EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Referencias a la parte VIII Convenio 102 OIT – ”Norma Mínima y aplicación por EsSalud Fabio Durán Valverde OIT.
Advertisements

ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO ASPECTOS DE SEGURIDAD SOCIAL Dirección de Asesoría Jurídica.
LA SEGURIDAD SOCIAL Concepto Beneficiarios/as Regímenes
PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
EL DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS
Maternidad Grupo TRACK Tema 6 Iñigo Ramos Endika López de Davalillo
CÁLCULO DEL SUBSIDIO ESPECIAL PARA TRABAJADOR MAYOR DE 45 AÑOS QUE HA AGOTADO LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO DE 24 MESES DE DURACIÓN GRUPO TRACK Jose Mª Ríos.
Cálculo de la prestación BOST
GRUPO VITORIA RULES TEMA ENCUADRAMIENTO EJERCICIO 11.
Calculo de la prestación económica BOST
CÁLCULO DE LAS PRESTACIONES POR MUERTE Y SUPERVIVENCIA, EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS, CAUSADAS POR TRABAJADOR FALLECIDO A CAUSA DE ACCIDENTE NO.
Tema 4: Incapacidad Temporal EJERCICIO 11
ASISTENCIA SANITARIA trabajadores declarados afectos de incapacidad permanente sin derecho a pensión Bost.
DESEMPLEO. Un trabajador, de 28 años de edad, con 2 hijos a su cargo, afiliado a la Seguridad Social, comienza a prestar sus servicios en una empresa.
MATERNIDAD Ejercicio nº6 GRUPO BOST. Planteamiento Una trabajadora, que fue contratada en la modalidad de trabajo a tiempo parcial el ,ha venido.
AYUDAS PARA FOMENTAR EL EMPLEO de las Víctimas de violencia de Género.
INCAPACIDAD TEMPORAL Y DESEMPLEO.
Programa de fomento de empleo
ARAG Pensión Alimenticia. Definiciones que interesa conocer: Tomador: Cualquier persona física o jurídica obligada al pago de la prima Asegurado: Tendrá.
  ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL   RÉGIMEN GENERAL: Trabajadores por cuenta ajena. REGÍMENES ESPECIALES: Trabajadores autónomos, empleados.
Carolina Blasco Jover Primeras experiencias aplicativas de la reforma laboral de 2012 Medidas para mejorar la empleabilidad de los trabajadores.
Mª Isabel Leña Pulido Febrero / 2008 PRESTACIONES DE INCAPACIDAD PERMANENTE, RESPONSABILIDAD Y RECARGO Supuesto práctico CURSO SUPERIOR DE SEGURIDAD SOCIAL.
MODIFICACIÓN y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre, por el que se desarrolla.
EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Artículo Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio,
La seguridad social: prestaciones
La protección del embarazo y la lactancia en la legislación
Prof. Gómez Armario1 Modificación, suspensión y extinción del contrato.
Paloma Tobes Portillo Miguel Angoitia Grijalba Álvaro Salas Suárez
Unidad 5 El sistema de la Seguridad Social
Gestión de recursos humanos Administración y finanzas
Seguridad Social vamos a conocer...
DERECHOS JORNADA, PERMISOS Y VACACIONES
La Seguridad Social en España
Normas de OIT relativas a la Seguridad Social Oficina Internacional del Trabajo.
SEGURIDAD SOCIAL.
LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES CONTRATADOS A TIEMPO PARCIAL. –AMBITO DE APLICACIÓN, ACCION PROTECTORA Y PERIODOS DE COTIZACION. –NORMAS RELATIVAS.
GUÍA PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE ACTIVACIÓN PARA EL EMPLEO Diciembre de 2014 secretaría de acción sindical.
Proyecto Ley orgánica igualdad. Aspectos laborales.
SISTEMA GNERAL DE PENSIONES
Unidad 6 Financiación y prestaciones de la Seguridad Social
LA SEGURIDAD SOCIAL I Formas de cubrir los riesgos
INTEGRACION DEL REGIMEN DE HOGAR EN EL REGIMEN GENERAL
Secretaria Comunicación y Empleo El REASS desaparece, los trabajadores/as cuenta ajena agrarios se integran en el Régimen General de la Seguridad Social.
PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD: PERSPECTIVA HISTÓRICA Y SITUACIÓN ACTUAL Rodríguez Reyes C, Hernández Cataño JM, Martínez Álvarez MD, Cabanillas Moruno JL,
Gestión de recursos humanos Administración y finanzas
La Seguridad Social.
SEGURIDAD SOCIAL Johan Álvarez Higuera Erika Daniela Duarte Acevedo
Actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social Ley 27/2011, de 1 de agosto Presentación elaborada por Francisco Javier Alonso.
U.D. 9: LA SEGURIDAD SOCIAL
¿Qué es la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos? De acuerdo con la Ley 32/2010, de 5 de agosto, los trabajadores autónomos cuentan.
PRESTACIONES POR DESEMPLEO
LA SEGURIDAD SOCIAL.
UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Diplomatura Relaciones Laborales Diplomatura Relaciones Laborales D. Fco. Javier Fernández.
Unidad 6: El sistema de la Seguridad Social
PRESTACIONES ECONÓMICAS
EL CONVENIO HISPANO-PERUANO DE SEGURIDAD SOCIAL
CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO
INCAPACIDADTEMPORAL Dirección Asesoría Jurídica José Luis Puig Gómez de la Bárcena Abogado Madrid, octubre de 2006.
LABORALES Y NECESIDADES
Organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales.
Febrero 2014 NOVEDADES LABORALES DEL PERIODO NOTA LEGAL: La normativa legal que facilita la sociedad es a título meramente informativo, puede contener.
Unidad 7 LA SEGURIDAD SOCIAL Y EL DESEMPLEO.
AFILIACIÓN AL SGSSS.
SISTEMA DE LA LEY 35/2015 CRITERIOS GENERALES Y SUPUESTOS PRÁCTICOS
 ART. 47 ET  CUANDO CONCURRAN CAUSAS ECONOMICAS, TECNICAS, ORGANIZATIVAS O DE PRODUCCIÓN  SE ADOPTAN CUANDO PERMITAN SUPERAR UNA DIFICIL SITUACIÓN.
Tema 4 Cálculo cotización SS y retención IRPF
Unidad 6 El sistema de la Seguridad Social.
Formación y orientación laboral
Transcripción de la presentación:

EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1. Regulación 2. Campo de aplicación 3. Regímenes 4. Estructura 5. Obligaciones de los empresarios con la Seguridad Social 6. Prestaciones

1. Regulación CE 78: los poderes públicos mantendrán un régimen público de la Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad LEY General de la Seguridad Social (modificada L 40/07) También normativa europea y de la OIT

2. Campo de aplicación Personas con derecho a prestaciones. Dos modalidades: Contributiva. Han cotizado suficiente. Son: Trabajadores por cuenta ajena Autónomos Socios de cooperativas Funcionarios Estudiantes Extranjeros legales No contributiva. Españoles con carencia de cotización. Tienen derecho a asistencia sanitaria, invalidez y jubilación

3. Regímenes Dos tipos: Régimen general (mayoría de trabajadores) y Regímenes especiales Mar Minería del carbón Autónomos

4. Estructura

5. Obligaciones de los empresarios con la Seguridad Social Inscripción. En tesorería antes del inicio de la actividad. Se asigna un CCC. Los autónomos también deben darse de alta en su régimen. Formalización de cobertura de riesgos profesionales: con la Seguridad Social o Mutua. Afiliación de los trabajadores (TA1) A petición de la empresa A instancia de los trabajadores De oficio Alta Antes del inicio de la relación laboral Baja y variación de datos Al finalizar la relación laboral o variación se comunica a Tesorería Cotización: tanto el empresario como el trabajador deben cotizar por diversas contingencias: Contingencias comunes Contingencias profesionales Horas extraordinarias Otros conceptos: Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación profesional.

6. Prestaciones Asistencia sanitaria (médica, farmacéutica, prótesis) Prestaciones económicas IT Maternidad Paternidad Invalidez Jubilación Desempleo Muerte y supervivencia Prestaciones familiares por hijo a cargo Asistencia social. Rehabilitación, asistencia a tercera edad… Prestaciones no contributivas Invalidez, jubilación, hijo a cargo

IT Temporalmente el trabajador está incapacitado para trabajar Requisitos: afiliado y en alta Enfermedad Común: 180 días cotizados en los 5 años anteriores Causas: Enf. Común y Accidente No Laboral. Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional. periodo de observación Enf.Prof. Duración: 12 meses más 6 de prórroga. Máximo 30 meses (sólo si existen posibilidades de recuperación). Cuantía: Enf. Común (EC) o Acc No Laboral(ANL) 1° al 3er. día nada 4° al 20° :el 60% Base Reguladora 21° al final: el 75% Base Reguladora Acc. De Trabajo (AT) o Enf. Prof.(EP) salario 1er día. Resto 75% BR Base reguladora: EC ANL: BCCC mes anterior/30 o n° días mes si la base es diaria AT EP: BCCP (sin h.e)/30+h.e año anterior/360 o 365

Maternidad RIESGO DURANTE EL EMBARAZO: Permiso por parto Duración: 16 semanas. + 2 por cada hijo más a partir del 2° 6 semanas inmediatamente posteriores al parto para la madre. El resto se distribuyen a gusto del consumidor si los 2 trabajan y siempre que no suponga un riesgo para la salud de la madre. Si la madre no cumple los requisitos (igual que la Enf. Común en IT), tras las 6 semanas puede disfrutar el permiso el padre. Adopción y acogimiento menores 6 años = requisitos y duración hospitalización del bebé tras el parto: prestación a partir de alta requisitos : ver paternidad y: Cuantía: 100 % de la BR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO: mismos requisitos que IT x EC pero 75% BR a) las mujeres menores de 21 años estar solo dadas de alta. b) las de entre 21 y 26,haber cotizado 90días.  c) aquellas que no hayan cotizado nada, recibirán un subsidio de 6 semanas equivalente al IPREM.

