Lección 11. Bienes patrimoniales
Concepto Son bienes de titularidad pública que no tengan el carácter de demaniales (art. 7.1 LPAP) Se consideran bienes patrimoniales (art. 7.2 LPAP) Los derechos de arrendamiento Valores y títulos representativos de acciones y participaciones en el capital de sociedades mercantiles o de obligaciones emitidas por éstas Derechos de propiedad incorporal Derechos de cualquier naturaleza que se derivend e la titularidad de los bienes y derechos patrimoniales Bienes y derechos adquiridos por la Administración en determinados supuestos No son bienes patrimoniales: el dinero, los valores, los créditos y los demás recursos financieros de su hacienda (art. 3.2 LPAP)
Adquisición de bienes patrimoniales 1. Adquisición por atribución de la ley Inmuebles vacantes (art. 17 LPAP) Saldos y depósitos abandonados (art. 18) 2. Adquisiciones a título oneroso Por expropiación (art. 24) Mediante adjudicación (arts. 25 y 26) Mediante contrato 3. Adquisiciones a título gratuito Adquisiciones hereditarias Adquisiciones por sucesión legítima (art. 20.6 LPAP) Adquisiciones en virtud de comiso 4. Adquisiciones mediante usucapión y ocupación
Uso y explotación Afectarse a un uso general o a un servicio público Usados por la Administración sin que se conviertan en dominio público Utilizados por terceros, a cambio de un precio Se formaliza por cualquier tipo de contrato, cuya duración no puede exceder de 20 años Regla general: adjudicación por concurso Enajenarse
Enajenación de bienes patrimoniales Los bienes patrimoniales pueden enajenarse (art. 30.2 LPAP) Mediante cualquier tipo de negocio jurídico traslativo de carácter oneroso (art. 132.1) 1. Enajenación de inmuebles 2. Enajenación de bienes muebles 3. Enajenación de propiedades incorporales Cesiones gratuitas
Cesiones gratuitas Se cede la propiedad del bien o sólo su uso (art. 145.3) Sólo para fines de utilidad pública o interés social (art. 145.1) Los bienes cedidos sólo pueden destinarse a los fines que justifiquen la cesión (art. 148.1) Incumplimiento de los fines: resolución de la cesión y reversión de los bienes al patrimonio de la Administración (art. 150 LPAP y art. 11 RBEL)
Inembargabilidad de los bienes patrimoniales Tradicionalmente los bienes patrimoniales eran considerados inembargables Problema: ejecución de sentencias que condenaban a la Administración al pago de una obligación dineraria STC 166/1998: se pueden embargar los bienes patrimoniales de las entidades locales no afectados materialmente a un uso o servicio público Art. 30.3 LPAP: son muy pocos los bienes patrimoniales susceptibles de embargo