Jaime Deschamps Ley de telecomunicaciones y políticas 1995-2011.

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Transcripción de la presentación:

Jaime Deschamps Ley de telecomunicaciones y políticas

 En el Programa de Modernización de Telecomunicaciones de 1990 se propuso la modernización de los mecanismos de regulación; incentivos para una mayor participación de la inversión privada; fomento a la competencia; restructuración de las tarifas; un régimen fiscal para mejorar la calidad de los servicios; alcance de los niveles competitivos internacionales; ampliación de los servicios en el medio rural y urbano y finalmente aumentar la investigación y el desarrollo tecnológico.  Como parte del Plan Nacional de Desarrollo , quedó establecido que el Gobierno mexicano dejaría de prestar el servicio público de telefonía, por lo que decidió desincorporar a Teléfonos de México, S.A. de la administración pública y traspasar totalmente dicho servicio a la iniciativa privada. Política Pública

 El gobierno decidió transformar a Telmex de una empresa privada con participación estatal a una empresa controlada por el Estado, con el 51% de las acciones, y el resto en manos de inversionistas privados.  Hacia finales de los años ochentas, Telmex tenía unos seis millones de solicitudes pendientes de atender y apenas instalaba unas 200 mil líneas por año.  A ese ritmo de crecimiento, un solicitante podía tardar hasta 12 años en llegar a tener un teléfono ESCENARIO PRE-1995

 Había una guerra constante entre la empresa y el sindicato en las renegociaciones de los contratos colectivos de trabajo.  El verdadero poder del monopolio no residía en el Estado, sino en el sindicato de telefonistas, que gozaba de una fuerza desmedida en el manejo de Telmex.  La única forma de conseguir una línea o que te repararan una falla en el servicio era corromper alguna camioneta de Telmex que circulaba por las calles ESCENARIO PRE-1995

 Telmex ganaba dinero a borbotones en la larga distancia nacional e internacional, y perdía cualquier cantidad en el servicio local.  El gobierno extraía cada vez más recursos por medio de impuestos especiales. ESCENARIO PRE-1995

 El tema de la privatización de Telmex aparece cuando Salinas se convierte en el candidato del PRI.  Se llegó al convencimiento de que la única forma de resolver el problema de Telmex era privatizarla.  En esa época, durante los ochentas, ocurrían grandes cambios en materia de telecomunicaciones, fundamentalmente en Inglaterra y Estados Unidos. Privatización de Telmex

 Inglaterra privatizó el monopolio de British Telecom gracias a la Telecommunications Act de  AT&T se vio obligado, por comportamiento anticompetitivo, a dividirse en 7 pequeños operadores posteriormente conocidos como “Baby Bells”. Privatización de Telmex

 En el gabinete de Salinas no había pleno consenso de cómo privatizar Telmex.  El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Andrés Caso Lombardo, no estaba de acuerdo con la privatización.  Salinas nombró a Pedro Aspe como presidente del Consejo de Telmex. Aspe cambió al Director General y nombró a Alfredo Baranda.  Se tuvo que renovar el título de concesión de Telmex, eliminar el régimen fiscal especial de la empresa y renegociar el contrato colectivo. Privatización de Telmex

 Se transformó la estructura accionaria de la empresa, de tal forma que se crearon dos grandes paquetes accionarios:  Uno de suscripción libre con voto limitado que podría ser adquirido por cualquier inversionista; este paquete consistió en las famosas acciones "L", que permitieron una amplísima participación de capital extranjero y que ascendieron al 49% del capital total de la empresa.  El segundo paquete accionario, con derecho a voto, creó el grupo de control que estaría en manos de inversionistas mexicanos a los que se les permitiría asociarse con empresas telefónicas extranjeras capaces de introducir mejores prácticas operativas a Telmex Privatización de Telmex

 A pesar de que no se cambió la Ley de Vías Generales de Comunicación, se logró convencer a todos los inversionistas que la concesión era un título con suficiente fuerza jurídica para poder llevar a cabo la privatización y producir un rendimiento económico atractivo. Privatización de Telmex

 Hubo un par de decisiones claves que marcaron el desarrollo del sector hasta ahora:  una fue privatizar la empresa como "un todo" y no en "en partes";  La segunda fue la necesidad de otorgarle a Telmex un período de monopolio en la larga distancia (6 años) para ajustar los desbalances tarifarios antes de abrir el mercado a la competencia. Privatización de Telmex

 El problema para partir a Telmex en varias compañías regionales era que, debido a las bajas tarifas del servicio local, ninguna de las ellas hubiera sido rentable.  Se consideró que el ajuste tarifario que se debía hacer era demasiado fuerte y, por lo tanto, políticamente inviable. Privatización de Telmex ¿Por qué se creó un National Champion?

