1 Seminario “Resultados de la Convención Nacional Hacendaria” MESA VI COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTALES México, D.F. 25 de Agosto de 2004.

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Transcripción de la presentación:

1 Seminario “Resultados de la Convención Nacional Hacendaria” MESA VI COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTALES México, D.F. 25 de Agosto de 2004

2 La Mesa VI “Colaboración y Coordinación Intergubernamentales” fue instalada formalmente en el día 05 de febrero en la Cd. de Santiago de Querétaro, Qro., integrándose con los siguientes funcionarios: Presidente de la Mesa: Lic. Manuel Ángel Núñez Soto, Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo Suplente del Presidente de la Mesa: CP. Rodolfo Picazo Molina, Secretario de Finanzas y Administración del Estado de Hidalgo.

3 Integrantes de la Mesa: Cinco representantes del Gobierno Federal Cinco representantes de las Entidades Federativas Tres representantes de los Municipios Un representante del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas, Indetec Como invitados permanentes: Tres representantes de la H. Cámara de Diputados Tres representantes de la H. Cámara de Senadores

4 Propósito y Objetivo Proponer estrategias y acciones con el objetivo de construir un nuevo modelo de colaboración y coordinación intergubernamental en el marco del renovado federalismo que incluya los campos del ingreso, gasto, deuda y patrimonio.

5 Las estrategias y acciones se agrupan en 8 grandes apartados temáticos: 1.Sistemas de Distribución de Participaciones Federales; 2.Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal; 3.Colaboración Intergubernamental en materia de Gasto Público; 4.Coordinación Intergubernamental en materia de Deuda Pública; 5.Organismos del Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria; 6.Diseño de Bases Constitucionales del Sistema de Colaboración y Coordinación Intergubernamentales; 7. De los Sistemas de Información, Evaluación y Rendición de Cuentas Intergubernamentales y; 8.Del Mejoramiento del Sistema de Coordinación Hacendaria.

6 Principios permanentes en la Mesa: Con las actuales competencias y facultades de los tres ordenes de gobierno, ¿Cómo podemos mejorar la redistribución y ejercicio de los recursos en beneficio de la población? ¿Qué tareas o responsabilidades publicas se pueden realizar y mejorar mediante esquemas de coordinación, colaboración y concurrencia de los tres ordenes de gobierno?, y Diseñar y elaborar las Bases Jurídicas necesarias que soporten formalmente, el nuevo modelo de Colaboración y Coordinación Intergubernamental.

7 Sistemas de Distribución de Participaciones Federales Estrategia Uno: Redefinir fórmulas y normatividad de fondos de participación Acciones. 1. La Federación debe participar de los productos relacionados con bienes o bosques nacionales, cuando estas se establezcan.

8 2. Reformas al esquema actual de distribución del FGP. 3. Respecto del Fondo de Fomento Municipal, fortalecer las mediciones del esfuerzo recaudatorio respecto de las variables asignables. 4. Considerar el periodo de vigencia de la encuesta, conteo o censo de población, entre otra, la encuesta de empleo, para determinar la variable de población con que se distribuye la primera parte del FGP, así como seguir estudiando otras alternativas de medición de la población.

9 5. Vinculación de las Bases Especiales de Tributación (BET) a la Recaudación Federal Participable (RFP). 6. Revisar la actual distribución de los recursos transferidos a los municipios por cuyo territorio se exportan mercancías o petróleo, referidos en las fracciones 1 y 11 del artículo 20 A de la Ley de Coordinación Fiscal. 7. Se propone crear en ley un fondo especial con los recursos que se obtengan de los excedentes en ingreso, derivados de mayores recursos obtenidos en ejercicios fiscales donde los precios internacionales del petróleo de exportación, así como otros ingresos, superen la estimación de la Ley de Ingresos de la Federación

10 8. Establecer o crear una metodología que permita conocer la integración de la recaudación federal participable de recursos petroleros y no petroleros, así como de los excedentes de ingresos. 9. Las autoridades hacendarías deben proporcionar a las entidades federativas y a los municipios la información periódica disponible sobre la recaudación.

11 Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal Estrategia Dos: Rediseñar el sistema de colaboración administrativa en materia fiscal federal a fin de lograr una mayor y más amplia participación por parte de los gobiernos locales y con ello, una distribución de los ingresos federales coordinados más eficiente entre los tres órdenes de gobierno.

