IMPUESTO A LAS SALIDAS AÉREAS AL EXTERIOR (ISAE)

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Comprobantes de venta y retención
Advertisements

Abc Abogados en Caracas ·Londres ·Guildford ·Cardiff ·Hong Kong Dubai ·Singapur ·París ·Pireos ·SanPetersburgo.
Ministerio del Interior
Condonación de multas y recargos de acuerdo al articulo 16, apartado C, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2011.
Artículo 303 del TLCAN y su instrumentación y aplicación en México
GUIA DE APOYO ACTA ADMINISTRATIVA PENAS CONVENCIONALES
Gestión de trámites a permisionarios de transporte de gas LP
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
I DIPLOMADO EN TRIBUTACIÓN
Sistema de Cuentas Tributarias Sistema de Cuentas Tributarias Marzo 2008.
TEMA 12 INSTITUCIONES FINANCIERAS ESPECIALES PROF. ZAYDA E. MÉNDEZ R.
INTRODUCCION A LOS IMPUESTOS
REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE RESIDENCIAS
Capitulo I Ingreso y Salida de Mercancías. Artículo 488. Potestad Aduanera. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales es la autoridad aduanera competente.
Normativa Aplicable LEY AÉRONAUTICA - PERU:
PROGRAMA COMERCIO INTERNACIONAL
GESTION DE IMPORTACIÓN
CÓDIGO MONETARIO Y FINANCIERO
IMPLEMENTACION DE MEDIDAS QUE PERMITAN FACILITAR EL COMERCIO EXTERIOR A TRAVES DEL EJERCICIO EFICIENTE DEL CONTROL ADUANERO, SECTOR FACILITACIÓN DE COMERCIO.
1 MORATORIA 2009 NORMATIVA  Decreto Nº 3140/2008  Resolución Nº 112/2007  Resolución complementaria del Decreto Nº 3140/2008.
Cierre Fiscal 2011 Alternativas y Oportunidades Febrero 10, 2012.
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
1-EL COMERCIO INTERNACIONAL GENERALIDADES Profesor Edgard Rivero H.
Proyecto Derivados BCS: Aspectos Normativos Subgerencia Proyectos Bursátiles 12 de Diciembre de 2011.
Manifestación del consentimiento para la celebración, modificación y terminación de contratos de servicios financieros La situación en Argentina Hugo N.L.
Carlos Alberto Vásquez Oropeza NOTAS SOBRE EL REGIMEN DE EQUIPAJE DE VEHICULOS.
M AESTRÍA EN F INANZAS JORGE ALBERTO AKAMINE TOLEDO Octubre de 2014 Santa Cruz de la Sierra - Bolivia IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES EN BOLIVIA INTEGRANTES:
El Proceso de Importar.
1 NOMBRE DEL GRUPO O LICITACIÓN FECHA DE VIAJE. ITINERARIO AÉREO RESERVADO VIA AMERICAN AIRLINES AA ENERO SANTIAGO – MIAMI SALIDA 10:20 PM LLEGADA.
LEY GENERAL DE SOCIEDADES COMERCIALES Y EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Norma General Sobre Registro Nacional de Contribuyentes e Implementación.
Los organos en las relaciones internacionales.
REGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV
Impuesto a las Utilidades de las Empresas
REGIMEN DE RETENCIÓN A MONOTRIBUTISTAS RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 2549 BO del 6/2/2009.
PROCEDIMIENTOS ADUANEROS II
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE ORURO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS FINANCIEORAS Y ADMINISTRATIVAS MATERIA: REALIDAD ECONÓMICA DOCENTE: LIC. FREDDY DEL CASTILLO.
Preparado Por : Lic. Jorge Alberto Akamine Toledo
Impuesto al consumo especifico I.C.E
SOBRECOSTOS TRIBUTARIOS AL COMERCIO EXTERIOR
Gerardo Yáñez Betancourt Otoño 2006
Dr. José Francisco Báez Corona
SISTEMA TRIBUTARIO BOLIVIANO
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
Exportación de Servicios Aspectos aduaneros VICTOR VALENZUELA MILLAN Subdirector Técnico Cámara de Comercio SantiagoSantiago, Noviembre 2007.
Virginia M. Rodríguez Alonso – Abogada Tributarista Miguel S. Aliani – CPN – Lic. En Administración.
IMPUESTO ESPECIAL A LOS HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS
ESTATUTO ADUANERO TITULO X : OTRAS OPERACIONES ADUANERAS.
IMPUESTO A LA VENTA DE MONEDA EXTRANJERA
2.5. OTRAS VENTAS Y SERVICIOS DE LAS AGENCIAS DE VIAJES
Impuestos específicos de consumo
Todos los viajes de pasajeros desde cualquier punto del país al exterior por medio de transporte aéreo nacional o extranjero, están alcanzados por el Impuesto.
Visas de Residente Temporal Estudiante y
Impuestos Federales.
IMPUESTOS A LAS SALIDAS
IMPUESTO A LAS SALIDAS AL EXTERIOR
IMPUESTOS A LOS INGRESOS
Artículo 76. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES
TOPICOS LEGALES DEL COMERCIO EXTERIOR Jhoan Bajaña Mercedes Saud Joseph Dumani.
UNIVERSIDAD AUTONOMA SAN FRANCISCO
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD LEY Nº 28708
ADMISION TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO DR. RICARDO ROSAS BUENDIA.
1 EDAD Apellido y Nombre Código Localidad Código Destino Fecha Vuelo Hora Salida Hora Llegada Código Empresa Cantidad Pasajeros Nombre Empresa Número Teléfono.
Módulo 6 Club Interjet. Club Interjet es el programa que le permite al pasajero disfrutar de beneficios adicionales, mediante ofertas exclusivas, noticias,
TÍTULOS DEL BANCO CENTRAL TBC
EXPORTACION DE JOYAS, ESMERALDAS Y PIEDRAS PRECIOSAS…
RETENCIONES DE IMPUESTO Instrumento legal de recaudación cuyo propósito fundamental radica en asegurar para el fisco, la percepción periódica del tributo.
Lic. Sergio Luis Pérez Cruz
MERCADO CAMBIARIO. GENERALIDADES El régimen cambiario tiene por objeto promover el desarrollo económico y social y el equilibrio cambiario, a fin de internacionalizar.
UNIDAD IV NORMATIVIDAD ADUANERA NACIONAL
Transcripción de la presentación:

