ADQUISICION DE LA POSESION

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
TESIS III: DERECHO PRIVADO
Advertisements

PROCEDIMIENTOS CAMBIARIOS
Acción de petición de herencia y otras acciones del heredero
PROFESOR.- DOCTOR: ALDO RIVAS ODRIA
Es el reconocimiento de la calidad de heredero.
LAS MEDIDAS CONSERVATORIAS
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
EFECTOS PROPIOS DE LOS CONTRATOS ONEROSOS
EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES
LA USUCAPION Y LA OPOSOCION A LA INSCRIPCION DEL TITULO
Los problemas del título: la posesión y la buena fe en los conflictos agrarios Lic. Álvaro Meza Lázarus.
ACCION REIVINDICATORIA
Material para el curso de Derechos Reales Facultad de Derecho
CONTRATO DE DEPÓSITO MERCANTIL
INTRODUCCIÓN Las accesiones posesorias llamadas interdictos las cuales tienen por objeto conservar o recuperar la posesión de bienes inmuebles o de derechos.
BIENES I LA POSESIÓN IRREGULAR.
Naturaleza Jurídica de la Posesión
ENTORNO JURIDICO DE NEGOCIOS
POR: EDGAR BARAJAS ORTIZ
Acumulación Litisconsorcio Intervención de Terceros
POSESIÓN Articulo 762 del Código Civil, define la posesión como «la tenencia de una cosa determinada de señor o dueño, sea que el dueño o el que se da.
TRABAJO DE ACCESION Marco Vinicio alvarado CURSO REALES I ESTUDIANTES
LA PROPIEDAD.
María del Carmen Núñez lozano Catedrática de derecho administrativo
Derechos Reales Limitados
Daniela Tovar Casanova María Alejandra Lizcano Lina María Mora Guzmán
LA POSESION.
Cuestionario Nro 1 1.Concepto y caracteres del Derecho Real. 2. Enumeracion de los derechos Reales en el Codigo 3.- Cuales son los derechos reales fuera.
CLASIFICACION DE LAS OBLIGACIONES Prof. Dr. José María Breuer Planas
DERECHOS REALES Curso 2004 UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
Condominio. Concepto Especie dentro de la comunidad o comunión de bienes: Es la comunidad existente entre los copropietarios de una misma cosa.
LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA O USUCAPION carlos luis loor
“La presunción de la buena fe del poseedor de cosa ajena” dr
I. Asegurar la estabilidad de la propiedad, evitando su continua contestación. II. Presunción de renuncia del dueño ante su inactividad y la correlativa.
Unidad Nro. 17 CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES (CONT.)
TEMA 13 LA USUCAPION.
Catedrático: Emilio Balarezo Reyes
EL DERECHO DE USO Y HABITACION
EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES.
TRADICIÓN Y ADQUISICIÓN A NON DOMINO
TEMA 6 LOS DERECHOS REALES.
La Acción Reivindicatoria
BOLILLA 2 POSESION.
Tema 3 La autonomía privada
 Derecho real es la relación jurídica en virtud del cual el sujeto activo ejerce directamente poderes sobre las cosas, y puede oponerse a que éstas sean.
CONTRATOS CONVENCIÓN POR LA CUAL UNA PARTE SE OBLIGA PARA CON LA OTRA O AMBAS RECÍPROCAMENTE A DAR, HACER O NO HACER ALGO.
MEDIOS DE TÉRMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
Contratos aleatorios Renta Vitalicia
TEMA Nº 14 EL USUFRUCTO.
Alumna: Alegría Narváez Sandra Odimaris Carrera: Ingeniería en Administración Instituto tecnológico de Lerma Maestra: Arroyo Denis Candelaria Beatriz Materia:
ACCIONES EN DEFENSA DEL DERECHO DE PROPIEDAD
1 UNIDAD 2.J) BIENES Y COSAS objetos materiales e inmate- género: bien riales susceptibles de valor. C.Civ. Arg. objetos corporales con especie: cosa valor.
Unidad 6 Castillo Núñez Erika Gutiérrez Lezama Jesús Peña cuevas Edeer
LEY HIPOTECARIA TEST Eva Q.. GENERALMENTE LA POSESIÓN a)Supone un contacto físico con la cosa b) Supone consciencia de tener la cosa o conocimiento de.
Procedimiento. Artículo 634 del Código del Procedimiento Civil: Decretado el embargo de los bienes se procederá respecto de éstos con arreglo a lo dispuesto.
1.-Modos de adquirir la propiedad
Tema 4: La compraventa mercantil (1ª parte).
MODOS DE GARANTIZAR ACUERDOS PREVENTIVOS DANIEL ROQUE VÍTOLO © Vítolo Abogados S.A.
PUBLICIDAD REGISTRAL (CERTIFICADO CATASTRAL). SISTEMAS REGISTRALES *NO REGISTRALES *REGISTRALES.
GARANTIAS.
CONTRATO DE DONACION Art C.C.: “Habrá donación cuando una persona por un acto entre vivos transfiera de su libre voluntad gratuitamente a otra, la.
EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos Reales EXTINCIÓN Y PERDIDA DE LOS DERECHOS REALES Ciclo de Vida de los Derechos.
TEMA 4 Los derechos subjetivos y la relación jurídica.
MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO
Derecho de los bienes y las sucesiones
TEMA 7 LOS SUJETOS DEL TRIBUTO (I). ● Sujeto activo del tributo: el ente público dotado de competencia financiera para exigirlo, aunque no ostente poder.
Juicio de Reivindicación COLEGIO DE ABOGADOS DE QUILMES 12 DE ABRIL DE 2016.
DERECHOS REALES DE GARANTIA
SON LAS CONSECUENCIAS JURIDICAS DE LA POSESION
REIVINDICACIÓN.
Transcripción de la presentación:

