DE LAS PERSONAS EN CUANTO A SU NACIONALIDAD Y DOMICILIO CODIGO CIVIL DE LAS PERSONAS EN CUANTO A SU NACIONALIDAD Y DOMICILIO
DIVISION DE LAS PERSONAS
PERSONAS JURIDICAS PERSONAS NATURALES ECUATORIANOS Y EXTRANJEROS DOMICILIADOS TRANSEUNTES
Del domicilio en cuanto depende de la residencia y del ánimo de permanecer en ella
DOMICILIO = RESIDENCIA RESIDENCIA POLITICA relativo al territorio del Estado en general. El que lo tiene o adquiere, es o se hace miembro de la sociedad ecuatoriana aunque conserve la calidad de extranjero Derecho Internacional RESIDENCIA CIVIL relativo a una parte determinada del territorio del Estado.
Domicilio civil
Domicilio civil
Del domicilio en cuanto depende de la condición o estado civil de la persona
Los conyugues tendrán el domicilio originariamente en el lugar del matrimonio
El que vive bajo patria potestad sigue el domicilio de quien la ejerce, y el que se halla bajo tutela o curaduría, el de su tutor o curador.
El domicilio de una persona será también el de sus empleados domésticos y dependientes que residan en la misma casa que ella; sin perjuicio de lo dispuesto en los dos artículos precedentes.
DAYSI AVALOS BUSTOS