Articulo 21 Derecho a participar en el gobierno de su país, por medio de representantes libremente escogidos. Derecho al acceso en condiciones de igualdad,

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Transcripción de la presentación:

Articulo 21 Derecho a participar en el gobierno de su país, por medio de representantes libremente escogidos. Derecho al acceso en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

Articulo 22 Derecho a la seguridad social, y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Articulo 23 Derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo y a condiciones equitativas. Derecho a igual salario por trabajo igual.

Articulo 24 Derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre.

Articulo 25 Derecho a un nivel de vida adecuado así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.

Articulo 26 Derecho a la educación, debe ser gratuita y tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos.

Articulo 27 Derecho a tomar en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico.

Articulo 28 Derecho a que se establezca un orden social en el que los derechos proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Articulo 29 Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos de los demás.

Articulo 30 Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.