ADQUISICION DE LA POSESION CORPUS: POSIBILIDAD FISICA DE TENER LA COSA (ART. 2374) REQUISITOS ANIMUS: INTENCION DE TENER LA COSA COMO SUYA (ART 2373)

CAPACIDAD PARA ADQUIRIR ART. 2392 PUEDEN ADQUIRIR LA POSESION POR SI: * las personas con discernimiento * los mayores de 10 años * los dementes no declarados en juicios en un intervalo lucido * los sordo mudos que se den a entender por escrito 2) POR REPRESENTANTE: * los dementes * menores de 10 años * los sin razón * las personas jurídicas

FORMAS DE ADQUIRIR UNILATERAL: supuestos 1) de cosa res nulius (art 2375) aprehensión 2) de cosa con dueño sin el consentimiento de este (art 2382 y 2384) BILATERAL: tomar una cosa que esta en manos de otro con el consentimiento de este ORIGINARIA: no se reconoce posesión anterior DERIVADA: proviene de una posesión anterior

TRADICION DE LA POSESION ART. 2377 REQUISITOS: Voluntad concurrente del tradens y el accipiens Exteriorización por actos materiales Que este libre de posesión y sin contradictores (posesión vacua) art. 2383 Que las partes sean capases Que se haga de acuerdo a las formas establecidas por el código civil arts. 2378, 2379, 2380

Excepción a la tradición TRADITIO BRIVIMANU: art. 2387 El tenedor de la cosa pasa a ser poseedor El tenedor continua poseyendo en nombre de otro CONSTITUTIO POSESORIO: art. 2462 El poseedor continua en posesión de la cosa en carácter de tenedor

ADQUISICION POR REPRESENTANTE art. 2394 Principio general: se esta a la voluntad del que transmite la posesión. Art. 2395 Independencia de la voluntad del representado. Art. 2396 Calificación de la posesión. Art. 2397 Adquisición por gestor oficioso. Art. 2398

CONSERVACION Y PERDIDA DE LA POSESION Cuando se tiene el corpus y el animus Cuando se tiene solo el animus art. 2445 y 2450 Inmutabilidad de la causa art. 2447 PERDIDA: Por causas relativas al objeto: Extinción del objeto art. 2451 Imposibilidad de ejercer actos posesorios art. 2452 Por quedar fuera del comercio art. 2459 Perdida de la cosa sin esperanza de encontrarla art. 2457

