El Examen Periódico Universal (EPU)

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Transcripción de la presentación:

El Examen Periódico Universal (EPU) como mecanismo de protección de los derechos humanos Naciones Unidas Derechos Humanos OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS

-------------------- Fuentes, sistemas y mecanismos de Derechos Humanos Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos Órganos de Tratados -------------------- Procedimientos Especiales Examen Periódico Universal Res. 5/1 ACNUDH Sistema ONU Carta ONU DUDH Otros instrumentos (Convenios OIT, DIDH)

Mecanismos de protección de los DDHH Convencionales Sistema de órganos de tratado establecidos por los tratados vinculantes de DDHH. Siete Organos de Tratado: - Comité de DESC (PIDESC) - Comité de DDHH (PIDCP) - Comité contra la EDR (CEDR) - Comité contra la Tortura (CCT) - Comité contra Discr. Mujer (CEDM) - Comité de los DD Niño (CDN) - Comité de Protección de los DD de todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares (CTM) Extra-Convencionales Resultado de la adopción de resoluciones y decisiones de la AG, el Consejo de DDHH. Procedimientos Especiales – relatores especiales (por temas o por país) EXAMEN PERIODICO UNIVERSAL (EPU) establecido por AG resolución 60/251 del 15 de marzo de 2006 Highlight difference between conventional & extra – conventional e.g. legally binding vs political process/humanitarian concern - treaties the legal foundation of international hr law….. – have specific role in specific situations; The special procedures – deal with allegations – urgent action – humanitarian concern NOT legal obligations – covers ALL countries – even non-ratifying countries (one basic idea of these mechanisms – mobilization of shame) Has anyone participated in any aspect of treaty body work or special procedures? OACNUDH - BOLIVIA

Consejo de Derechos Humanos (CDH) Resolución 60/251 (AG) ¿Qué hace? Promueve la protección y el respeto universal de los DDHH Desarrolla la normativa internacional Examina el cumplimiento de Estados Miembros respecto de sus obligaciones en DDHH Se ocupa de situaciones de violaciones de DDHH, incluidas aquellas graves y sistemáticas Foro internacional para el diálogo en cuestiones de DDHH ¿Qué es? Órgano subsidiario de la Asamblea General Compuesto por 47 Estados Miembros de las Naciones Unidas Sustituye a la Comisión de Derechos de Naciones Unidas desde el 2006

¿Qué es el Examen Periódico Universal (EPU)? Resolución 60/251 AG, para. 5 e) El Consejo realizará un examen periódico universal, basado en información objetiva y fidedigna, sobre el cumplimiento por cada Estado de sus obligaciones y compromisos en materia de DDHH, de una forma que garantice la universalidad del examen y la igualdad de trato respecto de todos los Estados. Mecanismo cooperativo, basado en un diálogo interactivo, con la participación plena del país de que se trate y teniendo en consideración sus necesidades de fomento de la capacidad. Complementará la labor de los órganos de tratados.

Examen Periódico Universal (EPU) Resolución 5/1 (CDH) I - Bases II - Principios III - Objetivos IV - Periodicidad y orden de revisión V - Proceso y Modalidades VI - Resultados VII - Seguimiento

I - Bases La Carta de las Naciones Unidas La Declaración Universal de los Derechos Humanos Los instrumentos internacionales de Derechos Humanos (de los que el Estado es parte) Las promesas y los compromisos asumidos voluntariamente por los Estados El Derecho Internacional Humanitario aplicable

II – Principios Promover la universalidad, interdependencia, indivisibilidad e interrelación de todos los DDHH. Mecanismo cooperativo basado en información objetiva y fidedigna y en un diálogo interactivo. Cobertura universal e igualdad de trato a todos los Estados. Proceso intergubernamental y orientado a la acción. Plena participación del país examinado Completar y no duplicar a otros mecanismos de DDHH.

II – Principios Desarrollarse de manera objetiva, transparente, no selectiva y constructiva, que evite la confrontación y politización. Integrar plenamente una perspectiva de género. Tener en cuenta el nivel de desarrollo y las particularidades de cada país, sin perjuicio de las obligaciones previstas en las bases del examen. Asegurar la participación de todos los actores interesados: ONG’s, Instituciones Nacionales de Derechos Humanos y otros.