Paternidad Protege el derecho del otro progenitor, distinto al que ha generado el derecho a la prestación de maternidad, a percibir un subsidio durante los días de suspensión del contrato de trabajo en caso de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento. Duración: 13 días, se ampliará en dos días más por cada hijo a partir del segundo. Cuantía: 100 % de la BR Requisitos: Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta. Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de dicha suspensión de contrato, o alternativamente 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la mencionada fecha. Beneficiarios: En el supuesto de adopción o acogimiento corresponderá sólo a uno de los progenitores a elección de los interesados si ambos trabajan.

Incapacidad permanente Tras el alta médica se presentan reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan la capacidad para el trabajo Grados: Incapacidad permanente parcial (IPP) 33% disminución. Realiza tareas fundamentales de su profesión Incapacidad permanente total(IPT) No puede realizar las tareas fundamentales de su profesión. Sí otra Incapacidad permanente absoluta(IPA) Impide realizar cualquier profesión Gran invalidez (GI) IPA + imposibilidad realizar los actos más esenciales de la vida

IPP Requisitos. Debe derivarse de IT Requisito general: afiliado y en alta o situación asimilada al alta. Carencia: 1800 días en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de extinción IT. Base reguladora: IT. Cuantía: 24 mensualidades de la base reguladora

IPT, IPA y GI Requisitos: alta o asimilada y afiliación. Carencia: - menor de 26 años: mitad del tiempo entre 16 años y la fecha del hecho causante de la prestación. - mayor de 26 años:. un cuarto de tiempo entre 20 años y la fecha del hecho causante de la prestación. Mínimo 5 años. Un quinto del periodo de cotización en los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante. Base reguladora: 1-por AT y EP (total retribución anual anterior hecho causante)/12 2-ANL BR=24 BCCC(elegidas de entre los últimos 7 años)/28 3-enfermedad común a) BR = 96 BCCC (24 últimos sin actualizar IPC)/112 b) enfermedad común menor de 52 años. BR = BCCC periodo de carencia exigido/ Periodo de carencia x 1,1666 Cuantía IPT: 55% BR 55% +20% IPT cualificada (mayor de 55 años y desempleado) IPA: 100% GI: 150%

Jubilación Requisitos: Alta o asimilada al alta y afiliación. Período mínimo de cotización: Período de cotización genérico: 15 años (5.475 días), a partir de 25- 05-2010. Período de carencia: 15 años (2 en los últimos 15 años). Base reguladora: 180 BCCC/210 Cuantía: 15 años………………………….. 50% BR +3% 25 años………………………….. 80% BR +2% 35 o más……………………….. 100% BR

Edad Requisitos: Alta o asimilada al alta y afiliación. Período mínimo de cotización: Período de cotización genérico: 15 años (5.475 días), a partir de 25-05-2010. Edad: Carencia: 15 años (2 en los últimos 15 años). Base reguladora: 180 BCCC/210 cuantía: 15 años………………………….. 50% BR +3% 25 años………………………….. 80% BR +2% 35 o más……………………….. 100% BR

Muerte y supervivencia Auxilio por defunción: 30 euros Viudedad Vitalicia (sin nuevo matrimonio) y compatible con trabajo 55% BR Orfandad 20% BR - menor de 18 años. - incapacitados. - no ingresos o ingresos inferiores o = 75% SMI.- 22 años y 24 años orfandad absoluta Pensión a favor de familiares BR: jubilación o IP

Desempleo Requisitos: Alta o asimilada y afiliado. Encontrarse en SLD: Extinción ERE Muerte, jubilación, incapacidad Despido (procedente o improcedente) Despido por causas objetivas. Resolución del trabajador por movilidad geográfica, modificación sustancial, incumplimiento empresario.

Desempleo Duración: (en función de lo cotizado en los últimos 6 años)

Desempleo Base reguladora: promedio BCCC últimos 6 meses. Cuantía: - 80 primeros días: 70% - Resto 50% Topes máximos: - 175% IPREM* (sin hijos) - 200% IPREM*( 1 hijo) - 225% IPREM* (con 2 hijos) Topes mínimos: - 80% IPREM *(sin hijos) - 107% IPREM *(con hijos) IPREM:532,51 euros *IPREM incrementado una sexta parte: 621,26

Subsidio desempleo Situaciones requeridas. Agotada prestación por desempleo y tener responsabilidades familiares. Trabajadores mayores 45 (diversas causas) Trabajadores que no llegan al mínimo para alcanzar una prestación contributiva. Mayores 52 que reúnen todos los requisitos excepto la edad para acceder a la jubilación. Emigrante retornado, liberado de prisión, mejoría en revisión de incapacidad. Cuantía: 80% IPREM