Trabajo decente para las/os trabajadoras/es domésticas/os

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Transcripción de la presentación:

Trabajo decente para las/os trabajadoras/es domésticas/os Conclusiones propuestas con miras a la adopción de un instrumento internacional del trabajo

¿Por qué un nuevo instrumento? El trabajo doméstico está subvalorado, invisible y mal regulado Es desempeñado principalmente por mujeres, muchas de las cuales son migrantes Las/os TDs son frecuentemente víctimas de violación de sus derechos humanos fundamentales (trabajo forzoso, trabajo infantil y discriminación) Debido a las especificidades del trabajo doméstico, sería deseable complementar las normas generales por normas específicas para las/os TDs La creciente demanda y la importancia del trabajo doméstico (en especial servicios de cuidado) para la economía mundial

El proceso Basado en el Informe IV(1) sobre la legislación y la práctica en los países miembros y las respuestas de los mandantes al cuestionario relacionado, la Oficina ha preparado el informe "Conclusiones propuestas" con miras a un posible instrumento normativo (Convenio y/o recomendación) Criterios guía: Cobertura amplia; ratificabilidad; lograr estadares de protección laboral mínima Estas “Conclusiones propuestas” se debatirán en la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 2010 En base al resultado del debate de 2010, se prepararán borrador(es) de instrumento(s), con vistas a su adopción en la Conferencia Internacional del Trabajo en 2011

Las conclusiones propuestas para la discusión en CIT 2010 Puntos propuestos para con miras a la adopción de un convenio Definición genérica del TD, que permita cierta flexibilidad Reafirmación de la aplicación de los principios y derechos fundamentales del trabajo a los/as TDs Medidas para garantizar térmimos justos de empleo, en condiciones de trabajo decente Atención específica a las necesidades de los/as TDs migrantes Acceso fácil y asequible a los procedimientos de solución de conflictos Medidas oportunas para garantizar el cumplimiento de la legislación

Definición y ámbito de aplicación El trabajo doméstico se define como el trabajo realizado en el marco de una relación de trabajo, en un hogar o para él (incluyendo las tareas domésticas, cuidado personal, jardinería, seguridad privada, servicios de chofer, etc) Trabajador/a doméstico/a se define como cualquier persona empleada en un trabajo doméstico a cambio de una remuneración (incluye el personal contratado y colocado por una agencia de empleo)

Términos justos de empleo La edad mínima de admisión al trabajo doméstico Los elementos del contrato deberán ser comunicados al/la trabajador/a en forma apropiada y fácilmente comprensible Protección efectiva contra todas las formas de abuso y acoso, y protección del derecho del/la trabajador/a a la privacidad/vida privada Condiciones no menos favorables que las de otras categorías de trabajadores/as asalariados/as en materia de (i) seguridad y salud en el trabajo, y (ii) seguridad social, incluida la maternidad

Condiciones de trabajo decente Horas de trabajo, compensación por horas extraordinarias, períodos de descanso diario / semanal y vacaciones anuales remuneradas; no menos favorables que que las de otras categorías de trabajadores/as asalariados/as Cobertura del salario mínimo Pago del salario a intervalos regulares, directamente al/la trabajador/a doméstico/a; pago de una proporción limitada (préviamente acordada) del salario en especie autorizado excepcionalmente bajo ciertas condiciones estrictas

Otras garantías Los/as TDs deben tener la libertad de (i) negociar sobre la posibilidad de residir o no en el domicilio del empleador (ii) permanecer en el hogar durante el descanso diario/semanal o las vacaciones anuales (iii) mantener en su poder los documentos de viaje y de identidad La disponibilidad laboral inmediata (stand-by) debe considerarse como tiempo de trabajo y ser remunerada Protección contra las prácticas abusivas de las agencias de empleo

Orientación adicional Puntos propuestos con miras a la adopción de una recomendación Elaboración de un modelo de contrato para TD Medidas específicas para rlos/as TDs que trabajan de noche Día fijo de descanso semanal teniendo en cuenta las necesidades culturales, religiosas y sociales de los/as TDs Liquidación inmediata de los pagos pendientes al término de contrato Una reglamentación estricta con relación al pago permitido en especie Requisitos mínimos sobre alimentación y alojamiento para TDs puertas adentro Medidas concretas para la protección de los/as TDs migrantes, p. ej.  Un sistema de visitas a domicilio y red de viviendas de emergencia Cooperación internacional para mejorar la protección de los/as TDs

Conclusión El(los) nuevo(s) instrumentos de la OIT: Pretenden incluir al grupo tradicionalmente excluido de los/as trabajadores/as domésticos/as dentro del mercado de trabajo formal Establecen un equilibrio cuidadoso entre las normas preceptivas y flexibilidad en su aplicación Reiteran la aplicabilidad de los principios y derechos fundamentales del trabajo a TDs Demandan un tratamiento no menos favorable en áreas como el tiempo de trabajo, seguridad y salud en el trabajo, la seguridad social/ maternidad Pretenden abordar las necesidades de los/as TDs migrantes y el reto de la organización colectiva de los/as TDs

¿Qué viene ahora? Desafíos pendientes Determinar el ámbito de acción Promover la libertar de asociación - Superación de los obstáculos a la sindicalización de los/as TDs y a la negociación colectiva Asegurar el cumplimiento de las normas - Viabilidad de las visitas de inspección que deben tener acceso a viviendas particulares Diseñar el futuro trabajo de la OIT en materia de TD (promoción de nuevos instrumentos, asistencia técnica, sensibilización, etc)