 La posibilidad de reorganizar a Telmex en diversas compañías regionales enfrentaba además otros problemas:  Telmex no llevaba una contabilidad separada entre servicio local y el de larga distancia.  Problemas Sindicales. Privatización de Telmex ¿Por qué se creó un National Champion?

 Uno de los grandes temores que tenía el equipo de Carlos Salinas, era que, quien ganara esta licitación, vendiera la empresa a Televisa.  No se quería que estuvieran en el mismo grupo, y con sobrada razón. Por eso la concesión de Telmex impide su participación en la televisión. Privatización de Telmex

 El negocio de la larga distancia era extraordinariamente rentable, pero el servicio local perdía mucho dinero. Sin tarifas que lo hicieran rentable, nunca habría sido posible abrir la competencia en servicio local.  Una de las condiciones clave del título de concesión era precisamente el establecimiento de un modelo tarifario que le permitiera a Telmex rebalancear las tarifas elevando las de servicio local y bajando las de larga distancia.  Si entraba la competencia en larga distancia disminuyendo la rentabilidad de esa parte del sistema, Telmex tendría la posibilidad de elevar las tarifas del servicio local para enfrentar la competencia.  El sistema tarifario que se adoptó en la concesión fue el de los precios tope o "price caps".  El título contemplaba la obligación de crecer el número de líneas a una tasa del 12 % anual, a cambio de un rendimiento del 15% en términos reales, considerando los precios topes. TELMEX COMO MONOPOLIO

 El esquema de privatización generó el interés de un buen grupo de empresas. Fue un proceso público manejado por Goldman Sachs y Banco Internacional, S.N.C.  Las acciones del gobierno representaban algo menos del 21% del capital total, pero el 51% de las acciones con derecho a voto.  Se formaron tres consorcios que hicieron la oferta final. Uno lo conformaba un grupo de mexicanos encabezados por Slim con France Telecom y la Southwestern Bell Corporation (SBC). El otro consorcio estaba liderado por Roberto Hernández, acompañado por Telefónica de España y GTE. Hubo además una tercera postura, pero de mucho menor cuantía. Privatización de Telmex

 El gobierno federal quería vender caras sus acciones "L", mientras Slim quería que no se revaluaran, porque deseaba seguir aumentando su participación accionaria.  Terminó con la colocación pública de las acciones "L”. Periodo Post Privatización

 Después del llamado "error de diciembre” Zedillo nombró como SCT a Carlos Ruiz Sacristán.  Debía seguir adelante con la apertura a la competencia y cumplir los plazos establecidos en la concesión de Telmex.  Esto le iba a dar credibilidad al proceso frente al gobierno americano que había hecho un gran préstamo para rescatar a la economía mexicana Periodo Post Privatización

 No había forma de regular a los nuevos competidores.  El reto era sacar adelante una nueva Ley de Telecomunicaciones que permitiera la competencia.  Se pretendía dar certidumbre a los inversionistas, quienes, a pesar de la crisis económica, habían manifestado su interés de participar en la apertura. Periodo Post Privatización

 El rebalanceo de tarifas realizado durante el sexenio de Salinas se había perdido por el "error de diciembre", que mandó la paridad de 3 a 7 pesos por dólar.  Había que rebalancear nuevamente las tarifas del servicio local para poder abrir la competencia. Periodo Post Privatización

 Se establecieron mecanismos de interconexión muy favorables a Telmex para que pudiera preservar el ingreso de la larga distancia internacional.  De no haberlo hecho, se corría el riesgo de que la empresa empezara a perder dinero. Periodo Post Privatización

 El nuevo marco jurídico de las telecomunicaciones permitirá dar un gran impulso a este sector. Se promoverá un aumento significativo en la cobertura y la calidad de servicios importantes, tales como telefonía básica, radiocomunicación pública y privada, servicios de valor agregado, transmisión de datos, y funcionamiento de redes privadas. PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

