Aspectos Legales, Éticos y Religiosos Dra. Dvora Ben-David Tebul.

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Transcripción de la presentación:

Aspectos Legales, Éticos y Religiosos Dra. Dvora Ben-David Tebul

Aborto provocado (aborto artificial) se define como interrupción del embarazo antes que el feto es considerado como viable. De acuerdo a esta definición la edad del feto considerado viable se cambia junto con los avances médicos. (hoy existen centros médicos donde fetos de 24 – 25 semanas de gestación pueden sobrevivir y desarrollar.) ד " ר מרדכי הלפרין DR. M. Halperin, Refua umishpat: מקור : רפואה ומשפט : 27, (2002)

Definición alternativa a “interrupción del embarazo” incluye toda maniobra que causa directamente o como consecuencia la muerte fetal en útero o su muerte por parto prematuro, sin importar la edad gestacional.

La base ética respecto a la interrupción del embarazo es resultado de la definición del estado legal del feto. 1. El feto no tiene una posición legal independiente. 2. El feto si tiene una posición legal independiente.

Si el feto no tiene una posición legal independiente, y la falta de posición legal del feto amerita aborto, entonces éticamente no hay manera de obligar a la mujer a continuar con el embarazo y dar a luz un bebe que ella no quiere por cualquier razón.

Si el feto si tiene una posición legal independiente. Esta posición convierte la interrupción de su vida en asesinato, entonces el significado de aborto provocado se relaciona con problema grave de extinción de seres débiles e inocentes.

Fundamentalmente existen tres posibilidades para definir el estado legal del feto: 1. Actitud romana 2. Actitud católica 3. Actitud intermedia

La actitud romana : “pars viscerum matris” el feto es como una víscera de la madre. 1. El feto no es ser independiente sino parte del cuerpo de la madre. 2. El feto no tiene posición y derechos humanos propios.

La actitud católica: El feto es un ser humano individual con derechos humanos completos. 1. El feto es un ser independiente y no es “víscera” de su madre. 2. El feto tiene posición y derechos humanos completos.

La actitud intermedia: El feto es un ser individual No es una “víscera” de la madre. Pero, aunque es un ser separado no tiene la misma posición de uno que ya nació. Su posición y sus derechos surgen de su potencial de nacer y convertirse en un ser humano. Se define como un ser separado con potencial humano, y con derechos humanos parciales.

Hasta los 40 días de gestación se considera como una gota de agua. ( חוות יאיר javat yair) Desde 40 días hasta 3 meses. Desde los 3 meses hasta el séptimo (reconocimiento del feto, o movimientos) su vida depende de su madre. Desde el séptimo mes hasta el parto. Durante el parto ( ser individual desde el momento que se arranca a salir ). Se puede interrumpir el embarazo hasta el 70 mes, aunque la vida vida de la madre no esta en peligro. El rabino Moshe Fainshtein no permite de ninguna manera. Tzis Eliezer tomo 9 capitulo 51 tema 3 ציץ אליעזר חלק ט סימן נא שער ג

Cábala – es un pecado grave Cábala – todo es de D—S, pero, “ ורפא ירפא ”

La vida materna esta en peligro – fácil. Aun que no es peligro de vida, pero se deteriora su salud. Durante la lactancia. Producto de adulterio, violación, (aun en casos que no se considera como bastardo) – por la vergüenza de la propia mujer, o de la familia. ציץ אליעזר חלק ט סימן נא שער ג

En caso enfermedad terminal, y el embarazo le acorta la vida, pero ella no acepta interrumpir el embarazo – le permiten seguir con el embarazo. (tomando en cuenta la opinión que el feto es un ser vivo) ציץ אליעזר חלק ט סימן נא שער ג

Lo mejor: antes de los 40 días. antes de cumplir 3 meses. Cuando se sabe que viene con un defecto físico o con sufrimientos. Durante el parto – pecado grave, Solamente con evidencias muy claras que la vida de la madre esta en peligro. ציץ אליעזר חלק ט סימן נא שער ג

Siempre se necesita permiso del padre (el feto le pertenece) Mejor realizar la interrupción del embarazo en forma mediada y no directa (tomar un medicamento) Es un asunto muy serio y delicado, limita el adulterio y las relaciones prohibidas (cometer incestos) ציץ אליעזר חלק ט סימן נא שער ג

Tay saks – aunque viven varios años, pero con muchos sufrimientos. Sx de Down – puede afectar emocional y psicológicamente a los padres, les puede precipitar alguna enfermedad seria o no seria, y destruir la vida familiar (una pareja con 2 hijos con Sx de Down) Tzis Eliezer tomo 13 responsa 102 ציץ אליעזר חלק יג תשובה קב Tzis Eliezer tomo 14 responsa 101 ציץ אליעזר חלק יד תשובה קא

Mujer adulta/adolescente que quiere interrumpir su embarazo tiene que acudir a uno de los comités médicos registrados para autorizar interrupción de embarazo La ley permite la interrupción del embarazo por las siguientes causas:

1. Menor de edad para contraer matrimonio (17a) o mayor de 40 años de edad. 2. Embarazo fuera de matrimonio : soltera, divorciada, viuda o casada cuando el embarazo es de otro hombre – o el embarazo es resultado de relaciones prohibidos (violación, incesto). 3. Si el feto puede tener un defecto. 4. Si seguir con el embarazo pone en peligro la vida de la mujer o causarle daño físico o emocional. 5. El “articulo social” incluye amplia gama de problemas sociales, numero de hijos, desempleo, salario bajo etc. (1978)

La ley define que la interrupción del embarazo debe de efectuar después de “aceptación consciente” de la mujer a interrumpir el embarazo. la aceptación debe ser por escrito después que le explicaron todos los riesgos físicos y psicológicos involucrados en la interrupción de un embarazo.

La ley permite a una menor de edad, (adolescente menor de 18 años) interrumpir el embarazo sin el consentimiento ni la autorización de sus padres, o tutor. La interrupción del embarazo se efectuara en un hospital autorizado por la secretaria de salud.

GRACIAS