III – Objetivos Mejoramiento de la situación de DDHH en el terreno Cumplimiento de obligaciones y compromisos de DDHH por parte del Estado Evaluación de los avances y los retos a enfrentar Fortalecimiento de las capacidades del Estado y asistencia técnica con consentimiento del Estado Intercambio de mejores prácticas Apoyo y la cooperación en la promoción y protección de los DDHH Fomento de la cooperación con el Consejo, otros órganos de DDHH y con la OACNUDH

IV – Periodicidad y orden de revisión Cada uno de los 192 Estados Miembros de las Naciones Unidas serán examinados por el EPU La periodicidad de revisión del primer ciclo es de 4 años (48 Estados examinados por año). El orden del revisión para todo el primer ciclo fue establecido por el Consejo desde su inicio. Combinación de Estados Miembros y Estados observadores examinados durante cada sesión.

Calendario establecido para el 2008-2011

Calendario establecido para el 2008-2011 Países de América Latina y el Caribe bajo examen Sesión 1 (2008) Argentina Brasil Ecuador Sesión 2 (2008) Guatemala Perú - Sesión 3 (2008) Bahamas Barbados Colombia Sesión 4 (2009) Cuba México Sesión 5 (2009) Belize Chile Uruguay Sesión 6 (2009) Costa Rica Dominica Rep. Dominicana Sesión 7 (2010) Bolivia El Salvador Nicaragua Sesión 8 (2010) Grenada Guyana Haití Sesión 9 (2010) Honduras Jamaica Panamá Sesión 10 (2011) Paraguay S. Kitts & Nevis S. Lucia Sesión 11 (2011) S. Vincent & G. Suriname Sesión 12 (2011) Antigua & B. Trinidad & T. R. B. Venezuela

V – Proceso y Modalidades A – Documentación 1 – Informe del Estado 2 – Compilación de información de la ONU 3 – Resumen de información de otros actores interesados B – Modalidades (proceso)

1 – Documentos: Informe del Estado Información preparada por el Estado examinado – Informe Nacional La estructura del Informe del Estado deberá seguir las directrices adoptadas por el Consejo en su Decisión 6/102 Amplio proceso de consulta a nivel nacional con todos los actores interesados pertinentes No deberá exceder las 20 páginas Deberá ser sometido por el Estado 12 semanas antes del examen Se aconseja cubrir un periodo de 4 años Las páginas y los párrafos deberán estar numerados Deberá ser enviado a la OACNUDH por medio del canal diplomático apropiado y en su versión electrónica a: UPRStates@ohchr.org

1 - Contenido del Informe del Estado Decisión 6/102 (CDH) Descripción de la metodología y del proceso general de consulta Antecedentes del país, marco normativo e institucional nacional para la promoción y protección de los DDHH (Constitución, legislación, medidas normativas,…) Cumplimiento de las obligaciones internacionales de DDHH, compromisos voluntarios, cooperación con mecanismos Determinación de logros, mejores prácticas, desafíos y limitaciones Principales prioridades, iniciativas y compromisos nacionales que el Estado se propone asumir Esfuerzos del Estado por reforzar sus capacidades y solicitudes de asistencia técnica Presentación del seguimiento hecho por el Estado a las recomendaciones del examen anterior

2 – Documentos: Compilación de la ONU Preparada por OACNUDH en base a la información contenida en informes de órganos de tratados, procedimientos especiales y otros documentos oficiales del sistema de la ONU Contiene también informaciones sometidas por escrito por entidades especializadas de la ONU Tiene un límite de 10 páginas

3 – Documentos: Resumen de otros actores 10 páginas: Preparado por OACNUDH con inform. creíble y fidedigna brindada por actores interesados (ONGs, instituciones nacionales, defensores de DDHH, instituc. académicas y de investig., organiz. regionales,..) Contribuciones (5 páginas ó 10 páginas, coalición): Elaboradas específicamente para el EPU Enfocadas, destacando principales preocupaciones e identificando posibles recomendaciones y/o mejores prácticas Que no incluyan información de segunda mano o lenguaje abusivo Con cobertura máxima de un período de 4 años Información debe estar lista 12 semanas antes del examen hacerla pública en idiomas oficiales Enviadas a : UPRSubmissions@ohchr.org