 Consolidar el nuevo marco regulatorio derivado de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para que el servicio telefónico opere en un ámbito de competencia efectiva.  Impulsar la incorporación de nuevas tecnologías que permitan elevar la calidad; diversificar los servicios; procurar que los precios reflejen los costos y aprovechar adecuadamente la capacidad instalada.  Promover la inversión de los particulares en la creación de infraestructura telefónica, en condiciones de competencia, tanto a nivel local como de larga distancia.  Incentivar la evolución de la red telefónica, para convertirla en columna vertebral de las carreteras de la información en el país.  Constituir un órgano desconcentrado de la SCT, con autonomía técnica y operativa, que se encargue de regular y promover el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones del país. OBJETIVOS 2000

 Se abren todos los sectores del ramo a la competencia  Se establece que los procesos para otorgar concesiones, se realizarán mediante un concurso público transparente.  Se fijan como objetivos a alcanzar la teledensidad, un aumento en la cobertura social, una sana competencia entre los diversos concesionarios, el bienestar de los usuarios finales, y calidad en los servicios de telecomunicaciones.  Se dispone la creación de un organismo regulador con autonomía técnica y operativa, y con las facultades necesarias para regular y promover el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones: la Comisión Federal de Telecomunicaciones Con fecha 7 de junio de 1995 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Telecomunicaciones:

 La Ley permitió abrir la competencia tanto en larga distancia como en el servicio local. Se presentaron muchas empresas a solicitar concesiones y se disparó la construcción de infraestructura. Se revivieron sectores como la televisión por cable y el trunking.  La Ley permitió asignar espectro de manera transparente, mediante licitaciones públicas. Esto fue la base para que en años posteriores se acelerara el crecimiento de la telefonía celular. LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

 En ella se plasmó el marco regulatorio de las telecomunicaciones que comprende las siguientes áreas: administración del espectro radioeléctrico, concesiones sobre redes públicas de telecomunicaciones, comunicación vía satélite, operación de los servicios de telecomunicaciones, cobertura social de las redes públicas y tarifas. LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

 Establece la obligación de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones de interconectar sus redes; permite a los concesionarios y permisionarios la fijación libre de tarifas de telecomunicaciones; prohíbe los subsidios cruzados y las prácticas monopólicas; faculta al regulador para establecer al concesionario de redes públicas de telecomunicaciones que tenga poder sustancial en el mercado de acuerdo con la Ley Federal de Competencia Económica, obligaciones específicas relacionadas con las tarifas, calidad de servicio e información; determinar la creación de un órgano desconcentrado encargado de regulador el sector. LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

 Establece la creación de un órgano regulador: “A más tardar el 10 de agosto de 1996, el Ejecutivo Federal constituirá un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con autonomía técnica y operativa, el cual tendrá la organización y facultades necesarias para regular y promover el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones en el país, de acuerdo a lo que establezca su decreto de creación.” LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

 La Comisión Federal de Telecomunicaciones se creó el 9 de agosto 1996 mediante decreto del Poder Ejecutivo Federal. La Cofetel es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con autonomía técnica y operativa, cuyo principal propósito consiste en regular y promover el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones. COFETEL

 En telefonía básica se pasó de 5.4 millones de líneas, en diciembre de 1990, a 12.3 millones al finalizar 2000  La teledensidad se incrementó de 6.4 líneas fijas por cada 100 habitantes, en 1990, a  En 1995 se otorgaron los primeros títulos de concesión a nuevas empresas en el servicio telefónico de larga distancia, y en agosto de 1996 empezó la competencia en la prestación del servicio que no requiere interconexión con la red local de Telmex.  En julio de 1999 comenzó el programa de consolidación de áreas de servicio local, consistente en la agrupación del servicio telefónico de comunidades vecinas.  En diciembre de 2000 concluyó la primera etapa de crecimiento de la numeración nacional. RESULTADOS

 Se aprovechará la coyuntura de la convergencia tecnológica de telecomunicaciones e informática para ofrecer a la población nuevos y mejores servicios en materia de aprendizaje, capacitación, salud, servicios de gobierno, comercio y entretenimiento, así como para procurar la promoción del país en el extranjero. Fomentar y difundir la industria del desarrollo del software, así como adoptar los mejores estándares tecnológicos y medidas que protejan la calidad de los servicios a los usuarios, así como la propiedad intelectual. PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

