Los medios de pruebas en particular

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Transcripción de la presentación:

Los medios de pruebas en particular Lección 20 Los medios de pruebas en particular

Pericia 214 Persona que tiene un conocimiento en ciencia arte u oficio Requisitos Expertos o titulo habilitante Seleccionados por el juez Designación 219 las partes Conclusión dictamen 223

testimonio Obligación 203 204 excepción Facultad de abstención Requisitos mayor de edad no estar comprendido dentro de las generales de la ley

Formas de realización Antes de comenzar la declaración, el testigo será instruido acerca de sus obligaciones, de las responsabilidades por su incumplimiento y prestará juramento de decir verdad. Acto seguido cada testigo será interrogado por separado sobre su nombre, apellido, estado civil, edad, profesión, domicilio, vínculo de parentesco y de interés con las partes, y cualquier otra circunstancia que sirva para apreciar su veracidad. Si el testigo teme por su integridad física o de otra persona podrá indicar su domicilio en forma reservada, pero no podrá ocultar su identidad. A continuación, se le interrogará sobre el hecho. Cada declaración constará en acta, salvo cuando se lleven a cabo en las audiencias orales o en el juicio oral y público.

Careo 233 Podrá ordenarse el careo de personas que en sus declaraciones hayan discrepado sobre hechos o circunstancias importantes; pero el imputado no será obligado al careo. Al careo del imputado deberá asistir su defensor. Regirán respectivamente las reglas del testimonio, de la pericia y de la declaración del imputado.

Reconocimiento e inspección de personas 229 Podrá ordenarse que se practique el reconocimiento de una persona, para identificarla o establecer que quien la menciona, efectivamente la conoce o la ha visto. Cosas 232Antes del reconocimiento de un objeto, se invitará a la persona que deba reconocerlo a que lo describa. En lo demás, regirán las reglas que anteceden.

Documentos e informes Siempre que tenga relación con el hecho investigado el juez valorara y en su caso devolverá de los incautados 228. INFORMES. El juez y el Ministerio Público podrán requerir informes a cualquier persona o entidad pública o privada

Presunción e indicios Concordantes Conducentes Unánimes y uniformes