibles de conformidad con el Art. 926° y el numeral 5 del Art. 2019° del Código Civil. RES. 497-2006-L

Jurisprudencia Registral RESTRICCIONES O LIMITACIONES LEGALES Las restricciones o limitaciones legales a que se refiere el artículo 925 del Código Civil, no constituyen acto inscribible. R.402-2006-L

Jurisprudencia Registral RESTRICCIONES EN LAS FACULTADES DEL TITULAR REGISTRAL De acuerdo con el numeral 5 del artículo 2019 del Código Civil son inscribibles en el Registro del departamento o provincia donde esté ubicado cada inmueble, las restricciones en las facultades del titular del derecho inscrito. Dicha norma además resulta compatible con el artículo 926 del mismo Código, que señala que las restricciones de la propiedad establecidas por pacto, deben inscribirse en el registro respectivo para que surtan efecto respecto a terceros. R.952-2008-L

Jurisprudencia Registral LIMITACIÓN DE LOS ATRIBUTOS DEL DERECHO DE PROPIEDAD. Las restricciones convencionales de la propiedad establecidas por pacto no pueden comprender los atributos de enajenación o gravamen del bien, salvo que la Ley lo permita, conforme con lo previsto por el artículo 882 del Código Civil, pues existe un interés superior de que los bienes circulen libremente en el mercado. Por consiguiente dichas cláusulas, en tanto, contravienen norma imperativa, per se no surten efecto jurídico alguno, como tal, deben considerarse como no puestas. Res 086-2009-A

FIN DE LA POLÉMICA: XCIV PLENO

Jurisprudencia Registral