C – Modalidades: Elementos del proceso El Grupo de Trabajo EPU del Consejo La Troïka (el sistema de relatores) El Informe del Grupo de Trabajo La adopción del Informe Final del EPU por parte del plenario del Consejo

C – Modalidades: El Grupo de Trabajo EPU Responsable de llevar a cabo el examen Presidido por el Presidente del Consejo y compuesto por los 47 Estados Miembros del Consejo (actúa en plenario) Los demás Estados Miembros de la ONU pueden participar en el examen (y el diálogo interactivo) en calidad de observadores Otros actores interesados pueden asistir, pero no intervenir Diálogo interactivo entre el país examinado y los Estados Miembros y Observadores del Consejo dura 3 horas: 1 hora para el Estado examinado (presentación, respuesta a las preguntas y palabras finales) 2 horas para el diálogo interactivo (de 2 a 3 min. por intervención) 48 horas después del examen, se consagra un máximo de 30 min. adicionales para la adopción del Informe del Grupo de Trabajo

C – Modalidades: La Troïka Grupo de tres relatores (representan a países) para facilitar cada examen Elegidos entre los Estados Miembros del Consejo por sorteo Deben ser de tres grupos regionales diferentes Países pueden pedir que 1 de los 3 relatores pertenezca a su propio grupo regional y/o que se le sustituya 1 de los relatores elegidos OACNUDH asiste a la Troïka en sus funciones. La Troika designa 1 relator Previo al examen, el relator compila y transmite al Estado examinado las preguntas recibidas por escrito de los otros miembros de la Troika La Troïka también puede hacer una lista de puntos o preguntas que faciliten un diálogo sobre aspectos precisos Encargada de la preparación del Informe del Grupo de Trabajo, con apoyo de OACNUDH y la plena participación del Estado examinado

C – Modalidades: Informe del Grupo de Trabajo El informe contiene: Resumen de declaraciones hechas por el Estado examinado, incluyendo las respuestas brindadas a preguntas hechas Resumen de comentarios, preguntas y recomendaciones hechas por las delegaciones durante el diálogo interactivo Compromisos voluntarios del Estado examinado El informe enlista las recomendaciones en tres categorías: Recomendaciones que cuentan con el apoyo del Estado examinado Recomendaciones que no cuentan con el apoyo del Estado examinado Recomendaciones sobre las que el Estado examinado proporcionará respuestas posteriormente El Estado examinado puede dar su opinión sobre recomendaciones y/o conclusiones, y puede hacer compromisos de manera voluntaria: Durante el examen del Estado en el Grupo de Trabajo Entre la reunión del Grupo de Trabajo y la próxima sesión del Consejo Durante el plenario del Consejo para la adopción del informe final

C – Modalidades: Adopción del documento final Adopción del documento final en plenaria del Consejo y dura un máximo de 1 hora: 20 min. para el Estado examinado 20 min. para los Estados Miembros y observadores del Consejo 20 min. para otros actores interesados: ONGs con estatus consultivo ECOSOC e Instituc. Nacionales) El resultado del examen es adoptado por el plenario del Consejo, mediante una decisión estandarizada

VI – Resultados Evaluación de la situación de DDHH en el país, incluyendo los avances y los retos a los que éste se enfrenta Intercambio de las mejores prácticas Énfasis en el fortalecimiento de la cooperación para la promoción y protección de los Derechos Humanos Recomendaciones para ofrecer asistencia técnica (en consulta y con el consentimiento del país) y fomentar las capacidades del país Compromisos y promesas contraídos voluntariamente Recomendaciones que cuentan con el apoyo del Estado

VII- Seguimiento posterior EPU como mecanismo de cooperación: sus recomendaciones deben ser aplicadas principalmente por el Estado Otros actores interesados pueden apoyar, según corresponda Examen siguiente se centrará, entre otras cosas, en la aplicación de los resultados del examen anterior (incluyendo las recomendaciones que resultaron del mismo) Comunidad internacional ayuda a poner en práctica las recomendaciones y conclusiones relativas al fortalecimiento de capacidad y asistencia técnica, con consentimiento del país interesado Tras haber agotado los esfuerzos por alentar a un Estado a que coopere con el EPU, el Consejo abordará los casos persistentes de no cooperación con el mecanismo, según corresponda