POSESIÓN TESIS DE SALEILLES.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
TERCERO EN EL PROCESO CIVIL
Advertisements

Profesor : Roberto Berrios Chambe Ayudante : Javier Villar
La Responsabilidad Moral.
TITULOS DE CREDITO Un título de crédito, también llamado título valor, es aquel "documento necesario para ejercer el derecho literal y autónomo expresado.
LA SUPERFICIE Y LA SERVIDUMBRE
DERECHOS REALES PROPIEDAD POSESION USUFRUCTO USO HABITACION
PROFESOR.- DOCTOR: ALDO RIVAS ODRIA
EL PATRIMONIO El patrimonio es otro de los atributos de las personas, consiste en el conjunto de derechos y obligaciones apreciables en dinero, sin embargo.
INTERDICTO FUNDAMENTOS JAT/FBS.
LAS MEDIDAS CONSERVATORIAS
TESIS II: TITULOS VALORES
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
Origen y Esencia del Estado y el Derecho
HIPOTESIS EN UN ESTUDIO
Daniel Valverde Mesén A76671
Servidumbres - Adriana Villalobos M..
Los problemas del título: la posesión y la buena fe en los conflictos agrarios Lic. Álvaro Meza Lázarus.
Información Posesoria
La jurisprudencia salvo alguna sentencia insiste expresamente en que no es una parte del dominio, sino un derecho real en cosa de otro. Y no siendo una.
INTRODUCCIÓN Las accesiones posesorias llamadas interdictos las cuales tienen por objeto conservar o recuperar la posesión de bienes inmuebles o de derechos.
BIENES I LA POSESIÓN IRREGULAR.
CUARTO PLENO CASATORIO CIVIL
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
Naturaleza Jurídica de la Posesión
POR: EDGAR BARAJAS ORTIZ
Acumulación Litisconsorcio Intervención de Terceros
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION Facultad de Derecho y Ciencias Sociales ROMANO II UNIDAD VII.
POSESIÓN Articulo 762 del Código Civil, define la posesión como «la tenencia de una cosa determinada de señor o dueño, sea que el dueño o el que se da.
CONTRATACION AGRARIA EL CONSENSUALISMO EL FORMALISMO
EL ACTO ADMINISTRATIVO
Centro Educativo Cualcan Acapulco
LA POSESION.
ROMANO II UNIDAD V UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION
EL DERECHO SOCIEDAD Y DERECHO:
Derechos reales y personales. Doctrinas y diferencias
DERECHOS REALES Curso 2004 UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
La naturaleza del hombre
S O correlación Se hallan frente a frente el sujeto y el objeto.
TEMA 13 LA USUCAPION.
TEORIA DE LOS COSTOS 1.1 Antecedentes/Comentarios
Al enseñar a otros, usted mismo aprenderá. G . I . Gurdjieff
Musset González Palacios
TRADICIÓN Y ADQUISICIÓN A NON DOMINO
DERECHO MERCANTIL TÍTULOS DE CRÉDITO
ADQUISICION DE LA POSESION
La Acción Reivindicatoria
Acción publiciana, negatoria y de jactancia
Material para el curso Prof. Marco V. Alvarado Quesada
POSESIÓN MATERIAL PARA USO DEL CURSO DE DERECHOS REALES
BOLILLA 2 POSESION.
DEFINICIÓN, OBJETO, CARACTERÍSTICAS Y TITULARIDAD
 Derecho real es la relación jurídica en virtud del cual el sujeto activo ejerce directamente poderes sobre las cosas, y puede oponerse a que éstas sean.
Pensamientos para reflexión
EL CONCEPTO DE PERSONA JURIDICA
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS REALES
ACCIONES EN DEFENSA DEL DERECHO DE PROPIEDAD
PERDIDA DEL DERECHO DE PROPIEDAD
MAESTRIA EN IMPUESTOS U.A.A.
Los valores.
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA FACULTAD DE DERECHO DERECHOS REALES II PROF
TITULOS-VALORES.
1 Derechos reales y personales. Criterios de diferenciación Material para el curso de Derechos Reales I Prof. Marco V. Alvarado Quesada.
LEY HIPOTECARIA TEST Eva Q.. GENERALMENTE LA POSESIÓN a)Supone un contacto físico con la cosa b) Supone consciencia de tener la cosa o conocimiento de.
INTRODUCCION Es un elemento fundamental en todo proceso de investigación Viene después del problema, y el investigador la enuncia Esto orienta el proceso.
El vocablo Derecho.  El término derecho deriva de ¨DIRECTUS¨, participio pasivo del verbo latino dirigere, que significa guiar, enderezar, y de ¨RECTUS”,
LECCIÓN 1 El vocablo Derecho.
EL DERECHO REAL DE LA POSESIÓN
Derecho de los bienes y las sucesiones
VOCACION SUCESORIA, ¿ Qué significa ? Art. 962 CC Significa Estar en posibilidad de suceder a determinada persona, y este derecho a heredar solo puede.
SON LAS CONSECUENCIAS JURIDICAS DE LA POSESION
Transcripción de la presentación:

POSESIÓN TESIS DE SALEILLES

CORPUS Es un conjunto de hechos susceptibles de descubrir una relación permanente de apropiación económica, un vínculo de explotación de la cosa puesta al servicio del individuo, entre aquel a quien dichos hechos se refieren, y la cosa, que éstos tienen por objeto

En materia de posesión, el corpus es una relación de tal naturaleza, que nos descubre el propietario y que corresponde a lo que sería el ejercicio de un verdadero derecho de propiedad

FACTORES DE LOS QUE DEPENDE SU ESTRUCTURA Naturaleza de la cosa Forma de utilizarla desde el punto de vista económico Del uso, siempre variable, según el país y la época

La posesión es un fenómeno económico de apropiación de riqueza. REQUISITOS PARA QUE LA APROPIACIÓN ECONÓMICA CONSTITUYA EL CORPUS EN LA POSESIÓN: PERMANENTE ACTUAL INDISCUTIBLE PÚBLICA

Para ser poseedor es preciso querer poseer, lo cual significa que para ser poseedor es preciso querer obrar como dueño; y no cabe duda que a quien rehusa obrar como dueño, no se le puede considerar positivamente como dueño de la cosa

ANIMUS Es la realización consciente y voluntaria de la apropiación económica de las cosas. En vista de esto, el poseedor será aquel que en el mundo fenomenal externo aparezca como dueño de hecho y con propósito de serlo de la cosa

Afirma dos extremos: La posesión implica un elemento voluntario.(Ihering) Esta voluntad recae sobre el hecho y no sobre el derecho. (Ihering)

Pero difiere en: El acto en que consiste le animus no es simple acto de tenencia y disfrute de la cosa, es acto de señorío, debe ser tal que implique que no hay renuncia a este señorío, y por consiguiete, existe un animus possidendi distinto de la voluntad de retener y gozar la cosa, por consiguiente distinto del animus detinendi de que habla Ihering

CRITERIO QUE SE FUNDA EN LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO ROMANO: Hay posesión allí, donde hay un vínculo de hecho, capaz de probar la independencia económica del poseedor.

EFECTIVIDAD CONSCIENTE Y QUERIDA DE APROPIACIÓN ECONÓMICA DE LAS COSAS POSESIÓN EFECTIVIDAD CONSCIENTE Y QUERIDA DE APROPIACIÓN ECONÓMICA DE LAS COSAS

CLASIFICACIÓN DE TEORÍAS POSESORIAS Ihering. Funda la posesión en el vínculo de explotación económica; en esta es poseedor de todo el que detenta, salvo el hallarse exceptuado expresamente por la ley. Savigny. Funda lo posesión en la relación de apropiación jurídica, y para él no hay más poseedores que los que pretenden la propiedad. Saleilles. Funda la posesión en la relación de apropiación económica, y que declara poseedor a todo aquel que en el orden de los hechos aparezca gozando independientemente, y a quien entre todos aquellos que mantienen relaciones de hecho con la cosa, deba considerársele, con justo título, como dueño de hecho de la misma.