 A diciembre de 2006, teníamos en el país casi 20 millones de líneas telefónicas fijas en servicio  La teledensidad se incrementó a 18.9 líneas por cada 100 habitantes.  57 millones de usuarios de telefonía móvil lo que corresponde a una cobertura de 54.1 usuarios por cada 100 habitantes.  Se incrementó el número de accesos a un poco más de 18 millones de usuarios de Internet, de los cuales sólo 3.7 millones corresponden a accesos de banda ancha. RESULTADOS

Nombre del Indicador Unidad de Medida Línea BaseMeta 2012 Usuarios de servicios de telecomunicaciones Número de líneas fijas (millones) Número de usuarios (millones) 2006: Telefonía fija: 19.9 (líneas) Telefonía móvil: 57 (usuarios) Internet: 20.2 (usuarios) Telefonía fija: 26.5 (líneas) Telefonía móvil: 85.7 (usuarios) Internet: 70 (usuarios) Usuarios de servicios de radiocomunicación y televisión restringida Millones de usuarios 2006: Radiocomunicación: 1.9 TV restringida: 6 Radiocomunicación: 5 TV restringida: 10 OBJETIVOS 2012

Resultados Lineas fijas19,891, fuente CFTNo cumplido Lineas móviles91,362, fuente CFTCumplido Radiocomunicació n 3,430, fuente CFTNo cumplido TV restringida10,046, fuente CFTCumplido OBJETIVOS 2012 VS RESULTADOS 2010

Articulos fundamentales en materia de espectro radioeléctrico, concesiones y permisos de la Ley Federal de Telecomunicaciones

Ley Federal de Telecomunicaciones Artículo 2. Corresponde al Estado la rectoría en materia de telecomunicaciones, a cuyo efecto protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación. En todo momento el Estado mantendrá el dominio sobre el espectro radioeléctrico y las posiciones orbitales asignadas al país. ESPECTRO RADIOELÉCTRICO

Banda de frecuencias: porción del espectro radioeléctrico que contiene un conjunto de frecuencias determinadas ESPECTRO RADIOELÉCTRICO Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 10. El uso de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico se clasificará de acuerdo con lo siguiente: I. Espectro de uso libre II. Espectro para usos determinados III. Espectro para uso oficial IV. Espectro para usos experimentales V. Espectro reservado ESPECTRO RADIOELÉCTRICO Ley Federal de Telecomunicaciones

Espectro de uso libre: son aquellas bandas de frecuencias que pueden ser utilizadas por el público en general sin necesidad de concesión, permiso o registro; ESPECTRO RADIOELÉCTRICO Ley Federal de Telecomunicaciones

Espectro para usos determinados: son aquellas bandas de frecuencias otorgadas mediante concesión y que pueden ser utilizadas para los servicios que autorice la Secretaría en el título correspondiente ESPECTRO RADIOELÉCTRICO Ley Federal de Telecomunicaciones

Espectro para uso oficial: son aquellas bandas de frecuencias destinadas para el uso exclusivo de la administración pública federal, gobiernos estatales y municipales, otorgadas mediante asignación directa ESPECTRO RADIOELÉCTRICO Ley Federal de Telecomunicaciones

Espectro para usos experimentales: son aquellas bandas de frecuencias que podrá otorgar la Secretaría, mediante concesión directa e intransferible, para comprobar la viabilidad técnica y económica de tecnologías en desarrollo tanto en el país como en el extranjero, para fines científicos o para pruebas temporales de equipo ESPECTRO RADIOELÉCTRICO Ley Federal de Telecomunicaciones