12 Acciones. 1. Incrementar la Recaudación Federal Participable. Que las entidades y municipios colaboren en el esfuerzo fiscal del gobierno federal, a través del establecimiento de metas recaudatorias respecto a la recaudación de ingresos coordinados, estableciéndose incentivos por los excedentes sobre la meta.

13 2. En materia del ejercicio de las facultades de comprobación del cumplimiento de las obligaciones fiscales federales, relacionadas con el IVA, ISR, IEPS y el IMPAC, se propone uniformar los incentivos por colaboración, a fin de que sean del 100% de los ingresos efectivamente recaudados en los cuatro conceptos tributarios. 3. Por lo que se refiere a los municipios, otorgarles en calidad de incentivo la totalidad de derechos que se incluyan en la colaboración administrativa y el 100% por concepto de multas y de gastos de ejecución que recauden.

14 4. Adiciones a los Arts. 198 y 248 del Código Fiscal de la Federación, a efecto de que las entidades federativas y los municipios puedan intervenir en juicio e incluso para comparecer en el procedimiento relativo al recurso de revisión. 5. Sustituir el actual Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, por un convenio marco que comprenda todas las posibles materias de colaboración, tanto con las entidades federativas como en su caso, con los municipios, así como su regulación general.

15 6. En materia del IVA, ISR y Derechos Federales, ampliar la cobertura de la colaboración administrativa, hasta incluir funciones de administración integral por parte de las entidades, en un proceso gradual cuidadosamente diseñado bajo las bases de eficiencia y se fortalezca la colaboración administrativa horizontal entre entidades federativas. En materia del IVA, se recomienda iniciar un proceso de análisis para que en un plazo aproximado de cinco años, se pudiese transferir la administración integral a las entidades federativas.

16 En materia del ISR, la delegación gradual será gradual por regímenes, en forma integral respecto de las personas físicas a excepción de asalariados, con características similares a las referidas para el impuesto al valor agregado. El Registro Federal de Contribuyentes se incluirá dentro del esquema de colaboración. Los municipios deben participar activamente en la administración del impuesto, en particular respecto de los pequeños contribuyentes del ISR, los cuales podrán ser administrados en su totalidad por los municipios que deseen hacerlo y tengan la capacidad para ello.

17 En materia de derechos federales, la delegación de facultades recaudatorias a los Municipios, será sobre los derechos en materia de áreas naturales protegidas, puertos, pesca deportiva, registro nacional de turismo, aeropuertos y ZOFEMAT. Asimismo, modificar la Ley Federal de Derechos para establecer la posibilidad de dar destino específico a los ingresos derivados de los distintos conceptos de derechos que sean objeto de convenio con los gobiernos estatales y municipales.

18 7. Efectuar las reformas legales necesarias para garantizar una mayor efectividad en la recaudación de las multas federales no fiscales y elevar el beneficio económico a los Municipios, así como eliminarlas del supuesto de condonación prevista en el artículo 16 de la LIF. 8. Asegurar la participación de los municipios en las labores de verificación y vigilancia del cumplimiento en el pago de Tenencia, mediante una modificación a la LCF y del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, que condicione la participación de éstos en el producto de la recaudación, a la colaboración en las funciones señaladas.

19 9. Asegurar la participación de los municipios en las labores de verificación y vigilancia del cumplimiento del pago de Tenencia, mediante una modificación a la LCF y del ISTUV 10. Adicionar a la operación actual la obligación para la SHCP y las entidades federativas, de acordar conjuntamente la planeación, programación, normatividad y evaluación de los Impuestos al Activo y Especial de Producción y Servicios.

20 Colaboración Intergubernamental en materia de Gasto Público Estrategia Tres: Rediseñar y fortalecer el sistema de coordinación intergubernamental en materia de presupuesto y gasto público, para que tome en cuenta las diferencias en capacidades fiscales y necesidades de los tres órdenes de gobierno, así como asegurar la coherencia de objetivos de los programas con la eficiencia del gasto público.

21 Acciones. 1.Promover a través de las autoridades federales y estatales, talleres para las autoridades municipales en donde se informe de los programas y recursos y la manera de acceder a ellos, así como las reglas de operación de los mismos. 2. Obligación de las dependencias ministradoras de informar con precisión y oportunidad, las variables, bases de datos y mecánicas de cálculo utilizados para la distribución de los recursos, la cual deberá ser publicada en el órgano oficial de difusión y página de Internet de cada orden de gobierno, en un medio que permita su uso estadístico.

