LA FILIACIÓN ILEGÍTIMA Los hijos al nacer, pueden ser legítimos o ilegítimos Un hijo legítimo
PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD
Se presume que un hijo tiene por padre al marido de su madre. Nacer dentro del matrimonio.
RECONOCIMIENTO Es un acto libre y voluntario del padre o la madre que reconoce. Los nacidos fuera del matrimonio. Desde el vientre de la madre. El que no ha sido reconocido voluntariamente podrá pedir que el juez lo declaré hijo de determinados padre y madre
FORMA DEL RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO Se podrá hacer por escritura pública ante juez y con la presencia de tres testigos Acto testamentario Declaración personal en la inscripción de nacimiento Acta matrimonial
IMPUGNACIÓN DEL RECONOCIMIENTO En la impugnación deberá probarse que: Que el reconocido no ha podido tener por madre a la reconociente. Que el reconocido no ha podido tener por padre al reconociente. Que no se ha hecho el reconocimiento voluntario en la forma prevista por la ley.
RECONOCIMIENTO POR DECLARACIÓN JUDICIAL Confesión una vez notificado para que declare ante juez En los casos de privación de la libertad por rapto, violación detención o secuestro Casos de seducción con maniobras dolosas, abusos o promesa de matrimonio Haber vivido en concubinato durante la concepción Sostenimiento y educación del hijo, se probaré que lo hizo en la calidad de padre