Espectro reservado: son aquellas bandas de frecuencias no asignadas ni concesionadas por la Secretaría ESPECTRO RADIOELÉCTRICO Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 11. Se requiere concesión de la Secretaría para: I. Usar, aprovechar o explotar una banda de frecuencias en el territorio nacional, salvo el espectro de uso libre y el de uso oficial CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 14. Las concesiones sobre bandas de frecuencias del espectro para usos determinados se otorgarán mediante licitación pública. El Gobierno Federal tendrá derecho a recibir una contraprestación económica por el otorgamiento de la concesión correspondiente. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 15. La Secretaría establecerá, y publicará periódicamente, un programa sobre las bandas de frecuencias del espectro para usos determinados, con sus correspondientes modalidades de uso y coberturas geográficas, que serán materia de licitación pública. Los interesados podrán solicitar que se liciten bandas de frecuencias, modalidades de uso y coberturas geográficas distintas de las contempladas en el programa mencionado en el párrafo anterior. En estos casos, la Secretaría resolverá lo conducente en un plazo que no excederá de 60 días naturales. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 16. Para llevar a cabo el procedimiento de licitación pública a que se refiere el artículo 14 de esta Ley, la Secretaría publicará en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de la entidad o entidades federativas cuya zona geográfica sea cubierta por las bandas de frecuencia objeto de concesión, convocatoria para que cualquier interesado obtenga las bases correspondientes. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Las bases de licitación pública incluirán como mínimo: I.Los requisitos que deberán cumplir los interesados para participar en la licitación, entre los que se incluirán: El plan de negocios; Las especificaciones técnicas de los proyectos;. En el caso de los servicios de telecomunicaciones, las acciones coordinadas con la autoridad correspondiente, que permitan combatir los delitos de extorsión, amenazas, el secuestro en cualquiera de sus modalidades o algún delito grave o relacionado con la delincuencia organizada, así como las medidas necesarias para llevar un registro pormenorizado y preciso sobre los usuarios de teléfonos móviles, así como los nuevos cuentahabientes de este servicio, con la debida protección de datos. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Las bases de licitación pública incluirán como mínimo: II. Las bandas de frecuencias objeto de concesión, sus modalidades de uso y zonas geográficas en que pueden ser utilizadas. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Las bases de licitación pública incluirán como mínimo: III. El período de vigencia de la concesión CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Las bases de licitación pública incluirán como mínimo: IV. Los criterios para seleccionar al ganador. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 17. Cuando las proposiciones presentadas en la licitación pública no aseguren las mejores condiciones para la prestación de los servicios, las contraprestaciones ofrecidas no sean satisfactorias a juicio de la Secretaría o no cumplan con los requisitos establecidos en las bases de la licitación, se declarará desierta la licitación y podrá expedirse una nueva convocatoria. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 18. El título de concesión contendrá como mínimo lo siguiente: I.El nombre y domicilio del concesionario; II.Las bandas de frecuencias objeto de concesión, sus modalidades de uso y zona geográfica en que pueden ser utilizadas; III.Los programas de inversión respectivos; IV.Los servicios que podrá prestar el concesionario; V.Las especificaciones técnicas del proyecto; VI.El período de vigencia; VII.Las contraprestaciones que, en su caso, deberán cubrirse por el otorgamiento de la concesión, VIII.Los demás derechos y obligaciones de los concesionarios. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 18… Cuando la explotación de los servicios objeto de la concesión sobre el espectro radioeléctrico requiera de una concesión de red pública de telecomunicaciones, esta última se otorgará en el mismo acto administrativo. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 19. Las concesiones sobre bandas de frecuencias se otorgarán por un plazo hasta de 20 años y podrán ser prorrogadas hasta por plazos iguales a los originalmente establecidos, a juicio de la Secretaría. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 19… Para el otorgamiento de las prórrogas será necesario que el concesionario hubiere cumplido con las condiciones previstas en la concesión que se pretenda prorrogar; lo solicite antes de que inicie la última quinta parte del plazo de la concesión, y acepte las nuevas condiciones que establezca la propia Secretaría de acuerdo a la presente Ley y demás disposiciones aplicables. La Secretaría resolverá lo conducente en un plazo no mayor a 180 días naturales. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 20. Para obtener concesión sobre bandas de frecuencias para usos experimentales se deberán reunir, en lo conducente, los requisitos a que se refiere el artículo 24 de esta Ley. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 21. Las concesiones para el uso, aprovechamiento o explotación de bandas de frecuencia para uso experimental, se otorgarán por un plazo hasta de 2 años y deberán sujetarse, invariablemente, a las disposiciones reglamentarias respectivas. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 22. Las asignaciones para el uso, aprovechamiento o explotación de bandas de frecuencia para uso oficial, serán intransferibles y estarán sujetas a las disposiciones que en materia de concesiones prevé esta Ley, con excepción de las referentes al procedimiento de licitación pública. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 23. La Secretaría podrá cambiar o rescatar una frecuencia o una banda de frecuencias concesionadas, en los siguientes casos: I. Cuando lo exija el interés público; II. Por razones de seguridad nacional; III. Para la introducción de nuevas tecnologías; IV. Para solucionar problemas de interferencia perjudicial, y V. Para dar cumplimiento a los tratados internacionales suscritos por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos. Para estos efectos, la Secretaría podrá otorgar directamente al concesionario nuevas bandas de frecuencias mediante las cuales se puedan ofrecer los servicios originalmente prestados. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 28. Las redes privadas de telecomunicaciones no requerirán de concesión, permiso o registro para operar, salvo que utilicen bandas de frecuencias del espectro, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 14. CONCESIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 70. La Secretaría establecerá los mecanismos necesarios para llevar a cabo la comprobación de las emisiones radioeléctricas, la identificación de interferencias perjudiciales y demás perturbaciones a los sistemas y servicios de telecomunicaciones, con el objeto de asegurar el mejor funcionamiento de los servicios y la utilización eficiente del espectro. VERIFICACIÓN Ley Federal de Telecomunicaciones