22 3.Todas las transferencias vía convenio deberán formalizarse durante el primer bimestre del año. 4.En particular, se propone que los recursos asignados a través del FAM se reasignen entre los fondos a los que corresponda la función de financiar: los fondos para el desarrollo social (asistencia social) y educación (infraestructura educativa).

23 5.Reglamentar el funcionamiento de los Comités de Planeación para el Desarrollo (COPLADE), incluyendo a aquellos a nivel estatal, municipal o regional, así como desarrollar y fortalecer esquemas como los Plandesoles. 6.Incluir una limitante legal que prohíba expresamente la transferencia de responsabilidades de gasto entre órdenes de gobierno sin la correspondiente transferencia de recursos necesarios para el financiamiento de las mismas y en su caso redefinición de las competencias de cada orden de gobierno, así como los instrumentos para su financiamiento.

24 7. Incluir un mecanismo que promueva un eficiente desempeño de los recursos. Se sugieren tres mecanismos: a.A través de un indicador de desempeño en las fórmulas, b.Flexibilización de las etiquetas del gasto dependiendo del desempeño y c.A través de un nuevo fondo por desempeño (no implica recursos adicionales), o mediante un esquema de compensación para eliminar el incentivo contrario al buen desempeño y, con ello, promover la eficiencia en el gasto.

25 8.Para cada fondo deberá existir una fórmula única, explícita, transparente y objetiva, así como hacer explícitos en la legislación, los criterios de distribución y asignación de fondos y recursos para el gasto coordinado. 9.Distinguir con claridad la naturaleza, los objetivos y los mecanismos de los distintos tipos de transferencias: compensatorias (con o sin objeto definido), y resarcitorias o niveladoras (sin objeto definido) y en consecuencia las disposiciones de naturaleza presupuestal que deben ser aplicadas para el ejercicio de los mismos.

26 Coordinación Intergubernamental en materia de Deuda Pública Estrategia Cuatro: Fortalecer el federalismo de la hacienda pública promoviendo, en un ámbito de colaboración intergubernamental, que los distintos órdenes de gobierno tengan mejor acceso a fuentes de financiamiento, que garanticen finanzas públicas sanas.

27 Acciones. 1.Implementar un sistema que permita a cualquier orden de gobierno conocer la información sobre el origen y el destino de los recursos crediticios. 2. El establecimiento de reglas específicas que delimiten la contratación de endeudamiento de corto plazo destinado a cubrir necesidades urgentes de liquidez.

28 3.El papel de la Banca de Desarrollo como agente colocador de Financiamiento Público Local: Conferir atribuciones para la toma de decisiones a las delegaciones. Adopción de medidas y acciones para que la banca de fomento mejore su eficiencia y otorgue financiamiento en mejores condiciones de plazo y tasa a gobiernos locales y, Se otorgue un trato diferenciado en función de la calificación de riesgo de los gobiernos locales, así como una mayor representación de los Estados y Municipios en los Consejos Consultivos.

29 Organismos del Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria Estrategia Cinco: Redefinir la estructura actual del sistema nacional de coordinación fiscal para transformarlo en un sistema nacional de la hacienda pública en el que participen los tres órdenes de gobierno.

30 Acciones. 1.Que la Reunión Nacional de Funcionarios Hacendarios, sea el órgano a través del cual se definan los criterios y políticas para el funcionamiento de un nuevo Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria, así como para su evaluación, y la Comisión Permanente de Funcionarios Hacendarios se encargue de su operación y seguimiento. 2.Que se integre por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, los responsables de las haciendas públicas de cada una de las entidades federativas y del Distrito Federal, los titulares de las Dependencias del Gobierno Federal relacionadas con la descentralización del gasto, y con tres representantes de las haciendas públicas de los municipios del país.

31 3.Que se establezcan mesas de trabajo para el análisis de tópicos municipales con la participación equitativa de los municipios en la Comisión Permanente, en función de su tamaño, y en los Grupos Técnicos y de Trabajo correspondientes. 4.Crear las comisiones o grupos de trabajo que estime necesarias, con carácter temporal para cada tema específico. 5.Establecer las medidas necesarias que le permitan vigilar la creación, incremento y distribución de los fondos de participaciones, y el pago que cada una de las Entidades efectúe a sus correspondientes municipios.