IMPUESTO A LAS SALIDAS AÉREAS AL EXTERIOR (ISAE)

ISAE ORIGEN El Artículo 106 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado Vigente) crea el Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE), aplicable a las salidas por vía aérea al exterior de personas naturales residentes en Bolivia: ARTICULO 106°.- Créase un impuesto sobre toda salida al exterior del país por vía aérea, de personas naturales residentes en Bolivia, con excepción de los diplomáticos, personas con éste status y miembros de las delegaciones deportivas que cumplan actividades en representación oficial del país.

ISAE En fecha 28 de enero de 2000 el Artículo 2 de la Ley Nº 2047 sustituye el segundo párrafo del Artículo 106 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado Vigente), estableciendo en Bs. 120 (Ciento veinte 00/100 Bolivianos) el monto del impuesto, determinando que dicho monto será actualizado a partir del 1 de enero de cada año por la Administración Tributaria de acuerdo a la variación del tipo de cambio en moneda nacional respecto al Dólar Estadounidense. El Artículo 2 de la Ley Nº 2434 de 21 de diciembre de 2002,establece que las alícuotas, valores, montos, patentes, tasas y contribuciones especiales establecidas en leyes, serán actualizadas respecto a la variación de las Unidades de Fomento de Vivienda (UFV),publicada por el Banco Central de Bolivia.

ISAE 1. OBJETO.- Todos los viajes de pasajeros desde cualquier punto del país al exterior por medio de transporte aéreo nacional o extranjero, están alcanzados por el Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE). El impuesto debe pagarse aún cuando los billetes o pasajes sean adquiridos en el exterior del país, siempre que los pasajeros originen su viaje en territorio nacional. 2. SUJETO.- Son sujetos pasivos de este Impuesto, todas las personas de nacionalidad boliviana y extranjeros residentes con permanencia en el país por un lapso mayor a 90 días, que se ausenten temporal o definitivamente del territorio boliviano por cualquier motivo.

ISAE Desde el jueves 15 de noviembre de 2012, todas las aerolíneas que operan en el país incluyeron en el billete aéreo este impuesto, mediante Resolución Normativa del Directorio del SIN 10-0030-12 “El impuesto está incluido en el boleto o billete aéreo electrónico por separado del precio del pasaje, identificado con un código único que se aplicará al servicio de transporte aéreo de pasajeros originado en Bolivia”, dispone el primer parágrafo del artículo tercero de la norma. 3. HECHO GENERADOR.- El hecho generador del impuesto se produce en el momento del embarque del pasajero a la aeronave en el aeropuerto.

ISAE 4. EXENCIONES.- Se encuentran exentos del pago de este impuesto: a) Los titulares de pasaportes diplomáticos y consulares otorgados o visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. b) Las personas que conforman la tripulación de los vuelos comerciales al exterior, debidamente autorizadas. c) Los menores de dos años de edad, independientemente de su nacionalidad. d) Los Beneméritos de la Campaña del Chaco y sus Viudas. e) Todos los exentos de este impuesto deberán presentar la documentación correspondiente que acredite su condición.

ISAE 5. ALICUOTA ACTUAL.- El SIN mediante Resolución Normativa de Directorio 10-0047-13 fijó el ISAE para 2014, en 281 bolivianos, según la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV), publicada por el Banco Central de Bolivia. Asimismo, el presidente del SIN informó que para 2015, el ISAE será 296 bolivianos.

MUCHAS GRACIAS.