SEXTO. Los titulares de bandas de frecuencias que le hayan sido asignadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, que deseen prestar a través de dichas bandas de frecuencias, servicios no contemplados en su concesión o permiso, deberán solicitarlo a la Secretaría, quien a su juicio resolverá lo conducente, con base en lo establecido en esta Ley. Para tal efecto la Secretaría podrá requerir el pago de una contraprestación, cuyo monto se determinará tomando en cuenta la amplitud de la banda del espectro radioeléctrico y la cobertura geográfica que utilizará el concesionario para proveer el nuevo servicio y el pago que hayan realizado otros concesionarios en la obtención de bandas de frecuencias para usos similares en los términos de esta Ley. NUEVOS SERVICIOS Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 11. Se requiere CONCESIÓN de la Secretaría para: I.Usar, aprovechar o explotar una banda de frecuencias en el territorio nacional, salvo el espectro de uso libre y el de uso oficial; II. Instalar, operar o explotar redes públicas de telecomunicaciones; III. Ocupar posiciones orbitales geoestacionarias y órbitas satelitales asignadas al país, y explotar sus respectivas bandas de frecuencias, y IV. Explotar los derechos de emisión y recepción de señales de bandas de frecuencias asociadas a sistemas satelitales extranjeros que cubran y puedan prestar servicios en el territorio nacional. Títulos Habilitantes Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 3 fracción X de la LFT. Red pública de telecomunicaciones: la red de telecomunicaciones a través de la cual se explotan comercialmente servicios de telecomunicaciones. La red no comprende los equipos terminales de telecomunicaciones de los usuarios ni las redes de telecomunicaciones que se encuentren más allá del punto de conexión terminal. RED PÚBLICA DE TELECOMUNICACIONES Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 24. Los interesados en obtener una concesión para instalar, operar o explotar redes públicas de telecomunicaciones, deberán presentar, a satisfacción de la Secretaría, solicitud que contenga como mínimo: I.Nombre y domicilio del solicitante; II. Los servicios que desea prestar; III. Las especificaciones técnicas del proyecto; IV. Los programas y compromisos de inversión, de cobertura y calidad de los servicios que se pretenden prestar; V. El plan de negocios, y VI. La documentación que acredite su capacidad financiera, técnica, jurídica y administrativa. Lo anterior, sin perjuicio de obtener, en su caso, concesión para explotar bandas de frecuencias en los términos del artículo 14. CONCESIONES Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 25. La Secretaría analizará y evaluará la documentación correspondiente a la solicitud a que se refiere el artículo anterior en un plazo no mayor de 120 días naturales, dentro del cual podrá requerir a los interesados información adicional. Una vez cumplidos, a satisfacción, los requisitos a que se refiere el artículo anterior, la Secretaría otorgará la concesión. CONCESIONES Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 26. El título de concesión contendrá como mínimo lo siguiente: I.El nombre y domicilio del concesionario; II. El objeto de la concesión; III. Los diferentes servicios que pueda prestar el concesionario; IV. Los derechos y obligaciones de los concesionarios; V. El período de vigencia; VI. Las características y el monto de la garantía que, en su caso, deberá otorgar el concesionario, y VII. Los compromisos de cobertura geográfica de la red pública. Una vez otorgada la concesión, un extracto del título respectivo se publicará en el Diario Oficial de la Federación a costa del interesado. CONCESIONES Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 27. Las concesiones sobre redes públicas de telecomunicaciones se otorgarán por un plazo hasta de 30 años y podrán ser prorrogadas hasta por plazos iguales a los originalmente establecidos. Para el otorgamiento de las prórrogas será necesario que el concesionario hubiere cumplido con las condiciones previstas en la concesión que se pretenda prorrogar, lo solicite antes de que inicie la última quinta parte del plazo de la concesión, y acepte