PERDIDA DE LA POSESION continuación 2. Por voluntad del poseedor: Tradición art. 2453 Abandono art. 2454 3. Por acción de un tercero Prescripción art. 2456 Desposesión art. 2455 Interversión de titulo art. 2458

OBLIGACIONES Y DERECHOS INHERENTES A LA POSESION art. 2416 COSAS MUEBLES: Exhibición de la cosa ante el juez Restitución de la cosa cuando así corresponde COSAS INMUEBLES: Cumplir con las restricciones y limites al dominio art. 2418 Soportar servidumbres pasivas Restituir la cosa dada en Anticresis Soportar las cargas de hacer o no hacer impuestas por el anterior poseedor art. 2419 DERECHOS: Exigir que se cumplan las restricciones y limites al dominio Ejercer las servidumbres activas

OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL POSEEDOR POSEEDOR DE BUENA FE: Indemnización: le corresponde art. 2422 Frutos: los hace suyo art. 2423 Productos: debe restituirlos art. 2444 Gastos y mejoras: Puede reclamar: los de producción de los frutos art. 2426 Los necesarios y útiles art. 2427 Las mejoras necesarias y útiles que subsistan al tiempo de la restitución art. 2427 No tiene derecho a reclamar: Los gastos de conservación art. 2430 Las mejoras voluntarias Las mejoras necesarias y útiles que no subsistan al tiempo de la restitución

OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL POSEEDOR continuación Cosas muebles: si dispuso de los mismos debe restituir el precio que obtuvo de la venta de los mismos art. 2431 Riesgos: no responde por la destrucción total o parcial ni deterioros de la cosa, salvo por el provecho obtenido art. 2431 Compensación: Compensa: Gastos útiles y necesarios con el provecho obtenido por la destrucción de la cosa art. 2429 Los frutos percibidos con los gastos de conservación art. 2430 No compensa: Los frutos percibidos con los gastos útiles o necesarios Derecho de retención: le corresponde por los gastos necesarios

OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL POSEEDOR continuación 2. POSEEDOR DE MALA FE: Indemnización: no le corresponde reclamar Frutos: debe: - los percibidos art. 2438 - los que por su culpa hubiere dejado de percibir art. 243 los civiles que el propietario habría obtenido art. 2439. Productos: debe restituirlos Gastos y mejoras: Puede reclamar: Los gastos de producción de los frutos art. 2438 Los gastos necesarios art. 2440 (si no hurto la cosa) Las mejoras utiles que hayan aumentado el valor de la cosa hasta el mayor valor obtenido art. 2441 No puede reclamar: Las mejoras voluntarias (puede llevarlas si no causa perjuicio) art. 2441

OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL POSEEDOR continuación Cosas muebles: si dispuso de las mismas debe el valor integro de las mismas art. 2437 Riesgos: responde por la destrucción o deterioro (salvo que la cosa se hubiere destruido o deteriorado en poder del dueño) art. 2435 Compensación: los frutos percibidos o que hubiere podido percibir con las mejoras útiles que hayan aumentado el valor de la cosa art. 2441 Derecho de retención: por los gastos necesarios art. 2440

OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL POSEEDOR continuación 3. POSEEDOR DE MALA FE VICIOSO Riesgos: responde por su culpa o por caso fortuito art. 2436 Gastos: puede reclamar que se le reconozcan los gastos necesarios Derecho de retención: no le corresponde

Adquisición, conservación y perdida de la tenencia ADQUISICION: Por la tradición: entrega de la cosa sin formalidad alguna art. 2460 Por otras vías: Hallador de una cosa perdida que la conserva como depositario. En el caso de avulsión cuando la cosa no se ha adherido naturalmente durante los 6 meses art. 2461 CONCERVACION: se aplica el régimen de la posesión art. 2445 PERDIDA: ídem a la posesión

OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL TENEDOR Conservar la cosa art. 2463 Denunciar los datos del poseedor si es demandado art. 2464 Restituir la cosa cuando le fuere exigido art. 2465 (ver art. 2467) DERECHOS: Ser indemnizado por los gastos de conservación art. 2466 Derecho de retención hasta que se paguen los gastos o mejoras necesarias art. 2466