32 6.Se redefinen obligaciones del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas, Indetec, para que una función primaria de éste, sea la de llevar a cabo los análisis de la información generada dentro del Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria. Se propone que la ley prevea el mecanismo de financiamiento estable y oportuno de su presupuesto mismo que será financiado por los tres ámbitos de gobierno, en razón de ser un organismo del Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria.

33 Diseño de Bases Constitucionales del Sistema de Colaboración y Coordinación Intergubernamentales Estrategia Seis: Promover la sistematización en el orden Constitucional de las bases para la distribución correspondiente a cada ámbito de gobierno en todas las materias de la Hacienda Pública.

34 Acciones. 1.Celebración de convenios intergubernamentales entre los ordenes federal y local, así como para que una entidad federativa colabore, exclusivamente en el ámbito administrativo, con otra u otras entidades en el ejercicio de sus funciones y la prestación de servicios públicos (Artículo 116, Fracción VII Constitucional). 2.Las leyes federales no limitarán las facultades de las entidades federativas y municipios ni establecerán exenciones de contribuciones locales.

35 3.Se reitera que las facultades que no están expresamente concedidas al orden federal, se entienden reservadas a las Entidades Federativas. 4.Se establece el ejercicio de facultades concurrentes en algunas materias como son: seguridad pública, protección civil, medio ambiente, salud, educación, comercio, desarrollo económico y desarrollo social, para lo cual se requiere de legislación federal y local que regule los aspectos generales y específicos en sus respectivos ámbitos de validez

36 5.Se exprese con toda claridad que: Las entidades federativas participarán a sus municipios, de los ingresos que por concepto de contribuciones establezcan sus legislaturas, en los términos de las leyes respectivas. Se crea el Sistema Nacional de Coordinación de las Haciendas Públicas, que se regirá de acuerdo a la Ley General. En ningún caso las entidades federativas que se coordinen podrán ceder o suspender en su totalidad el ejercicio de sus potestades tributarías.

37 De los Sistemas de Información, Evaluación y Rendición de Cuentas Intergubernamentales Estrategia Siete: Fortalecer e impulsar la promoción de la transparencia, la rendición de cuentas y el esfuerzo fiscal de cada orden de gobierno.

38 Acciones. 1.Crear un Sistema Integral de Información de las Haciendas Públicas, a fin de armonizar los sistemas presupuestarios y contables de las entidades y la federación. 2. Establecer los mecanismos de coordinación logística hacendaria nacional, de infraestructura tributaria intergubernamental y de armonización de los registros contables, de criterios de operación y rendición de cuentas federales, estatales y municipales.

39 3.Incluir en la legislación sanciones por incumplimiento en la obligatoriedad de informar sobre el uso de los recursos, así como el establecimiento de sanciones a los funcionarios responsables. 4.Incluir en la LCF un apartado sobre la transparencia, que facilite el acceso a la información de todas las partes del sistema. 5.Crear y contar con un Sistema Nacional de Información en línea, que reporte con oportunidad, eficacia y objetividad, los datos fundamentales a nivel país, del comportamiento del Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria, considerando las restricciones en materia de acceso a la información que establecen las leyes.

40 Del Mejoramiento del Sistema de Coordinación Hacendaria Estrategia Ocho: Procurar el equilibrio entre los aspectos relacionados con el ingreso y el gasto público de los tres órdenes de gobierno y otorgar certeza jurídica respecto de los acuerdos y resoluciones de coordinación intergubernamental en las materias de la hacienda pública.

41 Acciones. 1.Establecer mecanismos para la armonización de los procesos de planeación y presupuesto en un nuevo marco de colaboración y coordinación. 2. Revisión integral del Convenio de Adhesión, para adecuarlo a las recomendaciones que surjan de los trabajos de la Convención Nacional Hacendaria y que se establezcan en las leyes respectivas 3. Promover que las iniciativas que impliquen incrementos en el gasto público consideren las fuentes de ingreso posibles para cubrirlos. 4.Que exista congruencia entre las diferentes legislaciones que tengan pertinencia para cumplir los objetivos de las políticas públicas sectoriales, y la normatividad presupuestal y la política tributaría.