las nuevas condiciones que establezca la propia Secretaría de acuerdo a la presente Ley y demás disposiciones aplicables. La Secretaría resolverá lo conducente en un plazo no mayor a 180 días naturales. CONCESIONES Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 29. Las concesiones para ocupar y explotar posiciones orbitales geoestacionarias y órbitas satelitales asignadas al país, con sus respectivas bandas de frecuencias y derechos de emisión y recepción de señales, se otorgarán mediante el procedimiento de licitación pública a que se refiere la Sección II del presente Capítulo, a cuyo efecto el Gobierno Federal podrá requerir una contraprestación económica por el otorgamiento de dichas concesiones. Tratándose de dependencias y entidades de la administración pública federal, la Secretaría otorgará mediante asignación directa dichas posiciones orbitales geoestacionarias y órbitas satelitales. Artículo 30. La Secretaría podrá otorgar concesiones sobre los derechos de emisión y recepción de señales y bandas de frecuencias asociadas a sistemas satelitales extranjeros que cubran y puedan prestar servicios en el territorio nacional, siempre y cuando se tengan firmados tratados en la materia con el país de origen de la señal y dichos tratados contemplen reciprocidad para los satélites mexicanos. Estas concesiones sólo se otorgarán a personas morales constituidas conforme a las leyes mexicanas. Asimismo, podrán operar en territorio mexicano los satélites internacionales establecidos al amparo de tratados internacionales multilaterales de los que el país sea parte. MATERIA SATELITAL Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 31. Se requiere permiso de la Secretaría para: I.Establecer y operar o explotar una comercializadora de servicios de telecomunicaciones sin tener el carácter de red pública, y II. Instalar, operar o explotar estaciones terrenas transmisoras. Artículo 34. No se requerirá permiso de la Secretaría para la instalación y operación de estaciones terrenas receptoras. La Secretaría podrá exentar de los requerimientos de permiso a aquellas estaciones terrenas transmisoras que, por cumplir con las normas establecidas, no ocasionen interferencia perjudicial en otros sistemas de telecomunicaciones. PERMISOS Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 52. Para los efectos de esta Ley, se entiende por comercializadora de servicios de telecomunicaciones toda persona que, sin ser propietaria o poseedora de medios de transmisión, proporciona a terceros servicios de telecomunicaciones mediante el uso de capacidad de un concesionario de redes públicas de telecomunicaciones. Los concesionarios deberán pactar con las comercializadoras de servicios los requisitos de operación y funcionamiento de conformidad con los artículos 7, 16, 44 y 64, bajo carácter de información confidencial, una Base de Datos, con el registro de identificación, domicilio actual con comprobante de referencia, toma de impresión de huella dactilar directamente en tinta y/o electrónicamente, y servicios ofrecidos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones. Artículo 53. Salvo aprobación expresa de la Secretaría, los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones no podrán participar, directa o indirectamente, en el capital de una empresa comercializadora de servicios de telecomunicaciones. Artículo 54. El establecimiento y operación de las empresas comercializadoras de servicios de telecomunicaciones deberá sujetarse, invariablemente, a las disposiciones reglamentarias respectivas. COMERCIALIZADORA Ley Federal de Telecomunicaciones

Servicios de valor agregado: los que emplean una red pública de telecomunicaciones y que tienen efecto en el formato, contenido, código, protocolo, almacenaje o aspectos similares de la información transmitida por algún usuario y que comercializan a los usuarios información adicional, diferente o reestructurada, o que implican interacción del usuario con información almacenada; SERVICIOS DE VALOR AGREGADO Ley Federal de Telecomunicaciones

Artículo 33. Para la prestación de servicios de valor agregado bastará su registro ante la Secretaría. SERVICIOS DE VALOR AGREGADO Ley Federal de Telecomunicaciones