Coordinación Fiscal Antecedentes.

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Transcripción de la presentación:

Coordinación Fiscal Antecedentes

SIGLO XIX Ley de Clasificación de rentas de 1824 “CONTINGENTE” = 30% de la recaudación de cada estado que se debía entregar a la Federación para financiar su funcionamiento. 1836 1ª República Centralista el contingente fue suspendido. 1843 Bases Orgánicas previeron un “contingente” que la Federación pagaba a los estados.

ANTECEDENTES 1846 Ley de Clasificación de rentas incorpora al contingente a cargo de los estados y a favor de la Federación pero fue reducido a manera de compensación y no fue sino hasta la Ley de 1868 que se aumentó a 20% 1884 La coordinación fiscal se refuerza con la llamada tesis Vallarta en la que la SCJN determina la existencia de una amplia concurrencia impositiva.

ANTECEDENTES Las constituciones de 1824, 1857 y la de 1917 no hacen una distribución de la potestad tributaria entre el Congreso de la Unión y las legislaturas locales. La Federación puede establecer contribuciones sobre cualquier acto o hecho jurídico. Los estados tienen limitaciones (117, 118 y 131 const.

ANTECEDENTES Dentro de las fuentes reservadas a la Federación NO se incluían las más importantes por lo que se generó una doble y hasta triple tributación. Art. 73 fr. VII y 124 de la Constitución. 1920 con la Ley del Timbre Se separaron algunas hipótesis de gravamen estableciendo leyes especiales con participaciones a los estados y municipios

SISTEMA DE COORDINACIÓN FISCAL Basado en participaciones de los ingresos federales a favor de las entidades federativas, por una parte y por la otra una contribución federal prevista originalmente en la Ley Federal del Timbre, que recaía sobre los ingresos tributarios de carácter local y municipal y constituía una auténtica participación de los impuestos de esos órdenes de gobierno a favor de la Federación.

CONVENCIONES NACIONALES FISCALES 1934 Modificación al art. 73 fr. X Constitucional sirve de base para la creación del SNCF, basado en las participaciones que respecto de tributos federales sobre materias específicas distribuiría la Federación entre las entidades federativas.

CONVENCIONES NACIONALES FISCALES 1942 Modificación al art 73 const. Fr X y XXIX fragmentando la facultad legislativa en su ámbito general fr. X y en sus ámbitos específicos fr. XXIX. Se otorgó al Congreso de la Unión la atribución para imponer contribuciones en exclusiva sobre determinadas materias.

CONVENCIONES NACIONALES FISCALES 1949 se adiciona un inciso g a la fr. XXIX del art. 73 constituciona conel propósito de reservar a la Federación la potestad para gravar en exclusiva la producción y el consumo de cerveza, reglamentada en la Ley que regula el pago de Participaciones en Ingresos Federales a las Entidades Federativas del 29 de diciembre de 1948.

1951 Se estableció en la Ley del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, la posibilidad de que la Federación celebrara convenios de coordinación con las entidades federativas para el efecto de la recaudación de la cuota federal y de la participación local en ese tributo federal, precisándose que los estados tendrían derecho a una cuota adicional del 12 al millar sobre el importe de los ingresos gravables percibidos en su jurisdicción.

1953 ley de Coordinación Fiscal entre la Federación y los Estados y la Ley que otorga compensaciones adicionales a los estados que celebre Convenio de Coordinación en materia de Impuesto Federal sobre Ingresos Mercantiles.

1972 Reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta previó la posibilidad de que se celebren convenios respecto al impuesto global de las empresas con la condición de no mantener en vigor impuestos locales y municipales, pero los estados más importantes continuaron fuera del sistema.

1973 Se abandona el sistema de cuotas adicionales y se adopta el de participaciones ya que las entidades que celebren convenio recibirán 45% de lo que por ese concepto se recaude en su territorio. El SNCF se establece en 1978 con la expedición de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley del IVA y en 1980 con la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y servicios.

NACE EL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL Cuyo sustento se encuentra en la celebración de CONVENIOS DE ADHESIÓN al Sistema entre la Federación y las entidades federativas.

Modificaciones (4 etapas) Se privilegia el resarcimiento a las entidades respecto de los ingresos fiscales que dejaran de percibir al adherirse al sistema. II. 1990 – 1996 Cambios en la estructura y fórmulas del Fondo General de Participaciones con fines de lograr una distribución equitativa de los ingresos nacionales.

Modificaciones (4 etapas) III. 1997 Introducción de los fondos de aportaciones federales a manera de transferencias fiscales condicionadas. IV. A partir de 2008. Se introducen elementos que procuran premiar el esfuerzo recaudatorio y el fortalecimiento de las economías estatales y municipales, tanto en las participaciones como en las aportaciones.